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Consejo de Estado avala reglamentación del fracking en un fallo regresivo que desconoce principios y compromisos ambientales y de derechos humanos

Bogotá, Colombia. Al resolver la demanda de nulidad interpuesta por la Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Norte —coadyuvada por la Corporación Podion, AIDA y las clínicas jurídicas de la Universidad Javeriana y la Universidad de los Andes—,  el Consejo de Estado ratificó la legalidad de la reglamentación —contenida en el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014— para la exploración y explotación de yacimientos no convencionales de hidrocarburos mediante fracking o fracturación hidráulica. En el marco del litigo, existía una moratoria judicial al fracking en Colombia desde 2018, cuando el alto tribunal suspendió preventivamente la reglamentación con base en el principio de precaución y por la falta de certeza sobre los riesgos de daños irreversibles que la técnica implica para el ambiente, el clima y las personas. La sentencia del Consejo de Estado deja viva la reglamentación del gobierno y levanta la moratoria, pero no exonera a las autoridades nacionales y locales de proteger el ambiente y respetar los derechos fundamentales de la población a tiempo de consolidar la política minero energética. “El Consejo de Estado ha emitido una decisión contraria a los hechos probados en el litigio; desconociendo el peritaje realizado por la Universidad Nacional de Colombia, el informe de la comisión de expertos, el concepto de la Procuraduría General de la Nación y el resto de pruebas documentales y textos científicos que evidenciaron la necesidad de prohibir esta técnica en virtud del principio de precaución”, señaló Juan Pablo Sarmiento, abogado demandante del caso. “Además del principio de precaución, el fallo desconoce los compromisos climáticos internacionales de Colombia y el principio de solidaridad intergeneracional pues ignora los derechos fundamentales de las generaciones futuras”. El fracking ha sido valorado por académicos y científicos nacionales e internacionales como una técnica experimental que amenaza el aire, el agua, la salud humana, la participación democrática, el tejido social y la cultura, los sistemas de conocimiento tradicionales, la biodiversidad y, en el largo plazo, la estabilidad económica, sismica y climática. Además, es una técnica que genera contaminación atmosférica debido a emisiones de metano (CH4); un gas potente cuyo potencial de calentamiento es entre 84 y 87 veces mayor que el dioxido de carbono (CO2) en una escala de 20 años. “En América Latina y en el mundo, muchos países han prohibido el fracking por sus impactos en el ambiente y para precautelar los derechos humanos”, afirmó Yeny Rodríguez, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), parte del equipo litigante. “La sentencia del Consejo de Estado en Colombia es regresiva y va en contra los avances internacionales en materia ambiental, climática y de derechos humanos”. Lizeth Gómez, abogada de la Corporación Podion, consideró que el levantamiento de la moratoria judicial al fracking “deja abierta la posibilidad de avanzar con este tipo de proyectos”, cuyos contratos estaban suspendidos. “Es necesario que el fracking cuente con licencia social porque varias regiones del país han sido consideradas como potencial para la implementación de esta técnica”. De su lado, Juan Felipe García, abogado de la Clínica en Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana dijo que el Consejo de Estado “perdió una gran oportunidad para robustecer, por la vía judicial, una regulación que múltiples expertos consideraron débil para proteger el ambiente y la salud pública”. Añadió que “está en manos del gobierno nacional y del Legislativo garantizar a la sociedad la protección del principio de precaución y la participación democrática en materia ambiental”. Silvia Quintero, asesora jurídica de la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de Los Andes, aclaró que la decisión del máximo tribunal administrativo del país “no es una carta abierta para realizar fracking en Colombia. “El gobierno debe garantizar integralmente el derecho a la participación y a la vocería de las comunidades en la toma de decisiones acerca de los proyectos que puedan generar impactos ambientales en sus territorios, así como la seguridad y protección de las y los líderes ambientales que defienden sus territorios”. Contactos de prensa: Juan Pablo Sarmiento, [email protected], +573005514583 Yeny Rodríguez, AIDA, [email protected], +573107787601 Juan Felipe García, Clínica en Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana, [email protected], +573125588889 Lizeth Gómez, PODION, [email protected], +573176430036  

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El Programa de Verificación Vehicular Obligatoria vigente de la ZMVM es insuficiente para garantizar una calidad del aire saludable

