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Corte Constitucional Ordena Modificar Licencia Ambiental de Represa Baba en Ecuador
CORTE CONSTITUCIONAL ORDENA MODIFICAR LICENCIA AMBIENTAL DE REPRESA BABA EN ECUADOR - “Imprescindible” que el Ministerio del Ambiente revise la licencia y controle los impactos - La Contraloría auditará el proceso de autorización del proyecto hidroeléctrico PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA – AGRADECEMOS SU DIFUSIÓN CONTACTOS: Silvana Rivadeneira (593 3) 2 459822 Astrid Puentes, AIDA (5255) 5212-0141 [email protected] [email protected] QUITO, 8 de enero de 2009.- La Corte Constitucional de Ecuador ordenó al Ministerio del Ambiente de ese país revisar la autorización ambiental del Proyecto Multipropósito de Baba (PMB) y reformular los términos de la Licencia Ambiental y a la Contraloría General que audite los procedimientos de realización y aprobación de los estudios y evaluaciones de impacto ambiental. Según la Corte en su decisión del 15 de diciembre, sí existen riesgos de causar impactos severos e irreversibles en la biodiversidad ecuatoriana, mismos que no fueron valorados adecuadamente, como incluso habían concluido expertos del Banco Interamericano de Desarrollo. Esta resolución del máximo tribunal ecuatoriano es consecuencia de la acción de amparo promovida por ECOLEX en mayo de 2007, que fue rechazada en primera instancia. Por ello apelaron ante el Tribunal (ahora Corte) Constitucional, insistiendo en la afectación a los derechos humanos al ambiente sano, al agua, a la propiedad, al trabajo, a la alimentación y a la consulta, entre otros. En Junio pasado AIDA y las organizaciones internacionales International Rivers y FIAN Internacional apoyamos la apelación mediante un escrito de amicus curiae, denunciando las violaciones a estándares internacionales ambientales y de derechos humanos, vinculantes para el Estado Ecuatoriano. Además, expertos de ELAW de Estados Unidos habían informado también acerca de las graves fallas del estudio. La resolución nos dio la razón y reconoció que efectivamente la falta de valoración en los estudios viola los derechos alegados, así como el principio precautorio ambiental—según el cual la falta de certeza científica no es excusa para implementar medidas efectivas de protección ambiental. En consecuencia, la Corte ordenó al Ministerio del Ambiente revisar los estudios de la licencia ambiental “de acuerdo a las observaciones de los accionantes”. “Esta decisión es un triunfo inmenso para las comunidades afectadas y para el país, pues reitera que la protección ambiental es también de interés nacional” dijo Silvana Rivadeneira de ECOLEX y abogada del caso. El PMB implicaría la inundación de más de mil hectáreas de importantes ecosistemas de la provincia de los Ríos, afectando a las poblaciones ribereñas del río Baba Quevedo Vinces y el hábitat de especies amenazadas como el ave rascón, el venado pequeño y el oso hormiguero de chaleco. El proyecto fue autorizado por el Ministerio del Ambiente en noviembre de 2006 y está a cargo de la empresa Hidronación S.A. quien asumió la construcción del proyecto después que la empresa brasilera Odebrecht fuera expulsada del país por el gobierno ecuatoriano. En septiembre de 2008, AIDA, Earthjustice y ECOLEX, y FIAN Internacional e International Rivers solicitamos el no otorgamiento de créditos internacionales del Mecanismo de Desarrollo Limpio (una herramienta del Protocolo de Kyoto para combatir el cambio climático) para el PMB. “El Proyecto de Baba es un ejemplo de los que no son energía limpia y al contrario, podría contribuir a empeorar el cambio climático, la decisión de la Corte confirma su falta de sustentabilidad”, sostuvo Monti Aguirre de International Rivers. “Es muy significativo que la Corte decida días después de la Conferencia Mundial sobre Cambio Climático en Polonia”, dijo Astrid Puentes, codirectora de AIDA. “Dados los efectos negativos para el ambiente, las personas y el cambio climático de las grandes hidroeléctricas —razón por la cual apoyamos la demanda—, el ordenar la evaluación integral del proyecto de Baba es una excelente noticia. Estaremos pendientes de la revisión, y esperamos que esta decisión sirva de precedente para los cientos de proyectos hidroeléctricos que están en curso en las Américas, con fallas muy similares al de Baba”.
