Prensa


Corte Constitucional tiene la oportunidad de reencaminar el proceso de transición energética en Colombia

En el marco de la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la ley de transición energética por vicios de forma, el fallo del tribunal puede encauzar el proceso, hacerlo participativo y promover mejores condiciones de justicia climática y ambiental en el país.   Bogotá, Colombia. En este momento, la Corte Constitucional conoce de la acción de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 2099 de 2021, conocida como ley de transición energética. Su eventual fallo es una oportunidad para reencaminar el proceso de transición energética en el país debido a que en la expedición de la norma se incumplieron las formalidades del proceso legislativo —no hubo los debates necesarios, en los tiempos establecidos y con la información requerida—, eludiendo el debate democrático e impidiendo un análisis completo de las implicaciones e impactos de la ley. La norma, expedida con trámite de urgencia, da vía libre a proyectos de generación de energía a partir de hidrógeno azul (el cual usa combustibles fósiles) y de procesos de captura de carbono. Además, promueve el uso de materias primas como el gas, impulsando la técnica de fracking. Algunas de estas actividades tienen impactos previsibles y riesgosos para los derechos humanos y el clima; otras tendrían efectos inciertos en el ambiente y en las personas. La acción de inconstitucionalidad por vicios de forma contra la Ley 2099 fue presentada por el Semillero de investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia, la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana (CJD&T), en alianza y articulación con académicos y organizaciones de la sociedad civil. Luego de una profunda reflexión acerca de la importancia del proceso de transición energética en Colombia y de la protección de los derechos humanos, los demandantes concluyeron que, si bien dicho proceso es urgente y necesario para cumplir con los objetivos y compromisos nacionales e internacionales para enfrentar la crisis climática, el trámite de la ley presentó inconsistencias graves en su expedición, relacionadas con la falta de publicidad y la elusión del debate público y democrático. En efecto, los cargos admitidos de la acción abordan dos asuntos: 1) la vulneración de los principios de consecutividad y publicidad; pues el legislador omitió leer y exponer el contenido de las proposiciones aprobadas y no aprobadas por las comisiones conjuntas y las plenarias de las Cámaras, eludiendo así el debate; y 2) la violación de la reserva del trámite en la iniciativa legislativa debido a que uno de los ejes de la ley demandada se refiere a las normas de contenido tributario, las cuales por su naturaleza debían iniciar su trámite legislativo en la Cámara de Representantes y no fue así. La demanda fue admitida el 19 de septiembre de 2022. Para mediados de enero del presente año, se tendrá un borrador de fallo por parte de la magistrada sustanciadora, Paola Andrea Meneses Mosquera. La sentencia definitiva se espera a finales de abril. La transición energética es un paso fundamental para Colombia. Por tanto, este proceso requiere un debate amplio y democrático en el Congreso y a través de la participación ciudadana directa. Esta participación debe ser informada, oportuna, amplía y efectiva, en escenarios que permitan reflexionar y buscar consensos respecto del camino que la transición energética debe seguir en el país. Eludir el debate impide la construcción colectiva y el diálogo democrático acerca de un proceso fundamental para el país en los próximos años. Para la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP), esta acción es una oportunidad para reconducir el camino hacia la transición justa. “Es fundamental desarrollar y acordar una comprensión amplia de la justicia climática que parta del reconocimiento de las cargas y daños que histórica y estructuralmente han sufrido las comunidades, que las repare de manera integral, que establezca obligaciones de participación de estas comunidades en la toma de decisiones y, por último, que priorice la soberanía energética de las comunidades, la autogestión y el autogobierno”. El debate iniciado con la demanda ante la Corte Constitucional es clave para una discusión más completa y plural del proceso de transición energética, la cual no se llevó a cabo en el legislativo y está aún pendiente en Colombia. La importancia de dialogar sobre las diferentes alternativas dentro de la transición energética permitirá al país contar con una planificación regulatoria y de política pública que responda a las múltiples complejidades que se establecen en este proceso. Solamente la legitimidad que otorga el debate público podrá garantizar la verdadera transición energética que requiere el país. Desde la perspectiva de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), “el proceso de transición energética requiere procesos amplios y participativos, con un rol activo de las personas en ciudades y zonas rurales, para que el mismo contribuya no sólo a atender la crisis climática, sino también a reconocer y reducir brechas, permitiendo la consolidación de mejores condiciones para la justicia climática y ambiental en la región. Colombia puede convertirse en un actor global clave si promueve la transición energética con un enfoque de derechos humanos”.   Organizaciones firmantes que han apoyado la acción de inconstitucionalidad: Semillero de investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana (CJD&T) Semillero de investigación en transición energética de la Universidad del Magdalena Mauricio Madrigal - Director Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Climalab CENSAT Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), AIDA, vquintanilla@aida-americas.org, 525570522107  

Leer más

Punto de Contacto de la OCDE en Suiza llama a Glencore a cumplir debida diligencia en mina de carbón en Colombia

