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Audiência Pública da Corte Interamericana em Manaus, Brasil

Comunidades e sociedade civil entregam à Corte Interamericana a “Declaração de Manaus” pedindo esclarecer as obrigações dos Estados na emergência climática

São José, Costa Rica. Esta semana, mais de 400 comunidades, povos e representantes da sociedade civil entregaram à Corte Interamericana de Direitos Humanos (CIDH) a "Declaração de Manaus sobre Direitos Humanos na Emergência Climática".Baseada nas apresentações dos mais de 150 participantes que contribuíram durante as audiências públicas no processo de Parecer Consultivo, o documento insta o Tribunal a articular os padrões mínimos para respeitar e proteger os direitos humanos no contexto da crise climática.As audiências, em Barbados (22 a 25 de abril) e no Brasil (24 a 29 de maio), ofereceram um espaço para ouvir testemunhos impressionantes de pessoas e comunidades afetadas pela emergência climática. Em Manaus, no coração da Amazônia, foi destacada a esperança de que o Tribunal adote um parecer consultivo robusto para proteger as pessoas e o planeta.A declaração pede ao Tribunal detalhar as obrigações dos Estados em questões de direitos humanos e a reforçar a responsabilidade das empresas e atores financeiros no contexto da crise climática."O papel desempenhado pelo Parecer Consultivo da Corte Interamericana é estratégico, num momento histórico para a justiça climática em todo o mundo. A decisão do Tribunal poderá reforçar e ampliar o que já foi estabelecido pelo Tribunal Internacional do Direito do Mar sobre as obrigações de proteger os oceanos das alterações climáticas, e influenciará, sem dúvida, a interpretação posterior que o Tribunal Internacional de Justiça fará dos deveres dos Estados de proteger as comunidades e o planeta face à crise climática”, afirma Marcella Ribeiro, advogada sênior do Programa de Direitos Humanos da Associação Interamericana de Defesa do Ambiente (AIDA).Entre os pedidos, os mais de 400 signatários da Declaração solicitam ao Tribunal:  Reconhecer que, no contexto da emergência climática, a proteção de todos os direitos humanos, incluindo o direito a um ambiente saudável, é uma exigência a todos os Estados e é uma obrigação que deve ser interpretada sob o princípio das Responsabilidades Comuns mas Diferenciadas e em consonância com o limite de temperatura média global estabelecido pelo Acordo de Paris e informado pela melhor ciência disponível.Especificar que os Estados devem avançar para economias livres de combustíveis fósseis sem sacrifícios das comunidades locais e evitando impactos ambientais incompatíveis com os limites planetários.Garantir a informação e a participação do público, bem como o direito à justiça climática, que inclui condições legais e institucionais para que as populações impactadas pela crise possam ir a tribunal, bem como sensibilizar e formar o poder judicial sobre questões climáticas.Proteger e facilitar o trabalho dos defensores ambientais no contexto da emergência climática e da transição energética.Garantir medidas de adaptação aos efeitos das alterações climáticas que garantam o gozo de todos os direitos humanos, especialmente para grupos vulneráveis ​​ou historicamente discriminados.Garantir o direito à autodeterminação dos Povos e Comunidades Indígenas através da obtenção do seu consentimento contra medidas que os afetam diretamente, no contexto da crise climática e da transição energética.Garantir que as vítimas dos danos climáticos tenham uma reparação abrangente e justa e que as decisões sobre questões climáticas tenham recursos financeiros para a sua implementação. "A Declaração aborda a responsabilidade das empresas na crise e pedimos ao Tribunal reforçar a obrigação dos Estados para regulamentar os intervenientes corporativos e garantir que os responsáveis ​​pelas violações dos direitos humanos relacionadas com a crise climática enfrentem as consequências", aponta Luisa Gómez Betancur, Advogada Sênior do Centro de Direito Ambiental Internacional (CIEL).Os signatários da declaração também requerem a Corte  adotar uma abordagem progressista e robusta que responsabilize aqueles que mais contribuíram para a crise, oriente as políticas interamericanas em direção a economias ambientalmente sustentáveis ​​e forneça um quadro para a justiça climática, ambiental e social no mundo, começando pela América Latina."Esperamos que a Corte Interamericana atenda ao nosso apelo e ordene aos Estados que respeitem o nosso direito à autodeterminação e a forma como relacionar-se com nossos territórios, priorizando seu cuidado e conservação", destaca Everildys Córdoba Borja, Representante Legal do Conselho Comunitário das Comunidades Negras da Bacia do Rio Tolo e Litoral Sul (COCOMASUR), Colômbia. "Por essa razão, unimos as nossas vozes na Declaração de Manaus para lembrar ao Tribunal a oportunidade única que tem de marcar um antes e um depois na luta pela justiça climática e pela proteção dos nossos direitos", finaliza.Leia e baixe a declaração Contato com a mídiaFrancisco Pinilla, AIDA, [email protected], +55 61 984015965 

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Audiencia pública de la Corte IDH en Manaos, Brasil.

Pueblos y sociedad civil entregan a la Corte IDH la “Declaración de Manaos” urgiendo aclarar obligaciones de los Estados ante la emergencia climática

