
Project
Foto: Ana Rodríguez Carrington (CC BY 2.0)Victoria: Reserva de la Biósfera, a Salvo de una Mina Tóxica
Conocido como un “tesoro ecológico”, la Reserva de la Biósfera Sierra La Laguna, ubicada en el extremo sur de Baja California, no será dañada por desechos mineros tóxicos, en parte gracias al trabajo de AIDA.
La reserva era una isla por lo que alberga especies raras de plantas y animales. En su cordillera de granito y en sus bosques tropicales de tierras bajas existen cañones, pozas y aguas termales.
Gracias a AIDA y a nuestros socios en México, el gobierno de ese país negó el permiso ambiental para la mina de oro Paredones Amarillos, frenando el proyecto por ahora. Para proteger a la reserva, AIDA contribuyó a educar a grupos comunitarios y tomadores de decisión sobre los riesgos de la mina. Ello ayudó a construir el momento político necesario para que el gobierno niegue el permiso.
Para extraer oro de las montañas, la empresa canadiense Vista Gold propuso arrancar cantidades enormes de roca —cada tonelada con solo un gramo de oro–, molerla hasta convertirla en lodo y tratar éste con cianuro. La empresa planeaba arrojar grandes cantidades de residuos tóxicos (llamados “colas”) detrás de una presa en la que se pretendía almacenarlos para siempre. Desafortunadamente, los diques de colas se pueden romper por varias razones, como ocurrió en 1996 con la mina Porco en Bolivia. Cuando esa presa se derrumbó, más de un cuarto de millón de toneladas métricas de relaves inundaron un río y contaminaron 800 kilómetros de cursos de agua en Bolivia, Argentina y Paraguay.
La mina podría también haber causado drenaje ácido de minas. Cuando rocas que contienen sulfuro son expuestas al aire y al agua, se produce ácido sulfúrico, el cual causa que metales pesados tóxicos se disuelvan y se filtren en la cuenca hídrica. El riesgo de drenaje ácido de minas en Sierra La Laguna fue significativo y el costo humano y ambiental hubiera sido terrible: miles de personas y un sinnúmero de vida silvestre dependen del agua del sitio para sobrevivir.
El agotamiento del agua dulce era una amenaza más porque las minas usan ingentes cantidades de agua. Debido a la escasez de agua en la reserva, Vista Gold propuso construir una planta en la costa del Pacífico para remover la sal del agua de mar en un proceso que consume mucha energía, para luego bombearla 45 kilómetros hacia la mina. La planta desalinizadora implicaba una amenaza para la tortuga marina baula, especie en peligro de extinción.
Solos y en conjunto, los impactos de la mina habrían devastado una joya rara, un paraíso único y exuberante que vale la pena preservar para las generaciones futuras.
Proyectos relacionados

Corte Interamericana emite decisión histórica que obliga a los Estados a proteger los derechos humanos frente a la crisis climática
En un dictamen emitido hoy, la corte esclarece las obligaciones de los Estados para proteger efectivamente a personas y comunidades afectadas por la crisis climática, sentando un precedente clave para que accedan a justicia, así como para guiar las decisiones de tribunales nacionales e internacionales.San José, Costa Rica. En su Opinión Consultiva 32, publicada hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sienta un precedente histórico al establecer estándares jurídicos que los Estados del continente deben cumplir para proteger los derechos humanos frente a la crisis climática. El pronunciamiento abre la puerta a una nueva ola de litigios climáticos estratégicos que permitirá a las personas y comunidades afectadas acceder a justicia."La decisión de la corte marca un antes y un después para la justicia climática en América Latina y en el mundo al ser la primera vez que un tribunal regional de derechos humanos define con claridad las obligaciones de los Estados frente a la crisis climática", dijo Gladys Martínez, directora ejecutiva de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). "Celebramos este avance que protegerá a comunidades y personas; además de guiar las decisiones de tribunales nacionales e internacionales, incluida la Corte Internacional de Justicia, que está en proceso de emitir un dictamen sobre el mismo tema".La corte reconoció, por primera vez, la existencia de un derecho humano autónomo a un clima sano, derivado del derecho a un ambiente sano. A la luz de la Opinión Consultiva 32, los Estados del continente tienen obligaciones legales para combatir la crisis climática como un asunto de derechos humanos, de acuerdo con sus leyes internas y los tratados o convenios vigentes, incluyendo:Garantizar un sistema climático libre de interferencias antropogénicas peligrosas, como condición previa para el ejercicio de otros derechos humanos.Respetar el principio de equidad intergeneracional, coadyuvando para que las generaciones actuales dejen condiciones de estabilidad ambiental que permitan a las generaciones futuras similares oportunidades de desarrollo.Regular, supervisar y fiscalizar; así como requerir y aprobar estudios de impacto ambiental para cumplir con su deber de de mitigar emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).Definir una meta de mitigación; definir y mantener actualizada una estrategia de mitigación basada en derechos humanos; supervisar y fiscalizar en forma estricta las actividades públicas y privadas generadoras de