En lo que va de 2022, el número de contingencias ambientales se ha incrementado en comparación con 2021. Es necesario hacer más estrictos los criterios de verificación vehicular, principalmente en lo que se refiere a la eficiencia energética. El etiquetado de emisiones en automóviles es un elemento trascendental para reducir la contaminación y mitigar el cambio climático en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).   Ciudad de México. A diez días de la publicación del Programa de Verificación Vehicular para el segundo semestre de 2022 (PVVO) tanto en Ciudad de México (CDMX) como en el Estado de México (EDOMEX), el Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire (OCCA) hace un llamado y un recordatorio a ambas entidades para que desarrollen y publiquen medidas más estrictas a favor de la mejora de la calidad del aire y de la protección de los derechos humanos y de la salud de las personas de la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM). El OCCA recordó que, de acuerdo con comunicados publicados por la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), del 1 de enero al 8 de junio de 2022, se han presentado cinco contingencias ambientales por contaminación en el aire. Esa cifra, a medio año, supera ya las cuatro contingencias que hubo en 2021. Lo anterior ocurre pese a que en enero de 2020 fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el programa de verificación que estipula que los automóviles deben tener un límite máximo de emisiones igual o menor a los establecidos en la regulación Tier 2 Bin 5 americana para obtener por dos ocasiones seguidas el holograma "00" que permite la circulación diaria, así como que los automóviles deben de tener un rendimiento energético mayor o igual a 16 kilómetros recorridos por un litro de combustible consumido. Los mismos criterios fueron adoptados por el EDOMEX de manera paralela. Debido a que dichos parámetros no han sido suficientes, el 11 de mayo de 2022, el OCCA envió una carta a los titulares de la gestión de la calidad del aire tanto de la CDMX como del EDOMEX para solicitar la adopción de criterios más estrictos para la obtención del holograma "00" en la ZMVM. La petición se basa en que, con apego al Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los compromisos de la Agenda Global 2030, el Acuerdo de París y otros instrumentos y estándares internacionales en materia de derechos humanos, las emisiones dentro de las Zona Metropolitana del Valle de México se deben reducir 30% para 2024, mientras que los gases deben disminuir 10% para el mismo año. El OCCA solicitó a las entidades hacer más estrictos los criterios para la obtención del holograma "00" por dos ocasiones: que los vehículos tengan un rendimiento energético mayor o igual 18 kilómetros recorridos por un litro de combustibles y que cumplan con el estándar EPA Tier 2 Bin 5. En tanto para la obtención del holograma "00" por una ocasión, se deben cumplir las siguientes características: que los vehículos tengan un rendimiento mayor a 15.5 kilómetros por litro o menor a 18 kilómetros por litro. Sin embargo, la misiva fue respondida solo por el Estado de México, cuya Secretaría del Medio Ambiente indicó que considerará la viabilidad de la propuesta y que la turnó a la CAMe para las gestiones correspondientes. Por otro lado, dentro del PVVO del primer semestre del 2020 para el caso de la CDMX, el Transitorio CUARTO, inciso "a", dice a la letra: "A partir de enero de 2021, los vehículos deberán contar con una etiqueta en donde se muestre su nivel de emisión de dióxido de carbono y su rendimiento de combustible". No obstante, el OCCA señala que en la actualidad lo referente al etiquetado no ha ocurrido y recuerda que la implementación de una etiqueta en los vehículos es relevante porque: Permite a los consumidores tomar una decisión informada respecto a los vehículos que compran, en cuanto al rendimiento de combustible, eficiencia energética y reducción de emisiones. Facilita comparar un vehículo dentro de su propia categoría y elegir la opción más eficiente. Evidencia los gastos ocultos a futuro que afectan directamente al consumidor y de esta manera evita gastos no previstos. Promueve que los consumidores se informen acerca del deterioro ambiental y de la calidad del aire, de los riesgos a la salud y de la disminución en la calidad de vida que implica comprar un vehículo altamente contaminante y de baja eficiencia. Empodera a los consumidores para que puedan verificar si el auto que compraron está cumpliendo con el rendimiento indicado por los fabricantes y, de esta manera, incentiva la fiscalización de la información por parte de consumidores. Funciona como un incentivo para que la industria automotriz compita e innove por mejorar el rendimiento y desempeño ambiental de los vehículos que se comercializan en nuestro país. Contribuye a garantizar el derecho al ambiente sano y la salud de la población de la región a través de una buena calidad del aire y de la mitigación de emisiones de contaminantes climáticos de vida corta emitidos por vehículos automotores. La solicitud del OCCA refrenda su compromiso de contribuir e impulsar un medio ambiente más saludable y la mitigación del cambio climático a través de una mejor calidad del aire. Ello principalmente en un contexto de contingencia sanitaria en el que la contaminación ha sido una agravante y la COVID-19 sigue presente. En fechas recientes, el Instituto de Salud Pública de México halló en un estudio realizado durante 2020 que en 25 ciudades incremento en 3.5% la tasa de mortalidad por Covid-19 derivado del aumento de NO2. Por ello, se reitera el llamado a las autoridades de la Zona Metropolitana del Valle de México a que garanticen el derecho a un medio ambiente saludable a través de hacer más estrictos los criterios de verificación vehicular, que son la principal fuente de emisiones a nivel local, y de dar continuidad al etiquetado de rendimiento y emisiones en vehículos ligeros. *Organizaciones del OCCA que suscriben: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Bicitekas, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, CERCA, El Poder del Consumidor, Frente de Organizaciones de Transporte Colectivo y Alternativo, Fundación Tláloc, Iniciativa Climática de México, Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo capítulo México, Redspira, Transita Seguro, WWF México. Contactos de prensa Denise Rojas, El Poder del Consumidor, [email protected], 55-1298-9928 Ricardo Ruiz, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, [email protected], 5559644162 Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], +525570522107  

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Projeto da mineradora Belo Sun sofre revés no Pará

Nova decisão da primeira instância suspende licença prévia e de operação do projeto de exploração de ouro em Altamira (PA) com base na falta de consulta a comunidades ribeirinhas afetadas.   Altamira, Pará - A mineradora canadense Belo Sun, que pretende instalar a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil na Volta Grande do Xingu (PA), sofreu nova derrota nos tribunais. O licenciamento ambiental da mineradora foi novamente suspenso, desta vez em julgamento de 1ª Instância da Justiça de Altamira. A decisão se refere a uma Ação Civil Pública (ACP) movida pela Defensoria Pública do estado do Pará (DPE). O caso teve início em julho de 2020, quando a DPE do Pará propôs ação cível pública contra a empresa de mineração, visto que o Projeto Minerário Volta Grande coloca em risco o território e a existência das comunidades ribeirinhas da Volta Grande do Xingu, que dependem do rio para suas práticas ancestrais. A ação apontou a ilegalidade do licenciamento pela ausência de estudo sobre os impactos socioambientais que podem afetar as comunidades da região do Xingu. O pedido se pautou em um relatório técnico produzido pela Associação Interamericana para a Defesa do Meio Ambiente (AIDA), com manifestação sobre o projeto, apontando os riscos à população ribeirinha que ocupam o território do empreendimento. Na decisão liminar, proferida na última terça-feira (23), foi determinado a “suspensão dos efeitos do licenciamento ambiental n° 2012/5028 e 2015/5340, da empresa Belo Sun Mineração Ltda, que tramita na Secretaria de Estado e Meio Ambiente e Sustentabilidade (SEMAS), até que seja realizado estudo socioambiental dos povos ribeirinhos, na distância mínima de 10 km do empreendimento, nas duas margens do rio Xingu, bem como a consulta prévia, livre e informada e o consentimento dos povos ribeirinhos, pelo Estado do Pará, conforme previsto no artigo 6°, da Convenção n. 169 da Organização Internacional do Trabalho (OIT).” Para Marcella Ribeiro, advogada do Programa de Direitos Humanos da AIDA, a decisão reforça os resultados positivos da colaboração entre organizações da sociedade civil e a Defensoria no intuito de alcançar a justiça para as comunidades do Xingu. Segundo ela, o projeto da mina precisa ser revisto, ainda mais considerando os impactos da represa Belo Monte, instalada há poucos quilômetros do projeto da mina. “A análise feita pela AIDA sobre os estudos de impacto ambiental de Belo Sun apontam diversas falhas, desde a metodologia até a área que foi estudada. Além disso, as condicionantes da represa de Belo Monte exigiam que não fosse implementado nenhum novo projeto na região até que se comprovasse a estabilidade socioambiental da área, o que até o momento não foi comprovado”, comenta a advogada. Outras ações Esta é a segunda ação judicial que atualmente suspende o licenciamento ambiental de Belo Sun. Em 25 de abril, o Tribunal Regional Federal da Primeira Região (TRF1) manteve a decisão, tomada em 2017 em ACP movida pelo Ministério Público Federal, de suspender a licença de instalação até que a empresa apresentasse os estudos de impacto sobre os povos indígenas, e fosse feita a consulta livre, prévia e informada de acordo com um Protocolo de Consulta produzido pelos indígenas Juruna da Terra Indígena Paquiçamba. As ameaças de impactos graves sobre as comunidades no entorno do projeto de Belo Sun geraram ainda outras ações, que seguem tramitando na Justiça. Em 26 de abril, a Defensoria Pública da União (DPU) protocolou uma Ação Civil Pública contra o acordo entre Incra e Belo Sun que passa para a mineradora 21 lotes do Projeto de Assentamento (PA) Ressaca, em troca de participação do órgão público nos lucros das atividades minerárias No início de março, a DPU ja havia protocolado uma ACP contra a União e o Incra exigindo a regularização fundiária e a titulação das propriedades das mais de 200 famílias da Vila Ressaca, local onde Belo Sun quer se instalar. Além disso, tramitam uma ACP  do MPF que demanda a transferência da competência do licenciamento da secretaria estadual de maio ambiente (SEMAS), para o Ibama (sob análise no TRF1); uma ação do Ministério Público Estadual que também questiona a legitimidade da Semas de licenciar Belo Sun e pede a anulação de todas as licenças concedidas (em análise na Justiça Federal); uma ação da Defensoria Pública do Estado contra a compra ilegal de terras e a expulsão forçada de famílias do PA Ressaca; e outra ação da DPE sobre irregularidades na compra de terras federais (aguardando julgamento de mérito).  