San José, Costa Rica. Hoy, más de 400 comunidades, pueblos y actores de la sociedad civil entregaron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) la “Declaración de Manaos sobre los Derechos Humanos en la Emergencia Climática”. El documento, que recibió un amplio respaldo, insta a la Corte a que articule, en su próxima Opinión Consultiva sobre Emergencia Climática y Derechos Humanos, los estándares mínimos para respetar y proteger los derechos humanos en el contexto de la crisis climática. Esta declaración se basa en las exposiciones de más de 150 participantes que contribuyeron durante las audiencias públicas del proceso de la opinión consultiva.Las audiencias, realizadas en Bridgetown, Barbados (22 al 25 de abril), Brasilia (24 de mayo) y Manaos (25 al 29 de mayo), en Brasil, ofrecieron un espacio para escuchar impresionantes testimonios de personas y comunidades enteras impactadas por la emergencia climática. En Manaos, en el corazón de la Amazonia, se destacó la esperanza de que la Corte adopte una opinión consultiva robusta para proteger a las personas y al planeta.La Declaración exhorta a que la Corte aclare las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos y refuerce la responsabilidad de las empresas y actores financieros por su rol en la crisis climática."En un momento histórico para la justicia climática a nivel mundial, el rol que juega la opinión consultiva de la Corte IDH es estratégico. La decisión de la Corte puede reforzar y expandir lo que ya ha sido establecido por el Tribunal Internacional del Derecho del Mar sobre las obligaciones de proteger el océano del cambio climático, y sin duda influirá en la posterior interpretación que haga la Corte Internacional de Justicia sobre los deberes de los Estados de proteger a las comunidades y al planeta ante la crisis climática", señala Marcella Ribeiro, abogada sénior del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). "Los estándares que fije la Corte IDH sentarán nuevos paradigmas para el acceso a la justicia en el contexto de la triple crisis planetaria, influenciando en casos pendientes y futuros, así como en leyes y políticas dentro y fuera del continente. Finalmente, y no menos importante, esta decisión tiene el gran potencial de ayudar a superar el estancamiento político en las negociaciones internacionales sobre el clima".Entre otras peticiones, las y los más de 400 firmantes de la Declaración solicitan a la Corte: Reconocer que en el contexto de la emergencia climática la protección de todos los derechos humanos, incluido el derecho a un ambiente sano, es exigible a todos los Estados, y es una obligación que debe ser interpretada bajo el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas y en línea con el límite de temperatura global promedio establecido por el Acuerdo de París y sustentado en la mejor ciencia disponible.Precisar que los Estados deben transitar hacia economías libres de fósiles sin sacrificios de comunidades locales y evitar impactos ambientales incompatibles con los límites planetarios.Garantizar la información y participación pública, así como el derecho a la justicia climática, lo que incluye condiciones jurídicas e institucionales para que las poblaciones impactadas por la crisis puedan acudir a los tribunales, así como la sensibilización y capacitación del poder judicial en asuntos climáticos.Proteger y facilitar la labor de las personas defensoras del ambiente en el contexto de la emergencia climática y la transición energética.Garantizar medidas de adaptación a los efectos del cambio climático que aseguren el disfrute de todos los derechos humanos, especialmente para grupos vulnerables o históricamente discriminados.Asegurar el derecho a la autodeterminación de los pueblos indígenas y tribales a través de la obtención de su consentimiento frente a las medidas que les afecten directamente, en el contexto de la crisis climática y la transición energética.Garantizar que las víctimas y sobrevivientes por daños climáticos tengan una reparación integral y justa y que las sentencias sobre asuntos climáticos dispongan de recursos financieros para su implementación. "La Declaración de Manaos también aborda la responsabilidad de las empresas en la crisis. Urgimos a la Corte a reforzar la obligación de los Estados de regular a los actores corporativos y garantizar que los responsables de las violaciones de derechos humanos relacionadas con la crisis climática asuman las consecuencias", añade Luisa Gómez Betancur, abogada sénior del Centro para el Derecho Internacional Ambiental (CIEL, por sus siglas en inglés). "El que ‘contamina debe pagar’, dice el principio de derecho internacional, por lo que las empresas de combustibles fósiles y agroindustriales, que son los principales causantes e impulsores del cambio climático, deben pagar los costos de la mitigación y adaptación, así como reparar integralmente a las víctimas por los daños climáticos".Las y los firmantes de la declaración instan a la Corte IDH a que, en su rol de guardiana de los derechos humanos, adopte un enfoque progresista y robusto que responsabilice a aquellos que más han contribuido a la crisis, guíe las políticas interamericanas hacía economías ambientalmente sostenibles y proporcione un marco para la justicia climática, ambiental y social en el mundo, empezando por América Latina."Esperamos que, al escuchar los testimonios de quienes sufrimos las peores consecuencias de la emergencia climática, la Corte IDH atienda nuestro llamado y ordene a los Estados respetar nuestro derecho a la autodeterminación y la forma en que nos relacionamos con nuestros territorios, priorizando su cuidado y conservación. Por ello, unimos nuestras voces en la declaración de Manaos para recordar a la Corte la oportunidad única que tiene de marcar un antes y un después en la lucha por la justicia climática y la protección de nuestros derechos", destaca Everildys Córdoba Borja, representante legal del Consejo Comunitario de Comunidades Negras de la cuenca del río Tolo y zona costera sur (COCOMASUR), Colombia.Lee y descarga la declaración Contactos de prensaMaria Frausto, CIEL, [email protected] Arista, EarthRights International, [email protected], +51 941 242 447Karina Saravia, CANLA, [email protected], +505 84331292 

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Contaminación en un río de Santa Cruz Chinautla, Guatemala

CIDH visita Santa Cruz Chinautla, Guatemala, y alerta sobre la situación ambiental y social de la cuenca del río Motagua

En el marco de la vista in loco de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a Guatemala, la Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) visitó el pasado 24 de julio el territorio del pueblo maya Poqomam —en el municipio de Santa Cruz Chinautla, al norte de la capital del país— que sufre graves impactos por la contaminación proveniente de grandes cantidades de desechos sólidos y de las aguas residuales domiciliares e industriales, que se generan en el área metropolitana y que llegan a los ríos Chinautla, Tzaljá, Las Vacas y luego al río Motagua. La contaminación afecta las condiciones de vida, la salud, el ambiente, las fuentes de agua, la economía y la cultura de los más de 18 mil habitantes de Santa Cruz Chinautla. El problema se ve agravado por vertederos ilegales de basura domiciliar y de desechos de construcción (ripio) que ingresan al municipio diariamente en decenas de camiones. Y se intensifica a causa de la extracción de minerales de los ríos por parte de empresas areneras y de la explotación de los cerros para productos de construcción. En la visita, el relator Javier Palummo escuchó a líderes y lideresas de la autoridad ancestral, la alcaldía indígena y las comunidades de Chinautla y Quetzalito, así como a representantes de organizaciones no gubernamentales, exponer acerca de los impactos ambientales, al agua, la salud, la economía y la cultura en el territorio. Estas personas también informaron del abandono histórico del Estado de Guatemala, que refleja la discriminación sistemática al pueblo Poqomam, así como la tolerancia y protección para empresas que explotan y degradan el territorio.   La información brindada visibilizó además la situación de las comunidades ribereñas que habitan en la cuenca del río Motagua, en especial, aquellas que viven en la desembocadura del caudal hacía la costa atlántica, donde se encuentra el Sistema Arrecifal Mesoamericano (SAM). En una conferencia de prensa, al cierre de la visita, el relator expresó su preocupación por la situación de derechos humanos de la población guatemalteca y de quienes han sido víctimas de una discriminación estructural por el manejo de los recursos hídricos, la protección de la biodiversidad y el cambio climático. También mencionó los desafíos derivados de la debilidad del marco legal hídrico y en particular de la ausencia de una ley de aguas. Las autoridades ancestrales agradecen a la CIDH y a la REDESCA la visita a su territorio. Ratifican las peticiones realizadas junto con miembros de la sociedad civil para que la CIDH haga recomendaciones dirigidas a que el Estado de Guatemala atienda la situación crítica que vive el pueblo maya Poqomam y detenga la violación de sus derechos a través de acciones en el corto y largo plazo. Dentro de estas acciones, se destaca la necesidad urgente de verificar el cumplimiento de la normativa ambiental, así como de prevenir y cortar los daños ambientales desde la fuente, a través de la regulación, monitoreo, supervisión y fiscalización de las actividades que afectan los derechos de quienes habitan la cuenca del río Motagua. Particularmente, se espera que: Se detenga el avance de las actividades extractivas, estableciendo un alto a la emisión de licencias mineras; Se cierren los vertederos clandestinos, brindando vigilancia para evitar su reapertura. Se fortalezca la normativa relacionada con la disposición de aguas residuales para que se implementen de manera oportuna los sistemas de tratamiento completos por parte de las municipalidades; y Se inicien las acciones que permitan la restauración socioambiental de los ecosistemas afectados en toda la cuenca del Motagua, incluyendo medidas legislativas y administrativas que fortalezcan el ordenamiento jurídico que garantice la protección de las aguas y los territorios.   Firman: Autoridades ancestrales del pueblo Poqomam de Santa Cruz Chinautla

