Minería


Fauna en el Desierto de Atacama, Chile.

COP16: Los países deben respetar los conocimientos indígenas y locales para conservar la biodiversidad

En la Conferencia de la ONU sobre Biodiversidad, los países también deben avanzar en garantizar la participación de las comunidades indígenas y locales en la toma de decisiones en materia de diversidad biológica. El modelo de transición energética del norte global implica impactos irreversibles para los humedales andinos y las comunidades que los habitan, cuyos territorios se traslapan con reservas de litio y otros minerales de transición.   Con miras a la décimo sexta Conferencia de las Partes (COP16) del Convenio sobre la Diversidad Biológica —que tendrá lugar del 21 de octubre al 1 de noviembre en Cali, Colombia—, la Alianza por los Humedales Andinos hace un llamado a que los países miembros cumplan con el respeto, preservación y mantenimiento de los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales para la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica. Hacerlo implica honrar las obligaciones adquiridas con la firma del tratado.  Asimismo, los países firmantes del convenio deben avanzar, mediante la presentación de planes de acción concretos a nivel nacional, en garantizar la participación de las comunidades en la toma de decisiones en materia de biodiversidad, una de las 23 metas del Marco Mundial de Biodiversidad Kunming-Montreal adoptado en 2022. Uno de los objetivos de la COP16 es revisar el cumplimiento de estas metas, orientadas a detener y revertir la pérdida de diversidad biológica para 2030. Según el informe Planeta Vivo, América Latina es la región que registra la mayor pérdida de biodiversidad, ya que las poblaciones de todas las especies presentan un declive promedio del 94% y del 83% en el caso de aquellas que están en agua dulce. Desde la Alianza alertamos de los impactos irreversibles que el modelo de transición energética promovido desde el norte global implica para los humedales andinos, donde se encuentran algunos de los minerales de transición más buscados, como el litio y el cobre. Estos ecosistemas albergan más que eso: son hogar de una biodiversidad enorme y única, así como de comunidades locales que dependen de ellos y que por miles de años los han protegido y preservado, manteniendo el balance ecológico.   Citas de miembros de la Alianza por los Humedales Andinos Laura Castillo, Coordinadora del Programa Altoandinos en la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Argentina: "Para abordar la crisis de biodiversidad resulta crucial trascender el actual paradigma de producción y consumo, que promueve un uso excesivo de bienes ambientales y exacerba la crisis ecológica. Para ello, es imprescindible promover la reducción de los elevados niveles de consumo de bienes naturales, especialmente del norte global. Las soluciones a las crisis climáticas y de biodiversidad —que están íntimamente relacionadas— requerirán indefectiblemente que los países definan sus propias transiciones socioecológicas hacia modelos de vida respetuosos de los derechos humanos y los límites planetarios".   Vivian Lagrava Flores, Coordinadora de Empodérate y del proyecto Protección de Humedales, Biodiversidad y Agua, Bolivia: "La biodiversidad y el agua no deben asumirse como un ‘recurso explotable’ por los Estados. En tanto,persista esa mirada mercantilista, tendremos más pueblos afectados por la minería y en sacrificio y, por ende, más biodiversidad expuesta y en riesgo de extinción".   Verónica Gostissa, abogada y coordinadora del proyecto Alianza por los Humedales Andinos en la Asamblea Pucará, Catamarca, Argentina: "Es urgente abordar la problemática de la explotación de litio en la Puna. Se la anuncia como ‘energía limpia’, pero es devastadora de nuestros ecosistemas. En Argentina, pretenden convertir al Salar del Hombre Muerto en un parque industrial, instalando más de ocho proyectos en un mismo territorio. En esta COP, es crucial que se reconozca el impacto irreversible que genera el extractivismo y, desde ahí, desplegar vínculos ecosistémicos que tengan como base el cuidado de todo aquello que es vital".   Cynthia Escares, bióloga y directora de la ONG Defensa Ambiental, Chile: "La crisis climática es una realidad innegable. Sin embargo, en su nombre se están impulsando formas de extractivismo disfrazadas de energías limpias y equidad, sin reconocer las profundas implicancias de estos procesos. Proyectos como la minería de litio y tierras raras, esenciales para baterías y tecnologías verdes, se presentan como soluciones al cambio climático, pero replican las mismas lógicas de explotación que históricamente han devastado territorios y comunidades. Esta vez, no solo perderemos los habitantes de esas regiones vulnerables, sino que estamos llevando al planeta y a toda su biodiversidad hacia un colapso irreversible".    Yeny Rodríguez, abogada sénior del Programa de Ecosistemas en la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA): "La diversidad biológica y cultural de nuestra región está en riesgo. Después de la COP16, se debería entender que no podemos seguir hablando de desfosilización como la panacea que nos salvará de la crisis climática. La transición energética hacia ‘energías limpias’ también requiere de la extracción de minerales como el litio, industria que en América Latina ya está provocando la destrucción de humedales andinos y la desaparición de ríos. Estamos ante una oportunidad para avanzar hacia la protección de la biodiversidad y de los derechos humanos de las comunidades originarias que han cuidado los territorios desde antes de la existencia de nuestros Estados".   Ramón Balcázar Morales, director ejecutivo e investigador de Fundación Tantí, Chile: "Los salares desde donde se obtiene el litio sudamericano son humedales, territorios habitados por pueblos indígenas y comunidades cuyos modos de vida son clave para la conservación de los ecosistemas que sostienen una biodiversidad amenazada. Frente a la profundización de la policrisis, debemos propiciar procesos democráticos que nos permitan, como sociedad, superar la profunda contradicción existente entre la agenda climática basada en el crecimiento verde y la agenda de conservación de la biodiversidad. Esto requiere de esfuerzos y voluntades gubernamentales e institucionales para fortalecer y dialogar con comunidades y actores sociales de los propios territorios afectados por megaproyectos mineros y energéticos asociados a la transición energética".  