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Julgamento decisivo pode liberar licenciamento para projeto de mineração da Belo Sun no Pará

Licenciamento ambiental do projeto da maior mina de ouro a céu aberto no Brasil é alvo de oito ações judiciais por irregularidades nos estudos de impacto ambiental. Decisão favorável à Belo Sun pode abrir precedente para restringir de forma ilegal conteúdo de consulta aos povos tradicionais e sancionar violação de direitos humanos.   Altamira (PA) - O Tribunal Regional Federal da 1ª Região (TRF1) julgará nesta segunda-feira, dia 25 de abril, duas ações decisivas que podem abrir o caminho para o início das obras do Projeto Volta Grande, da mineradora canandense Belo Sun, em Senador José Porfírio, no Pará, e com isso abrir precedentes para licenciamentos ambientais irregulares. A empresa promete construir a maior mina de ouro a céu aberto do Brasil na Volta Grande do Xingu, na Amazônia, um dos locais com maior biodiversidade do mundo que já enfrenta os impactos da hidrelétrica de Belo Monte. Em 2017, o Tribunal Regional Federal da 1ª Região (TRF1) suspendeu uma segunda licença concedida pelo governo paraense, a de instalação do empreendimento, condicionando a mineradora a um processo de consulta prévia aos povos indígenas afetados, de acordo com a Convenção 169 da Organização Internacional do Trabalho (OIT). A Justiça também exigiu da empresa a elaboração do Estudo de Componente Indígena (ECI), nos parâmetros exigidos pela Funai (Fundação Nacional do Índio), sobre os impactos do projeto sobre povos indígenas. Na audiência do dia 25 o tribunal revisitará esse processo. A mineradora afirma ter cumprindo as exigências, que são constestadas pelo Ministério Público Federal (MPF). A primeira ação julgará qual órgão é competente para conduzir o licenciamento do empreendimento: o Ibama, órgão federal, ou a Semas (Secretaria Estadual do Meio Ambiente) do Pará, que hoje é responsável pelas licenças ambientais para a obra. Por considerar que Belo Sun terá impacto em projetos de assentamento federais e em terras indígenas, além dos impactos cumulativos com Belo Monte, o MPF argumenta que o licenciamento deveria ter sido conduzido pelo Ibama. A segunda ação julga um pedido da Belo Sun sobre acórdão anterior do tribunal. Esse acórdão suspende o licenciamento do empreendimento até que seja elaborado o estudo do componente indígena nos moldes requisitados pela Funai e até que seja realizada a consulta prévia, livre e informada dos povos indígenas afetados. Segundo o pedido da Belo Sun e do Estado do Pará, tanto o estudo do componente indígena quanto a consulta já teriam sido feitos. "Se o TRF-1 julgar procedente o pedido da Belo Sun, estaremos diante de um perigoso precedente, que restringe de forma ilegal o conteúdo da consulta prevista nos artigos 6, 15 e 16 da Convenção 169 da Organização Internacional do Trabalho (OIT) e sanciona a violação dos direitos humanos dos povos indígenas e das comunidades tradicionais da Volta Grande do Xingu. Uma decisão nesse sentido legitimaria as ilegalidades praticadas pela Belo Sun e abriria as portas para a exploração da mais nova fronteira aurífera da Amazônia, que, se viabilizada, seguramente levará ao ecocídio, à destruição sistemática, da região já fragilizada da Volta Grande", afirma Ana Carolina Alfinito, assessora jurídica da Amazon Watch, organização que integra a Aliança Volta Grande do Xingu. O MPF afirma que não houve consulta de fato às populações e que o estudo realizado tem falhas - pesquisadores consideram o projeto inviável. O argumento da Procuradoria é baseado em um parecer produzido em fevereiro por pesquisadores do Observatório de Protocolos Comunitários de Consulta e Consentimento Prévio Livre e Informado, a pedido do próprio MPF. O Projeto Volta Grande da Belo Sun afeta potencialmente os povos indígenas Juruna, da Terra Indígena Paquiçamba, Arara, da Terra Indígena Arara da Volta Grande, os isolados da Terra Indígena Ituna-Itatá e os grupos indígenas "desaldeados", isto é, aqueles que ocupam tradicionalmente territórios ainda não reconhecidos formalmente pelo Estado brasileiro. Esses grupos habitam territórios bem próximos ao local em que o empreendimento está planejado. É o caso da população que mora na Ilha da Fazenda, Ressaca e Galo, além das comunidades São Francisco (Juruna), Iawa (Kuruaya), Jericoá II (Xipaia), Kanipá (Xipaia) e Kaniamã (Xipaia). A comunidade São Francisco, por exemplo, está a apenas 600 metros da área, de modo que sofreria graves impactos diretos, o que torna ainda mais grave sua exclusão da avaliação diferenciada de impactos e do processo de consulta. Ainda de acordo com o documento do MPF, a Belo Sun apenas coletou depoimentos das comunidades afetadas, sem que houvesse espaço para que os indígenas se manifestassem e influenciassem o projeto, como deveria ocorrer em um processo efetivo de consulta. Uma decisão de 2012 da Corte Interamericana de Direitos Humanos prevê que a consulta deveria ocorrer "em todas as fases de planejamento e desde as primeiras etapas". A mesma decisão da Corte determina que a consulta prévia é uma responsabilidade do Estado, que não poderia ser delegada a empresas privadas, "muito menos à interessada na extração dos recursos. Há registro de reuniões em que apenas representantes da Belo Sun e de algumas das comunidades indígenas participaram, sem a presença de órgãos públicos", destaca o parecer do Observatório. Em depoimento à Repórter Brasil, Lorena Kuruaya conta que a comunidade Iawá, composta por membros dos povos Xipaya e Kuruaya e uma das afetadas pelo projeto da Belo Sun, encaminhou diversos pedidos à Funai para que fosse consultada, mas não obteve resposta. "Precisamos ter conhecimento sobre o projeto, sobre explosões e uso do cianeto, pois tememos o ocorrido em Brumadinho e Mariana. Até o presente momento, fomos invisibilizados do processo de consulta", diz uma carta de 2020 assinada por membros da comunidade. Em outro comunicado conjunto, segundo reportagem da Repórter Brasil, moradores da Iawá e das comunidades Kanipá, Jericoá I e Jericoá II informaram à Funai que nenhuma delas havia sido "procurada, consultada, ou mesmo informada" sobre as implicações do empreendimento e solicitaram mediação do órgão indigenista para apresentação de explicações, planos de execução e possíveis impactos ambientais. "Uma decisão favorável à Belo Sun significa que o Estado brasileiro, assim como no caso de Belo Monte, vai ficar novamente do lado das grandes empresas ignorando completamente os impactos socioambientais que virão desse projeto", aponta a advogada Marcella Ribeiro, do programa de Direitos Humanos da AIDA - Associação Interamericana para a Defesa do Ambiente.  "Os polígonos que estão sendo estudados vão além da área do rio e se estendem às áreas indígenas. Em alguns anos provavelmente veremos exploração de ouro em áreas adjuntas. E caso o PL 191 seja aprovado, essas terras indígenas vão se tornar um grande garimpo", afirma. Falhas e impactos do projeto da Belo Sun De acordo com especialistas, o projeto da mineradora Belo Sun na Volta Grande do Xingu tem graves falhas estruturais, as quais não foram claramente apresentadas às comunidades impactadas no processo de consulta. Estudos dos impactos ambientais realizados pela mineradora desconsideram tanto possíveis impactos sísmicos na barragem de rejeitos que seria construída quanto os impactos cumulativos que ela causaria junto com a barragem da usina de Belo Monte. A barragem projetada para a mina teria tamanho semelhante à barragem da Vale que rompeu em Mariana em 2015, causando o maior crime ambiental do Brasil. Um parecer de especialista em Geologia e Mineração,  Dr. Steven H. Emerman, diz que pelo menos nove milhões de metros cúbicos de rejeitos tóxicos podem atingir o rio Xingu e percorrer mais de 40 quilômetros em duas horas, provocando danos irreversíveis. Esses rejeitos conteriam metais altamente tóxicos, como cianeto, arsênico e mercúrio, podendo causar o risco de ecocídio do rio Xingu pelo empreendimento. Além disso, o projeto da Belo Sun fica a somente dez quilômetros da principal barragem no rio Xingu, construída para a Usina Hidrelétrica de Belo Monte. A exploração da mineradora prevê explosões 24 horas por dia para arrancar ouro da terra, durante no mínimo 12 anos. Há o risco de que as explosões impactem a estabilidade da barragem de Belo Monte e da própria Belo Sun, o que não foi considerado até agora. A própria Belo Monte, em comunicado recente, alertou para os riscos da implantação do projeto na região. Outros estudos apontam impactos como a alteração no ciclo reprodutivo da fauna, desmatamento e/ou queimada, poluição de recurso hídrico e poluição do solo. Aliança Volta Grande do Xingu Esta comunicação é uma iniciativa da Aliança Volta Grande do Xingu, composta por organizações e movimentos sociais do Brasil e do mundo. A Aliança apoia a defesa da vida e da dignidade na região da Volta Grande do Xingu e sua permanente proteção contra projetos de infraestrutura como a hidrelétrica Belo Monte e a mina de Belo Sun. Compõem a Aliança: AIDA, Amazon Watch, Earthworks, International Rivers, Instituto Socioambiental - ISA, Mining Watch, Movimento Xingu Vivo para Sempre e Rede Xingu+.  