emisiones de GEI.Asegurar una distribución equitativa de las cargas derivadas de la acción climática y de los impactos climáticos, evitando imponer cargas desproporcionadas, lo que incluye la asignación de los costos de la transición energética. Además, el tribunal reconoció en su dictamen a los saberes locales, tradicionales e indígenas como protegidos por los tratados interamericanos y como parte integral del concepto de mejor ciencia disponible, creando un nuevo camino de exigibilidad e inclusión de estos saberes en las soluciones a emergencia climática."El dictamen de la corte abre una nueva era para las negociaciones y el litigio en materia climática al ofrecer a personas, comunidades y organizaciones de la sociedad civil un marco jurídico más claro y robusto", señaló Liliana Ávila, directora del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA. "Esta decisión permite exigir a los Estados, tanto en las negociaciones climáticas como en tribunales, que fortalezcan su acción frente a la crisis climática y promuevan cambios estructurales. Esto implica cumplir con sus obligaciones de mitigación, adaptación y atención de las pérdidas y daños, garantizando el respeto a los derechos humanos".La decisión responde a la solicitud hecha en enero de 2023 por los Estados de Colombia y Chile, en la cual argumentaron que sus poblaciones, y las de otros países del continente, sufren las consecuencias de la crisis climática global, en especial debido a sequías, inundaciones e incendios, entre otros eventos extremos. Por ello, requirieron a la Corte Interamericana determinar la forma adecuada de interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los derechos reconocidos en esta para enfrentar las situaciones generadas por la emergencia climática, sus causas y sus consecuencias."Este dictamen es una herramienta interpretativa vinculante para los países de la región y, por lo tanto, abre nuevas rutas para exigir legalmente el cumplimiento de los derechos humanos", indicó Marcella Ribeiro, abogada sénior de AIDA. "Los Estados ahora deben adaptar sus prácticas internas para cumplir con los estándares jurídicos reconocidos por la corte, lo que implica entre otras cosas regular adecuadamente las actividades empresariales en el marco de la crisis climática y garantizar un clima estable para las generaciones futuras".Desde el inicio del proceso, AIDA asumió un rol proactivo. Apoyó a diferentes comunidades de la región para que sus voces fueran escuchadas por la Corte IDH mediante la presentación de escritos legales que destacaron las afectaciones socioambientales de la emergencia climática en pueblos indígenas, mujeres, niños y niñas, poblaciones con orientaciones e identidades de género diversas y en ecosistemas particularmente frágiles como los arrecifes de coral. Además, la organización acompañó la participación de representantes comunitarios en las audiencias del proceso, realizadas en abril y mayo de 2024 en Barbados y Brasil, respectivamente.AIDA también presentó su propio escrito legal ante la corte, en el que argumentó que el derecho a un "clima estable y seguro" debe ser reconocido como parte del derecho universal a un ambiente sano, resaltando las obligaciones de los Estados para prevenir y evitar los efectos nocivos de la emergencia climática en sus habitantes.El proceso incluyó la presentación de más de 200 observaciones escritas, un número sin precedentes para una Opinión Consultiva de la Corte Interamericana, lo que refleja el enorme interés regional en el tema. Las Opiniones Consultivas son importantes porque consolidan la forma adecuada de interpretar los derechos humanos y con ello orientan a los Estados sobre cómo garantizarlos y aplicarlos dentro de sus territorios o jurisdicciones.La Opinión Consultiva 32 fortalece y da continuidad a dictámenes previos como el emitido en 2024 por el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, que aclara las obligaciones estatales para proteger el medio marino de la crisis climática, y el que publicará próximamente la Corte Internacional de Justicia, el máximo tribunal de la ONU, para delimitar las responsabilidades de los Estados de cara a la emergencia global.Así, en un contexto mundial que exige medidas climáticas cada vez más sólidas, la decisión de la Corte Interamericana reafirma que los gobiernos deben actuar en base a obligaciones legales vinculantes, no a compromisos voluntarios. Esta herramienta jurídica brinda a las personas y comunidades del continente una base sólida para exigir acciones reales y la garantía de sus derechos en un entorno climático seguro, justo y sostenible.Contacto de prensa:Víctor Quintanilla, [email protected], +52 5570522107
Leer más
Decisión de la Corte Interamericana sobre emergencia climática: un hito para el mundo