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Salar del Hombre Muerto, Argentina

AIDA solicita a tribunal argentino proteger derechos humanos frente a la minería de litio

En un escrito legal que respalda el litigio de comunidades indígenas de la Puna en Argentina, solicitamos que la Corte de Justicia de Catamarca anule los permisos para dos proyectos mineros a fin de evitar impactos ambientales irreversibles en el territorio del Salar del Hombre Muerto. Pedimos además que ordene la realización de una evaluación de impactos ambientales acumulativos e integrales que cumpla con los estándares internacionales y garantice la participación de las comunidades.   En respaldo al litigio interpuesto por la comunidad indígena Atacameños del Altiplano, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) presentó un escrito legal (Amicus Curiae o "Amigo del Tribunal") ante la Corte de Justicia de Catamarca para solicitar que, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales, el gobierno nacional y el de la provincia de Catamarca protejan los derechos de las comunidades locales frente a los impactos ambientales acumulados de los proyectos de minería de litio en el territorio y en la cuenca del Salar del Hombre Muerto. "La acumulación de actividades de extracción de litio en el Salar del Hombre Muerto ha agravado el estrés hídrico en la provincia y hoy amenaza con afectar la salud de las comunidades indígenas debido al uso de grandes cantidades de agua y de sustancias químicas contaminantes”, dijo Yeny Rodríguez, abogada sénior de AIDA. “En aplicación de los principios de prevención y de precaución, es imperativo que el Estado adopte medidas para evitar mayores impactos; de no hacerlo, puede incurrir en responsabilidad internacional por los daños causados". El escrito aporta fundamentos para la aplicación de justicia y para la defensa de los derechos al ambiente sano, al agua y al proyecto de vida de las comunidades.  En el documento se evidencia que el gobierno nacional y provincial están obligados —en virtud de tratados y estándares internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención sobre los Humedales, entre otros—, a emplear una evaluación ambiental que aborde los impactos integrales y acumulativos para autorizar los proyectos mineros existentes, los propuestos y los asociados. El escrito fue presentado dentro de la acción de amparo interpuesta en agosto de 2021 por la comunidad indígena Atacameños del Altiplano. En ella solicitaron a la Corte de Justicia de Catamarca revocar los permisos otorgados por las autoridades ambientales a los proyectos "Ampliación de proyecto Fénix" de la empresa Livent y "Sal de Vida" de la empresa Galaxy Lithium S.A., hasta que se realice una evaluación de impacto ambiental adecuada. En una decisión judicial hecha pública el 13 de marzo pasado, el tribunal ordenó al gobierno provincial —como medida cautelar— abstenerse de otorgar nuevos permisos hasta que se realice un estudio de impacto ambiental "acumulativo e integral" respecto de todos los proyectos de minería de litio que se desarrollan en la zona, así como garantizar el libre acceso a la información y que todo proyecto cumpla con la consulta previa, libre e informada a las comunidades. Sin embargo, el tribunal no acogió la solicitud de detener la explotación de litio en el territorio, por lo que los riesgos socioambientales permanecen. En este sentido, para proteger el ecosistema y no afectar irremediablemente el proyecto de vida de los pueblos indígenas, en el escrito, AIDA presentó argumentos a la Corte de Justicia de Catamarca apoyando las solicitudes de las comunidades: En aplicación de los principios ambientales internacionales de prevención y precaución, revocar las autorizaciones para los proyectos señalados en el litigio y para todo proyecto situado en la cuenca del salar hasta que se realice una evaluación ambiental conforme al derecho internacional. Ordenar a las autoridades competentes la realización de una evaluación de impactos ambientales acumulativos e integrales respetando en todas las etapas el derecho a la consulta o consentimiento, así como a la participación ambiental oportuna y efectiva de la comunidad indígena Atacameños del Altiplano.   "AIDA reiteró ante el tribunal que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dispuso que la evaluación de impactos ambientales es la medida que garantiza la subsistencia de las comunidades indígenas ante las restricciones impuestas por las concesiones otorgadas en su territorio", señaló Rodríguez. En el escrito se indica que, en este caso —dado que la minería de litio y demás proyectos han provocado ya una grave degradación ambiental y afectado la capacidad de carga de agua del ecosistema, además de poner en riesgo el proyecto de vida de la comunidad—, existía un deber del Estado de realizar una evaluación de impactos ambientales acumulativa e integral. Por la escasa precipitación y la evaporación de agua, el Salar del Hombre Muerto —humedal andino ubicado al noroeste de Argentina, entre las provincias de Catamarca y Salta— tiene un balance hídrico natural negativo, el cual ha sido exacerbado en los últimos 27 años por la explotación de litio. En esta actividad se extraen grandes cantidades de salmuera (agua con altos niveles de sal) y de agua dulce (superficial y subterránea). La región de la cuenca del salar ha sido habitada desde hace más de 10 mil años por comunidades indígenas originarias que tienen un vínculo especial con el entorno que garantiza su supervivencia individual y colectiva, su cultura y sus tradiciones. Debido a la minería de litio, sus miembros han tenido que modificar sus prácticas tradicionales, además de sufrir escasez de agua y significativas pérdidas de animales. El proyecto minero Fénix ha desviado el río Trapiche al punto de secarlo en su tramo final. Y la expansión de la actividad minera en la zona amenaza con secar también el río Los Patos. En el desarrollo de los proyectos aludidos en el litigio, las empresas no brindaron información a las comunidades, no realizaron audiencias públicas con su participación ni un proceso de consulta previa, libre e informada. Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107    

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Seminario web "¿Qué representa el fallo histórico de la Corte Interamericana para el futuro de La Oroya?"