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Comunidades indígenas en Guatemala logran desinversión y plan de salida del BID por vulneración de sus derechos

En un avance histórico, el BID dejó de financiar dos hidroeléctricas en la microrregión de Yichk´isis y diseñó un plan de salida responsable de los proyectos. Las comunidades mayas afectadas y las organizaciones que acompañan su lucha saludan la respuesta del banco a la queja que presentaron en 2018, pero resaltan que la entidad aún debe encarar varios desafíos.   Washington D.C., EE. UU. El Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hizo pública su decisión de retirar su financiamiento de los proyectos hidroeléctricos San Mateo y San Andrés de la empresa Energía y Renovación S.A. en la microrregión de Yichk´isis (Ixquisis), al norte de Guatemala. Asimismo, diseñó un plan de salida responsable y de fortalecimiento institucional ante las debilidades que el caso evidenció. Esta fue la respuesta del banco a la queja que las comunidades mayas afectadas por los proyectos presentaron ante el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI) del Grupo BID y al informe en el que dicha oficina de rendición de cuentas resolvió el caso, concluyendo que el BID Invest incumplió sus políticas operativas y salvaguardas en el marco del financiamiento de los proyectos, y abriendo en sus recomendaciones la posibilidad de un retiro de la inversión. La desinversión se concretó en octubre de 2021, cuando el BID Invest y Energía y Renovación S.A. firmaron acuerdos de liquidación. Cabe destacar que es la primera vez que el Grupo BID, como resultado de una queja, elabora un plan para que su salida sea responsable. "Es una oportunidad para que el banco tenga en cuenta los aprendizajes del caso: entre ellos la relevancia de comprender los contextos locales de los proyectos, las dinámicas socioculturales de las poblaciones que serán directamente afectadas y la perspectiva local de desarrollo a nivel local para determinar la viabilidad o no del financiamiento", dice Liliana Ávila, abogada sénior del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). "Es también una oportunidad para que el banco fortalezca el seguimiento y supervisión a los proyectos que apoya con miras a prevenir incumplimientos". No obstante, existen aún desafíos y temas pendientes que la entidad financiera debe encarar en torno a su proceso de salida de los proyectos hidroeléctricos. "Es evidente la responsabilidad del banco en el proceso de inversión y en el incumplimiento de sus salvaguardas sociales y ambientales; por ello debe promover durante el proceso de salida la efectividad de las acciones de manera participativa, libre de manipulación y de forma incluyente con la comunidad para reducir los riesgos de revictimización y de vulneración de la población afectada", indica Mara Bocaletti, Directora de la Plataforma Internacional contra la Impunidad. "Esta experiencia es un primer paso para maximizar los beneficios en los territorios de modo que se permita enmendar los daños provocados." El plan de acción propuesto por la entidad establece que el BID Invest hará una ruta de transición traducida a los idiomas originarios de las comunidades afectadas, así como una evaluación de impactos diferenciados por razones de género a causa de los proyectos y una inversión para promover la inclusión financiera y el empoderamiento de las mujeres en la zona. Además, el plan contiene acciones para abordar las recomendaciones del MICI sobre cambios estructurales a nivel institucional. En ese sentido, se prevé fortalecer la unidad de salvaguardas ambientales y sociales del BID Invest en materia de pueblos indígenas, así como establecer una política de cero tolerancia a la violencia de género, la cual será incluida en las condiciones contractuales de las operaciones aprobadas por el banco. Por otro lado, se incluirá en los protocolos existentes herramientas para hacer seguimiento a los hechos de violencia asociados a los proyectos financiados por el BID Invest. En cuanto a la categorización de los proyectos, se hará una actualización orientada a que la clasificación de supervisión interna sea modificada a una superior cuando se identifiquen circunstancias que eleven los riesgos e impactos de un proyecto después de que su financiamiento fue aprobado. "Para elaborar el plan de salida responsable, el BID Invest debe llevar adelante procesos de consulta con las comunidades afectadas; los cuales van a definir en gran parte la capacidad del plan para abordar y ofrecer de manera efectiva soluciones viables a los daños reconocidos en el informe del MICI, como el aumento de la conflictividad, el desconocimiento de la existencia de los pueblos indígenas y de sus derechos, las afectaciones al patrimonio cultural ancestral, los impactos diferenciados en las mujeres y la falta de prevención y consecuente degradación ambiental", resalta Carolina Juaneda, del Bank Information Center. "Si estos temas no son abordados ni incluidos en el plan de salida responsable, todo este esfuerzo no habrá valido la pena ya que, en última instancia, no llevaría a ninguna mejora ni reconstitución de condiciones de vida en las personas afectadas y en el ambiente". Las comunidades presentaron su queja al MICI en agosto de 2018 con el acompañamiento de AIDA, la Plataforma Internacional contra la Impunidad y el Gobierno Ancestral Plurinacional de las Naciones Originarias Akateko, Chuj, Q’anjob’al y Popti’. En ella solicitaron que el BID Invest retire su inversión en razón de los daños que la implementación de los proyectos ha causado en el ambiente, en los pueblos indígenas y en las mujeres de Ixquisis. En septiembre de 2021, el Directorio del Grupo BID aprobó el informe del MICI, en el cual se concluyó que el BID Invest incumplió su propias políticas operativas y salvaguardas por al menos cinco razones: 1) Validar una caracterización inadecuada de la población afectada, que negaba la existencia de pueblos indígenas; 2) no verificar la realización de una identificación de impactos diferenciados por razones de género en las mujeres; 3) No asegurarse de que el cliente hiciera una identificación y gestión adecuada de impactos ambientales; 4) no cerciorarse de que las comunidades fueran debidamente informadas y consultadas; y 5)  no llevar a cabo una supervisión adecuada de los riesgos de conflicto locales que se podían generar en la zona a causa de los proyectos. "El informe del MICI confirma que el BID Invest incumplió sus políticas, generando impactos muy adversos para la vida de las comunidades. La empresa Energía y Renovación no actuó con la diligencia debida en el marco de sus operaciones y, por el contrario, ha implementado estrategias contrarias al respeto de los derechos humanos. Actualmente, varias autoridades indígenas y personas defensoras de derechos humanos se encuentran criminalizadas, haciendo innegable la persistencia de un contexto de riesgo para las comunidades", afirma Rigoberto Juárez, Coordinador General del Gobierno Ancestral Plurinacional. "Ante esta evidencia, es muy importante que el BID Invest garantice un plan de acción que incluya acciones destinadas a reparar los daños causados a las comunidades en el marco del financiamiento a estos proyectos y a un reconocimiento más contundente de su responsabilidad". Contactos de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107 Camila Castellanos, Plataforma Internacional contra la Impunidad, [email protected]  