En su declaración final ante la queja presentada por la sociedad civil contra Glencore, el Punto Nacional de Contacto (PNC) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en Suiza recomendó que la multinacional, como única propietaria de la mina Cerrejón en Colombia, garantice "que sus políticas y medidas de debida diligencia fomentan una conducta empresarial responsable en Cerrejón". Para ello, hizo un llamado a que Glencore, en el marco de sus deberes, mantenga un diálogo con ONG y representantes de las comunidades Wayúu y afrocolombianas afectadas por las operaciones de la mina. En enero de 2021, una coalición de organizaciones nacionales e internacionales —compuesta por GLAN, CAJAR, AIDA, CINEP, Ask!, ABColombia y Christian Aid Irlanda— presentó tres quejas ante los PNC de la OCDE en Irlanda, Reino Unido, Suiza y Australia para denunciar los múltiples impactos de la mina operada por la empresa Carbones del Cerrejón en detrimento de la vida y los derechos humanos de las poblaciones indígenas, afrodescendientes y campesinas de La Guajira, así como la falta de debida diligencia y el incumplimiento de los lineamientos de la OCDE. Las quejas fueron presentadas contra ESB (Electricity Supply Board), empresa estatal irlandesa que compra carbón de Cerrejón; CMC (Coal Marketing Company), con sede en Dublín, Irlanda; y contra las sociedades multinacionales mineras dueñas de Cerrejón: BHP, Anglo American y Glencore. El PNC de Suiza señaló que “los PNCs australiano y británico publicarán, de acuerdo con sus reglas de procedimiento, Declaraciones Finales relativas a BHP y Anglo American respectivamente”. Consideramos que el PNC suizo, al emitir una declaración en la que se limitó a reiterar los deberes existentes de forma genérica y no formuló recomendaciones sustantivas en relación con la gravedad de los hechos de abusos y violaciones documentados en la queja, no se ocupó de la tarea principal para la cual fue creado, esto es garantizar la implementación de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. Durante el procedimiento se presentaron graves irregularidades y asimetrías promovidas por el PNC suizo, entre ellas la falta de acceso a la información y ausencia de garantías de participación para las comunidades indígenas Wayuu y afrodescendientes afectadas, brindando a Glencore impunidad por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por las operaciones mineras de Carbones de Cerrejón en Colombia. Esta situación nos hizo desistir de la mediación. Nuestra experiencia con el PNC suizo pone de manifiesto el complejo entramado y arquitectura de la impunidad, asimetrías y brechas abismales a las que se enfrentan las víctimas de las compañías multinacionales del carbón para acceder a la justicia en distintos escenarios. Ante el grado de incompetencia, negligencia y falta de consistencia del PNC en sus funciones, rechazamos que con su declaración final sugiera que la imposibilidad de llegar a una mediación es atribuible a GLAN y a las partes, y se ignore que el deficiente papel del PNC suizo afectó el desarrollo del proceso. Es claro que el PNC suizo creó una carga desproporcionada en los reclamantes para facilitar la accesibilidad al mecanismo, quienes con suma diligencia y buena fe participamos de todo el procedimiento. La falta de eficacia del PNC suizo es una situación reiterada. Un ejemplo de esto fue el tratamiento que hizo de la queja contra Sygenta por afectaciones a campesinos en la India. Las indebidas prácticas del PNC llevaron a que Marcos Orellana, Relator Especial de la ONU sobre Sustancias Tóxicas y Derechos Humanos, afirmara que se había generado "un mal precedente que subraya las debilidades de los Puntos Nacionales de Contacto para las Directrices de la OCDE". El hecho de que los mecanismos legales suizos de rendición de cuentas hagan tan poco para regular la conducta de Glencore —una empresa que acumula un historial de corrupción y graves denuncias de abusos y violaciones a derechos humanos asociadas a sus actividades a nivel global— los convierte en parte del problema. Aunque las directrices son voluntarias para las empresas, los países que se adhieren a las mismas contraen el compromiso vinculante de implementarlas. La deficiencia en la atención de esta queja por parte del PNC suizo, la inobservancia de sus funciones y las obligaciones del gobierno y el Estado suizo en relación con el respeto a los derechos humanos conlleva a cuestionarnos sobre el grado de complicidad que genera la tolerancia a las violaciones y abusos de empresas. Ante este accionar, lo cierto es que el mecanismo voluntario se convierte en un escenario que enmascara las vulneraciones y la impunidad corporativa. Mientras el gobierno de Suiza no otorga garantías reales y efectivas de reclamación frente a la responsabilidad de Glencore en las violaciones cometidas por la empresa Carbones del Cerrejón, la multinacional sí hace uso de sus garantías como inversionista, contenidas en el Acuerdo de Protección a las Inversiones Extranjeras firmado entre Colombia y Suiza, que le permiten demandar a Colombia por un fallo judicial que protegió los derechos humanos del pueblo Wayuu. Preocupa que, frente a esta situación asimétrica, Colombia mantenga este acuerdo. Reiteramos la insuficiencia de los mecanismos no judiciales para responsabilizar a las empresas multinacionales. Casos como este, evidencian la necesidad de proferir una legislación vinculante en materia de debida diligencia y un tratado vinculante de empresas y derechos humanos que incluya escenarios reales de responsabilidad por los abusos del ilimitado poder transnacional corporativo.   Firman: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP) Christian Aid ¡ASK ABColombia Global Legal Action Network (GLAN)   Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, vquintanilla@aida-americas.org, +525570522107  

Leer más

México: Organizaciones aportan insumos para una regulación adecuada de la generación limpia distribuida