La sentencia en la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado peruano por la violación de derechos de residentes de la ciudad de La Oroya y ordenó medidas de reparación integral es un hito jurídico internacional y un precedente para la defensa del ambiente sano en América Latina, así como para la supervisión adecuada de las actividades empresariales por parte de los Estados. A seis meses del fallo histórico, en este seminario web dialogaremos acerca de las nuevas oportunidades de vida que se esperan para la población de La Oroya con el cumplimiento efectivo de la sentencia. De estos nuevos rumbos —en ámbitos diversos como la salud, la familia o los proyectos de vida — hablaremos con residentes de La Oroya y con personas expertas en estos temas.   Panelistas Ana María Fabian, víctima y beneficiaria de las medidas de reparación.  Fernando Serrano, profesor adjunto en la Washington University (St. Louis, Missouri), perito del caso y experto en salud ambiental. Einer Rivera, víctima y beneficiario de las medidas de reparación.  Bia Cortez, Coordinadora de la Mesa Técnica de Salud Ambiental y Humana. Moderó: Rosa Peña, abogada sénior en la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).   Grabación  

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Salar de Uyuni, Bolivia

La ONU da un paso importante para priorizar la justicia ante la extracción de minerales de transición

El Panel de las Naciones Unidas sobre Minerales Críticos para la Transición Energética emitió una serie de recomendaciones y principios voluntarios con el objetivo de garantizar una gestión equitativa, justa y sostenible de estos minerales. Los lineamientos están dirigidos a gobiernos, a la industria y a otras partes interesadas en los procesos de transición energética. Esto ocurre en un contexto en el que el movimiento mundial hacia las energías renovables, que busca reducir las emisiones que agravan la crisis climática, ha puesto de manifiesto cómo los costos ambientales y sociales de la extracción de los minerales de transición recaen de forma desproporcionada en las comunidades y los ecosistemas locales. Ante esto, Claudia Velarde, codirectora del Programa de Ecosistemas de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), expresó:   "Para América Latina, las recomendaciones y principios son muy importantes pues gran parte de las reservas de recursos esenciales para la transición energética están en la región, en territorios complejos y ricos en diversidad biológica y cultural. Es significativo que el panel ponga los derechos humanos y la justicia en el centro, reconociendo la complejidad de la transición energética y la desigualdad entre los países del sur global, que albergan los minerales, y los del norte, que los necesitan para su propia transición. Para avanzar con justicia, la transición energética debe romper con el statu quo del desarrollo, incluyendo perspectivas del sur global, respetando los derechos humanos de las comunidades locales y reconociendo los límites ecosistémicos. Aunque queda mucho camino por recorrer para lograr una verdadera transición energética justa y popular para América Latina, esperamos que este insumo sea un paso que nos permita avanzar hacia ella”.   Las recomendaciones y principios están contenidos en un informe en el que el panel explica cómo basar el paso a las energías renovables en la justicia y la equidad, promoviendo el desarrollo sostenible, el respeto a las personas y la protección del ambiente en los países en desarrollo. El panel propone siete principios rectores voluntarios, basados en normas, compromisos y obligaciones jurídicas establecidas en textos de las Naciones Unidas: Los derechos humanos deben estar en el centro de todas las cadenas de valor de los minerales. La integridad del planeta, el ambiente y la biodiversidad debe ser salvaguardada. La justicia y la equidad deben ser la base de las cadenas de valor de los minerales. El desarrollo debe ser promovido mediante el reparto de beneficios, la adición de valor y la diversificación económica. Las inversiones, las finanzas y el comercio deben ser responsables y justos. La transparencia, la rendición de cuentas y las medidas anticorrupción son necesarias para garantizar la gobernanza adecuada. La cooperación internacional y multilateral deben apoyar la acción mundial y promover la paz y la seguridad.   Lee el informe del panel (en inglés): https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/report_sg_panel_on_critical_energy_transition_minerals_11_sept_2024.pdf Conoce más de panel: https://www.un.org/en/climatechange/critical-minerals Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), [email protected], +5215570522107  

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Sesión 1 de la Serie de Seminarios Web sobre Experiencias Transformadoras en Gobernanza del Agua a Nivel Mundial

Minería y agua: articulación social, incidencia y responsabilidad empresarial en torno al desastre de la presa de relaves en Brumadinho, Brasil   El Pacto Transformador del Agua (TWP, por sus siglas en inglés) consolida principios clave y un marco de acción para orientar la toma de decisiones hacia un cambio en la gestión del agua. Esto se consigue mediante una visión alternativa basada en los principios de justicia ambiental, equidad y cuidado del agua. Esta serie de seminarios web busca facilitar el diálogo entre las organizaciones coautoras del TWP y sus aliados/as, centrándose en los retos de la gobernanza del agua en los países del sur global. El objetivo es compartir experiencias valiosas de defensa, litigio, campañas e investigación que han contribuido al avance de la protección del derecho al agua en todo el mundo. En esta primera sesión, exploramos —a través del lente del TWP— diversas estrategias de resistencia y defensa que comunidades locales y sociedad civil han desarrollado para facilitar la conservación de áreas protegidas y garantizar el acceso a justicia y verdad de las víctimas de la tragedia causada por la ruptura de la presa de relaves de una mina de hierro en Brumandinho, Brasil.   PANEL Murtah Shannon, Inclusive Water Governance Officer en Both ENDS. Maria Teresa Corujo Viana, miembro del Movimento pela Preservação da Serra do Gandarela. Makota Cassia Kidoialê, fundadora de Kilombo Manzo. Carolina de Moura Campos, coordinadora de proyecto en el Instituto Cordilheira. Moderación: Jorge Lu Palencia, abogado de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA).   Grabación  

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Páramo de Santurbán, Colombia