Leer másOrganizaciones Nacionales e Internacionales Demandan el Codigo de Minas de Colombia para Proteger Ecosistemas Frágiles como los Páramos
ORGANIZACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES DEMANDAN EL CODIGO DE MINAS DE COLOMBIA PARA PROTEGER ECOSISTEMAS FRÁGILES COMO LOS PÁRAMOS PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA CONTACTOS: Jerónimo Rodríguez, AIDA, Tel. (571) 3683889 Daniel Manrique, GESAP, Tel. (571) 5702393 [email protected] [email protected] BOGOTÁ, 11 de septiembre de 2008.- La Corte Constitucional colombiana admitió el 8 de septiembre pasado la acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y la Corporación Gestión por los Intereses Ambientales y Públicos (Iniciativa GESAP) contra el Código de Minas, que permite la exploración y explotación minera en ecosistemas de especial interés ecológico, como los páramos andinos, contraviniendo la legislación nacional e internacional, en particular la Constitución de Colombia. Los páramos andinos son ecosistemas únicos, indispensables como captadores de agua, reguladores hídricos y origen de numerosos ríos y lagunas de Colombia, la mayoría aprovechados como fuentes de agua potable, además cuentan con un suelo que capta el carbono atmosférico. La norma demandada (artículo 34 del Código de Minas) abre estas y otras áreas naturales vitales a la minería a menos que se encuentren previamente delimitadas y declaradas por parte de las autoridades ambientales. “La minería, cuando se realiza en ecosistemas frágiles, los destruye y viola nuestro derecho constitucional a un medio ambiente sano. Por esto solicitamos a la Corte que aplique nuestra Constitución y el principio internacional de desarrollo sostenible para limitar las actividades mineras y proteja estos ecosistemas especialmente frágiles”, señaló Jerónimo Rodríguez, asesor legal de AIDA en Colombia. La afectación del páramo por la actividad minera ya ha sido motivo de alerta por parte de las autoridades colombianas como la Procuraduría General de la Nación, que en su informe preventivo Situación de los páramos en Colombia frente a la actividad antrópica y el cambio climático (2008) —haciendo eco del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM)— afirmó que “las amenazas de las actividades de alto impacto negativo sobre el páramo, como la actividad minera, no implican solamente la pérdida de la biodiversidad, sino un problema de seguridad nacional relacionado con la pérdida de buena parte de los bienes y servicios ambientales del país, entre los cuales está principalmente la oferta hídrica”. “Con la declaración de inconstitucionalidad de la norma demanda, en el futuro si los proyectos de exploración y explotación minera que se pretenden desarrollar se encuentran situados en estas áreas, aun cuando no hayan sido delimitadas y declaradas, será una razón suficiente para que las autoridades ambientales nieguen las licencias para estas actividades”, concluyó Rodríguez. AIDA es una ONG legal ambiental hemisférica que trabaja para fortalecer la capacidad de las personas para garantizar su derecho individual y colectivo a un ambiente sano por medio del desarrollo, aplicación y cumplimiento efectivo de la legislación nacional e internacional. Entre otros temas, AIDA prioriza trabajos para proteger el derecho al agua y asegurar recursos de agua dulce adecuados para las comunidades y los ecosistemas en las Américas.