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Cambio Climático

México: Piden organizaciones que la regulación sobre almacenamiento de energía garantice la expansión de las energías renovables

El almacenamiento de energía eléctrica en baterías es una de las integraciones técnicas que pueden impulsar la transición energética justa, maximizar el desarrollo de energías renovables y mitigar la crisis climática, así como dar flexibilidad, resiliencia y seguridad a los sistemas eléctricos. La regulación debe promover la integración de nuevas personas usuarias en el esquema de generación distribuida.   En el contexto actual de la crisis climática y la necesaria transición energética justa hacia fuentes de energía limpia, organizaciones de la sociedad civil presentaron ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) comentarios respecto del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Administrativas de Carácter General para la Integración de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional, publicado el 6 de mayo de 2024 en el portal web de la Conamer. Los sistemas de almacenamiento de energía eléctrica son relevantes para la mitigación de la crisis climática, la resiliencia y la seguridad del sistema eléctrico, así como para la promoción de esquemas descentralizados como la generación distribuida porque apoyan la integración de energías renovables y sirven como respaldo crítico durante cortes de red o emergencias. En ese sentido, los comentarios presentados plantean que es esencial que el marco regulatorio establezca bases regulatorias flexibles y adecuadas que incentiven la participación de los SAE y se adapten a los avances tecnológicos. Por lo tanto, las organizaciones recomiendan: Omitir el término "intermitente" al referirse a la energía renovable, pues no existe en la regulación una definición de lo que debe entenderse por una central eléctrica intermitente. Además, es importante recordar que el objetivo de las disposiciones debe ser promover la expansión de las energías renovables y la sustitución de combustibles fósiles, por lo que usar el término "intermitente" puede ser peyorativo. Que los sistemas de almacenamiento puedan integrarse al sistema como activos de transmisión para no contradecir las Bases de Mercado, mismas que ya los contemplan. Considerando la rápida evolución tecnológica, abrir el listado de modalidades de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica (SAE), habilitando la incorporación de modalidades emergentes previa aprobación de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Establecer la posibilidad de que los desarrolladores de SAE, aun cuando se trate de sistemas de almacenamiento, tengan la facultad de decidir si desean participar o no en el mercado eléctrico y en función de esta decisión determinar la necesidad de implementar los sistemas de medición y comunicación requeridos. Tratar como una modificación técnica la instalación de un SAE cuando este tenga una capacidad pequeña respecto de la capacidad de la central, de forma que sea tratado únicamente como una mera actualización y no se requiera tramitar una modificación a un permiso existente.  Omitir la limitación de la participación de los SAE en la prestación de Servicios Conexos y, en su lugar, replicar y desarrollar la disposición de las Bases de Mercado que sí lo permite. Restringir el requerimiento de descarga de los SAE, de las Centrales Eléctricas Renovables, a los supuestos establecidos en el Código de Red. Eliminar la prohibición de que los SAE instalados en los centros de carga de los usuarios no inyecten energía eléctrica a la Red Nacional de Transmisión (RNT) o a las Redes Generales de Distribución (RGD), ya que no existe ninguna restricción técnica que lo impida. Aclarar si un SAE No Asociado con una capacidad menor a 0.5 MW sería considerado como Generador Exento sin necesidad de tener un permiso, conforme a la Ley de la Industria Eléctrica. De lo contrario, esto podría constituir un trato discriminatorio si se busca equiparar regulatoriamente el almacenamiento con el régimen de generación eléctrica. Reconsiderar la limitación de que los SAE No Asociados proporcionen Servicios Conexos pues actualmente las Bases del Mercado ya lo permiten. Aplicar de manera uniforme la tarifa regulada para los servicios conexos no incluidos en el Mercado Eléctrico Mayorista independientemente de si el servicio es proporcionado por un SAE o por centrales eléctricas.   Para que esta regulación sea exitosa, es necesario eliminar barreras innecesarias para el desarrollo de estos sistemas de almacenamiento. Esto incluye reconocer las capacidades y potencial de los SAE en diferentes modalidades, permitir la oferta de servicios conexos desde el primer momento y asegurar que los requisitos técnicos y financieros no sean prohibitivos para los desarrolladores de pequeños sistemas. Además, es esencial que las disposiciones regulatorias no sean regresivas y que se promueva un marco que permita a los SAE competir en igualdad de condiciones con otras tecnologías y fuentes de generación. La integración de los SAE como activos de transmisión y distribución, así como su capacidad para inyectar energía en la red, son aspectos que deben ser considerados para garantizar una transición energética limpia, eficiente, sostenible, justa y descentralizada.   Firman: Alianza Juvenil por la Sostenibilidad (AJUVES) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Centro de Energía Renovable y Calidad Ambiental (CERCA) Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA) Earthjustice Nuestro Derecho al Futuro, A.C. (Nuestro Futuro, A.C.) Ombudsman Energía México (OEM)  

