Minería


4 razones para respetar el NO de Cajamarca

(Texto publicado originalmente en Animal Político) “¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el municipio de Cajamarca se ejecuten proyectos y actividades mineras?”. El 26 de marzo pasado, la pregunta fue sometida a consulta popular en esa ciudad colombiana. En un resultado que sienta un precedente para el resto del mundo, el 98 % de los votantes (6,165) rechazó la minería en su territorio, específicamente La Colosa, un megaproyecto de mina a cielo abierto que podría implicar, entre otros daños, la potencial contaminación de fuentes de agua. Ese resultado implica que las autoridades de Cajamarca deben ahora emitir los reglamentos necesarios para asegurar que la decisión del pueblo de prohibir la minería en su territorio se cumpla. Sin embargo, en caso de existir dudas sobre el cumplimiento del mandato popular, presento a continuación cuatro razones de peso, basadas en el derecho internacional, por las que es obligatorio acatar la decisión de Cajamarca. El derecho internacional está conformado por las normas internacionales que regulan las leyes de Estados como el colombiano. Según el mismo: 1. La consulta popular garantiza la participación democrática, que es un derecho humano En el marco de Naciones Unidas, el artículo 25 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos (1966), establece que “la oportunidad de tomar parte en la conducción de los asuntos públicos, directamente o por conducto de representantes libremente elegidos”, es un derecho humano. Así también lo dispone, en su artículo 23, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José (1969). Por lo anterior, los Estados están obligados a implementar medidas para garantizar que todas las personas participen individual o colectivamente en las decisiones que les afectan directamente. En Colombia, la consulta popular está contemplada en la Constitución como un mecanismo que hace posible dicha participación. Entonces, respetar los resultados de una consulta es indispensable para garantizar el pleno ejercicio democrático y los derechos humanos. 2. La consulta popular permite la participación de comunidades para garantizar su derecho a un ambiente sano Según el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), “el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda…”. Este principio no sólo ha sido reconocido a nivel internacional como necesario para lograr un desarrollo sostenible, sino que es parte de la legislación ambiental de Colombia. La consulta popular en Cajamarca puso en marcha la aplicación del Principio 10. Las actividades mineras, especialmente aquellas de gran escala como el proyecto minero La Colosa, pueden afectar gravemente el ambiente y las formas de vida de las comunidades. Por ello su participación en las decisiones sobre actividades de ese tipo es esencial para garantizar su derecho a un ambiente sano. Otras instancias internacionales han reconocido la importancia de tomar en cuenta a las comunidades en decisiones relativas a su desarrollo. Por ejemplo, el artículo 6 de la Carta Democrática Interamericana (2001), adoptada en el marco de la OEA, señala: “[l]a participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio desarrollo es un derecho y una responsabilidad. Es también una condición necesaria para el pleno y efectivo ejercicio de la democracia. Promover y fomentar diversas formas de participación fortalece la democracia”. 3. La consulta popular hace realidad la prevención ambiental Herramientas de derecho ambiental internacional como la Declaración de Estocolmo (1972) y la Declaración de Río, reconocen la importancia de prevenir daños ambientales antes que ocurran, lo que implica adoptar medidas previas. Los habitantes de Cajamarca, conociendo los impactos graves que la minería puede tener en su territorio, especialmente megaproyectos como La Colosa, impulsaron la consulta popular. El resultado de esa votación evidencia que la comunidad quiere evitar los daños ambientales de los proyectos mineros y que dio un mandato a las autoridades para adoptar medidas en ese sentido. 4. Existen límites al derecho al desarrollo de los Estados De acuerdo con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, los Estados tienen el derecho al desarrollo, lo que implica que pueden explotar sus recursos naturales incluso a través de concesiones. Sin embargo, el Estado debe respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas que puedan verse afectadas por proyectos orientados a conseguir ese desarrollo[1]. En ese sentido, el incumplimiento de normas ambientales y sobre derechos humanos, puede derivar en daños a las personas y a entornos naturales y violar la Convención Americana sobre Derechos Humanos[2]. La decisión expresada legítimamente por la población de Cajamarca protege los recursos naturales de los efectos nocivos de la minería. Por tanto, su cumplimiento es necesario para garantizar derechos civiles, políticos y el derecho a un ambiente sano en Colombia, así como para servir de ejemplo a otros países de la región. Así lo confirma la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “El progreso social y la prosperidad económica solo se pueden mantener si nuestros pueblos viven en un entorno saludable y nuestros ecosistemas y recursos naturales se utilizan cuidadosamente y de manera responsable”[1].  El derecho internacional respalda firmemente la consulta popular y sus resultados. El Estado colombiano, en todos los niveles, debe honrar sus obligaciones y acatar la decisión. El mundo sigue con atención la experiencia de Cajamarca, un ejemplo global de participación ambiental a nivel local. [1] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997. [2] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997. [2] CIDH. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Ecuador. Capítulo VIII. OEA/SerieL/V/II.96, doc. 10 rev. 1, 24 de abril de 1997.