Elementos clave para la protección de los páramos y el agua en América Latina

Texto publicado originalmente en Animal Político.   En América Latina, la protección del agua es crucial debido a su escasez, el componente cultural que entraña y su papel fundamental en el desarrollo de los territorios. Los páramos —ubicados en países como Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela— son ecosistemas de alta montaña esenciales para la regulación hídrica pues capturan agua de la lluvia y niebla, suministrándola a tierras bajas. Este proceso asegura la provisión de agua a varias comunidades y garantiza, por ejemplo, el 70% del agua en Colombia. Estos ecosistemas —que cubren más de 30.000 km2 del continente— son hogar de más de 3.370 especies de plantas y 250 de animales. Pueden captar diez veces más dióxido de carbono por metro cuadrado que un bosque tropical. La minería a cielo abierto y la explotación subterránea de minerales son una gran amenaza para los páramos porque conlleva impactos negativos significativos como la contaminación del agua, la degradación del suelo, la alteración de los sistemas de drenaje (que puede secar y reducir los cuerpos de agua y sus flujos superficiales) y emisión de gases de efecto invernadero, entre otros. Estos impactos se agravan en los ecosistemas de alta montaña pues son frágiles y con capacidad limitada de regeneración. A esto se suman los conflictos socioambientales en muchas zonas andinas, donde la minería amenaza los medios de vida de comunidades que dependen de la integridad ambiental de estas áreas para su desarrollo individual y colectivo. En Colombia, la protección de los páramos frente a proyectos mineros ha resultado en los últimos años en tres demandas millonarias contra el Estado interpuestas ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) por empresas canadienses interesadas en desarrollar minería a gran escala en el páramo de Santurbán. Pese a los problemas estructurales del sistema de arbitraje de inversiones —que incluyen desechar argumentos de protección ambiental en favor de los intereses de inversionistas—, una lectura con enfoque de derechos de los laudos arbitrales que resolvieron las tres demandas arroja luces sobre el camino que los Estados deben seguir para proteger los páramos y otros ecosistemas de alta montaña estratégicos para el agua en la región.   Tres demandas de arbitraje internacional relacionadas con minería en páramos En los casos a los que hacemos referencia, las políticas ambientales de Colombia para salvaguardar los páramos resultaron en la cancelación de las concesiones mineras que las empresas canadienses Eco Oro Minerals, Red Eagle y Galway Gold Inc. (hoy Montauk Metals Inc.) tenían en el páramo de Santurbán. Esto llevó a las tres compañías a iniciar, por separado, procedimientos de arbitraje ante el CIADI alegando un menoscabo a sus inversiones, al amparo del Tratado de Libre Comercio (TLC) Colombia-Canadá, e invocando diversas cláusulas como la presunta expropiación de sus derechos y una afectación al nivel mínimo de trato. A continuación, resumimos los laudos arbitrales emitidos en los tres casos: Eco Oro vs. Colombia. En su decisión, emitida el 9 de septiembre de 2021, el tribunal de arbitraje criticó a Colombia por su falta de claridad en la delimitación del páramo. Aunque reconoció que los páramos son ecosistemas sensibles y juegan un rol fundamental en la acción climática y la provisión de agua, ponderó los intereses de la empresa por encima de la protección ambiental. Declaró que, debido a mensajes inconsistentes acerca de la viabilidad del proyecto minero y durante la delimitación del páramo de Santurbán, el gobierno colombiano violó el TLC al no garantizar un nivel mínimo de trato al inversor. Red Eagle vs. Colombia. El 18 de febrero de 2024, el CIADI notificó a Colombia su decisión en la demanda de Red Eagle, en la que desestimó las pretensiones de la minera, subrayando su obligación de actuar con debida diligencia al momento de realizar actividades en páramos. El tribunal consideró que las medidas adoptadas por el gobierno fueron razonables y proporcionadas, además de basadas en estudios científicos que demostraron que la protección del páramo de Santurbán es un objetivo legítimo que justifica la terminación de la concesión. Galway Gold vs. Colombia. La decisión del CIADI en este caso fue notificada al gobierno colombiano el 7 de junio de 2024. En ella se desestimaron las pretensiones de Galway Gold Inc. El tribunal identificó que Colombia actuó de manera inconsistente al determinar las zonas de páramos protegidas, no obstante, reconoció que los obstáculos para la conservación de estos ecosistemas son multifacéticos e implican la coordinación entre el poder ejecutivo, legislativo y judicial, que no es simple.   En las decisiones de los casos de Red Eagle y Galway Gold Inc., los tribunales resaltaron la debida diligencia requerida de los inversionistas al realizar actividades en páramos, consideraron razonables las medidas de protección ambiental del gobierno y reconocieron los conflictos que involucran la protección del ambiente en Colombia. Por consiguiente, concluyeron que los tribunales deben ser sensibles a los problemas que surgen durante la preservación de los páramos. En el caso de Eco Oro, pese a las salvedades mencionadas, la mayoría del tribunal reconoció la fragilidad del ecosistema y los altos riesgos de impactos por la actividad minera, su rol en la lucha contra la crisis climática y la necesidad de protegerlos, ya que su restauración es incierta y puede llevar mucho tiempo. Esto pone de relieve las dificultades prácticas en la protección de los páramos y los ecosistemas montanos. También alerta de la necesidad de marcos normativos y políticas ambientales coherentes y bien definidos que salvaguarden la integridad de estos ecosistemas. Como señaló el tribunal en su decisión del caso de Red Eagle, las decisiones aparentemente contradictorias reflejan las complejidades del “mundo real” en la protección ambiental. Esto resalta la importancia de que Estados e inversionistas actúen con responsabilidad y transparencia para garantizar la conservación de los ecosistemas de alta montaña y los derechos de las comunidades locales.   