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Amazon Watch / Maíra Irigaray

La represa Belo Monte en el río Xingú: 10 años de impactos en la Amazonía y de búsqueda de reparación

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La represa Belo Monte ha causado un desastre ambiental y social en plena Amazonía: uno de los ecosistemas más importantes del planeta.  

Esta situación solo se ha profundizado luego de que la hidroeléctrica entrara en operación en 2016. También persiste hasta hoy la búsqueda de justicia y reparación de las comunidades indígenas, pesqueras y ribereñas afectadas.

En 2011, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) les otorgó medidas de protección que a la fecha no han sido cumplidas plenamente por el Estado brasileño.  

Y, desde junio del mismo año, la CIDH tiene pendiente resolver una denuncia contra el Estado por su responsabilidad internacional en el caso.  

La CIDH puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene la facultad de emitir un fallo que condene al Estado brasileño. 

 

Tras 10 años de funcionamiento de la hidroeléctrica y más de 15 años de violaciones de derechos humanos documentadas, es tiempo de que la justicia llegue a las comunidades afectadas. 

Lee la carta abierta de las organizaciones que llevan el caso ante la CIDH 

Lee nuestro comunicado de prensa

 

Antecedentes

La hidroeléctrica Belo Monte —la cuarta más grande del mundo por su capacidad instalada (11,233 MW)— fue construida en el río Xingú, en el estado de Pará, al norte de Brasil.  

Fue inaugurada el 5 de mayo de 2016 con una sola turbina. En ese momento se desvió el 80% del curso del río y se inundaron 516 km² de tierra, un área mayor que la ciudad de Chicago. De esa superficie, 400 km² eran bosque nativo. La represa comenzó a funcionar con toda su capacidad en noviembre de 2019.

Belo Monte fue construida y es operada por el consorcio Norte Energía S. A., formado en su mayoría por empresas estatales. Fue financiada por el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES), que dio al consorcio 25.400 millones de reales (unos 10.160 millones de dólares), la mayor inversión en su historia. Por tanto, el BNDES también es legalmente responsable de los impactos socioambientales asociados a la hidroeléctrica. 

 

Décadas de daños al ambiente y a las personas

Las violaciones de derechos humanos y la degradación de la Amazonía se remontan a los inicios del proyecto. En marzo de 2011, Norte Energía empezó a construir la represa sin una consulta adecuada y sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades afectadas.  

La construcción provocó el desplazamiento forzado de más de 40 mil personas, rompiendo lazos sociales y culturales. El plan de reasentamiento en Altamira —ciudad directamente afectada por la hidroeléctrica— se hizo con construcciones ubicadas en la periferia, sin servicios públicos adecuados, sin condiciones de vivienda digna para las familias relocalizadas ni diferenciadas para aquellas de comunidades indígenas.  

La operación de Belo Monte impuso en la Volta Grande (o "Gran Recodo") del río Xingú una sequía permanente y artificial agravada por las sequías históricas de la Amazonía en 2023 y 2024. A raíz de esto, se documentó la muerte de millones de huevos de peces por cuatro años consecutivos (de 2021 a 2024) y, desde hace tres años, no existe migración de peces río arriba desovar y reproducirse. Así, la pesca artesanal, principal fuente de proteína para pueblos indígenas y comunidades ribereñas fue gravemente afectada: el pescado cayó del 50 al 30% en el total de proteína consumida, reemplazado por alimentos industrializados. En resumen, hubo un colapso ambiental y humanitario traducido en el derrumbe de la pesca como modo de vida tradicional, falta de seguridad alimentaria y de acceso a agua potable para miles de familias, empobrecimiento y enfermedades.  

Además, la construcción de la represa incrementó la deforestación e intensificó la tala ilegal y la inseguridad para las tierras indígenas y tribales, poniendo en riesgo la supervivencia de estos pueblos. Otra consecuencia fue la profundización de la pobreza y de los conflictos sociales, además de la saturación de los sistemas de salud, educación y seguridad pública en Altamira, ciudad clasificada como la más violenta del país en 2017 y donde se incrementó el tráfico de personas y la violencia sexual. También se registró violencia contra las personas defensoras de los derechos humanos involucradas en el caso.  

En 2025, durante la 30.ª Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP30), realizada en Brasil, el Ministerio Público Federal tildó de ecocidio el daño ocasionado por Belo Monte. 