Leer másSala Constitucional Reitera Protección Al Parque Marino Las Baulas: Declara Inconstitucional Reglamento Que Permitía Construcciones
PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA Contactos de prensa: Rolando Castro, Abogado CEDARENA Gladys Martínez, Abogada AIDA (506) 2837080 (506) 2837080 [email protected] [email protected] SALA CONSTITUCIONAL REITERA PROTECCIÓN AL PARQUE MARINO LAS BAULAS: DECLARA INCONSTITUCIONAL REGLAMENTO QUE PERMITÍA CONSTRUCCIONES SAN JOSÉ, Costa Rica, 3 de junio de 2008—La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica el 23 de mayo pasado, anuló el Reglamento de Zonificación de Cabo Velas en Guanacaste, por impactar la zona de anidación más importante de la tortuga marina baula en el Océano Pacífico Oriental: el Parque Nacional Marino las Baulas (PNMB). En la resolución la Sala confirma la importancia del Parque para garantizar la conservación de las tortugas, declaradas internacionalmente en peligro crítico de extinción, por lo cual impide las construcciones dentro del parque. Así, la Sala dio la razón al Fideicomiso Las Baulas, asesorados legalmente por el Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales (CEDARENA), con el apoyo de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), en los aspectos de derecho internacional aplicable, quienes demandaron el reglamento en julio de 2006. Hace tan sólo dos semanas esta misma Sala ordenó al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) iniciar los trámites de expropiación a los terrenos privados dentro del Parque Marino, debido al impacto de los desarrollos privados sobre las tortugas baula. Esta última demanda fue interpuesta también por CEDARENA, AIDA, en conjunto con Justicia para la Naturaleza, ONG costarricense. El Reglamento de Cabo Velas anulado por la Sala permitía a la Municipalidad de Santa Cruz autorizar construcciones dentro del Parque, ignorando los serios impactos que éstas causarían a las baulas. “Como es sabido, las baulas requieren de condiciones particulares para la anidación, por lo cual la presencia de seres humanos en las playas y los impactos de las luces de las construcciones, las afecta severamente”, señaló Mario Boza, biólogo del Fideicomiso las Baulas. El PNMB se creó con el fin de proveer las condiciones apropiadas para su desove, pero el Reglamento las estaba desconociendo. “Nos complace mucho esta decisión de la Corte costarricense pues marca un precedente esperanzador en la conservación de esta especie” señaló Astrid Puentes, Directora Legal de AIDA. “Esperamos que pueda ser replicado en otros países de la región”, agregó Puentes. La decisión de la Sala tiene carácter retroactivo por lo cual se deben revertir los permisos otorgados y construcciones desarrolladas al amparo de ese Reglamento. “Con esta decisión la Sala no sólo está protegiendo el equilibrio ecológico que establece el artículo 50 de la Constitución de Costa Rica, sino también está ordenando el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el país en los convenios internacionales”, señaló Rolando Castro, abogado de CEDARENA.