El camino para proteger los ecosistemas de alta montaña y el agua Desde un enfoque de justicia ambiental y de derechos humanos, los tres laudos dejan elementos clave para construir una hoja de ruta hacia la protección de los páramos y otros ecosistemas de alta montaña, los servicios ecosistémicos que brindan y los derechos de las comunidades locales que viven en o dependen de ellos.   1. Cumplimiento de obligaciones internacionales para proteger ecosistemas estratégicos para el ciclo del agua Las decisiones ratifican las obligaciones internacionales de los Estados para proteger fuentes hídricas importantes como páramos, bosques, humedales, glaciares andinos y otros ecosistemas de alta montaña. Resaltan el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional (Ramsar) y el Acuerdo de París, tratados que reconocen la importancia de estos ecosistemas para la biodiversidad, la regulación hídrica y la mitigación de la crisis climática. Estos compromisos se complementan con otros instrumentos internacionales que reafirman la relevancia de la protección del derecho al agua y la necesidad de una gestión sostenible de los recursos hídricos. Entre ellos están las declaraciones sobre el Medio Humano y sobre el Agua y Desarrollo Sostenible; la Observación General No. 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas y la Agenda Regional de Acción por el Agua 2023. 2. Deber de las empresas de respetar las decisiones estatales referentes a la protección de los páramos y otros ecosistemas de alta montaña Los tres fallos, leídos en conjunto, indican por qué las empresas deberían desistir de iniciar procedimientos ante instancias internacionales cuando los Estados actúan en cumplimiento de su obligación de proteger el ambiente. También resaltan la importancia de la debida diligencia en el actuar de las empresas, que incluye la obligación de identificar, prevenir y mitigar los impactos negativos ambientales y sociales de sus actividades, así como de abstenerse de actuar si estos impactos son desproporcionados o inciertos. El caso más reciente de una empresa que insiste en desconocer el derecho legítimo de los Estados a proteger el ambiente es el de First Quantum Minerals. La empresa canadiense anunció una demanda de arbitraje contra Panamá luego de que su contrato de concesión minera en la región montañosa de la provincia de Colón fuera declarado inconstitucional por la Corte Suprema de ese país. 3. Necesidad de cooperación regional para la protección de los ecosistemas de alta montaña La protección de los páramos y otros ecosistemas de montaña no puede ser efectiva si se limita a un país. En América Latina, la minería a gran escala en los Andes sigue avanzando sin una adecuada evaluación de su impacto en el ambiente y en los derechos de las comunidades. Así ocurre con los páramos de Quimsacocha y Fierro Urku en Ecuador, así como con páramos y bosques de niebla en Perú, amenazados con proyectos de minería metálica. Dado que el arbitraje internacional no está diseñado para proteger el ambiente ni los derechos de las comunidades, la cooperación sur-sur puede ofrecer una alternativa viable. No es suficiente con que los Estados cumplan sus obligaciones internacionales y que las empresas respeten las decisiones estatales para proteger ecosistemas estratégicos. Es crucial que los países de la región trabajen juntos para coordinar esfuerzos y establecer medidas de protección regionales. Un diálogo entre Panamá, Costa Rica, Colombia, Venezuela, Perú y Ecuador podría facilitar la implementación de políticas sostenibles y eficientes. Esto garantizaría el respeto de los derechos de las comunidades, el equilibrio ecológico de los  ecosistemas de alta montaña, y la provisión de agua a largo plazo. Además, permitiría desarrollar alternativas sostenibles para enfrentar un sistema que ha ignorado continuamente la voz de las comunidades y la protección del ambiente. 4. Importancia de mayor investigación científica sobre los ecosistemas de alta montaña los páramos y de reconocer su valor ecológico Es esencial que los Estados inviertan en investigación científica para comprender mejor la importancia ecológica de los  ecosistemas de alta montaña. La definición clara de sus servicios ecosistémicos permitirá establecer políticas de protección efectivas y focalizadas. En los tres laudos se destaca el acervo probatorio científico pues los datos demuestran que la protección de los páramos es crucial para la sostenibilidad ambiental y la seguridad hídrica en América Latina. Solo comprendiendo los componentes y las interrelaciones de estos ecosistemas se puede evidenciar eficazmente los desafíos para su protección. Esta información es fundamental para incidir, ante instancias regionales e internacionales, y que los Estados cumplan con sus obligaciones de conservación y las empresas interioricen que los páramos y otros ecosistemas abastecedores de agua son "zonas prohibidas" para la minería. A través de la cooperación regional, el fortalecimiento de los marcos legales internacionales y la inversión en investigación científica, los países latinoamericanos pueden asegurar un futuro sostenible para sus páramos, otros ecosistemas de alta montaña y para las comunidades locales.  

