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Foto: Suzanne Livingstone

Victoria: Declaran zona restringida a refugio de tortugas baulas

En mayo del 2008, en dos fallos separados, el Gobierno de Costa Rica adoptó una postura a favor de las tortugas baulas y en contra de los intereses comerciales empeñados en construir dentro del territorio protegido de estas especies en peligro de extinción.

Las tortugas baulas —una especie contemporánea de los dinosaurios— viven en constante peligro en su hábitat costarricense. La mala planificación y la ausencia de un proceso de vigilancia terminaron por destruir las playas de anidamiento en Flamingo y Tamarindo.

Esta vez las empresas constructoras tenían sus mirada puesta en el Parque Nacional Marino las Baulas (PNMB), hábitat protegido de algunas de las playas de anidamiento de tortugas baulas, uno de los más importantes del Océano Pacífico oriental.

Se implementó una reglamentación municipal de zonificación que autorizaría la construcción dentro de una parte del PNMB. No obstante, AIDA y CEDARENA, su socio local, junto con el Leatherback Trust (Fundación de Tortugas Baulas), montaron una exitosa campaña en defensa del parque.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica anuló la reglamentación municipal de zonificación, dejando a salvo a las tortugas baulas y a sus playas de anidamiento. Este fallo vino luego de otra victoria jurídica por parte de AIDA, CEDARENA y Justicia por la Naturaleza, quienes exigimos al gobierno expropiar los terrenos privados que caían dentro de los límites del PNMB y que, de lo contrario, estarían destinados a ser patios de recreo para turistas.

La tortuga baula aún está bajo amenaza por la urbanización turística, la pesca, la caza furtiva, el robo de huevos de tortuga y la contaminación. No obstante, AIDA y sus socios han demostrado que la ley se puede utilizar para hacer cambios importantes.