Leer másSala Constitucional De Costa Rica Ordena Expropiaciones En Parque Nacional Marino Las Baulas
PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA: 14 DE MAYO DE 2008 Contactos de prensa: Rolando Castro, Abogado CEDARENA Gladys Martínez, Abogada AIDA (506) 2837080 (506) 2837080 [email protected] [email protected] SALA CONSTITUCIONAL DE COSTA RICA ORDENA EXPROPIACIONES EN PARQUE NACIONAL MARINO LAS BAULAS SAN JOSÉ—La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica ordenó, el pasado 5 de mayo al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) iniciar los trámites de expropiación a los terrenos privados dentro del Parque Nacional Marino Las Baulas (PNMB) en Guanacaste. Esta resolución responde a un recurso de amparo interpuesto en marzo de 2005 por AIDA y sus organizaciones participantes en Costa Rica, Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales (CEDARENA) y Justicia para la Naturaleza (JPN) contra la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), la Municipalidad de Santa Cruz, el Ministerio de Hacienda y el MINAE, por la violación del derecho constitucional a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, derivado de la falta de protección del PNMB y por ende del sitio de anidación de las tortugas. Este es un precedente muy importante para Costa Rica, y para el hemisferio, ahora que los desarrollos turísticos en zonas turísticas están en su máximo apogeo. La Municipalidad de Santa Cruz y la SETENA habían emitido permisos de construcción a particulares dentro del Parque, ignorando los impactos que estos desarrollos turísticos causarían a las baulas. Con la decisión de la Sala estos permisos quedan sin validez. “Esperamos que la Municipalidad y la SETENA, hayan recibido un mensaje claro que entratándose de parques nacionales se debe actuar con sumo cuidado y no aprobar proyectos que pongan en peligro el fin mismo del parque”, aseguró Rolando Castro, abogado de CEDARENA. “La construcción y operación dentro del sitio agravaría la situación de la playa”, agregó. Las tortugas baula son animales jurásicos, declaradas internacionalmente en peligro crítico de extinción. Esta especie requiere de condiciones particulares para la anidación, por lo cual la presencia de los seres humanos en las playas y los impactos de las luces de las construcciones las afecta severamente. El PNMB se creó con ese fin, constituyéndose en la zona más importante de anidación de esta especie en el Océano Pacífico Oriental. “Esta orden de expropiación deberá ser acatada de inmediato por el MINAE para evitar que suceda lo mismo que en otras playas de anidación Flamingo y Tamarindo”, afirmó Gladys Martínez abogada de AIDA. “Costa Rica, incluyendo a cada una de sus autoridades, tiene la obligación de proteger esta especie que es patrimonio de la humanidad, además de ser un atractivo turístico y por ende un valioso recurso económico para el país”, agregó.
Leer másEl Complejo Metalúrgico Doe Run En La Oroya, Perú, Pierde Su Certificado Ambiental
PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA: 10 de Abril de 2008 Contactos de prensa: Perry Gottesfeld, Executive Director OK International, 415-362-9898 [email protected] Anna Cederstav, Ph.D. AIDA y Earthjustice, 510-550-6700 [email protected] EL COMPLEJO METALÚRGICO DOE RUN EN LA OROYA, PERÚ, PIERDE SU CERTIFICADO AMBIENTAL Lima, Perú — Doe Run Perú, que opera una de las mayores fundiciones metalúrgicas del hemisferio, ha perdido su Certificado Ambiental a través de una medida poco común que han adoptado los auditores externos e independientes de la compañía. En principio, TÜV Rheinland había concedido el certificado hace menos de dos años, pero lo revocó el 11 de marzo de 2008 alegando que el complejo incumplía las leyes ambientales peruanas y que carecía de medidas adecuadas para evitar la contaminación. La pérdida del certificado es otra muestra que Doe Run Peru no está cumpliendo con sus responsabilidades ambientales. El año pasado, a Doe Run Perú se le impuso una multa de USD$234,000 por diversas violaciones graves de las leyes ambientales de Perú. Además, la semana pasada, las autoridades peruanas publicaron un informe que detalla dichas violaciones, incluyendo haber sobrepasado los niveles máximos permitidos de plomo y partículas suspendidas en el