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Protección de la Amazonía de los derrames de petróleo, en manos del Tribunal Constitucional de Perú

El Tribunal prevé conocer y resolver en estos días la demanda de amparo presentada por comunidades de la Quebrada de Cuninico, Loreto, para pedir el mantenimiento del Oleoducto Norperuano y evitar más derrames. La demanda recibió respaldo legal con argumentos sobre las obligaciones internacionales del Estado peruano de garantizar los derechos a una vida digna y a un ambiente sano, entre otros.   Lima, Perú. El Tribunal Constitucional tiene en sus manos frenar los derrames de petróleo en la Amazonía peruana y con ellos la violación sistemática de los derechos humanos fundamentales de los pueblos indígenas que allí habitan. Está previsto que este jueves 4 de marzo el Tribunal conozca y resuelva la demanda de amparo presentada por miembros de comunidades ubicadas en la Quebrada de Cuninico, distrito de Urarinas de la provincia Loreto, para exigir el mantenimiento del Oleoducto Norperuano y así evitar nuevos derrames. En 2014, debido a una fuga en el Oleoducto Norperuano, se derramaron 2500 barriles de petróleo en la quebrada, lo que impactó negativamente el ambiente y salud de las comunidades nativas de San Francisco, Nueva Esperanza, Cuninico y Santa Rosa. El amparo inconstitucional, presentado en junio de 2018 con apoyo del Instituto de Defensa Legal (IDL), busca una decisión judicial final que obligue a la empresa estatal Petroperú a fiscalizar y monitorear las operaciones del Oleoducto Norperuano, el más largo del país, así como dar mantenimiento a sus tuberías en condiciones seguras para evitar nuevos derrames. “Es urgente que las autoridades peruanas pongan fin a esta problemática estructural que viene afectado por décadas a la Amazonia peruana”, aseguró Juan Carlos Ruiz, abogado de IDL. Recientemente, la demanda de las comunidades fue respaldada por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) con la presentación de un escrito legal (Amicus Curiae) que recoge argumentos del derecho internacional de los derechos humanos sobre la obligación que tiene el Estado peruano de garantizar la adopción las medidas administrativas, jurídicas, políticas y culturales necesarias para proteger los derechos a una vida digna y a un medio ambiente sano. “La Amazonía es un ecosistema indispensable para conservar el clima del planeta”, dijo Liliana Ávila, coordinadora del Programa de Derechos Humanos y Ambiente de AIDA. “En contextos de crisis climática, la protección de este ecosistema y de los pueblos indígenas que habitan en él es un mandato urgente y vital”. Además, el escrito resalta la toxicidad del petróleo para el ambiente y los deberes del Estado peruano y de Petroperú de garantizar la salud e integridad de las personas más vulnerables a sustancias peligrosas como los niños, niñas, mujeres y comunidades tradicionales. “Hay evidencia disponible de que los derrames del petróleo en la Amazonía peruana, que afectan a pueblos indígenas, se deben en su mayoría a la corrosión de los ductos”, señala Connie Espinoza, Coordinadora Técnica Regional del Programa Todos los Ojos en la Amazonía (TOA). “El volumen derramado es tan grande que estamos evidenciando la imposibilidad de atender todos los requerimientos de remediación derivados de todos y cada uno de los derrames”. De acuerdo con La sombra del petróleo, informe de OXFAM, de los 474 derrames ocurridos en lotes petroleros amazónicos y en el Oleoducto Norperuano entre 2000 y 2019 —que afectaron el territorio de 41 pueblos indígenas— el 65% se debió a corrosión de los ductos y a fallas operativas, mientras que el 28% fue causado por terceros. Ello prueba que la responsabilidad de la gran mayoría de los derrames recae sobre las operadoras. El documento evidencia también que de los 2.000 sitios impactados y contaminados por la actividad petrolera en el Lote 192, solo 32 fueron priorizados para su remediación, y que el volumen de contaminación equivale, en promedio, a llenar 231 estadios nacionales. En suma, la falta de mantenimiento al Oleoducto Norperuano afecta gravemente la Amazonía peruana y genera una violación a los derechos fundamentales a disfrutar de un medio ambiente equilibrado, a la salud, a la integridad física, a los recursos naturales, al territorio y a otros derechos de rango constitucional de las comunidades nativas afectadas por los derrames de petróleo en la zona.  Contactos de prensa: Gerardo Saravia, IDL, +51 997 574 695, [email protected] Nora Sánchez, HIVOS, +593 99 821 5617, [email protected] Victor Quintanilla, AIDA, +521 5570522107, [email protected]  