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Decisión judicial protege la democracia ambiental y previene la megaminería de oro en los páramos en Cajamarca

La consulta popular que prohibió la minería en Cajamarca está vigente y debe ser acatada. Así lo reconoció el Juzgado Décimo Administrativo de Ibagué, el cual estableció que el acuerdo municipal, que adoptó los resultados de la consulta popular de Cajamarca, sigue siendo de obligatorio cumplimiento. Hace unos meses, desde la Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca también celebramos otra decisión similar del Juzgado Segundo Administrativo de Ibagué, que determinó que dicho acuerdo debe seguir vigente. Estas dos decisiones en menos de seis meses son un respaldo a la democracia ambiental. La Coalición aportó argumentos adicionales para apoyar al municipio de Cajamarca en la defensa de la consulta popular, entendiendo la importancia de esta decisión para esta comunidad, para otros territorios y para la garantía de la democracia. La Coalición está integrada por el Colectivo Socioambiental Juvenil de Cajamarca (COSAJUCA), el Centro Sociojurídico para la Defensa Territorial SIEMBRA, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), el Semillero de  investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA),  la  Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Rosario (GAP) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana. Al respecto, el Comité Promotor de la Consulta Popular de Cajamarca señaló: “la decisión tomada por el juez garantiza que el mandato popular decidido en las urnas esté vigente y se convierte en un llamado claro a que las instituciones del orden nacional implementen sus resultados, tomando las decisiones que hacen falta en materia de permisos ambientales y concesiones mineras”. En la sentencia, el juez tuvo en cuenta los argumentos del municipio de Cajamarca y de las organizaciones de la Coalición -en calidad de coadyuvantes-. Las razones principales del juez son que no han desaparecido los fundamentos de derecho del acuerdo (Ley 1757 de 2015) y que esta norma no está desconociendo las leyes y jurisprudencia sobre la materia. Ambos juzgados reconocen que las sentencias de la Corte Constitucional que limitaron el alcance de las consultas populares (SU-095 de 2018 y C-053 de 2019) no afectan la vigencia ni los efectos del Acuerdo que implementó la consulta popular de Cajamarca, debido a que en estas no se estableció que afectaran situaciones pasadas. Por eso, no es posible desconocer un mecanismo de participación ciudadana que se adoptó bajo las normas vigentes, a pesar de que la Corte haya cambiado su postura. No cabe duda de que la consulta popular de Cajamarca sigue vigente y que su mandato de no autorizar actividades mineras en el territorio debe ser acatado e implementado por todas las autoridades competentes. Esto se evidencia con dos decisiones judiciales que confirman que las consultas populares se respetan. Con lo cual, gana la democracia y se garantiza el derecho fundamental a la participación, a pesar de los intereses particulares de quienes quieren desconocer este mandato popular.   Contactos de prensa: Robinson Mejía, COSAJUCA, 3002183641, [email protected] Sara Sofia Moreno, SIEMBRA, 3005683333

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Casas en Oruro, en la región altiplánica de Bolivia.

La COP3 de Escazú debe avanzar en la protección de personas defensoras del ambiente

En 2022, América Latina y el Caribe fue escenario del 88% de los asesinatos a personas defensoras ambientales en el mundo. En la COP3 de Escazú, a realizarse del 22 al 24 de abril en Chile, los países miembros deben avanzar en resguardar su vida y su labor, así como en garantizar la participación efectiva de las comunidades locales, y su acceso a la justicia y a la información en asuntos ambientales.   Con motivo de la tercera reunión de la Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú (COP 3 de Escazú), que tendrá lugar del 22 al 24 de abril próximos en Santiago de Chile, la Alianza por los Humedales Andinos exhorta a que el encuentro contribuya al avance de los objetivos del Acuerdo, particularmente la protección y resguardo de las personas defensoras de ambiente, la participación efectiva de las comunidades locales en decisiones relacionadas a sus territorios; así como su acceso a justicia y a información completa, veraz y transparente en temas ambientales. La COP3 de Escazú, a realizarse en la sede de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), reunirá a representantes de los países miembro del acuerdo en un diálogo para mejorar la democracia ambiental en el continente. Según el informe más reciente de la ONG Global Witness, el 88% de los asesinatos a personas defensoras del ambiente en 2022 se produjo en América Latina y el Caribe, un porcentaje que aumenta cada año. En este contexto, la implementación del Acuerdo de Escazú es de suma urgencia. Es el primer tratado regional ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en el mundo con disposiciones específicas para la protección de personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales, es claro que los Estados a través de sus gobiernos, deben adoptar medidas concretas para su protección. Es imperativo diseñar e implementar políticas de estado que garanticen el ejercicio de los derechos, el establecimiento de mecanismos, las condiciones de concertación y de diálogo que acerquen a la sociedad civil y al Estado para la protección de los territorios, el agua y la biodiversidad, de las cuales dependemos como seres vivos y que son defendidos por las personas defensoras ambientales.  Durante la COP3 de Escazú se espera que los países miembros aprueben el Plan de Acción Regional sobre Defensoras y Defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales en la región. Es crucial que el plan que se apruebe brinde una protección plena e integral a personas defensoras, que incluya un diagnóstico de las diferentes vulneraciones, con enfoque de género, contemplando la criminalización de la defensa del ambiente y buenas prácticas de prevención, protección y respuesta. Además, se discutirá la incorporación de la perspectiva de género al Acuerdo de Escazú, pues si bien este Acuerdo tiende un puente entre la cuestión ambiental y la perspectiva de derechos humanos, las previsiones en materia de género necesitan ser más sólidas y es necesario contar con una mirada interseccional, que permita incluir a la diversidad de mujeres en los procesos.   CITAS DE MIEMBROS DE LA ALIANZA POR LOS HUMEDALES ANDINOS Ramón Balcazar, director de Fundación Tantí, Chile "Si bien Chile ya ratificó el Acuerdo, al mirar de cerca los territorios existe una brecha preocupante en la falta de acceso a la información y a una participación ciudadana efectiva en proyectos mineros y energéticos, especialmente aquellos impulsados bajo las estrategias nacionales del litio y de hidrógeno verde.  En este sentido, es deber del Estado de Chile garantizar una implementación efectiva de Escazú en los territorios rurales e indígenas amenazados por los impactos socio ambientales de la llamada transición energética".   Vivian Lagrava Flores, Coordinadora del Colectivo de Derechos Humanos EMPODERATE, Bolivia "El Acuerdo de Escazú debe aplicarse en Bolivia debido a que las entidades involucradas con la administración, gestión y control de proyectos mineros, de manera deliberada o circunstancial, niegan o sesgan la información a las comunidades. Las empresas mineras manipulan la información sobre las cantidades de agua que usan y los impactos ambientales. Es claro que el ejercicio de los derechos al agua y el territorio dependen de un mayor involucramiento del Estado para el cumplimiento de las normas de protección ambiental. Quienes promueven la protección ambiental están expuestos y es el Estado el que debe garantizar la integridad física de las y los defensores".   Marcella Ribeiro, abogada sénior, Programa de Derechos Humanos y Ambiente de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) "El Acuerdo de Escazú es un hito internacional en temas de participación, información y protección de personas defensoras ambientales, siendo un ejemplo para iniciativas en otros continentes orientadas a replicar lo alcanzado en América Latina y el Caribe. Ahora necesitamos que los Estados parte, de la mano de la diplomacia, promuevan la más amplia adhesión al Acuerdo y asuman las responsabilidades de su implementación sin debilitar sus disposiciones. En la COP3 de Escazú, urge la aprobación de un Plan de Acción asentado en acciones concretas como el compromiso con la generación de datos y la publicación de resultados de investigación, así como con medidas que impidan el uso indebido del derecho penal contra las personas defensoras".   María Laura Castillo Díaz, Coordinadora Programa Altoandinos, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Argentina "En Argentina, se llevan adelante procesos de toma de decisiones ambientales que vulneran los derechos de acceso y de consulta libre, previa e informada con comunidades indígenas, y se promueven en forma creciente reformas normativas y/o sanción de normas que son regresivas en materia ambiental y de derechos humanos. Además, el avance de la derecha busca reducir el rol del Estado, promueve el extractivismo, y criminaliza a quienes lo resisten. En este contexto, el Acuerdo de Escazú, con sus estándares obligatorios en materia de información, participación y justicia en temas ambientales se erige como un bastión para asegurar la protección del ambiente y la defensa de los derechos, máxime en un contexto global de policrisis que demanda un abordaje integral a los desafíos climáticos, de contaminación y de pérdida de biodiversidad. El Acuerdo además establece obligaciones concretas para la salvaguarda de las personas defensoras del ambiente. Debemos fortalecer la implementación de las normas ambientales existentes y avanzar hacia un desarrollo armónico con la naturaleza y respetuoso de las formas de vida que el extractivismo amenaza".  

