México


El rol del Congreso en la descarbonización gradual de la matriz eléctrica de México

Texto publicado originalmente en Animal Político.   La generación de electricidad a partir de la quema de carbón es una de las fuentes principales de contaminación en México, así como una fuente importante de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), aquellas detrás de la crisis climática global. Existe, por tanto, una evidente relación causal entre la quema de carbón, el incumplimiento de los compromisos climáticos del país y la violación de derechos humanos relacionada con la mala calidad del aire. Esta situación está lejos de cambiar sin transformaciones estructurales, una de ellas en el marco jurídico, que actualmente permite la generación de energía a partir del uso del carbón de forma continua y por tiempo indefinido. Así, el Congreso de la Unión debe emitir una nueva legislación o modificar el marco jurídico existente para asegurar la eliminación gradual del uso del carbón en la generación de energía eléctrica. Esta obligación responde al cumplimiento progresivo de un mandato establecido en la Constitución mexicana en 2013, que ordena al Congreso a emitir legislación para disminuir las emisiones de GEI en el sector energético, generar la menor huella de carbono y establecer obligaciones de reducción de emisiones para quienes participan en la industria eléctrica. A la fecha, no existe tal legislación. En ese sentido, la omisión del Congreso se traduce en el incumplimiento de los compromisos internacionales en materia de cambio climático, incluyendo aquellos que derivan del Acuerdo de París. Según datos de 2019, México es el décimo cuarto mayor emisor de GEI en el mundo. Asimismo, en 2020, las carboeléctricas produjeron únicamente el 10% de la electricidad en el país, pero emitieron el 22% del total de GEI del sector energético, según cálculos de Iniciativa Climática de México. La omisión del Congreso también vulnera su obligación constitucional de proteger, promover, respetar y garantizar el derecho a un medio ambiente sano y el derecho a la salud.  En su proceso de combustión, las carboeléctricas emiten una gran cantidad de elementos tóxicos: dióxido de carbono, material particulado, dióxido de azufre; óxidos de nitrógeno y metales pesados como mercurio, vanadio, níquel y plomo.  La producción de carbón y la generación eléctrica a partir del mineral se concentran en el estado de Coahuila. Allí, en el municipio de Nava están dos de las tres carboeléctricas del país. La otra está en Petacalco, Guerrero y se alimenta de carbón importado. La contaminación del aire por la quema de carbón es la causa de unas 430 muertes al año en Coahuila por enfermedades respiratorias, de acuerdo con el Centre for Research on Energy and Clean Air. Y según registros de la Secretaría de Salud, de todas las muertes ocurridas en Petacalco entre 2012 y 2020, casi un tercio están relacionadas con padecimientos ligados a la contaminación ambiental. Un cambio de rumbo es urgente. Bajo el actual gobierno, la política energética ha sido omisa en promover proyectos de energías renovables que respeten el ambiente y los derechos humanos —como la energía distribuida— y continúa priorizando el uso de combustibles fósiles. De hecho, en 2022, México produjo 63% más de energía a base de carbón, en comparación con 2021. Por lo expuesto hasta aquí, el Congreso de la Unión tiene únicamente un curso de acción para cumplir en su totalidad con el mandato constitucional: emitir una legislación que asegure la eliminación gradual y no regresiva del uso del carbón en la generación de energía eléctrica. Al hacerlo, contribuirá además a que el país honre su cuota de responsabilidad en los esfuerzos mundiales para frenar la explotación y quema de carbón en favor de sistemas energéticos basados en fuentes renovables no convencionales, sostenibles en el tiempo, respetuosos del ambiente y de las personas.    

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Panel solar en el atardecer

Organizaciones instan al Estado mexicano a proteger los derechos humanos y el medio ambiente frente a medidas regresivas en el sector energético