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Victoria en Colombia: Ciudadanos votan para prohibir la minería en su territorio

El 26 de marzo de 2017, 98% de los votantes de Cajamarca, Colombia, rechazaron de manera decidida la minería en su territorio. Según la legislación colombiana, los resultados de la consulta popular son vinculantes. Las autoridades municipales deben emitir ahora regulaciones para implementar la prohibición. AIDA fue parte del equipo legal que asesoró a la comunidad de Cajamarca y que desarrolló una estrategia, que incluyó la consulta popular, para detener el proyecto de una mina que amenaza con contaminar fuentes de agua. Se trata de La Colosa, proyecto a cargo de la empresa AngloGold Ashanti que estaba en fase de exploración. El nombre es apropiado porque estaría entre las 10 minas de oro a cielo abierto más grandes del mundo, y sería la segunda más grande de América Latina. En un país que está saliendo de un conflicto armado que duró 50 años, la consulta popular constituye una victoria no solo para el ambiente, sino también para la democracia. Prohibir la minería a través de la consulta popular, demuestra un compromiso para resolver los problemas ambientales de forma pacífica y participativa. Permite además que los ciudadanos ejerzan su derecho humano a ser parte de los asuntos públicos que les afecten directamente —elemento fundamental de la verdadera democracia— , y defiendan también su derecho a un ambiente sano.  

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El páramo de Santurbán: Un lugar más cerca del cielo

La Corporación Financiera Internacional, parte del Grupo del Banco Mundial, le dijo “no” al proyecto minero Angostura en el páramo de Santurbán, Colombia. ¿Qué implica esa decisión? Con ella, se da un paso importante en la protección de un sitio único y de valor incalculable. En Santurbán, las rocas se convierten en guardianes de espejos de agua que imitan al cielo. Frailejones escoltan y vigilan los vestigios de glaciares. Los cóndores posan sus ojos sobre los visitantes. Allí, el cielo está más cerca. Santurbán es un páramo, un ecosistema exclusivo de los Andes. La empresa canadiense Eco Oro Minerals fijó su mirada en el sitio porque así como es rico en agua, también lo es en minerales. La CFI había invertido en la empresa y en su proyecto Angostura. Pero, a finales de 2016, tomó la sabia decisión de retirar su inversión. Ello implicó una victoria importante en la lucha por preservar el agua de millones de personas. Pero, ¿qué es exactamente lo que se salva? ¿Qué magia tiene Santurbán que enamora? Alberto Peña Kay, fotógrafo y senderista, enlista con retratos del páramo las razones que le inspiran a cuidar este ecosistema único: Los frailejones (espeletias) son plantas endémicas que por las drásticas condiciones del clima de los páramos, se han adaptado de forma única para sobrevivir al frío, la alta radiación ultravioleta y la escasez de nutrientes.    Las hojas suculentas de los frailejones absorben el agua de la neblina y la conservan en su tronco. A veces, sólo crecen un centímetro al año. “Cuando conocí este páramo y lo retraté, me di cuenta que debía seguir visitándolo. Me inspiró a seguir más con mi pasión por la fotografía”.  “Muchos no lo ven así y casi siempre lo ven con ojos de ganancias por la explotación minera”.  “En su máxima expresión, vemos que tiene potencial y es algo que podemos perder. Son muchas las razones para conservarlo”.  ¿Por qué? “Primero, está en mi región, en el gran Santander. Segundo, su biodiversidad: allí hay íconos como el cóndor, el puma y el frailejón. Tercero, abastece de agua a más de la mitad de los nortesantandereanos y santandereanos”. “Desde que conocí el páramo de Santurbán, me di cuenta que se puede llegar más cerca del cielo”.  Santurbán habla por sí mismo. ¡Salvar este trozo de cielo en la tierra, bien vale la pena!

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2016: Seis razones para mantener la esperanza ambiental