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Suprema Corte de Justicia ordena proteger los arrecifes y humedales veracruzanos

En su sentencia, determina de manera unánime que las autoridades violaron el derecho al medio ambiente sano de los veracruzanos al autorizar la ampliación del Puerto de Veracruz.Las autoridades ambientales no utilizaron la mejor información científica; tampoco analizaron la expansión portuaria de manera integral ni mucho menos consideraron todos sus impactos.El fallo implica que las autorizaciones para el proyecto quedan infundadas y que sus impactos deben evaluarse nuevamente, esta vez de manera integral, para determinar la viabilidad de la obra.   Este miércoles 9 de febrero, residentes veracruzanos lograron una victoria ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en una acción de amparo interpuesta para defender el Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV) y sus servicios ambientales frente al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Por unanimidad, las y los ministros que integran la Primera Sala de la Suprema Corte votaron a favor del proyecto de sentencia que protege los arrecifes veracruzanos y que transforma la manera como opera el  procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Está decisión apuntala la protección al derecho al medio ambiente sano que viene haciendo la Suprema Corte y, sobre todo, cambiará la manera en que las autoridades ambientales realizan la Evaluación de Impacto Ambiental. La Corte sostuvo que “la protección de los humedales es una prioridad nacional e internacional que ha llevado a nuestro país a emitir una estricta regulación de este ecosistema y, en términos de la normativa citada, cualquier análisis que se haga con relación a los humedales debe guiarse por un criterio de máxima precaución y prevención”. En este sentido, señaló que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), violó el derecho al medio ambiente sano de las personas al autorizar el proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz, toda vez que  “no atendió a la mejor información científica disponible; no analizó ni evaluó de manera completa cada uno de los diferentes impactos ambientales que el proyecto y su modificación podrían ocasionar, además de que el proyecto y las obras vinculadas al mismo se analizaron de manera fragmentada”. Como resultado, la SCJN ordenó dejar insubsistentes las autorizaciones para tal ampliación y volver a evaluar de manera completa, para así  poder pronunciarse sobre los impactos ambientales de manera plena y determinar la consecuente viabilidad o no de la obra.  “CEMDA presentó este amparo, junto con la comunidad, para proteger y contribuir a la conservación del Sistema Arrecifal Veracruzano, así como a los arrecifes y los servicios que brindan, toda vez que son clave para el bienestar de las personas que viven en la conurbación de Veracruz-Boca del río-Medellín”, explicó Xavier Martínez Esponda, Director Operativo de CEMDA. Para el CEMDA este caso es un precedente que transformará la manera en la que la Semarnat y las autoridades estatales realizan la Evaluación de Impacto Ambiental en el país. Martínez Esponda señaló que, “con esta decisión, los principios de prevención y precaución deberán arraigarse mucho más en los procesos de toma de decisiones. Asimismo,  las autoridades e inversionistas deberán aprender la lección de que resulta más caro, en todos los sentidos, no presentar sus proyectos de manera completa, que cumplir en tiempo y forma con la Evaluación de Impacto Ambiental”. El Sistema Arrecifal Veracruzano es un Parque Nacional y un humedal de importancia internacional, según la Convención Ramsar. Tiene un gran valor ambiental siendo el sistema de arrecife de mayor tamaño de la región centro del Golfo de México. Este sistema de arrecifes alberga la mayor biodiversidad de especies del oeste del Golfo de México y es, además, el hogar de varias especies protegidas, tales como la tortuga carey, la cual está en peligro crítico. El SAV contribuye también a mitigar el impacto de las olas producidas por tormentas y huracanes, fenómenos que se han incrementado en frecuencia e intensidad como consecuencia del cambio climático.  El proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz se fraguó a finales de los noventa y su ejecución incluyó planes para nuevas obras de rompeolas, canales de acceso y navegación, accesos terrestres, terminales e instalaciones portuarias. Estas obras vulnerarán arrecifes y pastos marinos en el área, pues serían impactados por el aumento de sedimentación ocasionado por las obras de construcción. Por la importancia del caso, organizaciones internacionales de protección ambiental acompañaron el proceso. Al respecto, Alejandra Serrano Pavón, abogada de la organización internacional Environmental Law Alliance Worldwide (ELAW), se interesó en el caso por la oportunidad de animar a la Corte a interpretar de manera amplia el derecho al acceso a la justicia en defensa del ambiente. ELAW presentó un escrito legal (Amicus Curiae) que apoya el amparo, a través del cual brindó ejemplos de diversos países alrededor del mundo que reconocen una amplia interpretación de este derecho, el cual permite a “cualquier organización de la sociedad civil o, al menos residentes de un lugar, entablar una acción judicial para proteger al medio ambiente”.  Las organizaciones internacionales Earthjustice y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) también entregaron de manera conjunta a la Suprema Corte un escrito legal de apoyo al amparo. Guillermo Zuñiga, abogado colaborador de Earthjustice, enfatizó que sus vínculos con estos arrecifes son importantes y personales: “Yo crecí en Veracruz.  Soy xalapeño. Esa zona me vio nacer”. Recordó “estar en ríos y playas veracruzanas, disfrutando, creciendo junto con mi familia. Yo quiero que los niños de Veracruz tengan la oportunidad de disfrutar la riqueza de biodiversidad como yo lo hice”. Por su parte, Sandra Moguel, abogada de AIDA, enfatizó que “no es la proximidad de un proyecto lo que determina quiénes son las personas afectadas y quiénes deberían tener acceso a la justicia  para defender su derecho a un medio ambiente sano”. En el escrito, AIDA explica que el derecho internacional obliga al gobierno mexicano a permitir que toda persona, cuyos derechos fundamentales sean amenazados por el daño ambiental, acceda a recursos judiciales, incluso si su conexión con el ecosistema amenazado es indirecta o remota.  Por las razones anteriormente expuestas, celebramos ampliamente esta decisión de la Primera Sala de la Suprema Corte y hacemos votos para que en el proceso de ejecución de la sentencia, la Semarnat cumpla con lo que se le ha mandado bajo el estándar más alto de protección consagrado en el  Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú. Suscriben: AIDA Earthjustice ELAW CEMDA Contactos de prensa: Ricardo Ruiz, CEMDA, [email protected], 5559644162 Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107  

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BID debe garantizar su salida responsable del proyecto Hidroituango