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

La búsqueda de justicia y reparación

Con los años, el Ministerio Público Federal de Pará, la Defensoría Pública y organizaciones de la sociedad civil presentaron decenas de acciones judiciales ante tribunales brasileños para cuestionar las diversas irregularidades del proyecto, así como sus impactos. La mayoría de las demandas sigue pendiente de resolución, algunas desde hace más de 10 años.  

Estas acciones no han prosperado porque el gobierno nacional neutralizó en varias ocasiones fallos favorables a las comunidades afectadas recurriendo a un mecanismo mediante el cual el presidente de un tribunal podía detener una decisión judicial basándose únicamente en argumentos genéricos como el "interés nacional" o el "orden económico".  

Frente a la falta de respuestas efectivas a nivel nacional, AIDA —junto a una coalición de organizaciones aliadas— llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y en 2010 solicitó medidas cautelares para para proteger la vida, integridad y salud de las comunidades indígenas afectadas.

El 1 abril de 2011, la CIDH otorgó estas medidas y solicitó al Estado brasileño suspender los permisos ambientales y cualquier obra de construcción hasta que se cumplan las condiciones relacionadas con la consulta previa y la protección de la salud e integridad de las comunidades.  

Y, el 16 de junio de 2011, presentamos ante la CIDH —junto con el Movimiento Xingú Vivo Para Siempre, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña, la Diócesis de Altamira, el Consejo Indigenista Misionero, la Sociedad Paraense de Defensa de los Derechos Humanos y Justicia Global— una denuncia formal contra el Estado brasileño por su responsabilidad internacional en la violación de derechos humanos de las personas afectadas en el caso. La denuncia se abrió a trámite en diciembre de 2015.  

El 3 de agosto de 2011, la CIDH modificó las medidas cautelares para solicitar —en vez de la suspensión de permisos y obras— la protección de pueblos en aislamiento voluntario, de la salud de las comunidades indígenas, además de la regularización y protección de tierras ancestrales. 

Foto: Amazon Watch / Maíra Irigaray.

 

Situación actual

Las medidas de protección otorgadas por la CIDH continúan vigentes, pero el Estado brasileño no las ha cumplido plenamente, informando solo de acciones genéricas. Las comunidades han documentado la continuidad de las violaciones a sus derechos. La situación que motivo la solicitud de estas medidas —el riesgo para la vida, integridad y los modos de vida de las comunidades— se mantiene y se ha agravado con la operación a plena capacidad de la hidroeléctrica y con las recientes sequías extremas en la Amazonía.

A lo sucedido con Belo Monte se suma el riesgo de mayores afectaciones sociales y ambientales por la implementación de otro megaproyecto minero en la Volta Grande del Xingú. Allí la empresa canadiense Belo Sun pretende construir la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil.  

Los impactos sinérgicos y acumulativos de la central y de la mina no fueron evaluados. El Estado excluyó a pueblos indígenas, comunidades ribereñas y campesinas del proceso de autorización ambiental del proyecto. Pese a esto, a protestas indígenas y a otras irregularidades en torno al proyecto, el gobierno de Pará autorizó formalmente la mina en abril de 2026.

Belo Monte, como otras hidroeléctricas, agrava la emergencia climática al generar emisiones de gases de efecto invernadero en su embalse. Y es ineficiente ante las sequías más prolongadas e intensas que la crisis provoca pues pierde capacidad de generar energía. 

El caso ante la Comisión Interamericana

En octubre de 2017, la CIDH comunicó que decidiría de manera conjunta sobre la admisibilidad (si el caso cumple los requisitos para ser admitido) y el fondo (si en efecto hubo violaciones de derechos humanos) de la denuncia internacional contra el Estado brasileño.  

Tras 15 años de presentada la denuncia, las comunidades afectadas y las organizaciones que las representan aún esperan esta decisión. Si la CIDH concluye que hubo violaciones de derechos humanos y emite recomendaciones que el Estado brasileño no cumple, puede remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes.  

Un eventual fallo del tribunal internacional en el caso sentaría un precedente jurídico regional sobre los derechos de los pueblos indígenas y ribereños, la participación pública en megaproyectos y la responsabilidad estatal en contextos de crisis climática, relevante a la luz de la Opinión Consultiva 32 de la Corte, que reafirmó las obligaciones de los Estados para proteger a personas y comunidades del continente frente a la emergencia climática.  