Existe preocupación por la emisión del Acuerdo A/018/2023 de la Comisión Reguladora de Energía (CRE)[1], el cual disminuye los estándares para clasificar la energía limpia, poniendo en peligro el derecho a un medio ambiente sano y otros derechos humanos, y actuando en contra de los compromisos asumidos para alcanzar metas de generación de energías limpias. Organizaciones de la sociedad civil alertan de la tendencia en la que se promueve el gas fósil como una fuente de energía limpia y sostenible. Es crucial crear conciencia sobre los efectos negativos del gas fósil en la atmósfera, la salud de las personas y la vida en general.   Organizaciones de la sociedad civil hacen un llamado de alerta a Relatores de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y a la opinión pública para expresar su preocupación en relación con el Acuerdo A/018/2023 emitido por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), el cual reduce los estándares para reclasificar la energía limpia dentro del régimen de la cogeneración eficiente. De aplicarse, dicho acuerdo vulneraría el derecho al medio ambiente sano, así como otros derechos humanos, como el derecho a la salud, la vida y la integridad personal. Esta medida contradice los compromisos asumidos por México para alcanzar las metas de generación de energía a través de tecnologías limpias. La CRE busca considerar como energía limpia una fracción de la generación eléctrica de las centrales de ciclo combinado a base de gas fósil, relajando los criterios para la cogeneración eficiente y la definición de generación eléctrica libre de combustible. La nueva regulación de la CRE se desarrolla en una dinámica global preocupante, donde han surgido acciones por parte de autoridades gubernamentales y de empresas de hidrocarburos para promover el gas fósil como una fuente de energía limpia y sostenible. Sin embargo, es importante destacar que el gas fósil tiene impactos negativos en la atmósfera, la salud humana y la integridad personal[2]. Durante su combustión, emite contaminantes perjudiciales para la calidad del aire y la salud, además de gases de efecto invernadero (GEI) que agravan el cambio climático, mientras que en su cadena de suministro se producen fugas de metano, un potente GEI que calienta la atmósfera entre 28 y 36 veces más que el CO2[3]. Resulta alarmante que la actualización de los valores de referencia y criterios para el cálculo de la eficiencia de los sistemas de cogeneración de energía eléctrica permita clasificar como energía limpia aquellas tecnologías que generan grandes cantidades de contaminantes. Antecedentes respaldan nuestra solicitud. Desde 2015, México se comprometió a reducir sus emisiones de GEI y carbono negro, aumentando la producción de energías limpias y renovables. Sin embargo, la publicación del Acuerdo A/018/2023 de la CRE contradice estos esfuerzos. Además, se han observado modificaciones a los Certificados de Energía Limpia (CEL) que no incentivan el desarrollo de nuevas inversiones en generación eléctrica limpia con fuentes de energía renovable. Es inaceptable que se otorguen CEL a las centrales a base de gas fósil, sin tener en cuenta la necesidad de impulsar proyectos de energía limpia adicionales. Además, el Acuerdo de la CRE elimina restricciones normativas diseñadas para evitar que los procesos de la industria petrolera y la producción de combustibles fósiles se consideren como energía limpia. En vista de lo expuesto, el llamado al Estado mexicano es para que tome medidas concretas que reviertan las disposiciones del Acuerdo A/018/2023 que amenazan el derecho a un medio ambiente sano y otros derechos humanos. Es imperativo que se promueva y cumpla con las metas de generación de energía limpia, con fuentes de energía renovable y a través de un enfoque de transición justa, que respete el medio ambiente y los derechos humanos. En esta línea, las organizaciones recomiendan implementar políticas y acciones coherentes con el fomento al uso de fuentes de energía renovables, que contrarresten la promoción engañosa de hidrocarburos, entre ellos el gas fósil, como fuentes de energía limpia. Es necesario adoptar medidas más efectivas y consistentes para combatir el cambio climático y proteger el medio ambiente -como el esquema de generación distribuida-, que promuevan activamente el uso de energías limpias y renovables como una alternativa sostenible y respetuosa con el entorno y la vida.   Firman: Alianza Juvenil por la Sostenibilidad (AJUVES) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Centro de Energía Renovable y Calidad Ambiental (CERCA) Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA) Nuestro Derecho al Futuro, A.C. (Nuestro Futuro, A.C.) Ombudsman Energía México (OEM) [1] Diario Oficial de la Federación. ACUERDO Núm. A/018/2023, 2023,  Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5690142&fecha=26/05/2023#gsc.tab=0 [2] El metano también puede penetrar al cuerpo humano por vía inhalatoria, se conserva en una alta concentración y puede llegar a diferentes partes del organismo como el pulmón, la sangre y otros tejidos, actuando como un asfixiante debido a que desplaza el oxígeno de la hemoglobina, provocando problemas de visión, pérdida de memoria, náuseas, vómitos, dolor de cabeza, entre otros. Riojas Rodríguez, Horacio, Impactos del metano en la salud, Ponencia dictada en el Seminario virtual "Impactos del metano en el aire, el clima y la salud: Regulación y retrocesos en México", 28 de octubre 2020, disponible en: https://aida-americas.org/es/blog/seminario-virtual-impactos-del-metano-en-el-aire-el-clima-y-la-salud-regulacion-y-retrocesos [3] Intergovernmental Panel on Climate Change, Working Group 1, Chapter 8 - Anthropogenic and NaturalRadiative Forcing, in Climate Change 2013 - The Physical Science Basis, Fifth Assessment Report of the IPCC,659–740, 8 (5th ed. 2014). Contacto de prensa: Víctor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107  

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Playa en Manzanillo, México
Océanos, Minería

Organizaciones urgen al gobierno de México a mostrar su compromiso con la protección del océano y oponerse a la minería submarina