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En los primeros días de este mes, al escritorio de Guillermo Alfonso Jaramillo, alcalde de Ibagué y ex secretario de Salud de Bogotá, llegó un oficio de la Procuraduría General de la Nación. En siete páginas se le advertía que el proceso de consulta popular que él había iniciado y que busca preguntarles a los ciudadanos si están o no de acuerdo con la minería en su territorio, iba a tener, de ahora en adelante, un acompañamiento preventivo. La viceprocuradora Martha Isabel Castañeda le recordaba a Jaramillo que el Estado es el dueño del subsuelo y le hacía varias precisiones sobre esos procesos relacionados con proyectos mineros. El que él inició ahora iba a examinarse con mucho más detalle. El documento fue emitido el 8 de febrero, el mismo día que se supo del fallo de la Corte Constitucional que frenaba la minería en páramos y reiteraba que a la hora de planear un proyecto para la extracción de recursos, debía haber concertación entre los municipios y el Gobierno. En últimas, explicaba que no puede ser una decisión unilateral. Desde ese día, sin embargo, Jaramillo y el Concejo de Ibagué están en medio de una puja en la que en estos días entraron a participar funcionarios del Gobierno. ¿La razón? El próximo lunes 29 de febrero, desde las 8 a.m., los 19 concejales de la capital del Tolima decidirán si aceptan o no que se lleve a cabo la consulta popular. Para que prospere, se necesitarán mínimo diez votos a favor. Sin embargo, para algunos concejales, alcanzar ese número parece una tarea titánica después de lo que sucedió esta semana. La visita que hicieron, entre otros, María Isabel Ulloa, viceministra de Minas; Ernesto Cardoso, procurador ambiental del Tolima; Antonio Barrera Carbonell, expresidente de la Corte Constitucional, y altos funcionarios de la Andi, puede haber modificado las intenciones de voto. “Nos sentimos intimidados y decir que no es algo mentiroso”, cuenta Camilo Delgado, presidente del Concejo de Ibagué. A sus ojos, además, los pronunciamientos de la Procuraduría han alertado a varios, que ahora temen una destitución o la apertura de una investigación. A lo que se refiere Delgado es a las palabras que pronunció en el Concejo el procurador ambiental del departamento, replicadas por La Silla Vacía: “por hechos similares al que aquí nos ocupa, el órgano de control ha iniciado investigación de carácter disciplinario”. La intención de Ibagué ha alertado al Gobierno porque, como explica Carlos Lozano Acosta, asesor de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), es la primera vez que una capital tomaría una decisión de ese calibre, lo que sentaría un precedente para todo el país. “Pero resulta muy positivo que la gente use estos mecanismos de participación, que son legales y legítimos”, dice. En términos concretos, lo que busca el alcalde Jaramillo es que el Concejo le dé el visto bueno a una consulta que posiblemente se realizaría en junio de este año. Entonces, los ibaguereños tendrían que responder sí o no a la siguiente pregunta: “¿Está usted de acuerdo, sí o no, con que en el municipio de Ibagué se ejecuten actividades que impliquen contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas, o afectación de la vocación agrícola y turística del municipio, con motivo de proyectos mineros?”