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Detalles del vestuario de un volador de papantla, parte de un ritual y una manifestación cultural de México.

Organizaciones hacen un llamado a evitar los daños del fracking en territorio totonaco del municipio de Papantla, Veracruz

En por lo menos 1,231 pozos petroleros y el 56.8% del total de pozos del municipio de Papantla, Veracruz, se ha usado fracking, una técnica de extracción de hidrocarburos altamente nociva para el medio ambiente y la salud humana, sin proporcionar información adecuada ni consultar a las y los habitantes. La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) presentó un escrito legal (amicus curiae) con información técnica y científica sobre los riesgos del fracking para apoyar en la resolución del amparo que interpusieron habitantes de 14 comunidades en contra del uso de la técnica en su territorio. Organizaciones de la sociedad civil hacen un llamado respetuoso al Juez Décimo Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz a ordenar las pruebas suficientes para resolver el caso con los más altos estándares aplicables en materia de medio ambiente, acceso a la información ambiental y derechos de los pueblos indígenas; y a frenar el avance de esta actividad en el municipio de Papantla por las violaciones a los derechos de las comunidades totonacas.   A casi un año de que habitantes de 14 comunidades totonacas del municipio de Papantla, Veracruz, interpusieran una demanda de amparo en contra del uso del fracturamiento hidráulico (fracking) como método de extracción de hidrocarburos en su territorio, organizaciones de la sociedad civil hacen un llamado respetuoso a que el Juez Décimo Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz ordene las pruebas científicas necesarias para emitir una sentencia que profundice en las problemáticas asociadas al fracking y que frene su avance en el municipio para proteger al ambiente y a las personas. En la demanda de amparo, presentada el 22 de marzo del 2023 –en el Día Mundial del Agua–, las y los habitantes reclaman que el fracking afecta gravemente su patrimonio biocultural y viola sus derechos humanos, particularmente los derechos de acceso a la información ambiental, a la participación, al agua y a un ambiente sano. Por la importancia nacional e internacional de este caso, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) presentó el pasado 29 de enero un escrito legal (amicus curiae) que proporciona al juez información técnica y científica relacionada con los efectos que el fracking tiene en las personas, las comunidades, el clima y los ecosistemas. En el escrito se resaltan también diversos estándares internacionales vigentes en la materia y ejemplos de cómo se han resuelto casos similares en otras partes del mundo. En el documento, expertas y expertos internacionales explican los riesgos que implica el uso del fracking por la contaminación del agua, el aire, los suelos y los alimentos con afectaciones a seres vivos. El fracking es un método de extracción no convencional de gas fósil y petróleo, en el cual se perfora el subsuelo a grandes profundidades y se inyectan a alta presión elevados volúmenes de agua combinada con químicos. Según datos científicos, la cantidad aproximada de agua utilizada por pozo varía entre 9 y 29 millones de litros [1]. También genera altas emisiones de gases que afectan la calidad del aire y agravan la crisis climática, de los cuales preocupa particularmente el metano por ser una de las causas principales del calentamiento global. El amicus curiae evidencia que para el uso del fracking es especialmente relevante considerar los principios de precaución y prevención de posibles daños a la salud y al medioambiente, ya que esta técnica genera millones de litros de efluentes tóxicos que deben ser tratados y dispuestos de manera estricta. De acuerdo con los mejores estándares, el Estado tiene la obligación de investigar y constatar la información científica sobre los riesgos, así como la gravedad o irreversibilidad del daño que genera; además de implementar las medidas oportunas necesarias y proporcionales al daño que pretende evitar, incluyendo la clausura o suspensión de la actividad. En el caso del municipio de Papantla, existe una situación inaceptable de incertidumbre e inconsistencias en la información disponible en torno al uso del fracking, específicamente respecto de las sustancias utilizadas para la fracturación de rocas, los lugares en donde se realiza y los impactos que produce [2]. Esto representa una violación sistemática a los derechos de acceso a la información de las personas que viven en los entornos adyacentes a los pozos, particularmente el pueblo totonaco. Como señala el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), el acceso a la información y la participación en asuntos ambientales son partes esenciales del derecho a un medio ambiente sano, por lo que la violación a los primeros implica una violación al último. Para las comunidades totonacas, el fracking genera daños graves e irreversibles a la salud, el agua, los ecosistemas y el territorio ancestral. Hasta la fecha, las y los habitantes del municipio no conocen a fondo los efectos que esta actividad está y seguirá causando en sus cuerpos y en su territorio. Por ello, las organizaciones nacionales e internacionales que suscribimos este boletín hacemos un llamado respetuoso al Juez Décimo Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz para que: Ordene el desahogo de todas las pruebas que estime necesarias para conocer a fondo la problemática ambiental y de derechos humanos asociada al uso del fracking en Papantla, Veracruz, y así pueda emitir una sentencia que proteja a las personas y al ambiente; Resuelva el caso de cara a los mejores estándares de protección de los derechos humanos, especialmente aquellos relacionados con el medio ambiente sano, el agua, el acceso a la información y la participación, así como los derechos del pueblo Totonaco reconocidos en el artículo 2° Constitucional; Evite el avance del fracking en el municipio de Papantla por las violaciones a los derechos de las comunidades totonacas que ha generado y genera; y Ordene a las autoridades del Estado generar información completa, congruente, real, actualizada, accesible y culturalmente adecuada para que las comunidades conozcan a detalle las afectaciones y riesgos de la actividad, y puedan participar en la toma de decisiones sobre el uso del fracking en sus territorios.   Organizaciones firmantes Territorios Diveros para la Vida, A.C. Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Coordinadora Regional de Acción Solidaria en Defensa del Territorio Huasteca-Totonacapan Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) Union de Cooperativas Tosepan y TOSEPANTOMIN S.C DE A.P. DE R.L. DE C.V Alianza Mexicana contra el Fracking [1] Wood. R. et al. (2011) Shale gas: a provisional assessment of climate change and envi- ronmental impacts. A report commissioned by the Cooperative and undertaken by researchers at the Tyndall Centre. University of Manchester. [2] Mayor información sobre el uso del fracking y las incongruencias en la información se encuentra en el informe “Fracking, cambio climático y derechos humanos: un análisis de las afectaciones en territorio totonaco”: www.cemda.org.mx/informefrackingpapantla   