Manzanillo, Colima. Integrantes de Sustainable Ocean Alliance México —Naturalia, Greenpeace México, Beta Diversidad, Mares de México, Alianza Salvemos a la Laguna y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) — mostraron su oposición a la minería submarina frente al barco Hidden Gem el pasado 3 de julio. Este barco, perteneciente a la compañía Allseas y usado por The Metals Company, lleva meses anclado en el puerto de Manzanillo luego de haber navegado en la zona Clarión-Clipperton el año pasado para probar su maquinaria destinada para actividades de minería submarina. En conferencia de prensa en Manzanillo, voceros de las organizaciones dejaron claro que las profundidades marinas "constituyen la mayor fuente de diversidad de especies y ecosistemas de la Tierra" y "sustentan los diversos procesos ecosistémicos necesarios para el funcionamiento de los sistemas naturales del planeta"[1]. Los científicos advierten que los impactos ambientales de la minería de los fondos marinos serían catastróficos, de grandes proporciones e irreversibles en escalas de tiempo humanas. Algunas consecuencias incluyen la extinción de especies de aguas profundas, la destrucción de ecosistemas y hábitats, las tormentas de sedimentos submarinos, el vertido de aguas residuales, así como la contaminación acústica y lumínica incesante. Es urgente detener la minería en aguas profundas antes de que inicie. Aún se requiere más investigación para entender el funcionamiento del ecosistema y conocer la biodiversidad que habita en el fondo del océano, pero existe evidencia suficiente como para entender que la minería en aguas profundas es inconsistente con un futuro sostenible  La minería en aguas profundas es una de las cinco grandes amenazas[2] que actualmente enfrenta el océano, actividad extractiva que todavía no inicia. El mundo está aún a tiempo de detenerla. Es urgente que México demuestre su compromiso con la protección del océano y tome una postura en contra de la minería en aguas profundas en la próxima reunión de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA por sus siglas en inglés), que se llevará a cabo en Jamaica (Sesión del Consejo del 10 al 21 de julio y la Asamblea del 24 al 28 de julio). "La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA), un organismo de la ONU fundado en 1994 y con sede en Kingston, Jamaica, es responsable de regular la minería en aguas profundas en áreas de fondos marinos internacionales fuera de la jurisdicción nacional (es decir, fuera de la Zona Económica Exclusiva, ZEE) de cualquier país, como en la Zona Clarion-Clipperton. El gobierno de México ha firmado el Tratado Global de los Océanos e históricamente ha mostrado una postura y compromiso con la protección de los océanos. Al tener el rol de Presidencia del Consejo en la 28° Sesión de la ISA, es necesario que nuestro gobierno mantenga y refuerce su credibilidad hacia la protección de los océanos impidiendo el inicio de la minería submarina a través de su apoyo a la moratoria a esta industria", señaló Ruth Ramos, campañista de Greenpeace México. Hacemos un exhorto para que la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales instalen una mesa de planeación a fin de alcanzar un posicionamiento congruente con la conservación de los mares del 30x30 en el marco del Convenio Kunming-Montreal de Diversidad Biológica. Nuestro país debe ser responsable con los compromisos adquiridos a nivel internacional y congruente con posicionar su papel en favor de la conservación y en contra de la minería submarina en la próxima reunión de la ISA. "La posición de México debe ser congruente con el derecho Internacional y aplicar los principios precautorios y preventivos para detener la actividad de minería submarina hasta en tanto no se cuente con la evidencia científica de que no impactará en la flora y fauna marina", señaló Sandra Moguel, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Daniel Cáceres, representante regional por Hispanoamérica de Sustainable Ocean Alliance, mencionó: "No se pueden terminar regulaciones cuando ni siquiera se tiene información necesaria para redactar las bases de ellas. Hemos visto lo inaccesible que pueden ser los fondos marinos, con el accidente del sumergible Titan, solo seis submarinos pueden llegar a esa profundidad y uno de ellos ha desaparecido. Los fondos marinos son muy difíciles de estudiar debido a su profundidad. Necesitamos que México se sume al pedido de pausa precautoria y en caso de que se presente una política general de moratoria, pueda votar a favor". "Es esencial involucrar a la sociedad civil, utilizando la educación ambiental, el fomento a las alternativas sostenibles y colaborar estrechamente para compartir recursos, conocimientos ambientales y socioeconómicos asociados a esta práctica devastadora. Desde Sustainable Ocean Alliance México, promovemos el liderazgo oceánico de las juventudes, que buscan salvaguardar los recursos naturales para las futuras generaciones. Con base a esto, el objetivo con la campaña es darle voz a la juventud mexicana, quienes hacen valer su derecho a vivir en un medio ambiente sano y equilibrado", citaron Valeria Magaña y Anissa Velázquez, representantes del capítulo nacional de Sustainable Ocean Alliance. Las personas defensoras del medio ambiente buscan unir esfuerzos y crear alianzas, ya que esto es fundamental para abordar el desafío global que la minería submarina representa y conseguir la protección de los fondos marinos. A medida que la campaña contra la minería submarina avanza en conjunto, es esencial reconocer los desafíos que enfrentamos y desarrollar estrategias efectivas para impedir que esta práctica dañina inicie. Algunos de los retos clave que debemos abordar son: influir en las políticas y regulaciones relacionadas con esta industria devastadora, fomentar un mayor apoyo a la investigación científica para comprender plenamente los efectos a largo plazo de esta actividad extractiva en los ecosistemas marinos y en las comunidades que dependen de ellos, promover alternativas a la extracción de minerales y reducir nuestra dependencia de estos recursos; colaborar de manera conjunta entre ONG, comunidades locales, científicos, instituciones académicas y gubernamentales. La lucha contra la minería submarina requiere de un esfuerzo conjunto y coordinado. Nuestra unión puede marcar la diferencia y contribuir a proteger el océano para las generaciones futuras. [1] United Nations First World Ocean Assessment, 2015. [2] Los océanos enfrentan también amenazas como el cambio climático, sobrepesca, contaminación por plásticos, y combustibles fósiles. Contacto de prensa: Víctor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107  