El 2016 no fue un año fácil para el mundo y eso incluye a la lucha ambiental, especialmente la que se libra en América Latina. La pérdida de defensores y defensoras ambientales nos rompió el corazón. El ambiente político internacional, particularmente tras las elecciones presidenciales en Estados Unidos, se tensó a tal grado que aprendimos a no dar todo por sentado. Y los efectos del cambio climático nos golpean cada vez más fuerte. Pero no todo ha sido sombrío. Este año nos ha dado motivos importantes para mantener la esperanza de que la preservación del ambiente es posible. Logros, buenas noticias y luchas que han triunfado, abren un gran camino para el próximo año. A continuación, seis razones para recargar energía y seguir dando pelea: 1. El Banco Mundial le dijo “no” a la minería en el páramo de Santurbán, Colombia A diez días de que el año termine, la Corporación Financiera Internacional (CFI), parte del Grupo del Banco Mundial, decidió retirar su inversión de la empresa canadiense Eco Oro Minerals y su proyecto minero Angostura, el cual amenaza desde hace años con dañar el páramo de Santurbán, fuente de agua para millones de personas en Colombia. Es un resultado al que AIDA y sus aliados hemos contribuido ampliamente. Esperamos ahora que el Gobierno colombiano no otorgue permisos ambientales a proyectos mineros en Santurbán y en ningún otro páramo. Además, daremos seguimiento a la demanda internacional que la empresa inició contra Colombia por las medidas que adoptó para proteger sus páramos, entre ellas, la decisión judicial de ratificar que la minería en esos entornos está prohibida. 2. La lucha indígena cobra fuerza y gana La lucha de los indígenas Sioux contra un oleoducto en Estados Unidos, le dio la vuelta al mundo. Al movimiento se unieron artistas, veteranos, activistas y otros grupos indígenas. Por ahora, el proyecto está suspendido. En Brasil, tras años de esfuerzo, el pueblo Mundurukú logró que el gobierno negara el permiso ambiental a una hidroeléctrica sobre el río Tapajós, en la Amazonía. Son logros que nos devuelve la esperanza y resaltan la necesidad de darle voz a los pueblos indígenas que, según el Banco Mundial, resguardan el 80% de la biodiversidad del planeta. 3. Un nuevo acuerdo por el clima está en marcha El 4 de noviembre, el Acuerdo de París contra el cambio climático entró en vigencia. Ocurrió más pronto de lo esperado. Al logro político contribuyeron países de América Latina y Europa, así como China y Estados Unidos (los mayores emisores de gases contaminantes), al ratificar el nuevo pacto. La vigencia del acuerdo permite que los compromisos para contrarrestar el problema, de naciones desarrolladas y en desarrollo, comiencen a ser una realidad. Un paso importante hacia ese objetivo se dio en la vigésimo segunda Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP22), realizada en Marrakech, Marruecos. Allí hubo avances en cuanto al financiamiento que los países en desarrollo necesitan para afrontar los impactos de los cambios extremos en el clima, rubro en el que AIDA aporta como miembro de la sociedad civil. Y este año recibimos otra noticia esperanzadora: ¡La capa de ozono se está recuperando! Fue posible gracias al Protocolo de Montreal, muestra de que el compromiso entre países sí tiene frutos. 4. El mar está más protegido México creó la mayor extensión de áreas naturales protegidas de su historia. De ellas, las que están en el mar equivalen a casi la mitad de su territorio terrestre. En Estados Unidos, la reserva marina de Hawái fue ampliada y se convirtió en la más grande del mundo. Similar acción fue adoptada en Ecuador, que amplió la reserva de las Islas Galápagos para proteger a las especies marinas que allí habitan. En AIDA, hemos participado y llevado la voz de América Latina a la discusión internacional para la construcción de un nuevo tratado para proteger las aguas de alta mar, aquellas que son de todos. 5. Ríos libres de represas En Chile, tras una fuerte oposición, una empresa anunció que desistió de construir hidroeléctricas en cinco ríos vírgenes. Perú anunció que las hidroeléctricas, particularmente en la Amazonía, están fuera de los planes del nuevo gobierno. Además, como ya mencionamos, Brasil desistió de interrumpir el curso del río Tapajós. Y, en Estados Unidos, se ha comenzado a remover represas en ríos, permitiendo el regreso de especies a sus aguas y una mejora del equilibrio natural. Además, un nuevo estudio científico confirmó que las represas contribuyen al cambio climático al ser una fuente importante de gases de efecto invernadero. 6. Tu apoyo Nuestro trabajo este año no habría sido posible sin tu ayuda. Cuando nos escribes, nos permites usar tus fotos, te unes a nuestro equipo de voluntarios y pasantes o haces un donativo, nos alientas a seguir adelante. Son mensajes de esperanza y una muestra de que no estamos solos y de que siempre valdrá la pena trabajar por tus hijos, los nuestros y los de cada comunidad a la que apoyamos. ¡Gracias por ser parte de la esperanza! Sabemos que no sólo sigues nuestra lucha, sino que en casa realizas una propia y haces todo lo que está en tus manos para cuidar este planeta, nuestro hogar. ¡Feliz 2017!  

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Minería, Fuentes de Agua Dulce

Banco Mundial retira inversión de la empresa Eco Oro Minerals y su proyecto minero en el páramo de Santurbán