 

Partners:

Leoncio Arara

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Projeto da mineradora Belo Sun sofre revés no Pará

Nova decisão da primeira instância suspende licença prévia e de operação do projeto de exploração de ouro em Altamira (PA) com base na falta de consulta a comunidades ribeirinhas afetadas.   Altamira, Pará - A mineradora canadense Belo Sun, que pretende instalar a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil na Volta Grande do Xingu (PA), sofreu nova derrota nos tribunais. O licenciamento ambiental da mineradora foi novamente suspenso, desta vez em julgamento de 1ª Instância da Justiça de Altamira. A decisão se refere a uma Ação Civil Pública (ACP) movida pela Defensoria Pública do estado do Pará (DPE). O caso teve início em julho de 2020, quando a DPE do Pará propôs ação cível pública contra a empresa de mineração, visto que o Projeto Minerário Volta Grande coloca em risco o território e a existência das comunidades ribeirinhas da Volta Grande do Xingu, que dependem do rio para suas práticas ancestrais. A ação apontou a ilegalidade do licenciamento pela ausência de estudo sobre os impactos socioambientais que podem afetar as comunidades da região do Xingu. O pedido se pautou em um relatório técnico produzido pela Associação Interamericana para a Defesa do Meio Ambiente (AIDA), com manifestação sobre o projeto, apontando os riscos à população ribeirinha que ocupam o território do empreendimento. Na decisão liminar, proferida na última terça-feira (23), foi determinado a “suspensão dos efeitos do licenciamento ambiental n° 2012/5028 e 2015/5340, da empresa Belo Sun Mineração Ltda, que tramita na Secretaria de Estado e Meio Ambiente e Sustentabilidade (SEMAS), até que seja realizado estudo socioambiental dos povos ribeirinhos, na distância mínima de 10 km do empreendimento, nas duas margens do rio Xingu, bem como a consulta prévia, livre e informada e o consentimento dos povos ribeirinhos, pelo Estado do Pará, conforme previsto no artigo 6°, da Convenção n. 169 da Organização Internacional do Trabalho (OIT).” Para Marcella Ribeiro, advogada do Programa de Direitos Humanos da AIDA, a decisão reforça os resultados positivos da colaboração entre organizações da sociedade civil e a Defensoria no intuito de alcançar a justiça para as comunidades do Xingu. Segundo ela, o projeto da mina precisa ser revisto, ainda mais considerando os impactos da represa Belo Monte, instalada há poucos quilômetros do projeto da mina. “A análise feita pela AIDA sobre os estudos de impacto ambiental de Belo Sun apontam diversas falhas, desde a metodologia até a área que foi estudada. Além disso, as condicionantes da represa de Belo Monte exigiam que não fosse implementado nenhum novo projeto na região até que se comprovasse a estabilidade socioambiental da área, o que até o momento não foi comprovado”, comenta a advogada. Outras ações Esta é a segunda ação judicial que atualmente suspende o licenciamento ambiental de Belo Sun. Em 25 de abril, o Tribunal Regional Federal da Primeira Região (TRF1) manteve a decisão, tomada em 2017 em ACP movida pelo Ministério Público Federal, de suspender a licença de instalação até que a empresa apresentasse os estudos de impacto sobre os povos indígenas, e fosse feita a consulta livre, prévia e informada de acordo com um Protocolo de Consulta produzido pelos indígenas Juruna da Terra Indígena Paquiçamba. As ameaças de impactos graves sobre as comunidades no entorno do projeto de Belo Sun geraram ainda outras ações, que seguem tramitando na Justiça. Em 26 de abril, a Defensoria Pública da União (DPU) protocolou uma Ação Civil Pública contra o acordo entre Incra e Belo Sun que passa para a mineradora 21 lotes do Projeto de Assentamento (PA) Ressaca, em troca de participação do órgão público nos lucros das atividades minerárias No início de março, a DPU ja havia protocolado uma ACP contra a União e o Incra exigindo a regularização fundiária e a titulação das propriedades das mais de 200 famílias da Vila Ressaca, local onde Belo Sun quer se instalar. Além disso, tramitam uma ACP  do MPF que demanda a transferência da competência do licenciamento da secretaria estadual de maio ambiente (SEMAS), para o Ibama (sob análise no TRF1); uma ação do Ministério Público Estadual que também questiona a legitimidade da Semas de licenciar Belo Sun e pede a anulação de todas as licenças concedidas (em análise na Justiça Federal); uma ação da Defensoria Pública do Estado contra a compra ilegal de terras e a expulsão forçada de famílias do PA Ressaca; e outra ação da DPE sobre irregularidades na compra de terras federais (aguardando julgamento de mérito).  