Texto publicado originalmente en Animal Político. El próximo 3 de julio de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitirá su tan esperada Opinión Consultiva 32 (OC-32) sobre la emergencia climática y los derechos humanos, solicitada conjuntamente por los Estados de Chile y Colombia en enero de 2023.En su dictamen, la Corte IDH abordará cuestiones clave del derecho internacional que ambos Estados incluyeron en su solicitud, como la naturaleza y el alcance de las obligaciones estatales en contextos de emergencia climática.Adicionalmente, el tribunal se pronunciará sobre los deberes de prevención y garantía de los Estados en materia de derechos humanos frente al cambio climático, así como respecto de sus obligaciones específicas hacia grupos diferenciados, como mujeres, niños y niñas, pueblos indígenas y personas defensoras del ambiente. También hará precisiones sobre la responsabilidad común pero diferenciada de los Estados en materia de derechos humanos en el contexto de la crisis climática, entre otros aspectos.La OC-32 será también el resultado de un proceso sin precedentes ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el que decenas de Estados, organizaciones de la sociedad civil, pueblos indígenas, activistas y miembros de la academia participaron activamente mediante intervenciones orales en audiencias públicas y observaciones escritas.Sin duda, esta decisión será un hito no solo para el continente americano, sino también para el desarrollo del derecho internacional en materia de clima y derechos humanos a nivel global. Una contribución clave al derecho internacionalLa decisión de la Corte IDH se enmarca en otros procesos de opinión consultiva muy relevantes en todo el continente. Ya en 2024 el Tribunal Internacional del Derecho del Mar hizo pública una decisión importante acerca de las obligaciones de los Estados en relación con la crisis climática y la protección del medio marino.Además, en marzo de 2023, la Asamblea General de Naciones Unidas solicitó formalmente una opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre las obligaciones de los Estados respecto al cambio climático, impulsada por Vanuatu y respaldada por más de 130 países. La decisión final de este proceso está aún por conocerse.La Opinión Consultiva 32 de la Corte IDH será, sin duda, de la mayor relevancia por al menos cinco razones: 1. Aportes desde el enfoque de derechos humanosSerá la primera vez que un tribunal regional de derechos humanos defina con claridad obligaciones concretas para que los Estados protejan efectivamente a las personas y comunidades afectadas por la crisis del clima. Incorporar el marco de derechos humanos a la emergencia climática es clave para enriquecer el contenido de las obligaciones estatales, complementar el régimen de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y aportar una perspectiva de justicia en la respuesta a esta problemática. 2. Continuidad del liderazgo del tribunalCon este dictamen, la Corte IDH fortalecerá la rica jurisprudencia que ha desarrollado y que ha sido muy relevante para vincular la protección del ambiente con los derechos humanos. Ya en su Opinión Consultiva 23 de 2017 estableció que los Estados tienen obligaciones tanto dentro como fuera de su territorio para prevenir daños ambientales que afecten los derechos humanos. Y en 2024, al resolver el caso “Comunidad de La Oroya vs. Perú” —el primer caso contencioso sobre contaminación ambiental en un contexto urbano—, el tribunal desarrolló las obligaciones de los Estados y ordenó medidas de reparación integral. 3. Énfasis en grupos con necesidades de protección reforzadaLa Corte IDH ha desarrollado una rica jurisprudencia para la protección de pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y pueblos en aislamiento voluntario, así como en relación con mujeres, niños y niñas. Estos grupos suelen enfrentar los impactos más severos de la crisis climática, por lo cual la experiencia del tribunal será clave para delimitar en la OC-32 las obligaciones reforzadas de los Estados en su protección. 4. Debida diligencia de las empresasLa Corte IDH ha reconocido que los Estados tienen el deber de prevenir, supervisar y sancionar actividades empresariales que afecten los derechos humanos. En varios casos contenciosos, ha delimitado las obligaciones estatales respecto de las empresas y con la OC-32 puede enriquecer los estándares de debida diligencia climática en el ámbito internacional. Esta doctrina será muy valiosa para fortalecer la rendición de cuentas de actores no estatales en contextos de emergencia climática. 5. Reparación integral de las pérdidas y dañosDesde sus primeros fallos, la Corte IDH ha establecido que la reparación del daño debe ser integral, incluyendo elementos como la restitución, la indemnización, las medidas de satisfacción y las garantías de no repetición. Este enfoque, incorporado en el dictamen por venir, puede aportar elementos clave al debate internacional sobre “pérdidas y daños” (loss and damage), que cada vez cobra más fuerza, proyectándose como una exigencia legítima de comunidades y países afectados por los impactos de la emergencia climática. De esta forma, la decisión que emitirá la Corte Interamericana no solo será histórica para el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Su precedente llegará en un momento clave para nutrir y fortalecer el proceso de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia, ofreciendo un enfoque centrado en las personas y en los derechos humanos.En un escenario global donde la acción de los Estados sigue siendo insuficiente, el derecho internacional puede y debe jugar un papel fundamental y transformador.El dictamen de la Corte IDH representa una oportunidad crucial para consolidar un marco normativo claro que haga frente a la emergencia climática como uno de los desafíos más latentes que enfrentamos actualmente como humanidad.