En un avance importante para la protección de los páramos, la Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, toma la decisión positiva de retirar su inversión de la empresa minera canadiense Eco Oro Minerals, cuyo proyecto minero de oro Angostura está ubicado en el páramo de Santurbán, entorno natural que abastece de agua a millones de personas en Colombia. Bogotá, Washington, Ottawa, Amsterdam. La Corporación Financiera Internacional (CFI), brazo del Grupo del Banco Mundial para el sector privado, decidió retirar su inversión en la empresa canadiense Eco Oro Minerals. El proyecto minero Angostura, a cargo de Eco Oro, está ubicado en el páramo de Santurbán, Colombia, un ecosistema de alta montaña que provee de agua a millones de personas en el país. La legislación colombiana prohíbe la minería en páramos. “Aplaudimos esta decisión del Banco, que le da la razón al Comité por la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán sobre la inviabilidad de la minería en el páramo”, sostuvo Alix Mancilla, representante del Comité. “Ahora pedimos al gobierno colombiano que se abstenga de otorgar licencias ambientales a cualquier proyecto minero que afecte a Santurbán”. “El retiro de la inversión por parte de la CFI es un duro golpe político y financiero para la minería en el páramo de Santurbán”, sostuvo Carlos Lozano Acosta, de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). “El gobierno colombiano debe reflexionar sobre su actitud permisiva hacia la minería a gran escala en páramos, que es ilegal”. La CFI toma su decisión tras la publicación de un informe de la Oficina del Asesor en Cumplimiento del Banco Mundial (CAO, por sus siglas en inglés), un mecanismo independiente de quejas, en el cual concluyó que la inversión de la CFI en el proyecto no tomó en cuenta los impactos sociales y ambientales del mismo, contrariando las políticas internas de la institución financiera. En 2012, el Comité, con asesoría de las organizaciones internacionales que suscriben este comunicado, presentó ante la CAO la queja que dio origen al informe en mención. "Después de una intensa presión pública, la CFI por fin escuchó el mensaje y al retirar la inversión, lo amplifica. La decisión de retirarse fortalece el derecho del Estado colombiano para legislar sobre el interés público y proteger su agua. Aplaudimos esta decisión de la CFI, la cual tendrá repercusiones para todos los colombianos", declaró Carla García Zendejas, del Centro para el Derecho Internacional Ambiental (CIEL). La decisión de la CFI también sucede en el contexto del anuncio de la empresa Eco Oro, quien ha iniciado una demanda de arbitraje contra el gobierno de Colombia bajo el Tratado de Libre Comercio con Canadá y ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), parte del Banco Mundial. La medida se habría presentado por las decisiones adoptadas por el Estado para proteger sus páramos. “El interés de Eco Oro Minerals en Colombia ya no es la mina, sino extorsionar a un Estado soberano por millones de dólares y presionar para debilitar las protecciones para el agua colombiana. Con el retiro, la CFI no solo libera al Banco Mundial de un claro conflicto de interés, sino que también resalta la existencia de proyectos mineros desacertados en el páramo colombiano, así como la ilegitimidad de esta demanda", agregó García Zendejas. Contactos de prensa: Alix Mancilla, Comité por la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán, [email protected], +57 311 2439273 Carlos Lozano Acosta, AIDA, [email protected], +57 300 56 40 282 Carla García Zendejas, CIEL, [email protected], +1 202 374 2550 Jennifer Moore, MiningWatch Canada, [email protected], +001 613 569 3439 Kris Genovese, SOMO, [email protected], +31 65 277 3272  

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Sociedad civil pide en sede del Banco Mundial el retiro de la inversión a un proyecto minero en Colombia

Organizaciones de la sociedad civil harán su solicitud ante funcionarios del organismo financiero, y discutirán la situación del páramo de Santurbán y sus defensores con representantes del Congreso y el Departamento de Estado de Estados Unidos. Argumentarán que la Corporación Financiera Internacional (CFI) invirtió en una mina de oro sin tener en cuenta los impactos ambientales de la misma y desconociendo así sus propios estándares. La mina pone en peligro un ecosistema esencial para el agua de millones de personas. Washington D.C., Estados Unidos. Organizaciones de la sociedad civil estarán en la sede del Grupo del Banco Mundial para pedir que la Corporación Financiera Internacional (IFC, por sus siglas en inglés), brazo para el sector privado de ese grupo, retire su inversión del proyecto minero Angostura, propuesto en el páramo de Santurbán, ecosistema de alta montaña ubicado a gran altura que abastece a más de dos millones de personas en Colombia. Una investigación independiente de la Oficina del Asesor en Cumplimiento (CAO), el Ombudsman del Banco Mundial, concluyó que al momento de invertir, la IFC no tomó en cuenta los potenciales impactos ambientales del proyecto, incumpliendo sus políticas internas. A fin de realizar su solicitud, las organizaciones se reunirán con funcionarios de la IFC. También dialogarán con representantes del Congreso y del Departamento de Estado de Estados Unidos sobre el estado del páramo y los riesgos para sus defensores. Se trata de la Plataforma Cívica “Comité para la Defensa del Agua y del Páramo de Santurbán”, apoyada por el Centro para el Derecho Internacional Ambiental (CIEL), la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Centro para la Investigación de Corporaciones Multinacionales (SOMO) y MiningWatch Canadá. La investigación realizada por la CAO derivó de una queja presentada por el Comité y apoyada por las ONG internacionales.   La visita tiene lugar luego de que la empresa Eco Oro anunció que demandará al Estado colombiano ante un tribunal internacional de arbitramento, por la sentencia de la Corte Constitucional que reafirmó la prohibición de minería en páramos. La petición a la IFC para que retire su inversión está respaldada por una petición lanzada vía internet y con miles firmas de personas de todo el continente americano, que serán entregadas durante la reunión.  Contactos de prensa Alix Mancilla, Comité por la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán, [email protected], +57 311 2439273 Carlos Lozano Acosta, AIDA, [email protected], +57 300 56 40 282 Carla García Zendejas, CIEL, [email protected], +1 202 374 2550 Jennifer Moore, MiningWatch Canadá, [email protected], +001 613 569 3439 Kris Genovese, SOMO, [email protected], +31 65 277 3272  

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Minería

Estudio sobre lineamientos, incentivos y regulación para el manejo de los Pasivos Ambientales Mineros (PAM)