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Alerta a inversores: Belo Sun difunde información engañosa sobre un controversial proyecto de minería de oro en la Amazonía brasileña

En una queja presentada ante la Comisión de Valores de Ontario, una coalición internacional de organizaciones de la sociedad civil llama la atención sobre la reiterada difusión de información engañosa por parte de Belo Sun Mining Corp. (TSXV:BSX), incluidas las declaraciones de su presidente ejecutivo, Peter Tagliamonte, en las que resta importancia a los riesgos socioambientales, legales y financieros de "Volta Grande", proyecto de la empresa ubicado a lo largo del río Xingú.   La empresa minera canadiense Belo Sun Corp. (TSXV:BSX) difunde información engañosa e incompleta a los inversores sobre el proyecto minero que pretende desarrollar en el río Xingu (Volta Grande do Xingu), en el estado de Pará, Brasil. Este es el mensaje central de una carta de advertencia enviada a la Comisión de Valores de Ontario (OSC) el 29 de julio por una coalición internacional de organizaciones y redes de la sociedad civil que incluye a Amazon Watch, Earthworks, el Instituto Socioambiental (ISA), la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), International Rivers, MiningWatch Canada, el Movimento Xingú Vivo para Siempre y la Rede Xingu+. La OSC es una corporación independiente de la Corona canadiense a cargo de proteger a inversores y accionistas de prácticas injustas, indebidas y fraudulentas de empresas e industrias. Redactada por un equipo jurídico y respaldada por un análisis técnico y científico independiente, la carta de reclamación cuestiona las recientes declaraciones de Peter Tagliamonte, presidente ejecutivo de Belo Sun. En un discurso pronunciado en el evento de la Asociación de Exploradores y Desarrolladores de Canadá (PDAC) en marzo de 2021, la mayor convención minera del mundo, Tagliamonte citó la pandemia de COVID-19 como justificación de los retrasos frecuentes de la licencia ambiental de la mina Volta Grande, afirmando que el proyecto minero estaba "totalmente autorizado" y que se esperaba que la construcción comenzara a finales de 2021. Comentarios similares se han hecho en recientes declaraciones de la empresa y por el propio Tagliamonte en otras ocasiones. Según la queja, estas declaraciones son manifiestamente falsas. Hay siete acciones civiles públicas activas en tribunales brasileños que piden la suspensión de los permisos y del proceso de concesión de licencias, presentadas por las fiscalías y defensorías federales y estatales. Estas demandas se centran específicamente en las irregularidades de la evaluación de impacto ambiental (EIA) y en la falta de consulta y consentimiento libre, previo e informado con pueblos indígenas y otras comunidades tradicionales. La coalición sostiene que existen pruebas contundentes de que Belo Sun ha incumplido los requisitos de divulgación de la Ley de Valores, que exige a las empresas comunicar los cambios sustanciales “inmediatamente” (sin demora). Las empresas deben difundir datos reales y actualizados para mantener bien informados a los inversores. Información engañosa divulgada por Belo Sun Mining Corp. De acuerdo con la queja, aunque la empresa reconoce los riesgos generales asociados al proceso de concesión de licencias, no revela los detalles concretos de las acciones legales y las suspensiones en juego relacionadas con su proyecto, confiando en la falta de conocimiento de los inversores sobre la legislación de Brasil en materia de licencias. Un ejemplo se refiere específicamente a la suspensión de la licencia de construcción (LI) debido a la falta de "consulta libre e informada" con los pueblos indígenas. En su actualización corporativa más reciente, Belo Sun afirma que "sigue avanzando en las discusiones financieras con varios grupos para preparar el inicio de la construcción tras el