El esquema de generación limpia distribuida es una solución eléctrica que contribuye a la mitigación de la crisis climática y a la transición energética justa en términos de disminución de la pobreza energética y descongestión de las redes de distribución y transmisión (1). Organizaciones de la sociedad civil presentaron ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) comentarios respecto de los avances y regresiones del anteproyecto de acuerdo que modifica la regulación de la generación limpia distribuida.   En el marco de la transición energética justa que el mundo requiere, organizaciones de la sociedad civil piden impulsar la generación limpia distribuida en México mediante una regulación adecuada. En ese sentido, enviaron insumos a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) acerca de los avances y retrocesos del anteproyecto de acuerdo que modifica la regulación del esquema de generación limpia distribuida en el país. En un contexto de crisis climática, generada principalmente por la producción de energía a base de combustibles fósiles (2), la transición energética justa es una necesidad cada vez más urgente. Esto implica no sólo un cambio de insumos, sino un cambio estructural del sistema. Lo anterior exige impulsar el uso de tecnologías más limpias y también promover mejoras en cómo opera todo el sector, bajo un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género. La generación limpia distribuida es uno de los principales mecanismos para lograr ambos objetivos. En ese esquema, los equipos de generación pueden ser instalados por el propio consumidor, por ejemplo, en casas y edificios (3). Este modelo requiere un marco regulatorio claro y certero, con buenos incentivos regulatorios que —al introducir mayores capacidades de generación de energía renovable, en particular energía solar— empoderen la posición de las y los consumidores como agentes activos del sistema eléctrico que apoyan la transición energética justa. Asimismo, las regulación debe estar alineada con las obligaciones del Estado mexicano en materia de desarrollo sustentable, cambio climático, energías limpias y renovables, así como con  el principio de progresividad en materia de derechos humanos (4). En ese sentido, los comentarios presentados ante la CONAMER respecto del "Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía emite las disposiciones administrativas de carácter general en materia de centrales eléctricas con capacidad instalada neta menor a 0.5 mw, generación distribuida y generación limpia distribuida" (Anteproyecto de Acuerdo), publicado el pasado 28 de octubre en el portal electrónico de CONAMER, refieren: La inclusión de contratos colectivos es un aspecto positivo que permite la entrega de energía a los Centros de Carga de uno o más Beneficiarios, si éstos comparten un Punto de Interconexión Común. Sin embargo, tal como se pretende regular con el Anteproyecto de Acuerdo, estos contratos no podrán ser utilizados por centrales que reciban energía a través de Contratos de Interconexión Legados. Además, se limitan a instancias donde exista un mismo punto de interconexión, lo que  restringe el tipo de agentes que puede beneficiarse. El Recurso Distribuido de Energía (RDE) para la inclusión tanto de Centrales Eléctricas como de sistemas de almacenamiento de energía capaces de exportar potencia activa a las red eléctrica es otro aspecto positivo del Anteproyecto de Acuerdo. No obstante, las limitaciones a corto y mediano plazo no están claras y la normatividad complementaria actualizada no ha sido publicada. Por tanto, en esta área se opera bajo el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en materia de Aportaciones de 1998, con instrumentos desactualizados como el Catálogo de Precios y los modelos de convenio de aportaciones, que datan de 2014. La eliminación del sistema de medición neta (también conocido como net metering) y su sustitución por el esquema de autoconsumo constituye una regresión del Anteproyecto de Acuerdo. Bajo la regulación actual para net metering, cuando la diferencia entre la energía entregada por el suministrador y la generada por la instalación sea negativa, se considerará como un crédito a favor del consumidor que se abonará a la medición de energía facturada en cada periodo posterior, hasta un máximo de 12 meses. Según el Anteproyecto de Acuerdo, a los generadores les será retirado el derecho a llevar a cabo esta compensación y en su lugar se les restringirá a que el total de la energía generada sea destinada a sólo las necesidades del centro de carga asociado, bajo un esquema denominado Autoconsumo. Aunque el Autoconsumo reduciría el consumo de energía del servicio eléctrico, la venta de energía excedente a la red será sólo una excepción y se compensará conforme a un menor valor. La disminución del valor de la energía entregada a la red es una regresión que afecta negativamente a todas las modalidades de generación distribuida, eliminando un valor de contraprestación alineado a los precios de mercado y sustituyéndolo con un valor fijo derivado del costo promedio de la energía adquirida por CFE a través de sus contratos de cobertura. Otros procesos y actividades del Anteproyecto de Acuerdo que generan costos e incertidumbre en su criterio de aplicación y resultados son aquellos relacionados con los considerables aumentos en requerimientos técnicos y de interconexión. Esto no es negativo per se en tanto que puede mejorar la calidad y la capacidad de monitoreo sobre el estado de este tipo de proyectos. No obstante, el incremento de costos económicos, de tiempo, mantenimiento, etc. —al ser cubiertos enteramente por el solicitante— reduce el atractivo de la generación distribuida, lo cual ralentiza su avance.   Derivado del análisis realizado, las organizaciones consideran importante mantener los avances alcanzados por el Estado mexicano para la generación de energía limpia distribuida. Esto es aún más imperante de cara a los compromisos climáticos del Estado mexicano, al principio de progresividad en materia de derechos y a la necesidad de mejoras que incentiven su aplicación. Por tanto, recomiendan mantener el modelo net metering para los generadores exentos que se interconectan en media tensión, así como el esquema actual de precios de compensación; expandir las modalidades para contratos colectivos; actualizar la normatividad secundaria para RDE; y establecer las metodologías, reglas y criterios claros para determinar los costos de los servicios, equipos, obras o refuerzos requeridos para la interconexión sin detrimentos mayores al solicitante, incluyendo los necesarios para ampliar los límites a la interconexión en sistemas aislados existentes en el país.   Firman Alianza Juvenil por la Sostenibilidad (AJUVES) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Centro de Energía Renovable y Calidad Ambiental (CERCA) Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA) Earthjustice Greenpeace México Nuestro Derecho al Futuro, A.C. (Nuestro Futuro, A.C.) Ombudsman Energía México (OEM)   (1) El-Saadany E.F. , et al., Distributed generation: Benefits and challenges, 2007, p. 116, disponible en https://www.researchgate.net/publication/229048458_DISTRIBUTED_GENERATION_BENEFITS_AND_CHALLENGES (2) Véase Hannah Ritchie, Max Roser and Pablo Rosado (2022) - "Energy". Published online at OurWorldInData.org. Retrieved from: 'https://ourworldindata.org/energy' [Online Resource] (3) El estado de California, U.S.A, que lidera en penetración solar ya cuenta con más de 13,000 MW en capacidad instalada por generación distribuida. Además, países como Brasil y Portugal han hecho progresos significativos en presentar modelos avanzados en esta materia. (4) https://cofemersimir.gob.mx/expediente/27618/recibido/99797/B000226500  