Continúa investigación del financiamiento del proyecto independientemente del pago anticipado del préstamo por las Empresas Públicas de Medellín (EPM).   El Grupo BID concluyó de manera anticipada el préstamo para Hidroituango ante la incertidumbre relacionada con la entrada en operación de la obra. El proceso de investigación sobre el incumplimiento de las políticas del BID en Hidroituango sigue independiente de terminación anticipada del préstamo. La construcción de la represa Hidroituango, un proyecto que ha generado una crisis humanitaria y ambiental sin precedentes en Colombia, fue financiado por el BID Invest, brazo privado del BID, el cual invirtió millones de dólares en la hidroeléctrica y facilitó la inversión de mil millones de dólares adicionales de otros bancos internacionales. La oficina de Transparency Hub del BID Invest informó al Movimiento Ríos Vivos (MRV) – el cual representa a las comunidades afectadas por Hidroituango – que el banco concluyó su involucramiento en el proyecto tras recibir el prepago de los fondos desembolsados por parte de las Empresas Públicas de Medellín (EPM). Además, señaló que el proceso de investigación sobre el cumplimiento de las políticas del BID Invest que cursa ante el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI) continuará, independientemente de la salida del Grupo BID del proyecto. En relación con la comunicación enviada por el BID Invest al MRV, el movimiento y las organizaciones internacionales acompañantes, Center for International Environmental Law (CIEL) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), consideran lo siguiente: En primer lugar, las organizaciones firmantes consideramos que la continuación de la queja ante el MICI evidencia el respeto por la integridad e independencia del mecanismo de queja y compromiso por atender las preocupaciones de las comunidades afectadas por los proyectos financiados por el Grupo BID. Asimismo, resaltamos que el hecho de que el BID concluya su involucramiento en el proyecto, por razones de un prepago voluntario generado por la incertidumbre ante el cumplimiento de próximos hitos de la obra, no implica ni ausencia ni retiro de la inversión. Por el contrario, el prepago de EPM al Grupo BID evidencia que efectivamente el banco desembolsó fondos y financió el proyecto, y que Hidroituango es un proyecto marca BID. En consecuencia, creemos acertado que el MICI, como mecanismo de rendición de cuentas en este caso, continúe con sus funciones de investigación, y que el Directorio y la administración del Banco se mantengan comprometidos con el proceso y sus hallazgos. En segundo lugar, como lo ha formulado el MICI en informes finales que han reconocido el incumplimiento de salvaguardas ambientales y sociales por parte del banco, como es el caso de los proyectos hidroeléctricos Generadora San Mateo y San Andrés ubicados en la microrregión de Yich K’isis en Guatemala, “en caso de salida de los Proyectos, el BID Invest deberá adoptar las previsiones necesarias para asegurar una salida responsable de las Operaciones”. Consideramos que el pago de la deuda de la EPM al BID abre una posibilidad histórica para que el banco concluya su involucramiento de manera responsable y construya participativamente con las comunidades un Plan de Salida que le permita restaurar los medios de vida impactados y legitimarse como institución financiera internacional. Esta posibilidad llena de esperanza a las comunidades del MRV afectadas por el proyecto Hidroituango, quienes por años han reclamado el cese de su financiamiento por parte del BID y su salida responsable. En tercer lugar, las organizaciones firmantes esperamos que el BID cumpla con su compromiso por la transparencia en sus operaciones, garantizando el principio de máximo acceso a la información del proyecto, de forma sencilla y amplia, en los términos contemplados en la misma política de acceso a la información del banco. Es conforme a estos términos que solicitaremos reuniones con el Directorio del BID en fechas próximas. Hoy el BID tiene la oportunidad de hacer efectivo su compromiso de mantener altos estándares de integridad, transparencia y rendición de cuentas con respecto de sus operaciones, no solo en Colombia sino en toda América Latina. Por ello, insistimos en la necesidad de que i) la toma de decisiones sea más transparente sobre las inversiones o préstamos remanentes que existen para financiar este proyecto desde el Grupo BID, tanto su ala pública como privada y, tal como ya se había precisado en la petición del 6 de diciembre del 2021, ii) se construya con las comunidades un plan de salida responsable, eficaz y participativo. Contactos de prensa: Milena Florez, Movimiento Ríos Vivos (MRV), [email protected], +57 319 2131656 Carla García Zendejas, CIEL, [email protected], +1 202 374 2550 Yeny Rodríguez Junco, AIDA, [email protected], +57 310 7787 601  

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Pedido para declarar em perigo seis áreas úmidas do Pantanal no Brasil, Bolívia e Paraguai

Versão em espanhol   No Dia Mundial das Áreas Úmidas, organizações pediram uma ação urgente do Secretariado da Convenção de Ramsar para realizar uma visita de assessoramento às zonas úmidas gravemente afetadas por incêndios e para que os governos dos três países inscrevam esses locais na lista mundial de áreas úmidas em risco de desaparecer.   Gland, Suíça - Organizações da sociedade civil enviaram à Secretaria da Convenção de Ramsar um alerta urgente sobre os danos causados pelos incêndios no Pantanal —a maior zona úmida tropical do mundo— no Brasil, Bolívia e Paraguai. Eles pedem o envio de uma missão consultiva a seis pantanais localizados nesses países que estão listados como áreas de importância internacional pela Convenção, e também solicitam que as áreas sejam inscritas no Registro de Montreux, lista mundial de zonas úmidas em grave risco. O alerta foi enviado pela Associação Interamericana para a Defesa do Ambiente (AIDA) e o Centro de Diversidade Biológica e Ecologia e Ação (ECOA) no âmbito do Dia Mundial das Áreas Úmidas. As organizações pedem aos três governos que implementem medidas para preservar o Pantanal como um ecossistema transfronteiriço. Os áreas Ramsar para os quais foram solicitadas inscrição no registro de Montreux e a visita de assessoria técnica são o Pantanal boliviano; a Reserva Particular do Patrimônio Natural SESC Pantanal, a Reserva Particular do Patrimônio Natural Fazenda Rio Negro, o Parque Nacional do Pantanal Matogrosense e a Estação Ecológica do Taiamã, no Brasil; assim como o Parque Nacional do Rio Negro, no Paraguai. “Uma denominação de risco feita pela Convenção de Ramsar é crucial para combater os grandes incêndios sem precedentes no Pantanal, que agora ameaçam Bolívia, Brasil e Paraguai”, disse Alejandro Olivera, cientista e representante no México do Centro de Diversidade Biológica. “As políticas públicas que promovem a expansão da agricultura e pecuária e permitem a queima dentro do Pantanal, combinadas com uma colaboração transfronteiriça limitada, criaram um barril de pólvora. Os incêndios que danificam os ecossistemas vão continuar se não houver compromissos firmes para proteger essas áreas úmidas”. Em 2020, ano atingido pela pandemia de Covid-19, os incêndios devastaram 4,3 milhões de hectares da região do Pantanal, o maior número registrado desde 1998. Nesse mesmo ano, os incêndios queimaram 100% do Parque Nacional do Pantanal Matogrossense. Em julho de 2021, somente em Mato Grosso, a área do Pantanal queimada foi cinco vezes maior que a de São Paulo, com mais de 740 mil hectares afetados pelas queimadas. Pelo menos 10 milhões de animais morreram em três meses. “Estamos pedindo aos Estados que cumpram as obrigações assumidas diante da Convenção, criando mecanismos coerentes e implementando políticas e normas para proteger o Pantanal”, explicou Claudia Velarde, advogada da AIDA. “Uma missão de assessoramento às seis áreas Ramsar poderia fornecer assistência especializada aos governos brasileiro, boliviano e paraguaio para superar as condições que geram risco para a conservação e uso racional desta importante zona úmida”. Da mesma forma, a inscrição das áreas no Registro de Montreux permite auxílio econômico, além de apoio e assessoria técnica para a recuperação do Pantanal nos três países. “Enviamos um alerta urgente para Bolívia, Brasil e Paraguai para focar no Pantanal como a maior área úmida transfronteiriça de água doce do mundo”, disse André Siqueira, Diretor Presidente da ECOA. “A Convenção de Ramsar não pode atingir seus objetivos se os ecossistemas que protege forem significativamente danificados pelo uso contínuo do fogo, agronegócio e pela falta de recursos adequados para combater incêndios.” A biodiversidade e a riqueza ecológica do Pantanal são incalculáveis. No bioma —conjunto de ecossistemas próximos que compartilham clima, flora e fauna— há pelo menos 3.500 espécies de plantas, cerca de 600 espécies de aves, 150 de mamíferos, 175 de répteis, 40 de anfíbios e 300 tipos de peixes de água doce. Alguns deles estão ameaçados de extinção em outras regiões, como o tuiuiú e a onça-pintada, o cervo-do-pantanal, a ariranha e a arara, espécies emblemáticas do bioma. O Pantanal também abriga a maior concentração de algumas espécies de animais, como a onça-pintada e o jacaré. Contatos Alejandro Olivera (México), Centro de Diversidade Biológica, +52 (612) 104-0604, [email protected]    Victor Quintanilla (México), AIDA, +521 5570522107, [email protected] André Luiz Siqueira (Brasil), ECOA, +55 67 33243230, [email protected]  