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Embarcaciones pesqueras en el Puerto de Veracruz, México
Océanos

El arrecife veracruzano y la oportunidad de cambiar la realidad

Texto publicado originalmente en Animal Político.   El arrecife veracruzano o Sistema Arrecifal Veracruzano —el más grande del Golfo de México— es protagonista de la historia y cultura del país. Este sitio de anidación de peces y larvas sirve de barrera protectora contra tormentas y huracanes, constituye la fuente de subsistencia de cerca de 15,000 personas dedicadas a la pesca y atrae al turismo de buceo y snorkel, entre otros servicios ambientales. Ello motivó a dos personas residentes de Veracruz, representadas por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, a presentar una demanda judicial para proteger su derecho humano al medio ambiente sano en 2016, argumentando que la evaluación de impacto ambiental fragmentada de la ampliación del puerto de Veracruz impedía conocer las afectaciones a los arrecifes coralinos del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV). Fue hasta febrero de 2022 cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó por unanimidad, en su sentencia 54/2021, que los permisos ambientales para el proyecto son ilegales. El fallo obliga a que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) evalúe de nuevo y exhaustivamente la totalidad de las obras que conlleva la ampliación portuaria, use la mejor información científica disponible e identifique los impactos de las obras en los ecosistemas de la zona. También ordena elaborar planes de restauración y requerir peritajes internacionales. En diciembre de 2022, en su oficio SRA/DGIRA/DG-06257-22, la SEMARNAT autorizó nuevamente la ampliación del puerto de Veracruz, haciendo caso omiso del criterio de la Suprema Corte; más grave aún, ignoró por completo las oportunidades de participación pública que dispone la propia legislación ambiental. En este sentido, parecería que la autoridad ambiental recopila las autorizaciones fragmentadas en una sola para “simular” un cumplimiento de la sentencia. En esta fase del proceso judicial, el Quinto Juzgado de Distrito del Séptimo Circuito –que está a cargo de determinar si la sentencia se cumplió o no– tiene la oportunidad de confirmar que la reciente autorización de impacto ambiental desacata los criterios establecidos por la Suprema Corte. El tribunal tiene en este momento la enorme responsabilidad de hacer que la sentencia 54/2021 transforme la realidad social y ambiental. De no ser así, permitiría que sea solamente una decisión judicial con estética argumentativa en papel. El fallo considera la posibilidad de requerir asistencia técnica internacional. En particular, el Secretariado de la Convención Ramsar —tratado intergubernamental para la protección de humedales de importancia internacional como el arrecife veracruzano— puede brindar apoyo especializado al gobierno mexicano para realizar esa evaluación de impacto ambiental, pero únicamente ante una solicitud específica de la propia autoridad ambiental. Esta petición gubernamental constituiría un buen gesto de la voluntad política para el cumplimiento de la sentencia en cita. En conclusión, el fallo histórico 54/2021 y su ejecución representan la gran oportunidad de México para generar un parteaguas en la evaluación de impacto ambiental y en la aplicación efectiva de la ley. En el marco del Día Mundial de los Océanos, la reflexión es que tanto las autoridades como la sociedad civil no nos conformemos con el consuelo de una sentencia protectora, sino que realmente actuemos en consecuencia para garantizar una protección real para los arrecifes coralinos de Veracruz.  