La autora del informe presenta las definiciones de Pasivo Ambiental Minero para Bolivia, Chile, Colombia y Perú, la legislación asociada, así como las regulaciones sobre cierres mineros y normativa ambiental. Además, brinda información sobre instrumentos de gestión preventiva y correctiva de los pasivos, incluyendo herramientas económicas, de sistematización y tecnológicas. Lee y descarga  

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Océanos, Minería

México elige proteger a la tortuga Caguama del proyecto minero Don Diego

AIDA celebra la decisión de la SEMARNAT de negar el permiso ambiental a la mina submarina de fosfato propuesta en el Golfo de Ulloa, Baja California Sur. La entidad encontró que las medidas planteadas por Exploraciones Oceánicas, empresa a cargo del proyecto, para resguardar a la tortuga marina se basan en información inconsistente. Ciudad de México, México. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) antepuso la protección de la tortuga caguama, especie amenazada, al beneficio económico que podría traer la mina submarina de fosfato Don Diego, cuya ubicación propuesta es el Golfo de Ulloa en Baja California Sur. La entidad negó la autorización del proyecto a cargo de Exploraciones Oceánicas al encontrar que las medidas planteadas por la empresa para proteger a la Caguama se sustentan en información que no es consistente. La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) aplaude la decisión de la SEMARNAT en la que se señala que los aspectos económicos del proyecto “no pueden prevalecer sobre la protección de los recursos naturales existentes el Golfo de Ulloa”, más cuando algunos de ellos como la tortuga Caguama (Caretta Caretta), “se encuentran sujetos a estrictos estándares de protección por encontrarse en peligro de extinción”. Según la entidad, no es factible armonizar el resguardo de las poblaciones de esa especie con una actividad “que adiciona una presión antropogénica (fruto de la actividad humana) a las existentes en la zona y que incrementa el riesgo de extinción de dicha especie, que es compartida internacionalmente (página 232 del documento que contiene la decisión de la SEMARNAT)”. AIDA presentó a la SEMARNAT argumentos sobre las obligaciones internacionales que México incumpliría de autorizar el proyecto, así como de la información insuficiente con la cual la empresa evaluó el impacto ambiental de la mina en los ecosistemas marinos del lugar y en la que basó sus medidas de mitigación. Según la Secretaría, Exploraciones Oceánicas propuso un Programa de Monitoreo de las Tortugas Marinas que es más bien uno de “salvamento” y que no se sustenta en datos cuantitativos del hábitat de la Caguama. Además, la empresa no planteó medidas de mitigación y prevención para garantizar la disponibilidad de alimento suficiente para la especie, y su modelo de restauración del fondo marino —el cual busca dragar para extraer fosfato— no tomó en cuenta las características particulares del Golfo de Ulloa (páginas 225 y 226). La SEMARNAT se amparó en normas internacionales para negar el permiso ambiental a Don Diego. Recurrió por ejemplo a las obligaciones de México de proteger su medio marino y de utilizar los datos científicos más fidedignos posibles en la protección de las tortugas marinas, contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) y en la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT), respectivamente. Más información 10 cosas que debes saber del proyecto Don Diego  

