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Foto: UNFCCC

Siguiendo las negociaciones climáticas en la ONU

Los fenómenos derivados de los cambios en el clima son cada vez más extremos e impactan con mayor dureza a comunidades de países en desarrollo. Vigente desde 1994, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático establece acciones para limitar el incremento de la temperatura promedio global y enfrentar los efectos de la crisis climática.

Los países parte de la Convención y del Acuerdo de París se reúnen cada año en la llamada Conferencia de las Partes (COP) para revisar sus compromisos, los avances en el cumplimiento de los mismos y los desafíos pendientes en la lucha global contra la crisis climática.

El Acuerdo de París fue adoptado en la COP21 de 2015. Busca fortalecer la respuesta mundial ante la emergencia climática, estableciendo un marco común de trabajo para todos los países en función de sus capacidades y mediante la presentación de Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) que permitan:

  1. Limitar el aumento de las temperaturas globales a 2°C en comparación con los niveles preindustriales y continular los esfuerzos para limitarlo a 1,5°C;
  2. Aumentar la capacidad de los países para adaptarse a los impactos del cambio climático; y
  3. Garantizar que el financiamiento responda al objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

 

Nuestras áreas de trabajo

CRISIS CLIMÁTICA Y DERECHOS HUMANOS

La crisis climática, por su carácter transversal, tiene repercusiones en distintos ámbitos, geografías, contextos y personas. En ese sentido, el preámbulo del Acuerdo de París señala que es obligación de los Estados "respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones relativas a los derechos humanos, el derecho a la salud, los derechos de los pueblos indígenas, las comunidades locales, los migrantes, los niños, las personas con discapacidad y las personas en situaciones vulnerables y el derecho al desarrollo, así como la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer y la equidad intergeneracional".

A través del litigio climático y la incidencia política, AIDA trabaja para lograr una transición energética justa y respetuosa de los derechos humanos y con enfoque de género.

 

AIDA en las COP

COP25: Chile-Madrid 2019

En la COP25, celebrada en Madrid, España, abogamos por la inclusión de la perspectiva de derechos humanos en diversos temas de la agenda. Promovimos la incorporación de amplias salvaguardas socioambientales en la reglamentación del artículo 6 del Acuerdo de París, referido a los mercados de carbono. Seguimos de cerca la adopción del Plan de Acción de Género, así como la Red de Santiago, creada “para catalizar la asistencia técnica […] en países en desarrollo que son particularmente vulnerables a los efectos adversos del cambio climático”.  Impulsamos además la inclusión en los compromisos climáticos de los países de metas ambiciosas y medibles de reducción de los contaminantes climáticos de vida corta.

COP26: Glasgow 2021

AIDA asistió a la COP26 en Glasgow, Escocia, llevando la voz de América Latina. Tras la cancelación de las negociaciones en 2020, la COP26 generó un momento importante para retomar las acciones de incidencia en cuanto al aumento de la ambición climática y el cierre del libro de reglas del Acuerdo de París. AIDA abogó por la inclusión de los más altos estándares de derechos humanos en las decisiones relativas a los mercados de carbono, el financiamiento climático y la regulación de las pérdidas y daños. Durante nuestra participación, brindamos información de fácil acceso sobre estos temas a nuestros aliados y socios en la región. Además, expusimos los avances del litigio climático en América Latina junto con nuestros aliados de Climate Action Network (CAN) y Climate Action Network Latin America (CANLA), entre otras otras redes y grupos de trabajo.

 

Partners:


La reducción de los límites de plomo en los EE.UU. debería ser una señal para el gobierno de Perú al considerar la reapertura del complejo metalúrgico de La Oroya