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Arrecifes de coral

Se debe evaluar nuevamente el impacto ambiental del proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz

Piden organizaciones de la sociedad civil y residentes de Veracruz que se anule la nueva e ilegal autorización emitida por la Semarnat, pues otra vez avaló un proyecto fragmentado, que no recurrió al uso de la mejor ciencia disponible y que no permitió la participación de las personas. Solicitan que se garantice el acceso a la información y la participación de la ciudadanía ya que el cumplimiento de esta sentencia es para el beneficio de todas y todos los veracruzanos. Solicitan la intervención diplomática y técnica de la Convención Ramsar sobre humedales de importancia prioritaria internacional.   El pasado 23 de mayo residentes de Veracruz, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y académicos presentaron ante un juez federal un análisis de las actuaciones realizadas por las autoridades para cumplir con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde concluyeron que la nueva Autorización de Impacto Ambiental otorgada por la autoridad federal ambiental al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz debe ser declarada nula y se debe ordenar que se someta nuevamente al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA), conforme ordenó la Corte. En conferencia de prensa realizada en el barco "Artic Sunrise" de Greenpeace, el cual se encuentra atracado en el Puerto de Veracruz, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Greenpeace México, el CEMDA y el Dr. Leonardo Ortiz, académico de la Universidad Veracruzana (UV), hicieron un llamado para que: La Administración del Sistema Portuario de Veracruz, S.A. de C.V. (Asipona Veracruz) –promovente del proyecto de ampliación– elabore una nueva Manifestación de Impacto Ambiental donde se incorporen todos y cada uno de los elementos del proyecto, y se valore realmente el riesgo ambiental utilizando una metodología adecuada, pertinente y que sirva para los fines que la sentencia busca cumplir; por ejemplo, la metodología "antes/después-control/impacto" (BACI por sus siglas en inglés). La Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), garantice los derechos de acceso a la información y participación de las personas en la toma de decisiones ambientales y que exija a la Asipona considerar los descubrimientos científicos asociados al Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México[1] de por lo menos los últimos 10 años, allegándose de toda y la más actualizada información científica generada. La Convención Ramsar sobre humedales de importancia prioritaria internacional acompañe y participe activamente en la evaluación de impacto ambiental del proyecto para garantizar que sea utilizada la mejor ciencia y la mejor metodología de evaluación para proteger efectivamente los ecosistemas y los servicios ambientales que prestan a la población.   Xavier Martínez Esponda, director operativo de CEMDA, explicó que el actuar de las autoridades es contrario a lo ordenado en el Acuerdo de Escazú, la Ley General para el Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la propia sentencia de la Corte. "Es como si no se hubiera aprendido nada de todo este litigio. Lo que tenía que haber ocurrido era que se hiciera una nueva Manifestación de Impacto Ambiental, con todos los elementos de la obra y haciendo uso de la mejor ciencia disponible, se aperturara un nuevo Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA) y se expidiera una nueva resolución. Es paradójico que las autoridades obligadas a cumplir no hayan considerado la jurisprudencia que se expidió a partir de este caso." Como contexto, cabe recordar que, en febrero del 2022, por unanimidad, las y los ministros que integran la Primera Sala de la SCJN resolvieron otorgar el amparo a residentes veracruzanos, quienes presentaron una demanda en contra del proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Es una victoria histórica que favorecerá a todas las personas que se benefician de los servicios ambientales impactados por el proyecto. En respuesta a la sentencia de la SCJN, en marzo del 2022, la Semarnat dejó insubsistentes las autorizaciones que se habían otorgado. Pero el pasado 30 de diciembre la DGIRA volvió a autorizar de manera condicionada el proyecto, nuevamente de manera fragmentada, sin una adecuada integración de la información, sin uso de la mejor ciencia disponible y sin posibilitar la participación de las personas[2]. Como explica el Doctor Leonardo Ortíz, "en la última década, el conocimiento científico sobre los arrecifes de Veracruz ha aumentado de una manera asombrosa y nada de eso ha sido considerado en la última autorización". También es de resaltar que la autorización se expidió sin la asistencia de autoridades internacionales como la Convención Ramsar. "Las autoridades de la Convención Ramsar decidieron esperar a que México tomara decisiones judiciales y ejecutivas respecto a la ampliación portuaria", señaló Sandra Moguel, Abogada de AIDA. "Es el momento oportuno para pedirle asistencia técnica a ese tratado para que se pronuncie respecto a los impactos al ecosistema, pero también respecto a la propia evaluación de impacto ambiental que realizó la Semarnat". Reiteramos nuestra petición al juez de distrito de no tener por cumplida la sentencia de la Corte.   Ver conferencia de prensa: https://fb.watch/kTmpqiD1dp/   Organizaciones firmantes: Greenpeace México Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Pueblos Unidos de la Cuenca Antigua por los Ríos Libres (PUCARL) Gente Sustentable, A.C. Sendas, A.C. Pronatura Veracruz, A.C. [1] Para mayor información acerca del Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México consultar el libro titulado El Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México: retos y oportunidades para su protección y manejo. Disponible en: https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/el-corredor-arrecifal-del-suroeste-del-golfo-de-mexico-retos-y-oportunidades-para-su-proteccion-y-manejo/ [2] Véase, https://www.cemda.org.mx/semarnat-comete-desacato-al-incumplir-sentencia-de-la-suprema-corte-para-la-ampliacion-del-puerto-de-veracruz/  

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Foto submarina de un pez en aguas de México
Océanos

¿Por qué México debe ratificar el Acuerdo de Subvenciones a la Pesca?