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Océanos, Minería

10 cosas que debes saber del proyecto Don Diego

1. Es un proyecto propuesto de minería submarina en México.  La minería submarina es un proceso por el cual se recuperan minerales o metales del lecho marino. Don Diego es un proyecto que propone usar un sistema de dragado para obtener 7 millones de toneladas de arena fosfática del fondo marino, a 19 kilómetros de la costa de Baja California Sur[1].  Los materiales sobrantes, aquellos que no son de interés —sobrecarga o residuos— podrían ser regresados al mar[2].   2. De ser implementada, sería la primera mina de fosfato en su tipo, con esa técnica,  y en esa región.  Ello hace imposible prever con exactitud los daños que la actividad puede generar y las medidas para evitarlos[3].  Otros países han rechazado proyectos de este tipo debido a la gravedad de sus impactos potenciales.  Namibia y Nueva Zelanda son ejemplos[4]. Exploraciones Oceánicas, empresa a cargo del proyecto, no tiene experiencia suficiente en este rubro[5].  Tampoco la tiene el Gobierno mexicano para ejecutar y monitorear apropiadamente el proyecto. Además, aún bajo esta incertidumbre, la empresa no ha proporcionado una garantía financiera para asegurar el cumplimiento del plan de manejo, el de monitoreo y la fiscalización.     3. El proyecto alteraría el ecosistema marino.   La recolección de arena fosfática del mar y la deposición de residuos en el mismo generaría sedimentos que podrían bloquear la luz, afectando a su vez la fotosíntesis marina[6].  El dragado destruiría especies bentónicas como ostras y almejas, y su hábitat, afectando la cadena alimentaria y el equilibrio del sistema[7].  El ecosistema podría requerir años para recuperarse.   4. Su ejecución no implicaría necesariamente mayor seguridad alimentaria para México. El fosfato es usado en fertilizantes. Los promoventes del proyecto buscan enfrentar la disminución de reservas de fosfato en el mundo[8].  Pero iniciar una explotación de este tipo, sin conocer lo necesario sobre la técnica y sus impactos, podría generar un daño mayor al posible beneficio.  Además, extraer fosfato en aguas de México no garantiza que el mismo será utilizado para suplir la demanda de la agricultura en ese país ni en el continente americano.      5. La mina pondría en riesgo la pesca y a las familias que dependen de ella.  El área del proyecto minero se traslaparía con las concesiones de las Sociedades Cooperativas de Producción Pesquera “Puerto Chale” y “La Poza”[9].  En el Golfo de Ulloa se producen cerca de 8,450 toneladas por año de especies comerciales que incluyen al abulón, almejas, calamar, camarón, caracol, cazón, jaiba, langosta, ostión, pulpo, rayas y tiburón[10]. La pesca podría disminuir considerablemente debido a la afectación del fondo marino por el dragado[11]. 6. La mina impactaría una zona ecológicamente rica y vulnerable.   El proyecto está ubicado en el Golfo de Ulloa, región única en el mundo caracterizada por su alta productividad y biodiversidad.  Alberga especies de interés pesquero y de conservación.  Además, parte del proyecto estaría en 20% de la Región de Importancia Marina de Bahía Magdalena[12], sitio de manglar que brinda importantes servicios ambientales a las comunidades costeras, entre ellos la mitigación del cambio climático.   7. La mina pondría en mayor peligro el hábitat de la tortuga caguama.   El Golfo de Ulloa es un hábitat crítico para la tortuga caguama. El Estado mexicano creó allí un refugio pesquero para la protección de esa especie[13].  Estudios demuestran que un ruido como el que podría generar el proyecto causaría el desplazamiento del hábitat de esa tortuga y un cambio drástico en su comportamiento[14].  Además, la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas incluyó recientemente a la minería como una de las actividades que ponen en peligro a las tortugas marinas[15].   8. La mina podría destruir un sitio seguro para la ballena gris.   Cada año, la ballena gris viaja de Alaska a las aguas cálidas de Baja California Sur para tener a sus crías y cuidarlas[16].  Las ballenas usan el sonido para identificar su grupo, ubicarse, encontrar y capturar comida[17].  El proyecto generaría ruido, aumento del tráfico marino y cambios en el ecosistema, alterando un sitio seguro para las ballenas desde hace siglos[18].   9. Aprobar el proyecto podría implicar el incumplimiento de obligaciones internacionales por parte del Estado mexicano.   México tiene obligaciones de derecho internacional para proteger el ecosistema marino y las especies vulnerables que el proyecto podría dañar.  En especial, debe aplicar el principio precautorio en un caso como éste, en el que no existe certeza científica sobre la magnitud e intensidad de los daños ambientales.  El Estado mexicano está obligado entonces a tomar las medidas necesarias para evitar esos posibles daños.  Ello incluye disponer la inviabilidad del proyecto hasta que se demuestre que es posible evitarlos o reducirlos al mínimo.   10. Los detalles del proyecto son confusos y la información pública disponible al respecto es incompleta.  