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Paisaje de Antofagasta de la Sierra, Argentina.

Un fallo paraliza la aprobación de nuevos proyectos mineros en el Salar del Hombre Muerto, Argentina, y sienta un precedente para la región

En uno de los fallos más importantes del último tiempo en materia de cuidado de la naturaleza y de protección de los derechos de comunidades tradicionales, hecho público el 13 de marzo pasado, la Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca, Argentina, ordenó paralizar el otorgamiento de nuevos proyectos de minería de litio en la zona del Salar del Hombre Muerto, departamento de Antofagasta de la Sierra. Estableció también que todo proyecto debe cumplir con la consulta previa, libre e informada a las comunidades aledañas. Así, el máximo tribunal provincial dio lugar al amparo judicial presentado por Román Guitián, cacique de la comunidad indígena Atacameños del Altiplano.El tribunal ordenó al ministerio de Minería y al de Agua, Energía y Medio Ambiente de la provincia "abstenerse de otorgar nuevos permisos/autorizaciones, o declaración de impacto ambiental con respecto a obras u actividades" en la zona hasta tanto se cumpla con la realización de un informe de impacto ambiental con dos características fundamentales. La primera es que sea "acumulativo e integral", sobre todo el salar y particularmente sobre el río Los Patos, ubicado en el mismo Salar. La segunda es que contemple la afectación total de las empresas que han solicitado autorización para el uso y extracción de agua, y su potencialidad de transformar el medio ambiente en una misma área geográfica.La extracción de litio en Antofagasta de la Sierra data de 1997, con la multinacional FMC, actualmente operando como Livent. Las comunidades locales denunciaron que, como consecuencia de la actividad extractiva, se secó el río y la vega Trapiche.Desde la Alianza por los Humedales Andinos celebramos este logro de la comunidad indígena Atacameños del Altiplano y de la Asamblea PUCARA (Pueblos Catamarqueños en Resistencia y Autodeterminación). El mismo modelo de megaminería de litio, contra el que apunta la sentencia del máximo tribunal de Catamarca, se reproduce en la región puneña de Chile y Bolivia. En este sentido, el fallo constituye un precedente importante para la protección ambiental y comunitaria que debe ser replicado en todas las regiones afectadas por este modelo extractivo en el continente.Es necesario que los gobiernos implementen medidas para proporcionar las garantías de seguridad necesarias a la defensa territorial de las comunidades locales que reclaman el cumplimiento de sus derechos humanos y ambientales en Argentina, así como en otros países del continente. Citas de miembros de la alianzaClaudia Velarde, cocoordinadora del Programa de Ecosistemas de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA)"Lo sucedido en Catamarca marca un hito histórico para la protección del agua, el territorio y la vida en América Latina. La decisión del tribunal confirma que el concepto de impactos acumulativos de una actividad extractiva es totalmente válido y una arista trascendental de la gestión ambiental. Además, deja claro que cualquier daño al ambiente que pueda conllevar una violación de los derechos a la vida o a la integridad personal debe ser considerado un daño significativo. Es un precedente relevante en todo sentido y un mensaje contundente: la normativa ambiental nacional e internacional debe cumplirse, las evaluaciones de impacto ambiental deben ser estratégicas y acumulativas, el derecho a la participación ambiental debe garantizarse y la transición energética debe ser justa". Ramón Balcázar, director ejecutivo de la Fundación Tantí y cocoordinador del Observatorio Plurinacional de Salares Andinos (OPSAL)"Este fallo es el resultado de años de trabajo y da cuenta de la importancia de la articulación de conocimientos y de estrategias judiciales para la defensa de los territorios desde una mirada de humedales, sentando un precedente que debiese extenderse a toda la región para una evaluación acumulativa de los proyectos, no sólo de litio, si no también de minería metálica y de los impactos del cambio climático. Desafortunadamente, tras conocerse el fallo nuestro compañero Román Guitián ha sido objeto de amenazas de muerte en un país que, al igual que Chile, ha ratificado el Acuerdo de Escazú.  En ese sentido, debemos rechazar categóricamente cualquier forma de violencia sobre los defensores de los salares andinos, así como al provecho político que  instituciones vinculadas al greenwashing minero han intentado sacar de una situación tan compleja". Cristian Fernández, coordinador del área de Asuntos Legales de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)"La reciente sentencia de la Corte de Justicia de Catamarca que ordenó la elaboración de un estudio de impacto ambiental “acumulativo e integral” por todos los proyectos de litio que se desarrollan en la cuenca del Río Los Patos requiriendo que el gobierno local se abstenga de otorgar nuevos permisos o autorizaciones para la actividad, representa un hito en la jurisprudencia ambiental de nuestro país. Consolida el camino iniciado hace cerca de 15 años por la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando, en el caso "Salas Dino", exigió un estudio de impacto acumulativo frente a los desmontes de bosques nativos en Salta. De esta manera, la justicia catamarqueña sienta un precedente que podría ser también aplicado a los daños ecosistémicos que sufren las provincias de Salta y de Jujuy como consecuencia de los impactos acumulativos de numerosos proyectos de litio en Salinas grandes y laguna Guayatayoc". 