Los niveles deberían ser cero para realmente proteger a los niños. San Francisco, EE.UU. El gobierno de Perú debería reducir los límites de exposición al plomo a raíz de los cambios hechos por las autoridades de salud pública de los Estados Unidos, mientras que considera la reapertura del complejo metalúrgico de La Oroya donde la tasa de envenenamiento por plomo en niños y niñas es muy alto. El 16 de mayo de 2012, el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de los EE.UU. redujo a la mitad su recomendación para la exposición al plomo en niños y niñas, siendo esta la primera reducción en 20 años. El nuevo estándar recorta a la mitad el umbral apropiado considerado un riesgo para los niños y niñas menores de seis años, de 10 microgramos por decilitro de sangre a 5 microgramos/decilitro.  El CDC concluyó que cualquier exposición al plomo en niños es peligroso y que el plomo es conocido por estar asociado con coeficientes intelectuales reducidos, problemas de aprendizaje, desorden de déficit de atención e hiperactividad (ADHD) y problemas de comportamiento.  El CDC también dijo que los impactos de envenenamiento por plomo son irreversibles. Además, el CDC concluyó que va a reenfocar su estrategia para prevenir la exposición al plomo en niños y niñas, en vez de seguir con un enfoque clínico de responder a los impactos de exposición. Occupational Knowledge International, una organización de San Francisco, California, dedicada a reducir la exposición al plomo, calificó la decisión del CDC como “un cambio histórico en la política de prevención de envenenamiento por plomo.” Esta decisión es una señal de alerta para el gobierno de Perú para enfrentar los problemas de salud pública por plomo en diversos sitios, en particular respecto a Doe Run Perú en la ciudad de La Oroya.  La compañía, que pertenece al multimillonario Ira Rennert del Grupo Renco con sede en Nueva York, quiere reabrir el complejo metalúrgico que fue cerrado en 2009 por incumplimiento de sus obligaciones del Plan de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) incluyendo la reducción de emisiones de plomo que han envenado especialmente a los niños y niñas de la ciudad.  El gobierno debería considerar los hallazgos del CDC e insistir en la reducción de las emisiones de plomo si decide aceptar la reapertura del complejo metalúrgico por cualquier operador. “El reconocimiento del CDC de que ningún nivel de plomo es sano es una muestra aún más importante para el gobierno peruano para tomar acciones en la ciudad de La Oroya y prevenir el envenenamiento por plomo,” dijo Anna Cederstav, Co-Directora de AIDA. “El impacto permanente del envenenamiento por plomo en niños es peor de lo que pensábamos. Cualquier nivel de plomo ya no es considerado seguro.” El gobierno de Perú les debe a los niños y niñas de La Oroya y del país reducir su exposición a plomo para asegurar una vida más sana.

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Consulta previa: Oportunidad para la vida, el respeto y la diversidad

Por Héctor Herrera, asesor legal de AIDA, @RJAColombia Los grupos étnicos en Colombia cuentan con leyes y decretos para proteger la diversidad cultural, para defender la vida individual y colectiva de estos pueblos y comunidades, originarias y ancestrales. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su artículo 6 estipula que los pueblos indígenas tienen derecho a la consulta previa. Es decir, deben participar en la definición de medidas que puedan impactarles, sean legislativas, como leyes o decretos; o administrativas, como licencias ambientales de carreteras, represas, minas, o pozos petroleros, entre otros casos. Dicha negociación se realiza en un contexto de buena fe y procurando lograr acuerdos entre las partes. Lo anterior cobra importancia en Colombia que es un país multiétnico, pluricultural y megadiverso. De acuerdo la Biblioteca Luis Ángel Arango en este país se hablan 65 lenguas indígenas agrupadas en 12 familias lingüísticas, de las cuales 34 tienen menos de mil hablantes; además, se hablan dos lenguas criollas de grupos ancestrales afro. Todas en gran riesgo. Colombia es, también, megadiverso en especies biológicas; primero en aves, segundo en anfibios y mariposas,  tercero en reptiles, cuarto en mamíferos, de acuerdo al Instituto Humboldt. Cifras del 2011 del diario El Espectador muestran que 10% de toda la biodiversidad se encuentra en el 1% de la superficie del planeta, esto es, el territorio de Colombia, del cual 29,8% es territorio colectivo indígena y 5% es territorio colectivo ancestral afro. En este escenario, la consulta previa surge como una oportunidad para proteger la diversidad cultural y étnica de Colombia, para defender la vida individual y colectiva de estos pueblos y comunidades, originarias y ancestrales. Al mismo tiempo, podría ser una oportunidad para proteger los ecosistemas donde habitan estos grupos étnicos y para proteger la vida en todas sus formas. No se trata de imponer un modelo conservacionista o extractivo o de desarrollo, sino de garantizar un espacio efectivo de diálogo intercultural y de buena fe con los grupos étnicos, ante medidas que los puedan afectar, sean legislativas o administrativas, sean leyes nacionales oproyectos extractivos, como lo ordena el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT. Este derecho ha sido reconocido también en múltiples instrumentos jurídicos internacionales y nacionales. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007 (archivo en pdf), por ejemplo en el nivel internacional. O para el caso colombiano, la Constitución Política, que además protegió los derechos al territorio colectivo de los grupos étnicos colombianos y a un ambiente sano de toda la sociedad. Entonces, con sustento en instrumentos jurídicos internacionales y la Constitución Política, la Corte Constitucional de Colombia ha amparado el derecho a la consulta previa: Al “pueblo indígena embera” ante la construcción de la represa Urrá en 1998 y a los pueblos indígenas del amazonas por la fumigación de cultivos ilícitos en 2003. Igualmente, por no haber consultado a los grupos étnicos, la alta Corte declaró inconstitucionales; el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, la ley forestal de 2006 y la reforma del código de minas de 2010. Entre otros casos.  Lo anterior sin entrar al contexto regional, donde, por ejemplo, países como Bolivia en la Constitución Plurinacional de 2009 y Ecuador en la Constitución intercultural y plurinacional de 1998, reconocen el derecho a la consulta previa, o en Perú donde se acaba de reglamentar este año. Una cultura, una cosmovisión, una lengua, es algo vivo que puede permanecer en el tiempo si lo respetamos y garantizamos los derechos, como el de la consulta previa. Además, podría fortalecer la protección de ecosistemas claves y de la diversidad biológica, asunto vital, en un contexto de cambio climático y de degradación ambiental sin precedentes.