Texto publicado originalmente en Animal Político.   Con sus 11 mil kilómetros de litoral, México ocupa la cuarta posición en producción pesquera en el hemisferio. Pero la contaminación, la pesca ilegal, la sobrepesca y la crisis climática —entre otros factores— están deteriorando la salud de las pesquerías del país. No todo está perdido. Aunque las existencias se siguen reduciendo, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)­ —en su informe más reciente (2022)— estima que la captura mundial pesquera tendrá una recuperación favorable como resultado de mejoras en las medidas de manejo. Estas medidas incluyen la eliminación de las subvenciones, que son contribuciones financieras de fondos gubernamentales, directas o indirectas, que proporcionan algún beneficio dirigido a la obtención de mayores ganancias. Sin embargo, en tal distorsión económica, no se consideran los costos externos. No todas las subvenciones son malas. La investigación científica, explotación responsable y la transparencia pesquera son algunos ejemplos de contribuciones positivas a la pesca. En junio del año pasado, 164 países de la Organización Mundial del Comercio (OMC) aprobaron el Acuerdo de Subvenciones a la Pesca, asumiendo como compromiso eliminar todos aquellos beneficios económicos que contribuyan a la sobrepesca y a la sobreexplotación de los recursos pesqueros. Para que este compromiso internacional entre en vigor, se requiere que 105 países secunden con su ratificación a Suiza, Singapur, Seychelles, Estados Unidos y Canadá. El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) obliga a los tres países a eliminar las subvenciones con efecto negativo para la sustentabilidad de las existencias (stocks) y/o que promuevan la pesca ilegal. En ese texto, la región norteamericana expresa su voluntad política para fortalecer la transparencia en el otorgamiento de las subvenciones, así como para fortalecer las reglas internacionales ante la propia OMC. Además, México se unió al Panel de Alto Nivel por una Economía Oceánica Sostenible en 2021 y un año después publicó la Estrategia de Instrumentación 2021–2024, por lo que recalca el interés que tiene para buscar la protección del océano y su biodiversidad, combatir la pesca ilegal y fortalecer los sistemas de información pesquera. Por ello, la ratificación del Acuerdo de la OMC por parte de México significa una confirmación de la disposición del país para colaborar con la comunidad internacional en este tema. Asimismo, dicha acción conlleva un reconocimiento del liderazgo del bloque latinoamericano, ya que puede convertirse en el primer país de la región en comprometerse mundialmente con la protección del océano y de las poblaciones pesqueras, así como con el mejoramiento de sus políticas pesqueras. No menos importante es que, con la ratificación del acuerdo, el país también puede cambiar la percepción externa debido a que en tiempos recientes ha sido cuestionado por algunas políticas pesqueras ineficientes para combatir la pesca ilegal. Por ejemplo, en el caso de la totoaba, la Convención Internacional sobre el Comercio de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) sancionó comercialmente a México por no haber protegido a la especie. Por todas estas razones, y en virtud de que el Acuerdo de Subvenciones a la Pesca no implica mayores obligaciones que las ya contenidas en el T-MEC, su ratificación por parte de México traería varios resultados positivos para el sector pesquero y para el país entero.  

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Semarnat comete desacato al incumplir sentencia de la Suprema Corte para la ampliación del puerto de Veracruz

La Semarnat otorgó una nueva Autorización de Impacto Ambiental, fragmentando nuevamente el proyecto y sin evaluar impactos sinérgicos y acumulativos, como ordenó la SCJN, invisibilizando así nuevamente los riesgos que implica el proyecto. La autorización abarca la construcción del rompeolas oriente con una longitud de 3,500 metros, que pone en riesgo a los arrecifes del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV) y del Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México. La sentencia de la Corte significó un avance sustancial para la defensa de los arrecifes y sentó un precedente sobre la forma en que debe realizarse el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA). Organizaciones de la sociedad civil hacen un llamado a la autoridad judicial para NO permitir la ejecución de las Autorizaciones de Impacto Ambiental otorgadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para ampliar el puerto de Veracruz sin antes haber revisado su constitucionalidad a la vista de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de febrero del 2022 (1) que establece los criterios para una evaluación de impacto ambiental que cumpla con el derecho a un medio ambiente sano (2). El 9 de febrero del 2022, residentes veracruzanos lograron una victoria histórica para la defensa del Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV), los ecosistemas en la zona de influencia y sus servicios ambientales frente al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Por unanimidad, en dicha fecha, las y los ministros que integran la Primera Sala de la SCJN resolvieron otorgar el amparo reclamado, sentando también un importante precedente sobre la operación del PEIA: la SCJN determinó que los proyectos deben ser evaluados de manera completa y holística, así como hacer uso de la mejor ciencia disponible. Como parte de la ejecución de esta sentencia, el 31 de marzo 2022 la Semarnat dejó insubsistentes las autorizaciones que se habían otorgado vinculadas a la Ampliación del Puerto y empezó a trabajar en un Método para la Identificación de impactos sinérgicos y residuales. Sin embargo, el pasado 30 de diciembre la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Semarnat volvió a autorizar de manera condicionada la ampliación del Puerto de Veracruz (3), nuevamente de manera fragmentada, sin una adecuada integración de la información con uso de la mejor ciencia disponible y sin posibilitar la participación de las personas. Esto significa que Semarnat autorizó el mismo proyecto sobre el cual la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación había emitido ya una sentencia. Con esta autorización, la Semarnat incumplió con su deber de proteger el derecho al medio ambiente sano bajo el estándar más alto de protección, al mismo tiempo que incumplió con el fallo de la SCJN. La autorización otorgada en diciembre del 2022 por Semarnat presenta los mismos defectos que la autorización otorgada en 2013 e incluso agravó la situación, pues en esta ocasión no se garantizó la participación de las personas de los entornos adyacentes. En esta nueva autorización, la Administración del Sistema Portuario de Veracruz, S.A. de C.V. (Asipona Veracruz-) -promovente del proyecto de ampliación-, no presentó una nueva Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) con los elementos requeridos por la SCJN, sino que fue la Semarnat quien recabó la información de las MIA que fueron anuladas y agregó algunas fuentes adicionales sin un análisis integral de los impactos al socioecosistema, lo cual resulta insuficiente para cumplir con los estándares definidos por la Corte. Para haber cumplido satisfactoriamente con lo estipulado por la SCJN en su sentencia, Asipona Veracruz debió haber realizado una NUEVA y ÚNICA Manifestación de Impacto Ambiental del proyecto de ampliación del Puerto en la cual se reconociera el verdadero Sistema Ambiental Regional (SAR) donde se inserta el proyecto, y que considerara todos y cada uno de los elementos del proyecto (bancos de roca, libramientos ferroviarios, zonas de logística, terminal portuaria, etc.). Asimismo, debió realizar las publicaciones que ordena la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en periódicos y en Gaceta Ecológica, a fin de garantizar el acceso a la información y la participación de las personas. A pesar de que, entre el 31 de marzo y el 12 de abril del 2022, la Semarnat y su delegación en el estado de Veracruz dejaron sin efecto 15 proyectos relacionados con el puerto de Veracruz, así como sus modificaciones, dejando un total de 25 oficios de autorización o modificación sin efectos, en esta nueva autorización, sólo se consideraron 10 proyectos. Incluso dejaron fuera los bancos de extracción de materiales como el de roca basáltica en Balzapote por considerar que "no está dentro de la poligonal del nuevo Sistema Ambiental Regional". Esto, a pesar de que la sentencia señala que todos los impactos que tengan que ver con un proyecto se tienen que evaluar en conjunto y de manera integral. El mismo documento de Autorización de Impacto Ambiental de Semarnat señala que nueve proyectos adicionales al denominado "Ampliación del Puerto de Veracruz" serán sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental, lo que muestra una vez más una clara intención de evaluar de forma fragmentada, práctica prohibida ya por la SCJN, lo cual constituye también un incumplimiento de la sentencia. Dado que la Semarnat NO emitió una nueva resolución que tomara en cuenta todos los impactos acumulativos, sinérgicos y residuales del proyecto, ha incumplido una sentencia de la SCJN, ha violentado nuevamente el derecho al medio ambiente sano de las personas que viven en la conurbación de Veracruz-Boca del Río-Medellín y ha revictimizado a las personas que solicitaron el amparo. Esta autorización implica graves riesgos para los arrecifes del PNSAV, el Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México y las personas que dependen de sus beneficios. Por todo lo anterior, reiteramos nuestro llamado al Juez de Distrito para que en el momento procesal oportuno califique como incumplida la sentencia emitida por la Suprema Corte en torno a la Autorización de Impacto Ambiental otorgada al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Asimismo, invitamos a organizaciones, defensores del territorio y la ciudadanía en general sumarse a la exigencia de que el Congreso de la Unión reforme el PEIA a la luz del Acuerdo de Escazú y del fallo de la SCJN, en concreto se requiere: Garantizar un análisis y evaluación integral de los proyectos, a fin de que éstos dejen de presentarse de forma fragmentada pues ello impide evaluar la totalidad de los impactos sobre los ecosistemas. Utilizar la mejor información científica disponible. Garantizar la participación de las personas en la toma De decisiones ambientales.   Organizaciones firmantes Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Pronatura Veracruz A.C. Gente Sustentable A.C. Sendas A.C. Pueblos Unidos de la Cuenca La Antigua por los Ríos Libres (PUCARL) (1) Sentencia recaída al amparo en revisión 54/2021. (2) Ver: https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/sentencia-de-la-scjn-en-torno-a-las-obras-de- ampliacion-del-puerto-de-veracruz/ (3) Clave del proyecto 30VE2013V0029. Contacto de prensa: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107  