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XI Foro Social Panamazónico en Rurrenabaque y San Buenaventura, Bolivia

Amazonía: Las complejidades y desafíos de su protección

Por Vania Albarracín y José David Castilla* La protección de la Amazonía es uno de los principales desafíos en la región. Hacerle frente implica coordinación y cooperación entre Estados, pueblos y organizaciones. En ese contexto, el Foro Social Panamazónico (FOSPA) nace de la necesidad de pensar a la Panamazonía —región conformada por los países que tienen jurisdicción o territorio en la cuenca del río Amazonas, y/o tienen cobertura de selva y/o pertenecen al Tratado de Cooperación Amazónica (TCA)— desde todas sus complejidades. El FOSPA es un espacio regional de articulación, reflexión e intercambio entre pueblos indígenas, movimientos sociales y sociedad civil de Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Guyana Francesa, Perú, Venezuela y Surinam. La unión de tantos actores alrededor de la Amazonía se debe a que se trata de un ecosistema megadiverso y estabilizador climático global que contiene más del 13% de todas las especies vegetales y animales conocidas y que descarga anualmente 6.600 km³ de agua dulce al océano Atlántico, equivalentes a entre el 16 y 20% de la escorrentía mundial. Por ello, es esencial considerar la interconexión e interdependencia entre la Amazonía y otros ecosistemas de la región. Los ecosistemas marino-costeros, los humedales andinos, las sierras y los bosques están conectados a lo largo del continente y deben ser reconocidos como parte de una estrategia integral de protección. El territorio amazónico enfrenta problemas graves de deforestación y degradación ecosistémica, lo que ha generado una alerta sobre la llegada del denominado punto de no retorno. Esto se refiere a la pérdida del equilibrio ecológico y las funciones climáticas de la Amazonía, lo que traería repercusiones globales negativas incalculables. El FOSPA realiza encuentros bianuales en distintas ciudades y subregiones de la Amazonía para dialogar acerca de la vulneración de derechos humanos, ambientales, territoriales y de la naturaleza que aquejan a la región, así como para plantear alternativas que surjan desde las comunidades locales y los pueblos indígenas que la habitan La onceava versión del FOSPA tuvo lugar del 12 al 15 de junio de 2024 en las ciudades de Rurrenabaque y San Buenaventura, en la región amazónica de Bolivia. Del encuentro surgió una declaración conjunta en defensa de la vida, los pueblos y la naturaleza. AIDA participó en el encuentro y compartimos a continuación nuestro balance del mismo respecto de los principales acuerdos, los vacíos para su implementación y lo que falta para garantizar la protección de la Amazonía.   Los acuerdos 1. Las amenazas de la minería Las amenazas de la minería para la región amazónica se traducen en dos problemas centrales: la promoción e impactos de nuevos extractivismos (como la minería de cobre) y la contaminación de mercurio de la minería de oro. En el encuentro se evidenció la necesidad de prohibir el comercio mundial de mercurio y de crear estrategias multinacionales para combatir su uso en la minería de oro, en cumplimiento del Convenio de Minamata. Además, se abogó por un enfoque biocultural en la evaluación de los impactos de la minería, reconociendo la interrelación entre biodiversidad y culturas indígenas, el papel fundamental de las mujeres en la conservación y reproducción de la vida, así como la participación de la sociedad civil en espacios de decisión, garantizando su transparencia y su plena divulgación.   2. Una Amazonía libre de extractivismos Una de las principales preocupaciones de las comunidades, pueblos y organizaciones que participaron en el encuentro es la presencia de distintos tipos de extractivismo en la región amazónica. Identificaron que sus derechos son vulnerados y amenazados por proyectos de extracción y transporte de hidrocarburos, por la explotación de minerales de transición como el oro y el cobre, así como por la implementación de políticas públicas relacionadas con la transición energética. Una de las propuestas más relevantes al respecto fue generar una declaratoria multifactorial y plurinacional de la Amazonía como zona libre de combustibles fósiles y de minería, no solo como una consigna, sino como un horizonte político, social y ambiental para la protección de la vida en todas sus formas. Esta propuesta debe ser evaluada en el contexto de las distintas tensiones y realidades sociales de la región.   3. Garantías para una transición energética justa y popular La transición energética justa y popular fue otro de los puntos relevantes del encuentro. Las comunidades originarias y los pueblos indígenas plantearon la necesidad de descolonizar el concepto de transición energética y plantear un proceso que surja de ellas, que históricamente han sufrido los impactos del extractivismo. El llamado fue a implementar una transición energética donde se reparen estos impactos y se restauren los ecosistemas afectados  Para lograr este objetivo son necesarios procesos de cierre y salida responsable de proyectos, además de procesos de transición que incorporen los más altos estándares de derechos humanos y la perspectiva de las comunidades afectadas.    Los vacíos prácticos 1. Compromiso insuficiente de cooperación regional En la onceava versión del FOSPA se evidenció el escaso compromiso político de los gobiernos miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA), reflejado en la falta de acuerdos firmes y de mecanismos de participación efectiva. Esto favorece las políticas extractivistas y debilita la protección de los derechos de los pueblos indígenas y los de la naturaleza. Es esencial que la OTCA revise y fortalezca sus estructuras para asegurar que los compromisos internacionales se implementen y que las comunidades panamazónicas tengan un rol activo y decisivo en la formulación de políticas.   2. Exclusión de los pueblos y comunidades originarias de las decisiones La exclusión de los pueblos indígenas y comunidades originarias amazónicas en los procesos de toma de decisiones es evidente. Esto conduce a políticas y acuerdos que no satisfacen sus necesidades y realidades. Un claro ejemplo de esto son las Conferencias de las Partes (COP) sobre cambio climático y biodiversidad, donde la representación indígena no es genuina o sustantiva, lo que resulta en que no se valore su conocimiento ancestral y su rol fundamental en la protección de la biodiversidad y del clima.   3. Ausencia de un mecanismo vinculante La implementación de acuerdos alcanzados en espacios como el FOSPA ha sido insuficiente y, en muchos casos, inexistente. Este fue uno de los principales reclamos de los pueblos indígenas y las comunidades originarias. Al no tener un carácter vinculante, y al no ser tan relevante para la perspectiva estatal, muchas de las solicitudes quedan enfrascadas en el terreno de lo declarativo. Aunque el FOSPA es esencial para la integración panamazónica y la construcción de alternativas desde los territorios, se requiere un esfuerzo conjunto para fortalecer su vínculo con las y los tomadores de decisiones, promover la participación activa de las comunidades y hacer del foro una plataforma de movilización y acción.   El camino a recorrer El próximo encuentro del FOSPA será en dos años, pero la protección efectiva de la región panamazónica no puede esperar.   En el corto plazo, es necesario realizar acciones concretas para mitigar los impactos en el ecosistema y adoptar medidas de cooperación regional para garantizar su protección integral y transfronteriza. Entre otras cosas, es necesario y urgente: Lograr un consenso regional y diseñar un plan para garantizar la declaratoria de la Amazonía como zona libre de combustibles fósiles y de toda forma de extractivismo. Coordinar una articulación andino-amazónica y costera para la defensa integral de los territorios, demandando acciones concretas contra la minería con un enfoque biocultural. Exigir marcos normativos de debida diligencia en materia ambiental y de derechos humanos en los Estados amazónicos y en los países de origen  de las empresas para obligar a estas a cumplir con estándares internacionales en estas dos áreas. Instar a los Estados a que apliquen los principios de prevención y de precaución y que eleven su estándar en los proyectos que puedan tener impactos en la Amazonía. Diseñar un mecanismo de cierre y salida de los proyectos asociados a la extracción de combustibles fósiles en la región amazónica. Garantizar la participación activa, representativa y vinculante de las comunidades y pueblos panamazónicos en los foros internacionales donde se decide acerca de la naturaleza, por ejemplo en próxima Conferencia de la ONU sobre Biodiversidad (COP16 en Colombia) y las próximas Conferencias de la ONU sobre el Cambio Climático (COP29 en Azerbaiyán y COP30 en Brasil).   *Vania Albarracín Silva es abogada del Programa de Ecosistemas de AIDA y José David Castilla Parra es abogado del Programa de Derechos Humanos y Ambiente.  

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Panoramic view of the Metallurgical Complex of La Orota, Peru, in 2024.

