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Luchando por justicia para víctimas de contaminación tóxica en La Oroya, Perú

Por más de 20 años, residentes de La Oroya buscan justicia y reparación por la violación de sus derechos fundamentales a causa de la contaminación con metales pesados de un complejo metalúrgico y de la falta de medidas adecuadas por parte del Estado. 

El 22 de marzo de 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su fallo en el caso. Estableció la responsabilidad del Estado de Perú y le ordenó adoptar medidas de reparación integral. Esta decisión es una oportunidad histórica para restablecer los derechos de las víctimas, además de ser un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados.

 

Antecedentes

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, a 176 km de Lima. Tiene una población aproximada de 30.533 habitantes.

Allí, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. 

El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron.

Décadas de daños a la salud pública

El Estado peruano —debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas— ha permitido que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. 

Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros.

La búsqueda de justicia

Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas. 

AIDA se involucró con La Oroya en 1997 y desde entonces hemos empleado diversas estrategias para proteger la salud pública, el ambiente y los derechos de sus habitantes. 

En 2002, nuestra publicación La Oroya No Puede Esperar ayudó a poner en marcha una campaña internacional de largo alcance para visibilizar la situación de La Oroya y exigir medidas para remediarla.

Ese mismo año, un grupo de pobladores de La Oroya presentó una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental para la protección de sus derechos y los del resto de la población. 

En 2006, obtuvieron una decisión parcialmente favorable del Tribunal Constitucional que ordenó medidas de protección. Pero, tras más de 14 años, no se tomaron medidas para implementar el fallo y el máximo tribunal no impulsó acciones para su cumplimiento.

Ante la falta de respuestas efectivas en el ámbito nacional, AIDA —junto con una coalición internacional de organizaciones— llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en noviembre de 2005 solicitó medidas cautelares para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la salud de las personas afectadas. Luego, en 2006, presentamos una denuncia ante la CIDH contra el Estado peruano por la violación de los derechos humanos de residentes de La Oroya.

En 2007, como respuesta a la petición, la CIDH otorgó medidas de protección a 65 personas de La Oroya y en 2016 las amplió a otras 15 personas.

Situación actual

Al día de hoy, las medidas de protección otorgadas por la CIDH siguen vigentes. Si bien el Estado ha emitido algunas decisiones para controlar de algún modo a la empresa y los niveles de contaminación en la zona, estas no han sido efectivas para proteger los derechos de la población ni para implementar con urgencia las acciones necesarias en La Oroya. 

Esto se refleja en la falta de resultados concretos respecto de la contaminación. Desde la suspensión de operaciones del complejo en 2009, los niveles de plomo, cadmio, arsénico y dióxido de azufre no han bajado a niveles adecuados. Y la situación de las personas afectadas tampoco ha mejorado en los últimos 13 años. Hace falta un estudio epidemiológico y de sangre en los niños y las niñas de La Oroya que muestre el estado actual de la contaminación de la población y su comparación con los estudios iniciales realizados entre 1999 y 2005.

En cuanto a la denuncia internacional, en octubre de 2021 —15 años después de iniciado el proceso—, la CIDH adoptó una decisión de fondo en el caso y lo presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras establecer la responsabilidad internacional del Estado peruano en la violación de derechos humanos de residentes de La Oroya.

La Corte escuchó el caso en una audiencia pública en octubre de 2022. Más de un año después, el 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer la sentencia del caso. En su fallo, el primero en su tipo, responsabiliza al Estado peruano por violar los derechos humanos de residentes de La Oroya y le ordena la adopción de medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas.