levantamiento de la suspensión de la licencia de construcción (LI)". "La empresa ni siquiera ha iniciado un proceso de consulta —que ahora está retrasado por la COVID-19— y ya está anunciando el levantamiento de la suspensión, como si fuera cuestión de tiempo", dice Marcella Ribeiro, abogada del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA. "La empresa no está en condiciones de garantizar los resultados del proceso de consulta ya que las negociaciones en torno al consentimiento llevan mucho tiempo e indudablemente darán lugar a cambios importantes en el proyecto. Nada de esto ha sido comunicado adecuadamente a los inversores", añade. Entre los riesgos asociados a las inversiones en Belo Sun, la reclamación resalta el historial de procesos judiciales, la conflictividad en torno al proyecto, las deficiencias y lagunas de la evaluación de impacto ambiental, y la violación del derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa. La minimización de los riesgos ambientales y sociales en los estudios y evaluaciones de impacto de la empresa ha encendido las alarmas entre las comunidades de la región de la Volta Grande, ya afectadas por la represa hidroeléctrica Belo Monte. Una serie de estudios técnicos independientes ponen en duda las afirmaciones de Belo Sun sobre los impactos en los recursos hídricos, la fauna y la flora, y respecto de la seguridad de la presa de relaves. La negativa de la empresa a reconocer los impactos en los territorios indígenas ubicados a lo largo del río Xingú condujo a la decisión judicial de 2017 que suspendió la licencia de instalación del proyecto Volta Grande hasta que se lleve a cabo una "consulta libre e informada". Además, son cada vez más las denuncias sobre intimidación y acoso contra las personas que se oponen al proyecto, lo que demuestra una situación mucho más compleja y conflictiva como resultado del proyecto de lo que la empresa ha informado, se resalta en la queja. La coalición concluye que "Belo Sun no ha comunicado plenamente a los inversores actuales y potenciales la naturaleza compleja de su proyecto", lo que tiene una "implicación directa en los retrasos y plantea interrogantes fundamentales sobre la viabilidad del proyecto".  La carta entregada a la OSC tiene como objetivo aumentar la visibilidad de las numerosas irregularidades del proyecto y sensibilizar a los inversores actuales y potenciales sobre los importantes riesgos legales y de reputación que conlleva el proyecto, en un momento en el que la atención se centra en la selva amazónica y en su capacidad para brindar servicios ambientales y mitigar el cambio climático. Acerca del proyecto Volta Grande de Belo Sun Propuesto para ser implementado a lo largo de la Volta Grande, un tramo del río Xingú (uno de los principales afluentes del Amazonas) y una de las zonas con mayor biodiversidad del planeta, el proyecto de Belo Sun sería la mayor mina de oro a cielo abierto de Brasil. En la región viven pueblos indígenas como los Juruna (Yudjá), Arara y Xikrin, además de otras comunidades indígenas y ribereñas aisladas. Desde el principio, Belo Sun ha enfrentado numerosas demandas relativas al proyecto Volta Grande presentadas por el Ministerio Público Federal, el Ministerio Público Estatal, la Defensoría Pública Estatal y la Defensoría Pública de la Unión. Estas demandas aluden a las múltiples fallas en el proceso de licenciamiento y en los estudios técnicos del proyecto. Entre otras cosas, las demandas buscan la anulación de las licencias de la empresa y la suspensión del proceso de autorización del proyecto. Una de ellas dio lugar a una decisión judicial, aún vigente, de suspender la licencia de construcción. contactos de prensa Viviana Herrera, MiningWatch Canada, ​[email protected] Camila Rossi, Amazon Watch, [email protected] Cecilia Garcia, International Rivers, [email protected] Victor Quintanilla, AIDA, [email protected]  