La Oroya vs. Perú: Precedente histórico sobre los derechos humanos y el ambiente

La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció un precedente importante para la fiscalización de la contaminación industrial por parte de los Estados. Por Rosa Peña y Jacob Kopas*En marzo pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos —tribunal regional de protección de los derechos humanos— emitió una sentencia histórica condenando al Estado peruano por no controlar efectiva y oportunamente la contaminación industrial tóxica. La sentencia sentó un precedente importante para la defensa del derecho a un ambiente sano y la supervisión estatal de las actividades empresariales en todo el continente.Esta victoria comenzó como una petición que la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y Earthjustice, junto con organizaciones aliadas, presentaron en 2006 en nombre de familias y personas defensoras ambientales de La Oroya, una pequeña ciudad en el corazón de los Andes peruanos. Por más de 100 años, una fundición industrial ha expuesto a La Oroya a niveles extremos de contaminación tóxica, provocando que casi todos los niños y niñas de la ciudad tengan niveles peligrosamente altos de plomo y otros metales pesados en la sangre.La sentencia vinculante de la Corte es una condena enérgica que las familias de La Oroya utilizan hoy para exigir medidas concretas al gobierno peruano. Además de indemnización monetaria, el tribunal ordenó al Estado detener cualquier nueva contaminación tóxica de la fundición, limpiar los metales tóxicos del suelo y el agua, así como brindar atención médica especializada a las víctimas y a residentes de La Oroya. En sí mismo, el fallo es también una forma de reparación para las víctimas al reconocer la legitimidad de su labor como personas defensoras del ambiente.La importancia de la sentencia va mucho más allá de los beneficios inmediatos para las y los habitantes de La Oroya y de Perú. Garantizar la calidad ambiental del agua y el aire es todavía un gran reto en todo el continente. Con el fallo, es la primera vez que la Corte Interamericana establece que la contaminación industrial puede vulnerar los derechos humanos, abriendo una vía a la justicia para las comunidades de las llamadas "zonas de sacrificio", saturadas con contaminación industrial.La histórica sentencia de la Corte Interamericana establece varios precedentes clave de gran relevancia para la jurisprudencia nacional e internacional. Medidas nuevas e innovadoras para las reparaciones colectivas.La Corte fue más allá de casos anteriores al ordenar reparaciones no sólo individuales, sino también colectivas que benefician a todas las personas que viven en La Oroya. Estas incluyen la remediación ambiental del ecosistema circundante (párr. 351), la atención médica integral y especializada para cualquier residente que presente síntomas (párr. 348) y el apoyo para reubicar a las y los habitantes que así lo deseen (párr. 355). Adicionalmente, el tribunal ordenó medidas diferenciadas para víctimas mujeres, niños, niñas y personas adultas mayores. El fallo ordenó también medidas ambientales y de salud pública que mejorarán la vida de toda la población afectada por la industria minera en Perú, incluyendo la adecuación de las normas de calidad del aire a los estándares internacionales (párr. 346), la garantía de que las empresas mineras se adhieran a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU (párr. 352), así como la creación de un sistema de información que proporcione proactivamente datos actualizados de la calidad del aire y del agua en las zonas mineras (párr. 354). Prueba de causalidad: La exposición a un riesgo significativo de salud basta para demostrar una violación de derechos humanos.Uno de los obstáculos principales para el acceso a justicia de comunidades expuestas a contaminación tóxica es demostrar la causalidad, es decir, probar que la contaminación causó un problema de salud concreto. Esto suele ser difícil porque muchas comunidades carecen de acceso a una atención médica adecuada y a pruebas diagnósticas, porque algunas enfermedades como el cáncer pueden estar latentes y pasar desapercibidas por años, y porque muchos y diferentes factores conducen a una mala salud. Para tomar en cuenta esta realidad, la Corte estableció que es suficiente demostrar que la exposición a la contaminación creó un riesgo significativo para la salud, sin tener que probar que la exposición causó una afección o enfermedad específica (párr. 204). El tribunal dio un paso más allá y también señaló que, bajo el principio de precaución, la falta de certeza científica respecto de estos riesgos no puede ser una excusa para no adoptar medidas de protección de la salud pública (párr. 207). Los derechos a un aire y a un agua limpios como elementos sustantivos del derecho a un ambiente sano.En el fallo, la Corte estableció que el derecho a un ambiente sano incluye los derechos a un aire y un agua libres de contaminación que pudiera constituir un riesgo significativo para la salud. Estos derechos conllevan obligaciones específicas para los Estados, que incluyen:Establecer normas de calidad ambiental que no constituyan un riesgo para la salud y que se basen en los mejores conocimientos científicos disponibles;Monitorear la calidad del aire y del agua, así como informar a la población de posibles riesgos a la salud;Realizar planes para controlar la calidad del aire y del agua; yHacer cumplir efectivamente las normas de calidad ambiental y garantizar el manejo de los recursos hídricos de forma sostenible (párrs 120-121). Acceso a la participación pública en las decisiones ambientales.Con esta sentencia, es la primera vez que la Corte Interamericana condena a un Estado por no garantizar la participación pública efectiva en la toma de decisiones ambientales que afectan al público general (párr. 256). En casos previos, el tribunal había examinado el derecho a la participación pública solo en el contexto de la consulta a pueblos indígenas, que gozan de protección especial bajo el derecho internacional. Además, la Corte dispuso que la mera existencia de procedimientos formales de participación pública puede no ser suficiente para que los Estados cumplan satisfactoriamente sus obligaciones en virtud de la Convención Americana de Derechos Humanos. Las autoridades también deben asegurar que estos procedimientos brindan una oportunidad efectiva a las personas de ser escuchadas y de participar en la toma de decisiones (párr. 260). La sentencia también consolidó avances en otras cuestiones importantes para la justicia ambiental en la región:Las obligaciones de las empresas en materia de derechos humanos. La Corte hizo hincapié en la obligación de los Estados de proteger los derechos humanos y en su deber de supervisar y controlar a las empresas (párrs. 109-110). También afirmó que las propias empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos y de actuar con debida diligencia independientemente de su tamaño, sector, contexto operativo, propiedad o estructura (párr. 110).La contaminación ambiental viola el derecho a una vida digna. Debido a que la contaminación impactó muchas y diferentes áreas de la vida de las familias en La Oroya, también violó su derecho a una vida digna. Estos impactos incluyeron para las víctimas el no haber podido llevar a cabo un proyecto de vida en circunstancias normales, lo cual afectó su desarrollo personal, familiar, psicológico y profesional (párrs. 220-230).Los efectos de la contaminación ambiental recaen de forma desproporcionada sobre individuos, grupos y comunidades que ya sufren la carga de la pobreza, la discriminación y la marginación sistémica. La Corte reconoció que —dada su condición— las mujeres embarazadas, los niños y las niñas, los y las adolescentes y las personas adultas mayores están expuestos/as con frecuencia a un mayor riesgo de daños por la contaminación (párr. 134). Debido al principio de equidad intergeneracional, los Estados tienen la obligación particular de proteger la salud de los niños y las niñas de la contaminación ambiental y de brindar atención especializada a quienes contraen enfermedades como resultado de la exposición a ella (párr. 141).El derecho a un ambiente sano como norma ius cogens. La sentencia señaló que garantizar el interés de las generaciones presentes y futuras frente a daños ambientales graves, extensos, duraderos e irreversibles es fundamental para la supervivencia de la humanidad. Por tanto, la Corte instó a la comunidad internacional a reconocer progresivamente que tales daños ambientales violan una norma imperativa o que no admite derogación (ius cogens) del derecho internacional (párr. 129).El debilitamiento de las normas de calidad del aire viola el derecho internacional. La Corte concluyó que cuando Perú debilitó los estándares nacionales de calidad del aire para el dióxido de azufre, violó el deber de no regresividad, inherente al derecho a un ambiente sano (párrs. 182-186). El tribunal afirmó que cualquier retroceso de este tipo debe justificarse a la luz de los recursos máximos disponibles del Estado para garantizar los derechos humanos y ser consistente con el principio de precaución (párr. 186).Obligación de transparencia activa al garantizar el acceso a la información. En este caso, por primera vez, la Corte declaró responsable a un Estado de incumplir su obligación de "transparencia activa", la cual exige a los Estados no sólo responder a solicitudes de acceso a información ambiental, sino también suministrarla de oficio a la población en general (párr. 247). Esta información debe ser completa, comprensible y estar en un lenguaje accesible (párr. 255). La sentencia está encaminada a sentar un precedente jurídico importante para las numerosas comunidades expuestas a la contaminación industrial. Su impacto final dependerá de cómo la apliquen tribunales de Perú y de toda América Latina. Sólo en Perú, la Defensoría del Pueblo estimó que más de 10 millones de personas (el 31% de la población) están en riesgo de exposición a contaminación por metales pesados y otras sustancias químicas relacionadas con la industria minera.Con este nuevo fallo como poderosa herramienta jurídica, ojalá que otras comunidades no tengan que esperar 100 años para respirar por fin aire limpio. Conoce más de los aportes jurídicos de la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de La Oroya *Rosa Peña es abogada sénior del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA; Jacob Kopas es abogado sénior de Programa Internacional de Earthjustice.   