Leer más

Reconocimiento de la UNESCO a pueblos de la Sierra Nevada de Santa Marta es un mandato para proteger su territorio

La declaratoria de su sistema ancestral de conocimientos como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad es un reconocimiento de su rol clave en el sostenimiento ambiental. Implica además el deber del Estado colombiano de adoptar las medidas necesarias para respetar este patrimonio, cuya protección depende de la preservación del territorio.   Rabat, Marruecos. La UNESCO declaró al sistema ancestral de conocimientos de los pueblos indígenas Arhuaco, Kankuamo, Kogui y Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta, Colombia, como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. El sistema abarca los mandatos sagrados que sustentan la existencia de los cuatro pueblos en armonía con el universo y constituye el lenguaje espiritual que orienta su cotidianidad cultural. Reposa en los mamos, sagas (autoridades espirituales) y en los cabildos (autoridades políticas), representados en el Consejo Territorial de Cabildos. La preservación de este sistema ancestral de conocimientos está en riesgo por el desplazamiento forzado generado por el conflicto armado y por la presión ejercida para la implementación de megaproyectos minero-energéticos al interior de la Sierra. Por ello, desde hace más de una década, los cuatro pueblos han solicitado protección al gobierno nacional. La solicitud para la declaratoria ante la UNESCO fue enviada el 30 de marzo de 2021 por el Ministerio de Cultura, la Gobernación del Magdalena y por los cuatro pueblos indígenas. En AIDA aplaudimos el reconocimiento y sus implicaciones para la protección de los pueblos de la Sierra. Yeny Rodríguez, abogada del Programa de Ecosistemas, expresa: “La inclusión del sistema ancestral de conocimientos implica que para protegerlo es necesaria la protección del territorio. Solo así pueden transmitirse de generación en generación los usos, prácticas, representaciones, expresiones y conocimientos en relación con la lengua y tradición oral; la organización social; el conocimiento sobre la naturaleza y el universo; y los espacios culturales y otros elementos intangibles que se materializan en el cuidado y la protección de los bosques, ríos, fauna y flora. La inclusión del sistema en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad se traduce en el deber del Estado colombiano de crear la institucionalidad y adoptar medidas jurídicas, económicas y técnicas para hacer respetar el patrimonio cultural inmaterial de las comunidades de los cuatro pueblos indígenas de la Sierra. Es, en suma, un reconocimiento de que estos pueblos son portadores de conocimientos sobre la naturaleza y el universo, y que, por tanto, son actores esenciales en el sostenimiento del ambiente. De igual modo, con ocasión de esta declaratoria, se espera que el Estado adopte las medidas adecuadas para promover el acceso y la transmisión de los conocimientos relativos a la tierra y al clima de las comunidades indígenas de los pueblos de la Sierra, respetando al mismo tiempo las prácticas tradicionales que han permitido su pervivencia y su transmisión por generaciones”. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, vquintanilla@aida-americas.org, +525570522107  

Leer más

Minería, Fuentes de Agua Dulce

Organizaciones defienden los límites del Páramo Los Nevados de la demanda de AngloGold Ashanti que busca reducirlos

Este jueves 17 de noviembre, organizaciones ambientalistas, sociales y defensoras de derechos humanos radicarán coadyuvancias (1) en defensa del Complejo Páramo Los Nevados, como parte del proceso en el que se discute su delimitación y para afrontar las pretensiones de la multinacional AngloGold Ashanti de cambiar los límites del páramo para favorecer al proyecto minero La Colosa (Cajamarca, Tolima), cuestionado por comunidades y especialistas por los impactos ambientales que implica. La multinacional demandó el acto administrativo que delimitó el complejo de páramos, expedido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. AngloGold Ashanti pretende modificar la delimitación en una zona que coincide con la influencia del proyecto minero. La demanda, presentada el 12 de junio de 2017, afirma que las áreas que se pide excluir de la delimitación no integran el ecosistema de páramo y que el rechazo de su petición configuraría un daño especial que deberá ser reparado con el pago de un monto millonario. Según las organizaciones, las pretensiones de la multinacional son una amenaza para la vida pues suponen la reducción de los límites de Los Nevados, un ecosistema fundamental para la provisión y regulación de agua. Las coadyuvancias para apoyar al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible surgen de la articulación de varios actores para la defensa de Cajamarca: el Centro Sociojurídico para la Defensa Territorial  Siembra, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Colectivo Socio-ambiental Juvenil de Cajamarca (Cosajuca), el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), el Semillero en Estudios sobre Minería de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia, entre otros. Para la CCJ, "existen en Colombia múltiples disposiciones jurídicas que contradicen y dejan sin piso las pretensiones de AngloGold Ashanti de excluir al Complejo de Páramos Los Nevados de la zona de influencia del proyecto minero La Colosa. Estas pretensiones desconocen que el bioma paramuno se compone de varias franjas que deben ser protegidas en su conjunto para asegurar íntegramente su riqueza natural. Acoger estas prestensiones representaría un retroceso en la protección, conservación y preservación de estos ecosistemas, además de una violación flagrante de la normatividad vigente y de los estándares nacionales e internacionales en la materia". Por su parte, Sara Sofía Moreno, abogada del Centro Sociojurídico para la Defensa Territorial Siembra, indicó que la demanda de AngloGold Ashanti "no solo desconoce la importancia de los ecosistemas de páramo y la conectividad entre las áreas de importancia ambiental, sino que, una vez más, ataca la decisión del pueblo de Cajamarca de prohibir la minería en su territorio. Además, la empresa reclama una cuantiosa indemnización por no poder continuar con el proyecto minero La Colosa, en contravía de la prevalencia de la protección del ambiente frente a los intereses económicos de particulares". Yenny Rodríguez, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), enfatizó: "Los páramos son la fuente del 70% del agua dulce del país. También capturan dióxido de carbono (CO2), elemento que contribuye al efecto invernadero y calienta el planeta, por eso son cruciales para mitigar la crisis climática. Abrir la puerta a la minería de oro a cielo abierto en el páramo Los Nevados puede generar impactos a perpetuidad en el ecosistema, afectar la vocación agrícola de Cajamarca, el agua dulce y la biodiversidad del país". Para integrantes del Semillero en Estudios Sobre Minería de la Universidad de Antioquia, "la demanda no debe prosperar no solo porque está errada en términos técnicos sobre qué es un páramo y cómo debe delimitarse, sino porque es clara la pretensión de esquivar los límites constitucionales y legales establecidos para proteger los páramos de actividades mineras, como uno de los deberes de respeto y protección que tiene el Estado respecto del derecho fundamental al medio ambiente sano". Para el grupo de coadyuvantes, es fundamental contribuir a la defensa de los derechos humanos y ambientales de las comunidades desde la protección de ecosistemas tan sensibles, complejos y fundamentales como los páramos. Con esa convicción, las organizaciones desarrollarán esta y otras acciones conjuntas para garantizar la protección del páramo como ecosistema estratégico y para defender la decisión del pueblo de Cajamarca. Intervención de terceros interesados en un proceso judicial, con el fin de apoyar los argumentos de una de las partes a lo largo del proceso. (1) Intervención de terceros interesados en un proceso judicial, con el fin de apoyar los argumentos de una de las partes a lo largo del proceso. Contactos de prensa Sara Sofía Moreno Gallo, SIEMBRA, smoreno@centrosiembra.org, +57 300 5683 333 Yeny Rodríguez Junco, AIDA, yrodriguez@aida-americas.org, +57 310 7787 601 Paola Sánchez Cepeda, CCJ, paolasanchez@coljuristas.org, +57 321 8749523 Adriana Sanin, Semillero Estudios sobre Minería U. Antioquia, adriana.sanin@udea.edu.co, +57 301 7855 033  