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Páramo de Santurbán, Colombia
Fuentes de Agua Dulce

Un llamado para proteger el bosque andino y los páramos tras los incendios en Colombia

La crisis climática y las graves consecuencias de El Niño desataron en las últimas semanas un panorama de colapso climático en la alta montaña y en los páramos colombianos. Los incendios ocurridos allí son una señal de auxilio para tomar conciencia y acción hacia la protección de estos sistemas de vida, que albergan frailejones, dantas, colibríes y osos paramunos, entre otras especies únicas. Los incendios forestales también se presentan hoy con alta intensidad en otros lugares del continente como Chile y la Amazonía. Según la Oficina Regional para las Américas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM), la interconexión entre la crisis climática, así como las altas temperaturas y sequías que genera El Niño, fueron las causas de incendios de mayores magnitudes y difíciles de controlar. Las especies invasoras como el pino, el eucalipto y el retamo espinoso —con las que lamentablemente han sido arborizadas algunas montañas del país— también agravaron la emergencia pues contienen material biótico altamente inflamable. La Unidad para la Gestión del Riesgo de Desastres señaló que, hasta el 3 de febrero de 2024, un total de 576 incendios destruyeron más de 37.742 hectáreas, afectando incluso Parques Nacionales Naturales que albergan diferentes tipos de ecosistemas. La situación fue especialmente preocupante en los páramos y nevados del país. Entre estos, los más afectados fueron la Sierra Nevada de Santa Marta —una reserva hidrográfica en el norte de Colombia— y los páramos de Santurbán-Berlín en Santander, parte de la Estrella Hidrográfica del Nororiente Colombiano. Desde el reporte del grave incendio en el Parque Nacional Natural Los Nevados que afectó gravemente la cobertura vegetal del área, este tipo de sucesos se han hecho más comunes. Los páramos son ecosistemas de montaña, únicos en el planeta. Cumplen un rol importante pues proveen el 70% del agua para la población de Colombia y son sumideros naturales de carbono, una función climática fundamental. Los frailejones son sus plantas más emblemáticas. Tienen la función de absorber y purificar el agua de la neblina y condensarla a través de sus hojas vellosas. Los flujos de agua que reciben se acumulan en humedales, contribuyendo a regular los flujos hídricos y sirviendo como reservorios importantes de agua dulce para el consumo humano. Sin embargo, crecen tan solo 1 cm por año, lo cual alerta desde ya que su regeneración tomará décadas. Las cifras de esta temporada de incendios son alarmantes. En el Páramo de Santurbán, más de 800 hectáreas de frailejones fueron destruidas, amenazando la conservación de la flora y la fauna local. También se registraron incendios en el Páramo de Berlín —parte esencial del sistema de páramos de Santurbán y fuente de abastecimiento de agua para 30 municipios de Santander y Norte de Santander— donde las llamas consumieron 300 hectáreas. En total, el sistema de páramos de Santurbán es la fuente hídrica de más de 2 millones de personas. Las valiosas funciones ecosistémicas de los páramos se vieron altamente afectadas. La pérdida de materia orgánica en la primera capa del suelo pudo afectar su capacidad de retener agua, por lo que su restauración deberá ser lenta y ajustarse a su estado de fragilidad agravada actual. Por su valioso rol ecosistémico, en Colombia existe un mandato legal y constitucional para proteger los páramos, el cual se traduce en la prohibición de realizar en ellos ciertas actividades como la minería, la extracción de hidrocarburos, las quemas y cualquier otra que degrade la cobertura vegetal nativa. La normativa internacional ha reforzado ese deber de conservación por tratarse de ecosistemas con gran biodiversidad (Convenio de Diversidad Biológica), que son sumideros de carbono esenciales para la mitigación de la crisis climática (Convención Marco de las Naciones Unidos sobre el Cambio Climático) y refugio de humedales fundamentales para la seguridad hídrica (Convención Ramsar).  El Instituto Humbolt viene alertando que el cambio climático causa en la alta montaña mayores temperaturas y menos precipitaciones y, por tanto, una tendencia a la aridización que conlleva el aumento del régimen de fuego. Pese a ello, el Estado no ha adoptado las medidas necesarias para garantizar la protección integral de los páramos, los bosques y el ciclo del agua, situación que resultó en una catástrofe ambiental sin precedente en el país. Desde la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán y el Colectivo Socio Ambiental Juvenil de Cajamarca (Cosajuca) expresamos nuestro más profundo apoyo y solidaridad a las comunidades afectadas, a las y los campesinos y montañeros, a los pueblos indígenas, a los cuerpos de bomberos, a las brigadas forestales comunitarias y a todas las personas que trabajaron incansablemente para controlar los incendios. Asimismo, nos sumamos al llamado urgente a la acción para proteger integralmente el agua, los bosques y páramos de Colombia. Esperamos que la terrible imagen de las llamas cubriendo con cenizas los bosques y la frágil vegetación paramuna lleve al gobierno de Colombia a: Tomar acción urgente para prevenir y contener futuros incendios. Avanzar hacia la restauración ecológica de áreas degradadas de forma integral y con un enfoque holístico, para que los esfuerzos de reforestación no sean aislados, sino que se concreten en acciones basadas en el conocimiento profundo de estos ecosistemas. Adoptar las medidas de protección integral del agua, los bosques y páramos frente a actividades extractivas como la minería que agravan la crisis climática y el desabastecimiento hídrico e incrementan la ocurrencia de incendios en la región andina.   Que estos días de calor y sequía nos recuerden la gran importancia de estos ecosistemas para la diversidad biológica, la soberanía y la seguridad hídrica, así como para la estabilidad climática. Que nos motiven a seguir defendiendo estos valiosos ecosistemas. Contactos de prensa: Juan Camilo Sarmiento, Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán, [email protected] Robinson Mejía, Cosajuca, [email protected] Yeny Rodríguez, AIDA, [email protected], +573107787601.  