La duración y el área específica del proyecto aún no son claras.  Por ejemplo, se prevé que el proyecto dure 50 años, pero podría extenderse 50 años más al estar amparado por la Ley Minera[19].   [1] Manifestación de Impacto Ambiental, Resumen Ejecutivo del proyecto “Dragado de arenas fosfáticas negras en el yacimiento de Don Diego”, pp. 4, 5 y 7. Disponible aqui. [2] Todo el proceso es descrito por el promovente,  con mayor énfasis en el Capítulo II de la Manifestación de Impacto Ambiental, pp. 23-42.  [3] Rofomex era un proyecto de fosfato en San Juan de la Costa, esto es cerca de ciudad de La Paz, Baja California; la mina producía dos millones de toneladas anuales de fosfato, información disponible en http://www.dredge.com/dred2-10.html , http://defiendelasierra.org/wp-content/uploads/San-Juan-de-la-Costa.pdf y http://mrdata.usgs.gov/mrds/show-mrds.php?dep_id=10048963  ; sin embargo, el proyecto está en tierra y no se encuentra en la Bahía de Ulloa, ver ubicación exacta  [4] La primera mina marina de fosfato que entraría en operación se propuso en Namibia en 2013, sin embargo el proyecto no se ha aprobado ya que entró a regir una moratoria a esta actividad.  Ver: http://www.scoop.co.nz/stories/WO1307/S00188/marine-phosphate-mining-cannot-be-sustained-by-namibia.htm ; http://www.worldfuturecouncil.org/sandpiper-project.html;  Nueva Zelanda utilizó el principio precautorio para negar el permiso de minería de fosfato submarina, ver http://www.stuff.co.nz/business/industries/66038589/Chatham-Rock-Phosphate-aghast-mining-consent-refused [5] Página web de Exploraciones Océanicas y actividad en la Bolsa NASDAQ donde se aprecia que la empresa no ha realizado ningún proyecto de minería submarina en el pasado. [6] La industria minera de fosfato es considerada una las fuentes potenciales de contaminación radionuclear con elementos como el Uranio (238U) y Torio (232Th).  Los sedimentos que regresan al mar pueden contener altos niveles de elementos tóxicos, incluida la presencia de estos elementos, que fueron expuestos mediante el proceso de separación en búsqueda del fosfato. Al-Masri, M., Mamish, S. et al.  (2002).  “The impact of phosphate loading activities on near marine environment: The Syrian Coast”.  Journal of Environmental Radioactivity 58 (2002) 35-44. P. 1. [7] Manifestación de Impacto Ambiental, Resumen Ejecutivo del proyecto “Dragado de arenas fosfáticas negras en el yacimiento de Don Diego”, Capítulo VIII, Tabla VI.3, p. 64, y Capítulo V, p. 48, disponible en http://apps1.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/bcs/estudios/2015/03BS2015M0008.pdf [8]U.S Geological Survey, Mineral Commodity Summaries, Enero 2015.  Disponible en: http://minerals.usgs.gov/minerals/pubs/commodity/phosphate_rock/mcs-2015-phosp.pdf [9] Instituto Nacional de la Pesca Oficio RJL/INAPESACA/DGAIPP/978/2014 [10] CONABIO.  Estudio sobre la caracterización socioeconómica y pesquera del Área Golfo de Ulloa, BCS (2010).  Disponible en: http://goo.gl/7An5o5 [11]Manifestación de Impacto Ambiental, Resumen Ejecutivo del proyecto “Dragado de arenas fosfáticas negras en el yacimiento de Don Diego”,  Capítulo VIII, Tabla VI.3, p. 64. Disponible aqui.  [12] Instituto Nacional de la Pesca. Oficio RJL/INAPESCA/DGAIPP/757/2014 [13] El Acuerdo por el que se establece el Área de Refugio de la Tortuga Amarilla (CarettaCaretta) en el Golfo de Ulloa en Baja California Sur está en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria para obtener un dictamen de aprobatorio, 9 de diciembre de 2014. Disponible en:  http://www.cofemermir.gob.mx/mir/crLecAnte.asp?submitid=33808 [14] Convenio sobre Diversidad Biológica.  “Sea turtle hearing and sensitivity to acoustic impacts”. Disponible en: https://www.cbd.int/doc/meetings/mar/mcbem-2014-01/other/mcbem-2014-01-submission-boem-03-en.pdf Pg. 3 y 4 [15] Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas Séptima Conferencia de las Partes 24-26 de Junio, 2015, Ciudad de México, Resolución CIT-COP7-2015-R3. Disponible en: http://www.iacseaturtle.org/docs/resolucionesCOP7CIT/CIT-COP7-2015-R3_Cabezona_%20%20Resolucion_ESP_7.15.15_ADOPTADA.pdf [16] Guerrero Ruiz, M., Urbán Ramírez, J. y Rojas Bracho, L. 2006. Las ballenas del golfo de California. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Instituto Nacional de Ecología (INE). 537 pp. [17] Baker C. S. y C. M. Herman. 1984. Aggressive behavior between Humpback whales (Megaptera novaeangliae) wintering in Hawaiian waters. Can. J. Zool. 62(10): 1,922-1,937.; Croll, D. A., C. W. Clark, A. Acevedo, B. R. Tershy, S. Flores, J. Gedamke y J. Urbán. 2002. Only male fin whales sing loud songs. Nature 417: 809. [18] El Anexo 13 es un documento de tres páginas que no respaldan las conclusiones de la empresa en la manifestación de impacto ambiental. [19] Manifestación de Impacto Ambiental, Resumen Ejecutivo del proyecto “Dragado de arenas fosfáticas negras en el yacimiento de Don Diego”,  Capítulo II, p. 4. Disponible en: http://apps1.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/bcs/estudios/2015/03BS2015M0008.pdf  