Leer más

Organizaciones, coaliciones, academia y especialistas respaldan demanda de víctimas de contaminación tóxica de La Oroya

Presentaron ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos 15 escritos legales que apoyan el argumento central del caso: que el Estado peruano es responsable de violar los derechos humanos de residentes de La Oroya por la falta de acciones urgentes y eficaces para abordar la contaminación de un complejo metalúrgico, así como sus graves daños.   San José, Costa Rica. Organizaciones, coaliciones, academia y especialistas presentaron 15 escritos legales (Amicus curiae) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para respaldar la demanda de residentes de La Oroya contra el Estado de Perú por la grave violación de derechos humanos derivada de la contaminación tóxica proveniente de una metalúrgica que ha operado en la ciudad andina por casi 90 años. Los escritos contienen evidencias sólidas que apoyan el argumento central del caso: que el Estado peruano —al no realizar acciones urgentes y eficaces para abordar la contaminación y sus impactos— es responsable de violar los derechos a la vida, la salud, la integridad personal, la niñez y a un ambiente sano de habitantes de La Oroya. Dicho argumento fue expuesto en audiencia pública el 12 y 13 de octubre, ocasión en la que el tribunal internacional escuchó a testigos, peritos, víctimas y a representantes del Estado. Los escritos —enviados a la Corte entre el 11 y el 28 de octubre por actores de diferentes sectores y niveles— demuestran que la importancia del caso supera el contexto peruano y representa una oportunidad histórica para establecer un precedente clave en América Latina y en el mundo para fortalecer la protección del derecho a un ambiente sano y la adecuada supervisión de las actividades empresariales por parte de los Estados. Uno de los escritos fue presentado en conjunto por la Red Universitaria para los Derechos Humanos y por un grupo importante de personas expertas: cinco exautoridades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Tracy Robinson, James Cavallaro, Paulo de Tarso Vannuchi, Flávia Piovesan y Paulo Abrão) y tres ex Relatores Especiales de la ONU (John Knox, James Anaya y Juan Méndez). Presentaron escritos organizaciones de Perú —las agrupadas en la Mesa Técnica de Salud Ambiental y Humana, y en la Plataforma de la Sociedad Civil sobre Empresas y Derechos Humanos—; de otros países de la región —el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (México), Defensoría Ambiental (Chile), Justicia para la Naturaleza (Costa Rica)—; así como organizaciones internacionales: Earthjustice y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional. También desde el ámbito internacional, presentaron escritos el Grupo de Trabajo sobre Litigio Estratégico de la Red-DESC y el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas. De parte del sector académico, el respaldo llegó de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa (Canadá), de la Clínica de Derechos Humanos del Programa de Postgrado en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Paraná (Brasil) y de la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (Colombia). Lo otros escritos fueron presentados por personas expertas en los asuntos que el caso aborda: David R. Boyd, Relator Especial de la ONU sobre derechos humanos y medio ambiente; la antropóloga médica Susana Ramírez; las abogadas Carla Luzuriaga-Salinas, Macarena Martinic Cristensen y el abogado Ezio Costa Cordella. Tras la audiencia, queda la presentación por escrito de los alegatos finales y una potencial visita de las y los magistrados de la corte a La Oroya. Se prevé que la sentencia, de carácter inapelable, sea dictada en el lapso de seis meses. Contacto de prensa Víctor Quintanilla (México), AIDA, vquintanilla@aida-americas.org, +525570522107  