aire. Doe Run Perú obtuvo el certificado ambiental ISO 14001 en el 2006, que definió como un “hito importante en lo que se refiere a cumplir nuestros compromisos con nuestras comunidades, nuestros empleados y el medio ambiente.” El sitio web de Doe Run Company define el certificado ISO como un “símbolo reconocido de la dedicación de una compañía por una calidad superior, la satisfacción del cliente y una mejora continua.” No obstante, varios estudios que han llevado a cabo tanto el Gobierno como expertos internacionales en salud, han demostrado que casi todos los niños que viven en la zona que rodea el complejo metalúrgico de Doe Run Perú presentan niveles inaceptablemente altos de plomo en el organismo. Muchos de ellos han estado gravemente expuestos y requieren tratamiento médico inmediato. “TÜV Rheinland ha actuado responsablemente al llevar a cabo esta medida sin precedentes para subrayar el deber de Doe Run Perú de hacer más para proteger la salud pública en La Oroya”, dijo Perry Gottesfeld, Director Ejecutivo de Occupational Knowledge International (Estados Unidos). Anna Cederstav, científica de AIDA y Earthjustice, y autora del libro La Oroya No Espera ha afirmado que “para Doe Run, la revocación del certificado debería significar claramente que les queda mucho trabajo por hacer,” y añadió que “no obstante, todavía nos preocupa que, si se les paga suficiente, otro organismo de certificación aceptará otorgar un certificado similar a Doe Run”. En el 2006, varias organizaciones presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA), con la intención de que se recomendara al gobierno peruano poner en práctica medidas urgentes para detener estas graves violaciones contra la salud y la vida de los residentes de La Oroya. El año pasado, la Comisión aceptó esta petición y solicitó al Estado implementar tales medidas cautelares. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que 120 millones de personas están siendo sometidas a una exposición excesiva al plomo (aproximadamente tres veces más que el número de infectados por el VIH/SIDA) y que el 99% de los más afectados viven en países en vías de desarrollo. El plomo afecta tanto a niños como a adultos y provoca daños cerebrales, retraso mental y otros problemas de aprendizaje en niños. Además del plomo, la población de La Oroya ha estado expuesta también a niveles extremos de otros contaminantes dañinos, entre ellos arsénico, cadmio y dióxido de azufre.
Leer másAmenazas de Represa La Parota, México, Fueron Demandadas en Escrito de Amicus Curiae
AIDA y organizaciones nacionales e internacionales presentaron el 27 de marzo de 2008 documento de amicus curiae (amigo de la corte) al Tribunal Colegiado de Guerrero en Acapulco (México), apoyando a los demandantes, CECOP y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, en la acción de amparo contra la CFE y otras autoridades en el proyecto de construcción de la presa La Parota. La aprobación del proyecto además de las normas nacionales, desconoce normas internacionales de derechos humanos y ambientales, incluyendo los derechos de garantía y audiencia, y los derechos económicos, sociales y ambientales, como el derecho a la vivienda, al medio ambiente sano, a la alimentación y a la salud. Dentro de las mayores fallas del proyecto se incluye la falta del estudio de impacto ambiental integral que evalúe los daños que la represa va a causar, las medidas para prevenirlos, así como las posibles alternativas al proyecto. Ante tales inconsistencias y por las violaciones a los derechos humanos de los pobladores afectados por el megaproyecto de La Parota, apelamos al Tribunal Colegiado de Guerrero, para que otorgue el recurso de Amparo para los pobladores, acoja los argumentos del Amicus, y se cancele todo trabajo en la construcción de la presa La Parota, hasta que el Gobierno Mexicano cumpla a cabalidad con la demanda de los pobladores de la zona y las normas nacionales e internacionales aplicables. En AIDA continuaremos haciendo seguimiento a este caso, que además es un ejemplo paradigmático en el hemisferio de una situación en la cual el desarrollo de infraestructura puede causar graves daños ambientales y violaciones a los derechos humanos.
Leer másJuez Federal Suspende la Construcción del Proyecto Hidroeléctrico La Parota!
PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA 28 Agosto, 2007 CONTACTOS: Claudia Gómez-Portugal, Comunicación AIDA, 52683323 ext. 23 [email protected] JUEZ FEDERAL SUSPENDE LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO LA PAROTA México DF., a 28 de agosto, 2007 - Como resultado de un amparo presentado por los campesinos de la Comunidad Indígena de Bienes Comunales de Cacahuatepec en Acapulco, Guerrero, representados por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), el pasado 14 de agosto, una Juez Federal con sede en Acapulco, ordenó la suspensión provisional de todas las obras del Proyecto Hidroeléctrico La Parota. La suspensión se otorgó para evitar daños irreparables a los derechos constitucionales al ambiente sano, a la garantía de audiencia y legalidad de los comuneros. Asimismo, la Juez admitió el amparo en virtud a que la autorización de impacto ambiental emitida por SEMARNAT y la concesión de aguas sobre el río Papagayo otorgada por la Comisión Nacional del Agua a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para construir el proyecto hidroeléctrico, podrían violar los derechos antes mencionados. “La suspensión de La Parota es un importante precedente en México, porque antepone la protección del medio ambiente a un proyecto de infraestructura de esta envergadura y permite la protección del interés público” afirmó Xavier Martínez Esponda, abogado del CEMDA. “De construirse la presa, se causarían graves e irreparables daños sobre selva baja y mediana caducifolia, impactando cientos de especies de flora y fauna amenazadas y en peligro de extinción. También se afectarían la calidad y cantidad del agua del río Papagayo, aunado a los impactos de las comunidades de la región”, puntualizó. En el amparo se alega la inconstitucionalidad de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley de Aguas Nacionales (LAN), porque en los procedimientos para otorgar las autorizaciones al proyecto, las comunidades afectadas no pudieron participar, violándose sus garantías individuales (artículos 14 y 16 constitucionales) referentes a que nadie puede ser privado de la vida, la libertad, sus propiedades, posesiones o derechos, sin tener un juicio previo. En este caso esto no ocurrió, pues al emitir las autorizaciones de impacto ambiental y de concesión del río Papagayo, no se notificó a las comunidades a pesar que con estas decisiones se afectan sus tierras y su derecho al agua sobre este río. “El fin del amparo es suspender definitivamente la presa, ya que de construirse, los campesinos perderían sus tierras, tendrían que desplazarse de su pueblo y se causarían otros daños sociales y ambientales irreparables. Se pretende entonces evitar como en muchos otros casos similares, el desarrollo de grandes proyectos sin las compensaciones e indemnizaciones necesarias”, sostuvo Astrid Puentes Riaño, Directora Legal de AIDA. En relación con lo anterior, es un hecho que los proyectos implementados por CFE no contemplan compensaciones e indemnizaciones justas, y cuando éstas ocurren, tienen lugar mucho tiempo después de la generación de los daños. Finalmente, es pertinente mencionar que en este amparo se demandaron ocho autoridades, entre ellas, al Presidente de la República, al Congreso Federal, a la Comisión Nacional del Agua, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Federal de Electricidad, cuyas decisiones están directamente involucradas con las ilegalidades y violaciones de derechos demandados.
Leer másComisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) Solicita al Estado Peruano Implementar Medidas Cautelares de Urgencia para Proteger Vida de Pobladores de La Oroya Víctimas de la Contaminación
Para su difusión inmediata: 5 de septiembre de 2007 CONTACTOS: México: Astrid Puentes, AIDA (+5255) 52120141 [email protected] Perú: Luis Eduardo Cisneros, (+511) 422-2720 [email protected] Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicita al Estado Peruano implementar medidas cautelares de urgencia para proteger vida de pobladores de La Oroya victimas de la contaminación Oakland, CA; Lima, Perú – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Estado Peruano, el pasado viernes 31 de agosto, la implementación de medidas cautelares urgentes para proteger la salud, la integridad y la vida de los pobladores de La Oroya, Perú por la grave contaminación ambiental generada por el Complejo Metalúrgico de Doe Run Perú, ubicado en la referida ciudad peruana. Esta decisión beneficiará por ahora, a sesenta y cinco personas, incluyendo más de treinta niños en particular estado de vulnerabilidad y personas mayores que sufren de graves problemas respiratorios. La decisión se produjo a partir de una solicitud presentada por Carlos Chirinos, de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA); la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA); Earthjustice