. Aunque no lo puntualiza, el interrogante hace referencia al proyecto La Colosa, que se llevará a cabo en el municipio de Cajamarca, a un poco más de 34 kilómetros de Ibagué. Según Jaramillo y varios grupos ambientales, ese proyecto, del que la empresa Anglo Gold Ashanti espera extraer unos 29 millones de onzas de oro a partir de 2020, afectaría la cuenca del río Coello, que alimentará un acueducto complementario de la ciudad. “Además, estaría en juego nuestra vocación agropecuaria y turística. No tenemos vocación minera y queremos cuidar nuestras fuentes hídricas. No queremos que suceda lo que ha pasado con el carbón en La Guajira”, advierte Jaramillo. Y aunque Anglo Gold Ashanti le dijo a este diario que no se pronunciaría sobre la consulta popular, en varias ocasiones ha reiterado que su proyecto no tendrá ninguna influencia técnica en la capital tolimense ni en ningún otro municipio distinto a Cajamarca. De hecho, aseguran que han ido devolviendo los títulos mineros que tenían en Ibagué y hoy tienen cuatro que, dicen, no están relacionados con La Colosa ni sobre terrenos de acueducto. Pero, en palabras de Jaramillo, hay un plan sobre la mesa para hacer llegar al sector recreativo de Totumo unas bandas transportadoras desde Cajamarca y para crear unos espacios para lavar el oro extraído. Incluso, para Humberto Quintero, concejal de Cambio Radical y quien votará negativamente el lunes porque considera que la pegunta de la consulta es ambigua y abstracta y porque cree que extralimitaría sus funciones, aún no hay claridad sobre si la compañía tendrá área de influencia en la ciudad. A los ojos de Acosta, todas estas presiones son el reflejo del gran efecto que podría tener la minería en Tolima en un futuro. “¿Es posible que estemos frente a un posible escenario de distrito minero?”, se pregunta. Para él, el hecho de que Anglo Gold hubiese decidido demandar en 2013 el acuerdo al que llegó Piedras, municipio que también le dijo que no a La Colosa por medio de una consulta popular, sugiere que sí hay intereses de por medio. “Al realizar la consulta popular, el Concejo de Piedras aprobó un acuerdo que consideramos ilegal e inconstitucional, como es la prohibición de minería por parte de una autoridad local. Por esta razón, presentamos una demanda de nulidad ante el Consejo de Estado. Esa corporación consideró que quien debía resolverlo era el juez administrativo de Ibagué y le ordenó darle trámite a la demanda. Eso fue en 2013. Pero hoy el proyecto La Colosa no tiene ninguna incidencia ni interés técnico en Piedras ni en Ibagué”, responde la compañía. Pero el tema de fondo de este álgido debate es el mismo que la Corte aclaró hace dos semanas pero que sigue generando pujas y presiones: ¿pueden los municipios decidir si quieren o no minería en sus territorios? Para César Rodríguez Garavito, experto en temas ambientales y director de Dejusticia, el asunto es más que claro. “Debe haber una concertación de estos territorios con el Gobierno. Cómo se debe hacer, es un tema que la Corte deja abierto, pero lo que sí aclara es que se pueden usar mecanismos de participación ciudadana. Debe haber un acuerdo para definir cuál es el lugar que le corresponder a la consulta popular, que es una especie de instrucción de la ciudadanía al mandatario local para que con esa manifestación vaya a esa concertación”. Para Rodríguez, que ha seguido de cerca este proceso, las advertencias de la Procuraduría no tienen fundamento en los fallos de la Corte ni en la Constitución misma. “Están haciendo un uso inapropiado de una herramienta de control preventivo”, argumenta. “Es –reitera Jaramillo– un matoneo de varias entidades que yo jamás había visto y que va desde destitución hasta pérdida de investidura. Definitivamente, lo que es claro es que Bogotá no está acostumbrada a que los pueblos decidan. Este país es cada vez más centralista, pero nosotros tenemos derecho a decidir”.