Conoce los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya

 

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La participación ambiental es vital

Por Héctor Herrera, asesor legal de AIDA y coordinador de la Red por la Justicia Ambiental en Colombia, @RJAColombia "Del 1950 al 2000, la población del mundo se duplicó, la producción agrícola se triplicó, el consumo de energía y la producción se cuadruplicaron, pero la generación de basura se quintuplicó". Tal descripción está contenida en el libro Environmental and Natural Resource Economics: A Contemporary Approach (2006) de Jonathan M. Harris. Si vamos a ese ritmo, cabe preguntarse ¿cuál será la situación en el año 2050? Este planeta lo compartimos seres vivos animales y vegetales, incluida la especie humana. De lo que hasta ahora se conoce del universo, es el único planeta con las condiciones necesarias para albergar vida. Por eso nos toca compartirlo como un bote salvavidas en un océano inerte e infinito. Si le hacemos agujeros al bote, todas las criaturas a bordo naufragaremos. Nos guste o no, hacemos parte del planeta tierra, participamos de él. Ello se asemeja a cuando alguien tiene una participación en el capital de un negocio o una empresa y, como socio, participa procurando las mejoras decisiones. Por tanto, participar en las decisiones y acciones ambientales relativas a este planeta único es fundamental. La participación ambiental ha sido reconocida, protegida y promovida por instrumentos jurídicos desarrollados en espacios de decisión nacionales e internacionales. Un ejemplo de esto son las Conferencias de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, conocidas como Cumbres de la Tierra. En ellas, gobiernos y representantes de la sociedad civil de todo el mundo han aportado a la construcción de acuerdos sobre las políticas ambientales. La primera Cumbre de la Tierra fue en Estocolmo en 1972 y la segunda, en Río de Janeiro en 1992. De esa última resultó la Declaración de Río, la cual contiene 27 principios que promueven la protección de la integridad del sistema ambiental de la Tierra, nuestro hogar. El Principio 10 de la Declaración de Río proclama: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.” Entonces, los tres pilares de la #ParticipaciónAmbiental son: acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia. En 2010, el Programa de las Naciones para el Medio Ambiente adoptó en Bali, Indonesia, las Guías para el Desarrollo de la Legislación Nacional en Acceso a la Información, Participación Pública, y Acceso a la Justicia en asuntos ambientales (en inglés). Se trata de pautas voluntarias para orientar a los Estados en la implementación de sus compromisos con el Principio 10. Asimismo, en el plano nacional, la mayoría de Constituciones Políticas han reconocido y protegido el derecho a un ambiente sano. Entre ellas podemos citar las de Bolivia (art. 33), Brasil (art. 225), Chile (art. 8), Colombia (art. 79), Costa Rica (art. 50), Cuba (art. 27), Ecuador (art. 14), México (art. 4), Nicaragua (art. 60), Perú (art. 68) y Uruguay (art. 47). En resumen, el esfuerzo por reconocer, proteger y promover la #ParticipaciónAmbiental continúa. Y tú ¿haces parte del planeta Tierra?, ¿cómo participas en la protección del ambiente?, ¿cómo cuidas nuestro hogar?, ¿cómo podemos pasar del reconocimiento jurídico a la protección efectiva del ambiente? Es de pensarse y, sobre todo, de actuar.

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Organizaciones presentan ante el Supremo Tribunal Federal de Brasil escrito que demuestra la ilegalidad de la autorización que el Congreso dio a la represa Belo Monte