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Vista panorámica de La Oroya, Perú, en 2024.

Alertan aumento de la contaminación en La Oroya y avance lento del Estado para cumplir fallo de la Corte Interamericana

El avance del Estado en la implementación de la sentencia del tribunal internacional ha sido lento e insuficiente. Mientras, se registró recientemente una elevada presencia de dióxido de azufre en la ciudad andina debido a la reactivación parcial del complejo metalúrgico y a la falta de medidas de prevención, alerta, supervisión y fiscalización por parte del Estado. A dos meses de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos diera a conocer la sentencia en el caso "Comunidad de La Oroya vs. Perú", la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) —organizaciones que representan legalmente a las víctimas— alertaron en conferencia de prensa que el Estado peruano avanza de forma lenta e insuficiente en el cumplimiento efectivo del fallo. La sentencia, hecha pública el 22 de marzo pasado y considerada un hito jurídico internacional, establece la responsabilidad del Estado peruano en la violación de derechos de residentes de La Oroya, afectados por décadas de contaminación tóxica.El tribunal internacional ordenó adoptar medidas de reparación integral que incluyen remediación ambiental, reducción y mitigación de emisiones contaminantes, monitoreo de la calidad del aire, atención médica gratuita y especializada, indemnizaciones y un plan de reubicación para las personas afectadas. Aumento de la contaminación en La OroyaLas organizaciones denunciaron además que el lento accionar estatal ocurre en medio de un incremento en la presencia de contaminación tóxica en la zona debido a la reactivación parcial del Complejo Metalúrgico de La Oroya y a la falta de medidas de prevención, alerta, supervisión y fiscalización por parte del Estado.De acuerdo con información del sistema de vigilancia ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se registró recientemente una elevada presencia de dióxido de azufre en La Oroya, lo que hace imperativo que el Estado adopte medidas urgentes en base a su responsabilidad internacional.Una de las medidas ordenadas por la Corte Interamericana consiste en garantizar que las operaciones del Complejo Metalúrgico de La Oroya cumplan con estándares ambientales internacionales, previniendo y mitigando daños al ambiente y a la salud humana. Desafíos en la implementación de la sentenciaDurante la conferencia de prensa, Rosa Peña, abogada sénior del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA, señaló: "La sentencia es una gran oportunidad para que el Estado de Perú prevenga y gestione de mejor manera los impactos ambientales derivados de las actividades minero metalúrgicas, así como para que mejore la atención en salud de las personas expuestas a la contaminación. La Corte IDH ya identificó los aspectos clave, ahora es tarea del Estado en su conjunto generar una buena implementación que sirva de ejemplo para otros casos a nivel nacional e internacional".De su lado, Christian Huaylinos, coordinador del área legal de APRODEH, destacó la necesidad de un trabajo multisectorial articulado: "Se necesita un esfuerzo coordinado de los tres niveles del Estado —local, regional y nacional— para avanzar en el cumplimiento efectivo de la sentencia. Además, deben establecerse mecanismos claros para garantizar la participación efectiva de las víctimas en la implementación de las órdenes dadas por la Corte". Exigencias de la comunidadYolanda Zurita, peticionaria del caso, enfatizó la frustración de la comunidad ante la falta de acciones prontas y efectivas: "Nosotros como población necesitamos sentir y evidenciar que se está cumpliendo. No es posible que después de 20 años de proceso, y de que se hizo pública la sentencia de la Corte IDH, haya funcionarios que digan desconocer la sentencia".La sentencia de la Corte Interamericana no solo se centra en la reparación a las víctimas directas, sino que también incluye medidas de restitución y garantías de no repetición en favor de toda la población de La Oroya y del país. Define parámetros para la correcta actividad empresarial minera y metalúrgica en Perú, en defensa del medio ambiente y la salud.El fallo constituye un precedente clave para la protección del derecho a un ambiente sano en América Latina y para la adecuada supervisión de las actividades empresariales por parte de los Estados.AIDA y APRODEH hacen un llamado urgente al Estado peruano para que cumpla con las medidas ordenadas por la Corte IDH y tome acciones inmediatas para proteger el ambiente y la salud de la comunidad de La Oroya.Contacto de prensaVíctor Quintanilla-Sangüeza (México), AIDA, [email protected], +52 5570522107 

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