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El 12 de diciembre de 2015, la represa Belo Monte, en Brasil, comenzó a ser llenada. El proyecto más importante del programa energético de la presidenta Dilma Rousseff es también un monumento a cómo no debe producirse energía en el siglo XXI. Además de su alto costo, la represa está asociada con corrupción y grandes impactos socioambientales. Belo Monte sería la tercera represa más grande del mundo. Se construye al noreste de Brasil, en el río Xingú, afluente clave del Amazonas. Produciría en promedio solo la tercera parte de su capacidad máxima. Inundará 516 km2 (el tamaño de la ciudad de Chicago) de bosque amazónico, áreas cultivables y zonas urbanas de Altamira, Pará. “…el gobierno y la sociedad brasileños no toleran y no tolerarán la corrupción. La democracia brasileña se fortalece cuando la autoridad asume el límite de la ley como su propio límite. Muchos de nosotros luchamos para eso justamente cuando las leyes y los derechos fueron vilipendiados durante la dictadura…”, dijo Rousseff ante la Asamblea de Naciones Unidas en septiembre pasado. Habló de incluir las “cuestiones de las comunidades indígenas” en los compromisos climáticos del país. También en septiembre, la casa de doña Antonia Melo en Altamira fue demolida por Norte Energía, consorcio constructor de Belo Monte. Antonia lidera el Movimiento Xingú Vivo para Siempre que defiende los derechos de los habitantes de la cuenca del Xingú. La de Antonia es una de las cerca de 3,000 familias desplazadas por una represa que afectará a 40,000 personas en total, muchas de ellas indígenas. El 24 de noviembre de 2015, la autoridad ambiental autorizó la operación de Belo Monte pese al incumplimiento de condicionantes socioambientales esenciales e ignorando dictámenes técnicos ambientales y de la autoridad de protección de los indígenas. Desde 2011, cuando la construcción comenzó, varias comunidades indígenas han sufrido daños serios a su salud, integridad, territorio y cultura. Éstos han empeorado ante la proximidad de la operación de la represa. Los servicios públicos, incluyendo los de centros de salud y de atención a la niñez —de por sí precarios—, colapsaron. La violencia creció exponencialmente: los asesinatos se duplicaron, los accidentes de tránsito aumentaron 144% y la violencia sexual y prostitución estallaron, afectando a niñas y adolescentes sin que las denuncias al respecto sean atendidas. Aunque se entregaron más de 2,600 viviendas a las familias desplazadas, éstas denuncian defectos estructurales, falta de transporte público y servicios esenciales. Las casas no tienen conexión al alcantarillado, una de las condicionantes de la licencia. El discurso de Rousseff resulta paradójico frente a la realidad. Ella fue víctima de la dictadura, pero ahora usa recursos de ese régimen para implementar Belo Monte. El Ministerio Público Federal presentó más de 20 demandas contra el proyecto y jueces ordenaron la suspensión de sus obras en al menos seis ocasiones. Dichos fallos fueron anuladas por petición del gobierno de Rousseff, aplicando la suspensión de seguridad, intrumento legal irónicamente creado por la dictadura. La última vez fue en enero pasado cuando el Tribunal Federal de Justicia suspendió el llenado de la represa por el incumplimiento de obligaciones referidas a la protección de las comunidades indígenas. El fallo fue anulado día después. La corrupción también salpicó al proyecto. Según confesaron ejecutivos de las empresas Camargo Correa y Andrade Gutiérrez, se pagaron sobornos millonarios para su implementación. El tema es parte de Lava Jato, la mayor investigación contra la corrupción de la historia de Brasil. Los impactos de Belo Monte han sido denunciados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y Naciones Unidas. Las respuestas fueron lentas o inexistentes. En abril de 2011, la CIDH urgió a Brasil suspender las obras por la falta de consulta libre, previa e informada con las comunidades indígenas. La reacción de Brasil fue contundente: retiró su candidato a la CIDH, a su embajador ante la OEA, dejó de enviar sus aportes anuales a ese organismo e inició un proceso de “fortalecimiento” del Sistema Interamericano que terminó reformando el reglamento de la Comisión. La CIDH dejó de pedir la suspensión de obras, pero sí acciones urgentes para proteger a las comunidades indígenas afectadas. En 2011, éstas demandaron a Brasil y cuatro años después, en diciembre de 2015, la Comisión inició el trámite del caso. Ese organismo podría priorizar el caso, tomar una decisión pronto y evitar mayores daños. Como dice doña Antonia, la lucha continúa. Rousseff aún puede demostrar que su gobierno no tolera la corrupción y que, a diferencia de la dictadura, no vilipendia las normas. La CIDH y otras autoridades tienen la oportunidad histórica de exigir respetar los derechos humanos y ayudar a que los países alcancen un desarrollo que no sacrifique las personas. Deben hacerlo pronto, pues Belo Monte ya esta llenándose