La autorización vulnera normas nacionales e internacionales porque las comunidades afectadas por el proyecto no fueron consultadas. La construcción de la represa avanza causando daños a personas, comunidades y al ecosistema en la Amazonía brasileña. Brasilia, Brasil. La construcción de la represa Belo Monte continúa mientras la biodiversidad y las comunidades de la zona ya sufren serios daños. Organizaciones de la sociedad civil presentaron ante el Supremo Tribunal Federal (STF) un escrito legal (amicus curiae, en portugués) que demuestra que el decreto por el cual el Congreso autorizó la controversial represa es ilegal porque el proyecto no fue consultado con las comunidades afectadas. El escrito contiene argumentos de derecho nacional e internacional sobre la protección del ambiente y los derechos humanos que respaldan la acción legal iniciada por el Ministerio Público Federal (MPF) para que el STF emita un fallo que anule el decreto del Congreso. Fue elaborado por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) en colaboración con el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (DEJUSTICIA), el Instituto Socioambiental (ISA), la Associação Indígena Yudjá Mïratu da Volta Grande do Xingu (AYMÏX) y el Conselho Indigenista Missionário (CIMI). “El proyecto Belo Monte se aprobó sin que el Estado consultara ni obtuviera el consentimiento de las comunidades indígenas y poblaciones tradicionales afectadas. Esto, junto con la degradación ambiental que comenzó con el inicio de las obras, ha puesto a las personas y comunidades de la zona en una situación de extrema vulnerabilidad”, explicó María José Veramendi Villa, abogada de AIDA. La autorización del proyecto por el Congreso violó la Constitución brasileña y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) al no haber garantizado el derecho a la consulta libre, previa e informada de las comunidades afectadas. Si bien se realizaron reuniones públicas sobre el proyecto, éstas no constituyen consultas previas porque se realizaron cuando el proyecto ya había sido aprobado. Esas reuniones se efectuaron sin que la información presentada fuera traducida a las lenguas de las poblaciones indígenas. No todos los afectados tuvieron acceso a las reuniones y quienes sí estuvieron en ellas recibieron información incompleta sobre el proyecto y la misma no les fue entregada con anticipación. Además de lo relativo al derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado, el escrito fortalece los argumentos del MPF en cuanto al derecho de acceso a la justicia. Ese derecho de las comunidades afectadas por la represa Belo Monte también fue violado. Ello ocurrió con la aplicación de la llamada “Suspensión de Seguridad”, una figura jurídica que permitió que decisiones judiciales contrarias al proyecto y favorables a la población afectada, emitidas por tribunales inferiores, fueran suspendidas bajo argumentos de protección de la seguridad y la economía públicas.  “En caso de obtener una decisión favorable del STF, la obligación del Estado brasileño será doble: primero tendrá que suspender la autorización que dio para la construcción de la represa y después deberá reparar los daños que ha y está causando a las comunidades indígenas y demás poblaciones impactadas por Belo Monte”, comentó César Rodríguez Garavito, director internacional de Dejusticia. “Las poblaciones tradicionales afectadas por la represa se encuentran en una situación inaceptable en época de democracia.  Existe una decisión judicial que reconoce que el derecho a la consulta previa fue violado, pero al mismo tempo hay otra decisión preliminar y provisional que garantiza que las obras continúen”, señaló Leonardo Amorim, abogado de la organización brasileña Instituto Socioambiental. “En vista de lo anterior, esa población sufre el empeoramiento de su situación de salud y la invasión de sus tierras. Esperamos que el Supremo Tribunal revierta esa situación”. Este martes, el Movimiento Xingú Vivo (MXVPS), con apoyo de diversas organizaciones, presentó un pedido de audiencia (en portugués) a la Presidencia del STF a fin de solicitar que se adopte una decisión inmediata de la presente acción legal así como de las demás acciones que cuestionan otros grandes proyectos hidroeléctricos en la Amazonía.