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Los páramos: protegidos por la Corte

El fallo de la Corte Constitucional que hace unos días prohibió la minería en los páramos vino a zanjar una prolongada controversia sobre el tema. Ahora queda claro que los derechos o expectativas económicas de particulares deben subordinarse al interés general. Pero la disputa seguirá y habrá reacomodo de fuerzas en torno a la interpretación del  fallo. La sentencia en cuestión responde a una demanda contra el Plan de Desarrollo 2014-2018 interpuesta por la Cumbre Agraria y el Polo Democrático Alternativo, y sin duda es el pronunciamiento más importante de la Corte Constitucional en materia ambiental en su historia reciente. El debate sobre extractivismo en páramos es uno de los pulsos ambientales más intensos que hayamos visto en Colombia en los últimos años. A diferencia de otros temas, esta cuestión se instaló para quedarse en el debate nacional. El movimiento ambiental fue muy hábil al conectar la importancia de los ecosistemas de páramo con el agua que los ciudadanos del común reciben en sus casas y con ello logró el consenso en la opinión sobre la necesidad de protegerlos. El asunto fue ampliamente comentado por los medios y por las redes sociales, de modo que hoy la gente sabe bien que sin páramos no hay agua en las ciudades. Esto tuvo una gran influencia sobre el “ambiente” que rodeó el litigio en la Corte. El gobierno perdió el caso ante la opinión y volvió a perderlo ante el tribunal. Antes de la sentencia, no había un pronunciamiento autorizado que impidiera contundentemente la minería en páramos. Pese a algunas decisiones de la propia Corte y a un concepto del Consejo de Estado, este debate seguía estando en vigencia. Pero cuando el gobierno incluyó el tema en el Plan de Desarrollo, cometió un error estratégico porque lo expuso a la competencia de la Corte. En resumen, la Corte sostuvo que: La minería en páramos pone en peligro el derecho al agua porque desconoce la obligación del Estado de proteger sus fuentes. La licencia ambiental no otorga derechos adquiridos en los páramos y el Estado puede prohibir la minería en esas zonas incluso después de haberla expedido. Es desproporcionado afectar los páramos para garantizar derechos patrimoniales de privados. Los páramos tienen un déficit de protección inaceptable desde el punto de vista constitucional, pues no todos ellos se encuentran en áreas protegidas y no hay reglas claras sobre hasta dónde llega la discrecionalidad del gobierno en la delimitación. Los páramos son interdependientes con otro tipo de ecosistemas y dañarlos libera carbono y contribuye al cambio climático. El primer Plan de Desarrollo del gobierno Santos le quitó piso jurídico a la minería en páramos, pero el segundo se lo devolvió y esa regresión es inconstitucional. Asimismo, la Corte hizo uso del derecho ambiental internacional y reconoció que los páramos son sumideros de carbono, reservas de biodiversidad y fuentes de agua dulce. También utilizó datos científicos para demostrar que son ecosistemas muy frágiles y difíciles de restaurar. Con esta decisión el tribunal avanzó bastante en la jurisprudencia y demostró que el litigio ambiental por tipo de ecosistemas es más comprehensivo que aquel que se realiza por especies. Además, envió un mensaje a los países de la región que también tienen páramos, pues la minería avanza a paso firme en áreas protegidas de Ecuador y Bolivia. La cuestión de los páramos es un debate andino y el movimiento ambiental en esos países está seriamente debilitado. Pero, sobre todo, la Corte innovó con la regla según la cual el gobierno no puede apartarse de la delimitación de páramos hecha por el Instituto Humboldt, a menos que tenga una base científica y que ello represente un mayor nivel de protección para los páramos. Este es un diseño constitucional de incentivos sin precedentes que, al tiempo que garantiza la independencia del Instituto, mantiene cierto margen de discrecionalidad para el Ministerio de Ambiente. Por último, la Corte reconoció implícitamente que el sistema de licencias ambientales no da garantías de protección a los páramos y que el margen de discrecionalidad del gobierno en la delimitación, tal como venía operando, no podía seguir. Este es un claro llamado de atención al funcionamiento de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y a las CAR, y un reconocimiento de la necesidad de fortalecer nuevamente el Sistema Nacional Ambiental. Sin duda, la Corte sentó un precedente que dificulta el avance de la minería en los páramos. Pero la disputa por el sentido del fallo y las presiones sobre el tribunal continuarán, porque el diablo está en los detalles. La Ley 1450 de 2011 daba como referencia mínima para hacer efectiva la prohibición de minería en páramos el Atlas del Humboldt, si no se tenía una más detallada. Esa regla desapareció con en la Ley 1753 de 2015. Si bien la Corte hizo ajustes en su reciente decisión, el argumento según el cual si no hay delimitación no hay prohibición de minería, será utilizado para seguir pidiendo licencias en zonas de páramo, o para defender las que ya han sido aprobadas. Por otro lado, los ambientalistas sostendrán que las licencias en esas zonas, al ser actos administrativos, pierden sustento jurídico con la sentencia de la Corte y deben ser revocadas o anuladas. En todo caso, la protección de los páramos no debe estar supeditada a la delimitación. Las decisiones de la Corte tienen efectos inmediatos y la protección de los derechos fundamentales relacionados con páramos no puede estar sujeta a la expedición de un acto administrativo. El otro desafío que surge tras la decisión es qué hacer con los pequeños mineros. Si bien la Corte dijo que los derechos patrimoniales no están por encima del interés general, en el caso de productores artesanales el acceso al trabajo o al mínimo vital puede verse en peligro, particularmente en Santander y Boyacá. El gobierno debe ofrecer alternativas para evitar el desplazamiento de estos grupos. Finalmente, vendrá la discusión sobre los costos económicos de la decisión. Sin duda habrá un ajuste en los planes de inversión e incluso pérdidas en el sector minero, que cuenta con vías legales para reclamarlas frente al Estado. Pero los costos de los pasivos ambientales por la explotación (pérdida de servicios ecosistémicos, impacto de la contaminación sobre la agricultura y la salud) son mucho más importantes y, en últimas, también tendrán que ser asumidos por el Estado y por los ciudadanos. El problema radica en que esos costos ambientales normalmente no son contabilizados. Con esta decisión ganó la Corte, que demostró ser capaz de decisiones audaces para proteger los ecosistemas del país. También ganó el movimiento ambiental, que supo combinar la movilización ciudadana con el litigio estratégico. Pierden el gobierno, porque su punto de vista sobre el tema resultó derrotado (por ahora), así como el sector minero, que sin duda verá reducidas sus expectativas de ganancias. Pero el debate sigue y la implementación de la sentencia puede ser aún más disputada que el litigio.

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