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Gobierno de Brasil es nuevamente requerido por la Comisión Interamericana para explicar situación de derechos humanos por Belo Monte

Brasilia, Brasil. El pasado 11 de abril la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), órgano de la Organización de Estados Americanos (OEA), solicitó al gobierno brasileño aclarar la situación de las comunidades tradicionales de la cuenca del Río Xingu, afectadas por la construcción de la Represa Hidroeléctrica de Belo Monte. Esta es la segunda exigencia que la Comisión pide al gobierno, en seguimiento de las medidas cautelares otorgadas en abril de 2011. La CIDH solicitó al gobierno informar acerca de la mala calidad de agua del Río Xingu, que estaría ocasionando problemas de salud a las comunidades tradicionales e indígenas y sobre el proceso de reubicación de los agricultores y otras poblaciones tradicionales, cuyos derechos estarían siendo violados. Adicionalmente, la CIDH solicitó información sobre la implementación de las medidas para mitigar los impactos de la construcción de la represa. El requerimiento al gobierno se dio como respuesta a las denuncias enviadas a la CIDH por las organizaciones Sociedad Paraense de Defensa de Derechos Humanos (SDDH),  Justicia Global, Movimiento Xingu Vivo para Siempre (MXVPS) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), enfatizando en las tierras indígenas de Paquiçamba y Arara da Volta Grande, que son directamente afectadas por las obras de Belo Monte. “Esta solicitud de información es una buena noticia pues evidencia que la Comisión está siguiendo de cerca la implementación de Belo Monte, para proteger los derechos humanos”, señaló Astrid Puentes, co-Directora de AIDA. “Esperamos que el gobierno demuestre su voluntad y responda lo antes posible e implemente medidas de protección efectivas”, puntualizó. En enero, con la construcción de la primera barrera del Xingu, los indígenas comenzaron a tener problemas por la calidad del agua. El Ministerio Público Federal realizó un análisis independiente de la calidad del agua en el Instituto Evandro Chagas, pero los resultados todavía no han sido publicados. De acuerdo con el Ministerio Público, este monitoreo debe ser continuo debido al peligro de contaminación del río por la represa. Otro problema denunciado ante la CIDH es la falta de un plan de reasentamiento para las comunidades afectadas por la construcción de Belo Monte. Ante la falta del plan, las personas aceptaron como indemnización la mitad o menos del valor del mercado por sus tierras, porque no poseían título formal de la tierra, y tenían temor de ser expulsados sin pago alguno. Este fue el caso de los habitantes de la comunidad de Santo Antonio, en donde existían 252 propiedades de pequeños agricultores, de los cuales sólo 26 poseían un título formal de las tierras. En uno de los casos, un agricultor recibió USD$3,775 de indemnización por 361.51m2 de tierra avaluados en USD$11,787. La CIDH le dio 20 días al estado de Brasil para presentar la aclaración de la información solicitada. “La acción de la CIDH busca principalmente que el Estado brasilero cumpla con los tratados internacionales de defensa de derechos humanos y en el caso de Belo Monte, hay innumerables indicios de que éstos derechos están siendo violados”, dijo Roberta Amanajás, abogada de SDDH.

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