Leer más

Declaración del Sur Global sobre financiamiento climático frente a la COP27

La COP 27 debe alcanzar acuerdos para que el financiamiento sea equitativo, suficiente, sostenible y asegure una transición justa. La vigésimo sexta Conferencia de las Partes (COP26) de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) celebrada en Glasgow, Escocia, fue una de las conferencias más importantes para la agenda de financiamiento climático. Aspectos asociados al acceso, el balance y la visión de largo plazo fueron los temas centrales en la agenda de financiamiento. Las ya complejas discusiones se vieron exacerbadas en el contexto de la pandemia del COVID-19, que generó una creciente necesidad de financiamiento en los países en desarrollo, particularmente los más vulnerables. En este sentido, la COP27 debe retomar y acordar discusiones pendientes, para avanzar con pasos firmes hacia la implementación del Acuerdo de París, que ordena "hacer consistentes los flujos financieros en un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero". Los aspectos más importantes que los países deben acordar en la COP27, en Sharm el-Sheikh, Egipto, son: 1. Financiamiento para la transición justa, con enfoque de justicia climática y género: El Pacto de Glasgow integra por primera vez el concepto de justicia climática, pero no lo asocia con el tema de financiamiento. Por ello es fundamental que en el marco de la COP27 se reconozca que el financiamiento es un medio de implementación fundamental para alcanzar la transición justa y que debe asignarse con un enfoque de justicia climática y de género para alcanzar una distribución de financiamiento adecuada que no incremente brechas de género y que sea equitativo regional y temáticamente. 2. Cumplimiento de la meta de los $100 mil millones: En la COP26, los países desarrollados presentaron un reporte sobre el avance en la entrega de los 100 mil millones de dólares, que muestra que aún no se cumple con lo prometido. La COP27 debe servir como espacio, no solo para presentar los avances, sino para acordar un plan de entrega que permita conocer los tiempos e instrumentos mediante los cuales se transferirá el financiamiento, que no debiera ser menor a 500 mil millones para el periodo 2020-2024. 3. Balance global y financiamiento: Las conversaciones que se tengan en la COP27 sobre el balance global, deben llevar a mejorar la conexión entre necesidades y flujos de financiamiento, así como los esquemas de acceso al financiamiento, y atender todos los obstáculos que no han permitido una movilización adecuada en los países en desarrollo. 4. Aumento del financiamiento para la adaptación: En la COP 26 los países acordaron duplicar el financiamiento para la adaptación hacia 2025, con base en los niveles de 2019. En la COP27, los países desarrollados deben presentar un plan satisfactorio sobre la forma en que se duplicará el financiamiento para la adaptación, y establecer una meta ambiciosa para alcanzar el balance entre el financiamiento para la adaptación y para la mitigación. Esta meta debe apuntar a incrementar al menos en 10 veces el financiamiento para la adaptación y el plan debe incluir de forma clara el apoyo dirigido al Fondo de Adaptación. 5. Financiamiento para pérdidas y daños: La COP27 debe ser un hito para el financiamiento en materia de pérdidas y daños, logrando el acuerdo de mecanismos para la transferencia de recursos a los países que más lo requieren. Por un lado, es necesario acordar la creación de una facilidad que permita establecer metas de mediano y largo plazo en la materia. Por otro lado, es necesario establecer un esquema programático en el cual los países se comprometan a integrar en sus asignaciones anuales un porcentaje de financiamiento para pérdidas y daños. Este financiamiento debe ser adicional al destinado para la mitigación y la adaptación. 6. Una nueva meta colectiva cuantificada de financiamiento basada en necesidades: Las deliberaciones técnicas y de alto nivel sobre la nueva meta colectiva cuantificada de financiamiento climático deben basarse en el reconocimiento de las actuales necesidades financieras de los países en desarrollo, y acordar esquemas de apoyo para aquellos que no han cuantificado sus necesidades, para que esa información sea incorporada en los próximos 12 meses, de cara a las negociaciones de 2024. 7. Mejoras en el acceso al financiamiento climático: En la COP27 se deben establecer mandatos para que los mecanismos financieros multilaterales hagan más eficiente, fácil y rápido el acceso a recursos por parte de actores locales, creando ventanas de emergencia ante crisis, como la de la pandemia del COVID-19. Mecanismos de financiamiento, como el Fondo Verde del Clima, deben innovar en sus esquemas de acceso, particularmente para las poblaciones más vulnerables. 8. Descarbonización de las finanzas públicas: En la COP27 se debe reconocer que alcanzar la transición justa y el cumplimiento del artículo 2.1.c del Acuerdo de París, implica descarbonizar las finanzas públicas, tanto de los países desarrollados, como de los países en desarrollo. Para los países en desarrollo esto significa que se debe acelerar la reducción de su dependencia en ingresos intensivos en carbono, como los provenientes de las concesiones mineras, petroleras y la venta de gasolinas, diésel y gas natural. Un paso fundamental es acabar con los subsidios a los combustibles fósiles y diversificar los ingresos, promoviendo inversiones nacionales que apoyen una transición económica justa que genere nuevos empleos y, por tanto, nuevos ingresos para invertir en las necesidades nacionales y locales. 9. Reestructuración y canje de deuda por protección: En la COP 27 se debe reconocer la importancia de esquemas como el cambio de deuda por naturaleza y clima como una vía para movilizar más financiamiento climático. La fuerte presión de la deuda externa está impidiendo a muchos países invertir recursos nacionales para hacer frente al problema. Las instituciones financieras internacionales y los países desarrollados deben facilitar la reestructuración de las deudas, incluyendo esquemas de canje de deuda por acción climática y mecanismos de garantía que permitan a los países en desarrollo invertir dichos recursos en la reducción de emisiones y en el incremento de la resiliencia, protegiendo la biodiversidad, los ecosistemas y todos los medios de vida para beneficio mundial. 10. Hacia un financiamiento transformacional: La COP 27 debe marcar un hito en el entendimiento y movilización del financiamiento climático, partiendo por asumir que los esquemas actuales no ayudarán a cambiar las dinámicas condescendientes que han existido en el marco de la cooperación internacional. Combatir el cambio climático requiere de la transformación de los sistemas económicos, de una colaboración real y solidaria, en la que no solo importa la cantidad de financiamiento movilizado, sino también la calidad del mismo; asegurando que llegue a quien tiene que llegar sin generar más cargas adicionales a mujeres y grupos vulnerables. Es momento de transformar el paradigma de financiamiento para hacer de él uno más efectivo, justo y verdaderamente sostenible.   Adhieren: AIDA Barranquilla +20 CEMDA Chile Sustentable Defensoría Ambiental Fernando Aguilera Fundación Hábitat Verde Fundación Plurales GFLAC Hub’s de Finanzas Sostenibles de GFLAC Instituto de Derecho Ambiental y Desarrollo Sustentable (IDEADS) Instituto Talanoa La Corporación La Caleta OLAC Plataforma CIPÓ Red Mundial de Jóvenes Políticos - Santa Cruz Bolivia  