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Personas defensoras del planeta: Guía de obligaciones de los Estados para su protección

¿Quiénes son y qué hacen las personas defensoras de los derechos humanos ambientales? Las y los “defensores de los derechos humanos ambientales” son aquellas personas y grupos que, a título personal o profesional, se esfuerzan por proteger y promover los derechos humanos relacionados con el ambiente. Según el informe de 2016 del entonces Relator Especial de la ONU sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, "sus orígenes son diversos y trabajan de diferentes maneras. Algunos son abogados o periodistas, pero muchos son personas comunes que viven en aldeas remotas, bosques omontañas, que tal vez ni siquiera sean conscientes de que están actuando como defensores ambientales en procura del respeto los derechos humanos". A su vez, para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), un defensor o defensora de derechos humanos es "toda persona que de cualquier forma promueva o procure la realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos a nivel nacional o internacional". En resumen, a los y las defensoras de los derechos humanos ambientales les define principalmente lo que hacen. Estas personas enfrentan grandes desafíos para llevar adelante su labor. Por oponerse a los diferentes actores involucrados en la explotación y extracción masiva de recursos naturales, o la destrucción de ecosistemasasí como por denunciar la contaminación ambiental o los impactos del cambio climático son frecuentemente víctimas de violencia, hostigamiento y violaciones a sus derechos humanos. La CIDH señaló que "los ataques, agresiones y hostigamientos cometidos en contra de defensores y defensoras del medio ambiente, han tendido a visibilizarse más en algunos Estados de la región, principalmente en contextos en los cuales existen serias tensiones entre los sectores que apoyan algunas actividades industriales, como las extractivas, que tienen grandes intereses económicos comprometidos, y los sectores que resisten a la implementación de los proyectos". Identificó a Brasil, Colombia, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Ecuador, Panamá y Perú como los países con mayores riesgos para las personas defensoras del ambiente y el territorio. Según Global Witness, de los 212 asesinatos de personas defensoras ambientales ocurridos en 2019, 148 fueron en Latinoamérica. Las personas defensoras ambientales son indispensables para el cuidado del bien común de toda la humanidad: el ambiente. Además, son vitales para combatir el cambio climático. Por su importante función en la protección de este bien intergeneracional y debido al contexto de riesgo cada vez más profundo en el que realizan su labor, la comunidad internacional ha reconocido una serie de obligaciones de los Estados para garantizar la protección necesaria de los defensores y defensoras, y de su herramienta de defensa: el derecho a defender derechos. En esta serie de publicaciones, AIDA, con apoyo de la Fundación Mott, busca esclarecer y promover las obligaciones de los Estados relativas a la protección de estas personas, particularmente en el continente americano. De ese modo, esperamos contribuir a la conformación de un entorno seguro y constructivo para su trabajo, así como poner de relieve cuestiones y problemas urgentes que merecen la atención prioritaria de los Estados del continente.       Consulta y descarga la guía completa 1. Deber de protección: La obligación de adoptar normas de protección Varios tratados y convenciones internacionales reconocen la importancia del rol que tienen los defensores y defensoras. En virtud de ello, los Estados tienen obligaciones reforzadas de proteger, respetar y garantizar sus derechos, lo que incluye la promoción y adecuación de marcos jurídicos. Lee y descarga 2. Impunidad y accceso a la justicia: La obligación de investigar, procesar y castigar violaciones de derechos humanos Los Estados deben abstenerse de violar los derechos de las personas defensoras de los derechos humanos ambientales, al tiempo que actúan con la diligencia debida para prevenir e investigar las violaciones de las que defensores y defensoras son objeto, así como para garantizar que las personas responsables comparezcan ante la justicia. Lee y descarga 3. Género y ambiente: Obligaciones relativas a mujeres defensoras Los Estados tienen la obligación de garantizar a las defensoras ambientales un entorno seguro y propicio para su labor; así como investigar, procesar y castigar las violaciones de sus derechos.Para ello, deben asegurar marcos jurídicos no discriminatorios que garanticen su acceso a la justicia, teniendo en cuenta los factores que lo entorpecen, los cuales incluyen el alejamiento geográfico y la estigmatización de las mujeres que luchan por sus derechos. Lee y descarga 4. Pueblos indígenas y ambiente: Obligaciones relativas a pueblos indígenas defensores Existe una serie de instrumentos internacionales que protegen de manera específica a los pueblos indígenas y que brindan garantías importantes a sus tierras, sus modos de vida y su autodeter-minación. El principio de la consulta libre, previa e informada (CLPI) es una de las principales he-rramientas para la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas. Lee y descarga 5. Megaproyectos y personas defensoras: Obligaciones relativas a proyectos de desarrollo de gran escala La resistencia de las comunidades a megaproyectos de desarrollo debe considerarse en el marco de los derechos a participar de la gestión de los asuntos públicos, al acceso a la información y a tener una vida digna. Los Estados están obligados a proteger, respetar y promover estos derechos. Lee y descarga 6. Empresas e instituciones financieras: Obligaciones relativas a las actividades empresariales, el financiamiento y los derechos humanos Todos los actores involucrados en un proyecto de desarrollo —incluidos el Estado, la empresa y el financiador— deben cumplir con las salvaguardas socioambientales y las normas internacionales en materia de derechos humanos. Sus acciones y omisiones deben ser sometidas debidamente a rendición de cuentas, especialmente si resultan en violaciones de derechos humanos. Lee y descarga 7. Ambiente sano: Obligaciones relativas a personas defensoras en el marco del derecho a un ambiente sano En los últimos años, los órganos a cargo del cum-plimiento de tratados, los tribunales regionales, los relatores especiales y otros órganos de derechos humanos han reconocido la importancia funda-mental de un ambiente sano para el disfrute de una amplia gama de derechos humanos. LEE Y DESCARGA 8. Niñas y niños que defienden el ambiente: Obligaciones relativas a personas defensoras en el marco de los derechos de las niñas y los niños El Consejo de Derechos Humanos de la ONU reconoció que las niñas y los niños son uno de los grupos más vulnerables al cambio climático, lo cual puede repercutir seriamente en su disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, así como en su acceso a educación, alimentación adecuada, vivienda adecuada, agua potable y saneamiento. Lee y descarga  

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