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Antofagasta de la Sierra, Catamarca, Argentina
Fuentes de Agua Dulce

Alianza por los Humedales Andinos hace un llamado a proteger estos ecosistemas y la vida que sostienen

Todos los aspectos del bienestar humano están ligados a la salud de los humedales del mundo. Pese a ello, la extensión mundial de los humedales disminuyó entre un 64 y un 71%. Los humedales andinos —entre ellos salares, lagos y lagunas— son ecosistemas de alta importancia ambiental y social. Están en riesgo grave por la crisis climática, los cambios de uso de suelo y la minería de litio, cobre y otros minerales llamados “críticos” para la transición energética.   En el marco del Día Mundial de los Humedales —celebrado cada 2 de febrero para generar conciencia acerca del valor de estos ecosistemas para la vida en el planeta—, desde la Alianza por los Humedales Andinos hacemos un llamado a proteger y conservar los humedales andinos en América Latina, así como el agua, la biodiversidad, los territorios y los modos de vida de comunidades indígenas y campesinas que dependen de ellos. Los humedales andinos —entre ellos salares, lagos y lagunas— son ecosistemas de alta importancia ambiental y social, pero también muy frágiles por sus características, cuyo elemento central es el agua. Desde la Alianza por los Humedales Andinos, —integrada por organizaciones ambientales de Bolivia, Chile, Argentina y de carácter regional—, advertimos que estos humedales están en riesgo grave por los impactos de la crisis climática, los cambios en el uso del suelo y los impactos negativos de actividades extractivas como la minería de litio, de cobre y de otros minerales ahora llamados “críticos” por su contribución al debate de la transición energética. El incremento de la demanda de litio en el norte global ha puesto en marcha un proceso acelerado de extracción y producción a nivel global, enfocado en regiones ricas en este mineral, como los salares andinos de Argentina, Bolivia y Chile —países que albergan más del 53% de los recursos globales. Este año, la Secretaría de la Convención Ramsar resalta que todos los aspectos del bienestar humano están ligados a la salud de los humedales del mundo. Es un llamado a valorarlos y a mantenerlos sanos para seguir contando con suministro de agua y alimentos, una biodiversidad global próspera, medios de vida, protección frente a eventos meteorológicos extremos y apoyo en la mitigación de la crisis climática. Según datos de la Convención Ramsar, tratado intergubernamental para la protección de humedales, la extensión mundial de los humedales disminuyó entre un 64 y un 71% durante el siglo XX y la pérdida y degradación de estos ecosistemas continúa en todo el mundo. Actualmente, hay 257.182.378 ha de humedales considerados de importancia internacional bajo el tratado en 172 países. Frente a esta tendencia global, la Alianza por los Humedales Andinos promueve una transición socioecológica justa, participativa y popular con una visión de largo plazo, en la que se priorice la gestión integral del agua bajo un enfoque de justicia socioambiental y climática. La restauración de los humedales es esencial para superar la crisis climática y de biodiversidad, así como para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible en beneficio de todas las personas. Además, los humedales aportan a las ciudades, centros poblados, comunidades y a sus habitantes múltiples beneficios económicos, sociales y culturales fundamentales para el bienestar humano.   Citas de miembros de la Alianza por los Humedales Andinos Ramón Balcazar, director de la Fundación Tantí, Chile “Abogar por una transición energética justa y popular implica considerar no solo la necesidad de descarbonizar, sino también garantizar la preservación de la biodiversidad y los modos de vida de los pueblos y comunidades. Es hora de adoptar enfoques más radicales y propositivos que busquen un equilibrio entre la satisfacción de necesidades y la conservación, priorizando la justicia socioambiental en el camino hacia un futuro más sostenible”.   Pía Marchegiani, directora ejecutiva adjunta de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Argentina “La minería de litio en humedales implica graves alteraciones en su disponibilidad para la biodiversidad y las personas, y para el funcionamiento de los ecosistemas en su conjunto. La minería de litio incumple, además, con distintos derechos humanos como el derecho a la consulta previa, libre e informada para comunidades indígenas respecto a actividades que puedan afectarlas, así como también con el acceso a la información pública, la participación ciudadana y el acceso a la justicia en asuntos ambientales, garantizadas por la normativa internacional y nacional”.   Claudia Velarde, cocoordinadora del Programa de Ecosistemas de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) “Es imprescindible reforzar el vínculo agua-territorio-energía-vida para plantear una transición energética justa. Los salares, lagos y lagunas andinas son sistemas de vida complejos y frágiles. Las comunidades y pueblos que los habitan custodian una sabiduría ancestral que mantiene el equilibrio en el ecosistema. El agua, como elemento central del paisaje, es hábitat y fuente de vida para innumerables especies de flora y fauna. Todo esto, y más, es lo que está en riesgo cuando la transición energética corporativa presiona para la rápida y descontrolada extracción de minerales críticos en los humedales andinos, que avanza sin respetar los derechos humanos ni los estándares internacionales de protección ambiental. Es momento de cuestionar si la apuesta por los minerales a toda costa es la transición que el mundo necesita realmente o si únicamente replica el viejo modelo extractivo creando nuevas zonas de sacrificio en América Latina”.   Integrantes de la alianza: Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Asamblea PUCARÁ (Pueblos Catamarqueños en Resistencia y Autodeterminación) de Argentina; el Centro de Documentación e Información de Bolivia (CEDIB) y Empodérate de Bolivia; ONG FIMA, Defensa Ambiental y Fundación Tantí de Chile; y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), organización regional. Contacto de prensa: Victor Quintanilla-Sangüeza (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107  

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