Leer más

Cambio Climático

Posible, fortalecer la política climática en México

A días de que inicie la cumbre mundial de cambio climático, es necesario alinear y fortalecer dos instrumentos de política climática fundamentales: el Programa Especial de Cambio Climático (PECC) y la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC). Organizaciones de la sociedad civil presentan el resultado de una serie de mesas de trabajo donde participaron más de 60 personas de organizaciones especialistas y académicos con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de la política climática en el país.   A pocos días de que se lleve a cabo la Conferencia de las Partes (COP27) de cambio climático en Egipto, organizaciones de la sociedad civil presentan una serie de propuestas para fortalecer las acciones que México puede llevar a cabo para contribuir de forma más ambiciosa y decidida a combatir la emergencia climática global, las cuales están plasmadas en el marco legal vigente: la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), el Programa Especial de Cambio Climático (PECC) y la Contribución Nacionalmente Determinada (NDC). Como se ha reiterado en diversas ocasiones, México es un país altamente vulnerable al cambio climático, 68% de la población es vulnerable y alrededor del 71% del producto interno bruto (PIB) está expuesto a sus efectos (INECC, 2021). Al mismo tiempo, es el doceavo emisor a nivel mundial de los gases de efecto invernadero (GEI) que provocan el cambio climático (WRI, 2021). Es por esto que contar con políticas climáticas ambiciosas es más que necesario.  Resultado de una serie de mesas de trabajo donde participaron más de 60 personas de  organizaciones especialistas y académicos, se elaboró un documento que contiene propuestas encaminadas a fortalecer la política climática nacional en cuatro ámbitos: adaptación, mitigación, financiamiento y medios de implementación, el cual se presenta a unos días de que inicie la Conferencia de las Partes (COP27) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Como parte de los compromisos que ha adquirido ante la comunidad internacional, México tiene el mandato legal de contar con instrumentos de política pública que contribuyan a que la temperatura del planeta no se eleve por encima de los 1.5ºC. Dichos instrumentos deben respetar el principio de progresividad establecido en el Acuerdo de París, por lo que las metas climáticas deben ser más ambiciosas e incrementarse cada cinco años, pero respaldadas por acciones que puedan implementarse rápidamente para atender el llamado de urgencia.  Para cerrar la brecha entre lo que México emite y su justa contribución a la reducción de emisiones global, se deben reducir las emisiones de GEI desde la fuente, priorizando en igual medida, la atención a los espacios de mejora en el desarrollo de mecanismos para hacer frente a los impactos climáticos presentes y futuros. Es a través de una política climática robusta que México puede hacer frente a la profunda inequidad e injusticia climática.  Las recomendaciones destacan la necesidad de reducir las emisiones de metano del sector hidrocarburos; diseñar e implementar políticas transversales y multisectoriales, con enfoque de justicia climática y especial inclusión de los grupos históricamente excluidos como las mujeres, y pueblos y comunidades indígenas así como priorizar la transparencia en la implementación y evaluación de la política climática.  Consulta el documento presentado por la sociedad civil: Del PECC a la NDC: elementos para robustecer los compromisos climáticos de México   Referencias INECC, 2021. Tercer Informe Bienal de Actualización ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. WRI, 2021. Global greenhouse gas emissions 2016 excluding land-use change and forestry (LUCF) from Climate Watch. Contacto de prensa: Victor Quintanilla, AIDA, vquintanilla@aida-americas.org, +525570522107  

Leer más

Cambio Climático

México tiene la oportunidad de presentar una Contribución Nacionalmente Determinada progresiva en la COP27