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El fallo de la Corte Constitucional que hace unos días prohibió la minería en los páramos vino a zanjar una prolongada controversia sobre el tema. Ahora queda claro que los derechos o expectativas económicas de particulares deben subordinarse al interés general. Pero la disputa seguirá y habrá reacomodo de fuerzas en torno a la interpretación del  fallo. La sentencia en cuestión responde a una demanda contra el Plan de Desarrollo 2014-2018 interpuesta por la Cumbre Agraria y el Polo Democrático Alternativo, y sin duda es el pronunciamiento más importante de la Corte Constitucional en materia ambiental en su historia reciente. El debate sobre extractivismo en páramos es uno de los pulsos ambientales más intensos que hayamos visto en Colombia en los últimos años. A diferencia de otros temas, esta cuestión se instaló para quedarse en el debate nacional. El movimiento ambiental fue muy hábil al conectar la importancia de los ecosistemas de páramo con el agua que los ciudadanos del común reciben en sus casas y con ello logró el consenso en la opinión sobre la necesidad de protegerlos. El asunto fue ampliamente comentado por los medios y por las redes sociales, de modo que hoy la gente sabe bien que sin páramos no hay agua en las ciudades. Esto tuvo una gran influencia sobre el “ambiente” que rodeó el litigio en la Corte. El gobierno perdió el caso ante la opinión y volvió a perderlo ante el tribunal. Antes de la sentencia, no había un pronunciamiento autorizado que impidiera contundentemente la minería en páramos. Pese a algunas decisiones de la propia Corte y a un concepto del Consejo de Estado, este debate seguía estando en vigencia. Pero cuando el gobierno incluyó el tema en el Plan de Desarrollo, cometió un error estratégico porque lo expuso a la competencia de la Corte. En resumen, la Corte sostuvo que: La minería en páramos pone en peligro el derecho al agua porque desconoce la obligación del Estado de proteger sus fuentes. La licencia ambiental no otorga derechos adquiridos en los páramos y el Estado puede prohibir la minería en esas zonas incluso después de haberla expedido. Es desproporcionado afectar los páramos para garantizar derechos patrimoniales de privados. Los páramos tienen un déficit de protección inaceptable desde el punto de vista constitucional, pues no todos ellos se encuentran en áreas protegidas y no hay reglas claras sobre hasta dónde llega la discrecionalidad del gobierno en la delimitación. Los páramos son interdependientes con otro tipo de ecosistemas y dañarlos libera carbono y contribuye al cambio climático. El primer Plan de Desarrollo del gobierno Santos le quitó piso jurídico a la minería en páramos, pero el segundo se lo devolvió y esa regresión es inconstitucional. Asimismo, la Corte hizo uso del derecho ambiental internacional y reconoció que los páramos son sumideros de carbono, reservas de biodiversidad y fuentes de agua dulce. También utilizó datos científicos para demostrar que son ecosistemas muy frágiles y difíciles de restaurar. Con esta decisión el tribunal avanzó bastante en la jurisprudencia y demostró que el litigio ambiental por tipo de ecosistemas es más comprehensivo que aquel que se realiza por especies. Además, envió un mensaje a los países de la región que también tienen páramos, pues la minería avanza a paso firme en áreas protegidas de Ecuador y Bolivia. La cuestión de los páramos es un debate andino y el movimiento ambiental en esos países está seriamente debilitado. Pero, sobre todo, la Corte innovó con la regla según la cual el gobierno no puede apartarse de la delimitación de páramos hecha por el Instituto Humboldt, a menos que tenga una base científica y que ello represente un mayor nivel de protección para los páramos. Este es un diseño constitucional de incentivos sin precedentes que, al tiempo que garantiza la independencia del Instituto, mantiene cierto margen de discrecionalidad para el Ministerio de Ambiente. Por último, la Corte reconoció implícitamente que el sistema de licencias ambientales no da garantías de protección a los páramos y que el margen de discrecionalidad del gobierno en la delimitación, tal como venía operando, no podía seguir. Este es un claro llamado de atención al funcionamiento de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y a las CAR, y un reconocimiento de la necesidad de fortalecer nuevamente el Sistema Nacional Ambiental. Sin duda, la Corte sentó un precedente que dificulta el avance de la minería en los páramos. Pero la disputa por el sentido del fallo y las presiones sobre el tribunal continuarán, porque el diablo está en los detalles. La Ley 1450 de 2011 daba como referencia mínima para hacer efectiva la prohibición de minería en páramos el Atlas del Humboldt, si no se tenía una más detallada. Esa regla desapareció con en la Ley 1753 de 2015. Si bien la Corte hizo ajustes en su reciente decisión, el argumento según el cual si no hay delimitación no hay prohibición de minería, será utilizado para seguir pidiendo licencias en zonas de páramo, o para defender las que ya han sido aprobadas. Por otro lado, los ambientalistas sostendrán que las licencias en esas zonas, al ser actos administrativos, pierden sustento jurídico con la sentencia de la Corte y deben ser revocadas o anuladas. En todo caso, la protección de los páramos no debe estar supeditada a la delimitación. Las decisiones de la Corte tienen efectos inmediatos y la protección de los derechos fundamentales relacionados con páramos no puede estar sujeta a la expedición de un acto administrativo. El otro desafío que surge tras la decisión es qué hacer con los pequeños mineros. Si bien la Corte dijo que los derechos patrimoniales no están por encima del interés general, en el caso de productores artesanales el acceso al trabajo o al mínimo vital puede verse en peligro, particularmente en Santander y Boyacá. El gobierno debe ofrecer alternativas para evitar el desplazamiento de estos grupos. Finalmente, vendrá la discusión sobre los costos económicos de la decisión. Sin duda habrá un ajuste en los planes de inversión e incluso pérdidas en el sector minero, que cuenta con vías legales para reclamarlas frente al Estado. Pero los costos de los pasivos ambientales por la explotación (pérdida de servicios ecosistémicos, impacto de la contaminación sobre la agricultura y la salud) son mucho más importantes y, en últimas, también tendrán que ser asumidos por el Estado y por los ciudadanos. El problema radica en que esos costos ambientales normalmente no son contabilizados. Con esta decisión ganó la Corte, que demostró ser capaz de decisiones audaces para proteger los ecosistemas del país. También ganó el movimiento ambiental, que supo combinar la movilización ciudadana con el litigio estratégico. Pierden el gobierno, porque su punto de vista sobre el tema resultó derrotado (por ahora), así como el sector minero, que sin duda verá reducidas sus expectativas de ganancias. Pero el debate sigue y la implementación de la sentencia puede ser aún más disputada que el litigio.

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