Leer más
Comunidad maya guatemalteca obtiene respaldo judicial para frenar contaminación transfronteriza
Un tribunal de amparo ordenó a la municipalidad de Chinautla atender la grave crisis ambiental que afecta a la comunidad maya poqomam. El fallo sienta un precedente para la protección del derecho a un ambiente sano de las comunidades que habitan en la cuenca del río Motagua, cuya contaminación alcanza al Mar Caribe y amenaza al Arrecife Mesoamericano.Ciudad de Guatemala. La comunidad del pueblo maya poqomam de la aldea de Santa Cruz Chinautla obtuvo el respaldo de la justicia guatemalteca con un fallo judicial que ordena a la municipalidad de Chinautla responder de manera efectiva a sus peticiones para frenar la contaminación de sus ríos y suelos, provocada por el manejo inadecuado de desechos sólidos y la proliferación de vertederos ilegales.El fallo representa un paso decisivo para la protección del derecho a un ambiente sano en Guatemala y sienta un precedente que podría beneficiar a las comunidades que habitan en la cuenca del río Motagua, una de las más importantes del país, cuya contaminación llega al Mar Caribe y amenaza al ecosistema marino del Arrecife Mesoamericano.Santa Cruz Chinautla se ubica en las riberas de los ríos Chinautla, Tzaljá y Las Vacas, este último un afluente directo del río Motagua, el más extenso de Guatemala, por lo que tiene un impacto directo en la salud de toda la cuenca y el equilibrio ecológico regional.La sentencia responde a la petición de amparo presentada por la comunidad en octubre de 2024 y en ella el tribunal establece obligaciones que el Concejo Municipal de Chinautla debe cumplir como resultado directo del fallo judicial:Asumir la responsabilidad constitucional y legal de gestionar de forma adecuada los recursos naturales y mitigar la contaminación ambiental, en cumplimiento de las obligaciones de prevención, regulación, prestación de servicios públicos, supervisión y fiscalización, propias de su rol como municipalidad.Resolver las peticiones presentadas a través del representante de las Autoridades Ancestrales de Santa Cruz Chinautla relacionadas con el cierre técnico de vertederos ilegales, la restauración de los ecosistemas, medidas de gestión de los desechos sólidos y acciones para detener la contaminación de los ríos proveniente del área metropolitana en Guatemala. Las respuestas deben ser adecuadas, oportunas y proporcionales, tendientes a resolver la problemática de manera efectiva, las cuales deben ser realizables a corto, mediano y largo plazo.Atender las problemáticas de contaminación denunciadas por la comunidad, a través de un estudio minucioso, consensuado, profesional, técnico, científico y bien fundamentado.Planificar y tomar decisiones para la gestión adecuada de los recursos naturales, garantizando los derechos de acceso a la información y la participación de los habitantes locales, respetando la forma de organización propia de la comunidad maya poqomam de Santa Cruz Chinautla.Si bien la sentencia no profundizó en los argumentos de fondo presentados por la comunidad y respaldados por organizaciones nacionales e internacionales, establece de forma clara la responsabilidad de la municipalidad en la atención y resolución de la problemática de contaminación denunciada.AIDA dará seguimiento a la ejecución del fallo para asegurar el cumplimiento del derecho a un ambiente sano y promover condiciones ambientales, sociales y culturales dignas para la comunidad maya poqomam. En caso de que la municipalidad decida apelar la sentencia ante la la Corte de Constitucionalidad, la organización presentará los argumentos legales y científicos necesarios para garantizar la protección efectiva de los derechos de la comunidad.Contacto de prensa:Víctor Quintanilla, [email protected], +52 5570522017
Leer más