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El rol de América Latina en la extracción y uso de carbón

La extracción, el transporte, el uso y la exportación de carbón para generar electricidad son una causa importante de la crisis climática y de violaciones sistemáticas a los derechos humanos. De las emisiones mundiales de dióxido de carbono (CO2) que proceden de combustibles fósiles, el 44% viene del uso de carbón. Y toda la cadena del carbón genera afectaciones graves —sociales, ambientales y en derechos humanos— como desplazamientos forzados, contaminación del agua y enfermedades, entre otras. En su más reciente informe, el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC) reiteró que —para evitar una elevación catastrófica de la temperatura promedio del planeta— el 80% de las reservas de carbón deben quedarse bajo tierra y que el uso de carbón para la generación eléctrica debe reducirse en su totalidad para 2050. Sin embargo, según la Agencia Internacional de Energía, el consumo de carbón llegó por primera vez a 8.000 millones de toneladas al cierre de 2022, lo que representa un crecimiento de 1,2% de la demanda mundial. Estas cifras podrían subir más en 2023 y estabilizarse en los dos años siguientes, de acuerdo con las previsiones del brazo energético de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. Ello responde en parte a que, para afrontar la escasez de gas por la guerra en Ucrania, Europa prevé relajar el control a las emisiones con el uso de combustibles como el carbón. Esto contradice el Pacto Climático de Glasgow (2021) en el que los Estados acordaron reducir gradualmente el uso de carbón. América Latina no es ajena a esta situación. La región participa tanto en la quema de carbón como en la extracción del mineral que, tras ser exportado, es empleado como fuente fósil de energía en otros rincones del mundo. Por ejemplo, Colombia es el quinto mayor exportador de carbón del mundo y México, el décimo cuarto mayor emisor de gases de efecto invernadero (GEI). Por tanto, tiene una cuota de responsabilidad en los esfuerzos mundiales para frenar la explotación y quema de carbón en favor de sistemas energéticos basados en fuentes renovables no convencionales, sostenibles en el tiempo, respetuosos del ambiente y de las personas. A continuación, ahondaremos en la situación del carbón en América Latina —y en el rol de la región en la tan necesaria descarbonización— a partir de los casos de Chile, Colombia y México.   Chile: avances y retos de la descarbonización En Chile, la generación eléctrica a base de carbón es la causa principal de las graves afectaciones a la salud de las poblaciones y ecosistemas de las llamadas Zonas de Sacrificio. Históricamente, la contaminación proveniente del conjunto de termoeléctricas a carbón —28 en su momento— se ha concentrado en estas zonas, cuyos habitantes han sido expuestos a respirar una gran cantidad de elementos tóxicos. Es uno de los grandes problemas socioambientales del país. En los últimos años, el país ha tenido avances en la descarbonización del sector eléctrico. Entre octubre de 2021 y septiembre de 2022, el 27,5% de la electricidad provino de fuentes solares y eólicas, superando por primera vez la generación eléctrica en base a carbón, que cayó al 26,5% después de ser la fuente principal por más de una década. En 2019, el gobierno nacional se comprometió a cerrar todas las centrales de carbón para 2040. Desde ese anuncio público, el calendario se ha ido acelerando. La propuesta inicial era cerrar ocho termoeléctricas para 2024 y las restantes 20 para 2040. Ahora se prevé el cierre del 65% de las plantas para 2025. El cambio fue respaldado por un proyecto de ley aprobado en junio de 2021 por la Cámara de Diputadas y Diputados, que requiere ahora aval del Senado. Sin embargo, personas expertas dicen que esa hoja de ruta es inviable y que aumentaría a corto plazo el uso de diésel. También hay un riesgo inminente de que la rápida descarbonización sea una excusa para incrementar la participación del gas fósil, desconociendo sus riesgos y su rol en las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del país. De hecho, Chile se comprometió a ser carbono neutral en 2050 con base en escenarios que incluyen un mayor uso de gas, pero sin reconocer mayor participación del diésel. Es importante que el plan de descarbonización contenga previsiones para evitar que el gas se instale para quedarse y, por el contrario, sirva para promover la implementación de energías renovables, incentivar la generación distribuida y aumentar la eficiencia energética. Un plan completo también debe incluir medidas para reubicar a las personas que perderán sus empleos a causa de la transición y otras que aborden adecuadamente la pobreza energética. Solo así será responsable y justo. Colombia: los daños de la minería y exportación de carbón Colombia es el quinto exportador mundial de carbón. Solo el 8% del carbón producido es de consumo interno. Es el mineral que más aporta a la economía nacional, representando más del 80% de las regalías mineras. Pero los niveles de pobreza de los departamentos donde se realiza el 90% de la extracción —La Guajira y Cesar— superan el promedio nacional. Además, gran parte de la extracción ocurre en El Cerrejón, la mayor mina de carbón a cielo abierto de América Latina. Su operación y crecimiento desde hace casi 40 años han traído la destrucción de ríos, arroyos y ecosistemas endémicos como el bosque seco tropical; contaminación del aire con graves consecuencias para la salud; así como violaciones continuas a los derechos de poblaciones Wayuu, afrodescendientes y campesinas en La Guajira. En la vigésimo séptima Conferencia de la ONU sobre el Cambio Climático (COP27), el actual gobierno colombiano anunció su propósito de reducir la explotación de combustibles fósiles y emprender una transición energética paulatina. Sin embargo, a la fecha no se evalúan los impactos climáticos de la minería de carbón, no se ha generado legislación sobre cierre de minas en operación y no se ha dado certeza acerca de la ampliación o no de minas, el futuro de los cerca de 1.774 títulos con vocación de carbón vigentes o de nuevas inversiones en el sector. A esto se suma la discusión en torno al proyecto Cañaverales, una nueva mina a gran escala de carbón térmico. De otro lado, Alemania ha incrementado la importación de carbón colombiano por la escasez de gas en Europa. Y, en general, las compras del mercado europeo aumentaron entre enero y noviembre de 2022, aunque Asia y América todavía son los compradores principales del mineral colombiano. Estas exportaciones evidencian la responsabilidad de empresas multinacionales en la violación de derechos humanos por la extracción del mineral en Colombia, así como la responsabilidad del Estado colombiano en el agravamiento de la crisis climática: los impactos de la quema de carbón en cualquier parte del mundo son globales. La transición en el país requiere —entre otras cosas— espacios inclusivos y participativos, el desarrollo e implementación de estándares para el cierre responsable de minas de carbón y políticas para una reconversión económica y social adecuada para quienes se verán afectados por el proceso. México: el retroceso de apostar por el carbón y otros fósiles En 2020, las carboeléctricas produjeron el 10% de la electricidad en el país y emitieron el 22% del total de GEI del sector energético, según cálculos de Iniciativa Climática de México. La producción de carbón y la generación eléctrica a partir del mineral se concentran en el estado de Coahuila. Allí, en solo cinco municipios se extrae el 99% del carbón de México. El origen e identidad cultural de esta región están en la minería de carbón, que data de hace más de 200 años y que todavía sostiene la economía de 160 mil personas. Al mismo tiempo, el negocio del carbón ha traído la contaminación del aire y el agua, enfermedades y muertes. Según el registro histórico que llevan familiares de víctimas, desde que se empezó a extraer carbón, más de 3.100 mineros han muerto en la zona. Dos de las tres carboeléctricas del país están en Coahuila. La otra está en Guerrero y se alimenta de carbón importado. Las dos centrales consumen casi la mitad del mineral extraído en la región y generan más del 60% de la energía. La contaminación del aire por la quema de carbón es la causa de unas 430 muertes al año en Coahuila por enfermedades respiratorias, de acuerdo con el Centre for Research on Energy and Clean Air. Según datos de 2019, México es el décimo cuarto mayor emisor de GEI a nivel mundial. El 69.52% de sus emisiones provienen del sector energético. Bajo el actual gobierno, la política energética pasó de la expansión de proyectos de energías renovables a priorizar el uso de combustibles fósiles y a promover el dominio del Estado a través de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Petróleos Mexicanos (PEMEX). De hecho, en 2022, México produjo 63% más de energía a base de carbón, en comparación con 2021. Organizaciones ambientales han señalado que “priorizar la generación de electricidad de las plantas de la CFE implica garantizar la quema de más carbón y combustóleo de manera indefinida, y el desarrollo de nueva infraestructura fósil de gas, que nos ataría a las importaciones de gas estadounidense o al desarrollo de proyectos de fracking en el norte del país con los consecuentes impactos sociales y ambientales negativos”.   Está claro que América Latina tiene un rol en la extracción y uso de carbón, así como en sus afectaciones sociales y ambientales. Pero la necesaria transición energética hacia otras formas de generación de energía debe tener en cuenta las particularidades de cada país, ser ordenada y tener un enfoque de derechos humanos y de género. Ello implica —entre otras cosas— considerar a las comunidades locales que dependen de la cadena del carbón, diseñar políticas para identificar y gestionar los impactos económicos y sociales de la transición, poner en el centro de la discusión las alternativas al carbón, así como desarrollar procesos amplios y participativos de toma de decisiones con un rol activo de la población urbana y rural. Para lograrlo, los gobiernos deben tomar medidas decisivas que garanticen el cumplimiento de sus compromisos en materia de clima y derechos humanos.  

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Situación del litigio climático en México: Avances y retos

Los litigios climáticos en América Latina continúan en aumento en tribunales nacionales e internacionales. En este contexto, México registra un aumento vertiginoso del número de casos que utilizan argumentos que vienen de las obligaciones contenidas en instrumentos jurídicos climáticos, lo que representa una gran oportunidad en la lucha por la justicia climática y la protección de los derechos humanos.En este seminario web, hablamos de los casos en México sistematizados en la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe, además de analizar aquellos casos paradigmáticos. Y reflexionamos acerca de los avances y desafíos del litigio estratégico en materia climática en el país. AgendaBienvenida: Javier Dávalos, coordinador del Programa de Clima, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).Panorama general del litigio climático en México: Rosalía Ibarra, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.El caso del Acuerdo CENACE y SE por freno a renovables, avances y áreas de oportunidad: Úrsula Garzón, gerente de litigio, Centro Mexicano de Derecho Ambiental A. C. (CEMDA).Breve recuento de los casos de México en la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe: Thalia Viveros y Aranza Montero Guizar, relatoras de la Plataforma, jurisdicción México.Moderó: Gisselle García, abogada del Programa de Clima, AIDA. Grabación Presentaciones 1. Úrsula Garzón, CEMDA: 2. Thalia Viveros y Aranza Montero Guizar, relatoras de la  Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe, jurisdicción México: 