y CEDHA el 21 de noviembre de 2005. Tal solicitud denuncia la ausencia regulatoria del Estado Peruano, frente a las graves violaciones a los derechos humanos que los pobladores de La Oroya sufren por la contaminación producida por Doe Run. "Las medidas son fundamentales pues reiteran lo dicho por el Tribunal Constitucional de Perú, quienes consideraron insuficientes las acciones de prevención y atención de la salud promovidas hasta ahora. Es esencial continuar insistiendo en las demás acciones para controlar la contaminación ", señaló Astrid Puentes, Directora Legal de AIDA. En cuanto al contenido de las medidas, la CIDH ordena al Estado Peruano brindar diagnóstico médico especializado para las personas afectadas por la contaminación de Doe Run. Al mismo tiempo, se solicita al Gobierno, a proveer de tratamientos médicos especializados para cualquier individuo en situación de peligro de muerte o daño irreparable. Al respecto, Carlos Chirinos, de la SPDA aseguró “Esperamos tener una coordinación fluida con las autoridades del Estado para garantizar la aplicación transparente y eficaz de estas medidas. El soporte de instituciones como la Defensoría del Pueblo y otras entidades es crucial", aseguró el abogado peruano. “Al ordenar al Perú proteger las personas de La Oroya, la Comisión apoya a quienes están amenazados por contaminación tóxica extrema en el hemisferio” sostuvo Martin Wagner de Earthjustice. “Reconoce además que este tipo de contaminación viola derechos humanos y el derecho internacional, por lo cual se exige a los Estados que eviten estas tragedias y tomen acciones para remediarlas cuando ocurren”, agregó. Cabe resaltar que la CIDH tiene pendiente por resolver una demanda presentada por las mismas organizaciones en la que se busca mejorar las fuentes de contaminación y establecer la responsabilidad del Estado por los derechos humanos afectados.
Leer másCIDH Remite Petición de Derechos Humanos de La Oroya al estado Peruano para Comentarios
Para difusión inmediata: 24 de abril de 2007 CONTACTOS: Astrid Puentes, AIDA (+5255) 52120141 [email protected] Carlos Chirinos, SPDA (+511) 422-2720 [email protected] CIDH remite peticion de derechos humanos de La Oroya al Estado Peruano para comentarios Importante paso en la defensa de derechos humanos afectados por contaminación WASHINGTON DC, LIMA – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (organismo de la Organización de Estados Americanos, OEA) remitió al Gobierno de Perú la petición de caso que denuncia violaciones de derechos humanos en La Oroya, Perú, dándole dos meses para responder. La petición sostiene que la contaminación severa del complejo metalúrgico propiedad de Doe Run que opera en la ciudad y la falta de acciones eficientes del Estado, amenazan gravemente los derechos humanos de la población, en particular a los derechos a la vida, salud e integridad. “Esta primera decisión de la CIDH en el caso es una muy buena noticia, pues evidencia la solidez de la petición y el buen camino del procedimiento que empezamos recientemente hacia la determinación de la responsabilidad del Estado,” aseguró Carlos Chirinos, abogado de la SPDA, institución que viene asesorando este proceso desde su inicio. La CIDH concluyó que la petición, interpuesta por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Earthjustice, el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) y el abogado peruano Carlos Chirinos, cumple con los requisitos formales, por lo cual la transmitió al Estado la semana pasada, otorgándole dos meses para enviar sus observaciones. Según el reglamento, pasado este término, la CIDH continuará evaluando la admisibilidad del caso, para concluir si hay violaciones de derechos humanos y responsabilidad del Estado Peruano. Asimismo, la Comisión continúa estudiando la solicitud de medidas cautelares urgentes para la atención de la salud de las personas. “Estamos pendientes de las observaciones del Estado a la petición, y también de la decisión de la Comisión respecto de las medidas cautelares, cuyo cumplimiento podría ayudar significativamente en la protección efectiva de los derechos de nuestros representados” puntualizó Astrid Puentes de AIDA. Dentro de las medidas cautelares, se han solicitado entre otros, brindar adecuado diagnóstico y tratamiento médico para las personas representadas, implementar programas de educación y acceso a la información eficientes, realizar un efectivo control de las emisiones y de la contaminación en la ciudad, y evaluar el estado de contaminación de zonas primordiales e implementar las medidas adecuadas de limpieza. De acuerdo con Martin Wagner de Earthjustice, el objetivo principal de las medidas cautelares urgentes es “mejorar la condición de derechos humanos de las personas que representamos en La Oroya, mientras se implementan acciones definitivas para el control de la contaminación”.