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La sociedad civil impulsa el verdadero proceso de fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Ana María Mondragón Duque, fellow de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA Después de dos años y medio de trabajar junto a un admirable grupo de personas y organizaciones de derechos humanos en defensa del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), creo fielmente en el poder de la sociedad civil para influir en las decisiones que nos afectan a todas y todos. Hace tres años inició lo que se denominó el “Proceso de Fortalecimiento del Sistema Interamericano”. En realidad fue un ataque frontal contra la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), uno de los pilares del SIDH. Algunos Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), afectados por decisiones de la CIDH o inconformes con algunos de sus procedimientos, intentaron limitar sus funciones de protección de los derechos humanos en la región. Durante este tiempo, he sido testigo de la enorme cantidad de recursos, tiempo y energía que la sociedad civil ha destinado para conservar lo alcanzado con esfuerzo y por décadas.  En definitiva, y pese a que no es perfecto, el SIDH representa la última esperanza en el continente para llevar justicia y reparación a miles de víctimas que no encuentran ello en sus países. Si bien el proceso de fortalecimiento culminó con la resolución aprobada en la Asamblea General Extraordinaria del 22 de marzo de 2013, y con la adopción de la reforma reglamentaria de la CIDH; lo sucedido en la última Asamblea General, celebrada en Asunción, Paraguay, el pasado 4 y 5 de junio, indica que los intentos de debilitar la CIDH continúan.   Días antes del inicio de la Asamblea, ya rondaban aires de preocupación entre las organizaciones de derechos humanos. La Declaración de Haití, firmada apenas una semana antes en el marco de la IV Conferencia de Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, alertaba sobre la intención de Ecuador de presentar un proyecto de resolución con disposiciones que atentaban contra la autonomía e independencia de la CIDH. Se pretendía discutir de nuevo temas altamente conflictivos como el cambio de sede de la Comisión y la revisión de la estructura y financiamiento de sus Relatorías. En ese momento, AIDA, junto con colegas de la Coalición Internacional por los Derechos Humanos de las Américas, emitimos un pronunciamiento manifestando nuestra preocupación por la situación y llamando a los Estados a no reabrir temas ya zanjados tras un largo proceso.  Afortunadamente, en esta ocasión, algunos Estados cansados de ese desgastante proceso y otros más genuinamente comprometidos con el fortalecimiento de la CIDH, se mostraron reacios a respaldar la iniciativa. También fue novedosa la postura del Secretario General de la OEA, José Miguel Insulza, quien en su discurso de apertura exhortó a reafirmar la autonomía de la CIDH “dejando de lado esfuerzos paralelos que solo sirven para debilitar a uno de los órganos principales de la OEA”.   Finalmente, luego de presiones políticas y la presentación de un proyecto de resolución paralelo mucho más proteccionista de la CIDH por parte de Costa Rica, se renegoció la amenazante resolución, y se aprobó una que muchos han descrito irónicamente como un documento que “no aporta nada, pero que al menos no genera daños”. A pesar de la actitud menos agresiva de la mayoría de los Estados y un ambiente político más favorable, no podemos bajar la guardia. Queda claro que un grupo de países que arrastra hace años una agenda de críticas contra la CIDH busca desesperadamente estrategias para reavivar el debate. Lo hacen incluso en foros políticos sin ninguna legitimidad para tomar decisiones sobre el SIDH como la improvisada Conferencia de Estados Parte de la Convención Americana o la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR). Debemos seguir con atención lo que se discute en todos esos foros y permanecer activos para visibilizar cualquier intento de debilitar la CIDH.   Puedo decir sin lugar a dudas que sin la dedicación y entereza de las personas y organizaciones de la sociedad civil, estaríamos frente a una CIDH más debilitada. Nos hemos equivocado, pero también hemos aprendido a unirnos y a reivindicar espacios políticos de participación a todos los niveles para defender nuestros derechos. Ésa fue la gran lección que me dejó la última Asamblea General y un invaluable regalo. Fue gratificante ver en Paraguay la unión, fuerza y compromiso de organizaciones y grupos de víctimas, mujeres, indígenas, afro-descedientes, niños, niñas y adolescentes, comunidad LGBTTTI, defensores del ambiente, regionales, nacionales e internacionales. Vi una sociedad civil cada vez más empoderada para demandar a nuestros representantes un compromiso real con los intereses de nuestras sociedades. Esa experiencia me alejó de un escenario lleno de contradicciones y fríos intereses, y me hizo comprender la relevancia de no ceder estos espacios políticos a intereses contrarios a la protección de los derechos humanos. A ellas y ellos, a mis maestros y maestras, ¡gracias por seguir unidos por la defensa de los derechos humanos y por un genuino fortalecimiento del SIDH!

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