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Solicitan declarar en peligro a seis humedales del Pantanal en Brasil, Bolivia y Paraguay

VERSIÓN EN PORTUGUÉS   En el Día Mundial de los Humedales, organizaciones solicitaron acción urgente al Secretariado de la Convención Ramsar para que realicen una visita de asesoramiento a los humedales afectados gravemente por incendios, y que los gobiernos de los tres países inscriban a los sitios en la lista mundial de humedales en riesgo de desaparecer.   Gland, Suiza.- Organizaciones de la sociedad civil enviaron una alerta urgente al Secretariado de la Convención Ramsar por los daños que han provocado los incendios al Pantanal —el humedal tropical más grande del mundo— en Brasil, Bolivia y Paraguay. Solicitan el envío de una misión de asesoramiento a seis humedales del Pantanal ubicados en estos países y enlistados como sitios de importancia internacional bajo la Convención, y solicitan inscribirlos en el Registro de Montreux, la lista mundial de humedales en riesgo grave. La alerta fue enviada por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Centro para la Diversidad Biológica y por Ecologia e Ação (ECOA) en el marco del Día Mundial de los Humedales. Las organizaciones también exhortan a los tres gobiernos a implementar medidas para preservar el Pantanal como ecosistema transfronterizo. Los sitios Ramsar para los cuales se pidió la inscripción al registro Montreux y la visita de asesoramiento técnico son el Pantanal boliviano; la Reserva Particular do Patrimonio Natural SESC Pantanal, la Reserva Particular do Patrimonio Natural Fazenda Rio Negro, el Parque Nacional del Pantanal Matogrossense y la Estación Ecológica Taiamã en Brasil; así como el Parque Nacional Río Negro en Paraguay. “Una designación en peligro bajo la Convención Ramsar es crucial para combatir los grandes incendios sin precedentes del Pantanal, que ahora amenazan a Bolivia, Brasil y Paraguay”, dijo Alejandro Olivera, científico y representante en México del Centro para la Diversidad Biológica. “Las políticas públicas que promueven la expansión de la agricultura y la ganadería y que permiten la quema dentro del Pantanal se han combinado con una colaboración transfronteriza limitada para crear un polvorín. Los incendios que dañan los ecosistemas continuarán si no hay compromisos más fuertes para proteger estos humedales”. En 2020, un año golpeado por la pandemia de Covid-19, los incendios devastaron 4 millones 300 mil hectáreas de la región del Pantanal, la mayor cifra registrada desde 1998. Ese mismo año, los incendios quemaron el 100 por ciento del Parque Nacional Pantanal Matogrossense. En julio de 2021, sólo en Mato Grosso, la superficie del Pantanal quemada fue cinco veces mayor que la de São Paulo, con más de 740 mil hectáreas afectadas por incendios. Al menos 10 millones de animales murieron en tres meses. “Estamos pidiendo a los Estados cumplir con las obligaciones adquiridas ante la Convención, generando mecanismos coherentes e implementando políticas y normas para proteger el Pantanal”, explicó Claudia Velarde, abogada de AIDA. “Una misión de asesoramiento a los seis sitios Ramsar podría brindar asistencia especializada a los gobiernos brasileño, boliviano y paraguayo para superar las condiciones que generan riesgo para la conservación y el uso racional de este humedal clave”. Asimismo, la inscripción de los sitios en el Registro de Montreux implica ayuda económica, así como apoyo y asesoría técnica, para la recuperación del Pantanal en los tres países. “Mandamos una alerta urgente para que Bolivia, Brasil y Paraguay se enfoquen en el Pantanal como el humedal transfronterizo de agua dulce más grande del mundo”, dijo Andre Siqueira, Director Presidente de ECOA. “La Convención de Ramsar no puede alcanzar sus objetivos si los ecosistemas que protege son dañados significativamente por el uso continuado del fuego, el agronegocio y la falta de recursos adecuados para combatir los incendios”. La biodiversidad y riqueza ecológica del Pantanal es incalculable. En el bioma —conjunto de ecosistemas próximos que comparten clima, flora y fauna— hay al menos 3.500 especies de plantas, cerca de 600 de aves, 150 de mamíferos, 175 de reptiles, 40 de anfibios y 300 de peces de agua dulce. Algunas de ellas están en peligro de extinción en otras regiones, como el tuyuyú y el jaguar, el ciervo de los pantanos, la nutria gigante y el guacamayo, especies emblemáticas del bioma. El Pantanal alberga la mayor concentración de algunas especies de animales como el jaguar y el caimán. Contactos de prensa: Alejandro Olivera (México), Centro para la Diversidad Biológica, +52 (612) 104-0604, [email protected] Victor Quintanilla (México), AIDA, +521 5570522107, [email protected] André Luiz Siqueira (Brasil), ECOA, +55 67 33243230, [email protected]  

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