Las NDC (Contribuciones Nacionalmente Determinadas, por sus siglas en inglés) son compromisos voluntarios adquiridos por los países en el Acuerdo de París para reducir sus emisiones de gases efecto invernadero (GEI). México tiene la oportunidad de actualizar su compromiso. La NDC presentada en 2020 está actualmente suspendida por ser regresiva con respecto a la NDC de 2015 en el componente de mitigación. Sin embargo, no hay impedimento legal –ni de ningún tipo– para presentar un nuevo compromiso en la COP27 (Conferencia de las Partes).   México debe redoblar esfuerzos en sus acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, comenzando por presentar una Contribución Nacionalmente Determinada (NDC por sus siglas en inglés) más ambiciosa en la próxima Conferencia de las Partes de la Organización de las Naciones Unidas sobre cambio climático (COP27), a celebrarse el próximo mes de noviembre en Egipto. Lo anterior es apremiante frente al reto de limitar el aumento de la temperatura del planeta en 1.5ºC y, con ello, prevenir afectaciones irreparables al medio ambiente y a los seres humanos a nivel global. Celebramos que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) haya realizado un esfuerzo para la recolección de propuestas de acciones climáticas en materia de adaptación y mitigación de diversos actores a nivel nacional, regional y local desde los ámbitos de la academia, la sociedad civil organizada y el gobierno. Es momento de cristalizar los insumos en una política climática justa y, por lo tanto, ambiciosa. Estos contenidos pueden dar sustento a una NDC actualizada que se presente en la COP27. La NDC actualizada en 2020 está suspendida como parte de un proceso judicial. Sin embargo, no existe un impedimento legal para que México elabore y presente una nueva NDC que incorpore un mayor nivel de ambición, así como la voz y acción climática de todas aquellas iniciativas que la enriquecen. Tal como precisó el tribunal al otorgar la suspensión, México y los otros países que han asumido compromisos en el marco del Acuerdo de París están obligados a emitir NDC sucesivas que representen una progresión, aumentando el nivel de ambición y alentando la adopción de medidas de reducción de emisiones. Esta obligación no sólo deriva expresamente del artículo 4.3 del Acuerdo de París, sino también del derecho a un medio ambiente sano establecido en el Art. 4to de la Constitución y del principio de progresividad en materia de derechos humanos que debe orientar la actuación de todas las autoridades. En ese sentido, el Estado mexicano tiene la oportunidad de presentar en la próxima COP27, una NDC con compromisos de mitigación más ambiciosos, a fin de cumplir con lo que establecen tanto el Acuerdo de París como el Pacto de Glasgow. Hacemos un llamado conjunto para que el gobierno federal lidere el esfuerzo para que la Contribución Nacionalmente Determinada que México presente en la COP27 sea un compromiso que cierre la brecha entre lo que México emite y su justa contribución a la reducción global de emisiones. Solamente a través de una política climática robusta, encabezada por una NDC justa y progresiva, es que México podrá transformar la profunda inequidad e injusticia climática, que pone al 68% de su población en condición de vulnerabilidad, en particular a quienes se encuentran en situación de mayor pobreza. Contacto de prensa: Víctor Quintanilla, AIDA, vquintanilla@aida-americas.org, +525570522107  

Leer más

Con el caso de La Oroya, la Corte Interamericana puede sentar un precedente clave para proteger el ambiente sano en América Latina

El 12 y 13 de octubre, el tribunal internacional escuchará en audiencia pública el caso de la comunidad de La Oroya, Perú, afectada por décadas de contaminación tóxica. Su eventual decisión es una oportunidad histórica no solo para reestablecer los derechos de las víctimas, sino también para fortalecer la protección del derecho a un ambiente sano en la región y la adecuada supervisión de las actividades empresariales por parte de los Estados.   Montevideo, Uruguay. El 12 y 13 de octubre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos escuchará en audiencia pública el caso de la comunidad de La Oroya contra el Estado de Perú por décadas de vulneración de derechos humanos debido a la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico. La audiencia se realizará en el marco del 153 Periodo de Sesiones de la corte, que tendrá lugar del 10 al 21 de octubre en Montevideo, Uruguay. En octubre del año pasado, tras 15 años de iniciada la demanda internacional contra el Estado peruano, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos —en su decisión de fondo— estableció la responsabilidad internacional del Estado en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya y presentó el caso ante la Corte Interamericana. En la audiencia —proceso previo a la elaboración de la sentencia— los jueces y las juezas de la corte escucharán a testigos, peritos, víctimas y a representantes del Estado. Como organización que ha representado legalmente y acompañado a un grupo de las víctimas desde el inicio del caso, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), junto con la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), llevará a la corte alegatos contundentes, afianzados en evidencia legal y científica recabada durante cerca de dos décadas, para defender los derechos de las personas afectadas. Después de un largo camino en búsqueda de justicia, el caso es importante no solamente para la comunidad de La Oroya. Lo es también para todas las personas afectadas por actividades empresariales en el continente. Además, el caso es representativo de una situación política, social y medioambiental grave que ha sido poco considerada por la política nacional, regional e internacional. Las condiciones actuales impiden a las y los ciudadanos de La Oroya tener perspectivas sanas a futuro. Existe por tanto una necesidad real de justicia y de movilización para generar un reconocimiento fuerte de alternativas económicas y medioambientales para las víctimas directas e indirectas. Liliana Ávila, abogada sénior de AIDA, explica el contexto del caso y enfatiza la importancia de una decisión favorable y de un precedente de parte de la corte: “El caso de La Oroya ante la Corte Interamericana pone fin a más de 20 años de espera en la búsqueda de justicia y reparación para personas cuya vida cambió drásticamente debido a la exposición histórica a contaminación tóxica. Es un hito para el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos porque será de los primeros casos en abordar de forma tan central la relación indivisible entre el ambiente sano y otros derechos humanos fundamentales como la vida, la salud y la integridad personal. Constituye una oportunidad única para sentar un precedente regional y mundial de protección del derecho a un ambiente sano y de cumplimiento de las obligaciones de los Estados para supervisar adecuadamente las actividades empresariales, así como para garantizar la protección especial de niños, de niñas, de mujeres, de personas adultas mayores y de otros grupos en situación de vulnerabilidad”. Gloria Cano Legua, directora ejecutiva de APRODEH, se refiere a la urgencia de una decisión que otorgue justicia y reparación a las personas de La Oroya: "Las víctimas han tenido que ver como el Estado, a través de diversos gobiernos, se ha desentendido de sus obligaciones, mientras sus problemas de salud se agudizan. La indiferencia y a veces hostilidad con las que han sido tratadas han agraviado su dignidad”. Contactos de prensa: Víctor Quintanilla (AIDA), vquintanilla@aida-americas.org, +525570522107 Gloria Cano Legue (APRODEH), legal.aprodeh@gmail.com, +51 964 809 193 Christian Huaylinos Camacuari (APRODEH), christian@aprodeh.org.pe, +51 959 789 232  

Leer más