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Suprema Corte de Justicia de la Nación debe garantizar el acceso a la justicia en asuntos ambientales

Este miércoles se discute en la SCJN la contradicción de tesis 217/2021 sobre la facultad de las organizaciones para presentar amparos. El estándar de protección de los derechos a la justicia y al medio ambiente sano requiere que toda persona, incluidas las organizaciones, tengan acceso a recursos judiciales a través de una legitimación amplia.   Ciudad de México. Ante la inminente decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno a la facultad de las organizaciones de la sociedad civil para presentar amparos, las asociaciones de defensa de derechos ambientales AIDA, CEMDA y GREENPEACE consideran que dicha Sala debe garantizar el acceso a la justicia ambiental en los términos asentados en el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública, y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), acuerdo vinculante del cual México es parte signataria. La Segunda Sala tiene previsto tomar una decisión el miércoles 25 de enero, retomando la sesión que quedó postergada el pasado agosto. Las organizaciones ambientalistas esperan que se discuta y resuelva el proyecto de resolución de la contradicción de tesis 217/2021, propuesta por la ministra Yasmín Esquivel Mossa. Dicha resolución será determinante para que en el futuro inmediato las organizaciones dedicadas a la defensa y protección del medio ambiente puedan acceder a la justicia de manera efectiva. Cabe recordar que Greenpeace México, A.C. presentó una denuncia de contradicción a partir de dos criterios opuestos entre Tribunales Colegiados de Circuito del Estado de México y de la Ciudad de México. En uno de ellos se reconoció que las personas jurídicas o morales, como las organizaciones ambientalistas, tienen interés legítimo para promover un juicio de amparo en defensa del derecho a un medio ambiente sano. En el otro, se concluyó que tal derecho y otros, como a la cultura o a la movilidad, solo pueden ser defendidos por personas físicas. Además, en agosto pasado, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), presentaron a la Corte un Amicus Curiae, en el que se expuso con amplitud el estándar de protección del derecho de acceder a la justicia y en el que se concluye que la "garantía de los derechos al acceso a la justicia y al medio ambiente sano exigen que toda persona (incluidas las organizaciones ambientales) tengan acceso a recursos judiciales a través de una legitimación amplia". En el año 2018, México suscribió el Acuerdo de Escazú, mismo que entró en vigor en 2021. De esta manera, México está obligado a cumplir con los más altos estándares de participación de las personas en cuestiones medioambientales. Este acuerdo reconoce la importancia de la participación de todas las personas en la toma de decisiones en asuntos ambientales (incluidos los climáticos), establece procesos de participación pública, protege los derechos de las personas defensoras de derechos humanos ambientales, busca fortalecer el acceso a la justicia, por mencionar sólo algunas de las obligaciones que establece. La decisión de la Segunda Sala debe ser consistente con la obligación del Estado mexicano de garantizar el acceso a la justicia en materia ambiental, establecido en el Acuerdo de Escazú. Dicho acuerdo establece en su artículo 8 que se debe asegurar el derecho de acceso a la justicia en asuntos ambientales para impugnar y recurrir, en cuanto al fondo y al procedimiento, cualquier decisión que afecte o pueda afectar al medio ambiente o contravenir normas relacionadas con el medio ambiente. Para tal efecto, se debe garantizar el acceso a la justicia y se debe contar con la legitimación activa amplia en defensa de este derecho. Lo que resuelva la Segunda Sala de la Suprema Corte este miércoles, presidida por el Ministro Pérez Dayan, exhibirá el cumplimiento que nuestro país quiera darle al Acuerdo de Escazú. "Es de suma importancia que se resuelva apegándose a derecho y propiciando el acceso a la justicia ambiental, tan  fundamental para  la protección y el cumplimiento de los derechos humanos, tal como lo expresamos en el amicus curiae que presentamos junto a AIDA el pasado 9 agosto de 2021 a propósito de la votación de este mismo asunto", mencionó Gustavo Alanis Ortega, Director Ejecutivo de CEMDA. Esto es, la decisión debe continuar con los criterios de la propia Sala al resolver el amparo en revisión 1013/2019, en la contradicción de tesis 270/2016 y el amparo en revisión 839/2019, donde se ha resuelto a favor de la participación ciudadana en la protección del medio ambiente y ha garantizado la legitimación activa amplia, como lo es el derecho de las personas, de los colectivos y de las organizaciones de la sociedad civil a iniciar una demanda en asuntos ambientales y así maximizar el acceso a la justicia. Lo resuelto en el amparo en revisión 839/2019 es particularmente relevante para el análisis que realizará la Segunda Sala, considerando que en ese precedente se concluyó que las asociaciones civiles pueden acudir al amparo para proteger el derecho a un medio ambiente sano cuando la defensa del ambiente forme parte de su objeto social e incluso cuando tengan por objeto la defensa de los derechos humanos en general. La Sala llegó a esta conclusión después de señalar que los órganos jurisdiccionales “deben maximizar el acceso a la justicia” a partir de los principios que rigen la protección del medio ambiente, incluyendo el principio de precaución. "Hacemos un respetuoso llamado a la Segunda Sala y a la Corte en general para que la resolución de este tema garantice y fortalezca la participación de las personas y de las organizaciones de defensa del medioambiente", concluyó Gustavo Ampugnani, director de Greenpeace México. De su lado, Javier Davalos, Coordinador del Programa de Clima de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), señaló que: "En un contexto de crisis climática y degradación ambiental, la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte debe ser compatible con sus propios precedentes y con el Acuerdo de Escazú. Una forma de garantizar los derechos humanos, es brindar un amplio acceso a la justicia, que debe estar basado en una interpretación amplia del derecho a promover un juicio en defensa del derecho a un ambiente sano". Contactos de prensa: Víctor Quintanilla, AIDA, [email protected], +52 5570522107 Dana Olguín, Coordinación de Comunicación y medios, Greenpeace México, [email protected], +52 1 55 4964 5357 Ricardo Ruíz, Área de Comunicación, CEMDA, [email protected], +52 55 596 44162  

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