Leer másAIDA y Organizaciones Participantes Llevan el Caso de La Oroya a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
PARA SU DIFUSIÓN INMEDIATA: 21 de marzo de 2007 Contactos: Astrid Puentes, AIDA (+5255) 52120141 [email protected] Martin Wagner, Earthjustice (510) 550-6700 [email protected] Carlos Chirinos (+511) 422-2720 [email protected] Petitorio ante la CIDH: “Respiremos esperanza en Lugar de plomo en La Oroya” Lima, Perú — 21 de marzo de 2007, en los salones del Colegio de Abogados de Lima, Perú, se llevó a cabo en presencia de los principales medios de prensa locales y extranjeros, la conferencia de prensa para anunciar la presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del caso de La Oroya, por la violación a los derechos humanos derivados de las emanaciones tóxicas del Complejo Metalúrgico que se ubica en esta ciudad. La petición interpuesta por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Earthjustice, el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) y Carlos Chirinos, abogado peruano, miembro de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental(SPDA), busca establecer la responsabilidad del Estado respecto de la actividad metalúrgica que ha ocasionado graves impactos en la salud, la vida y la integridad de las personas, en particular de los niños, niñas y madres gestantes. La conferencia “Respiremos esperanza en lugar de plomo en La Oroya” estuvo a cargo del Dr. Carlos Chirinos, director del Programa de Defensa del Interés Ciudadano de la (SPDA), quien presentó los antecedentes y las acciones legales tomadas al respecto en el Perú; y de la Dra. Astrid Puentes, Directora Legal de AIDA, quien se refirió a las acciones internacionales. En particular, puntualizaron que la intervención de la CIDH es esencial dado que las acciones internas no se han cumplido efectivamente, incluyendo una sentencia del Tribunal Constitucional obligando al Ministerio de Salud a ejecutar medidas efectivas para proteger la salud pública. De esta manera, “la demanda ante la CIDH fortalece la solicitud de medidas cautelares interpuesta en noviembre de 2005, cuya recomendación e implementación podría controlar de forma efectiva y rápida la contaminación en La Oroya, particularmente las emisiones al aire que provenientes en un 99.7 por ciento del complejo metalúrgico de propiedad de la empresa Doe Run Perú” según Puentes. Tras la intervención de los abogados, pobladores de La Oroya brindaron su dramático testimonio sobre los graves problemas de salud que desde hace años padecen por la contaminación. Un padre de familia desesperado, comentó a los medios presentes, los graves problemas sufridos por su niña de 1 año, quien sufre de constantes convulsiones y molestias debido a los altos contenidos de metales y de plomo que tiene en su sangre, a pesar que la madre de la niña fue beneficiaria de medidas implementadas en la ciudad, por convenio entre la empresa y el Ministerio de Salud. “La inacción del Estado en términos de salud es muy grande. Por ello, en la petición presentado el 27 de diciembre , estamos insistiendo en las medidas cautelares, que incluyen la recomendación de proveer diagnóstico y atención médica a los representados y a los habitantes de La Oroya, programas de educación y salud independientes y objetivos; asegurar una apropiada evaluación y seguimiento de las obligaciones del Plan de Adecuación y Manejo Ambiental del Complejo Metalúrgico; controlar efectivamente las emisiones atmosféricas del complejo; y proteger a las personas que trabajan por la salud y el ambiente en la ciudad”, señaló Carlos Chirinos.
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