Press Release


Entregan Informe lapidario a CONAF: salmonicultura es incompatible con la Reserva Nacional Kawésqar

El 43% de los centros que operan dentro de la reserva han arrojado condiciones anaeróbicas en el marco de sus operaciones, lo que —acompañado del uso intensivo de antibióticos, escape de salmones e incidentes como accidentes navales, mortalidades masivas y basura en los mares— pone en riesgo su alto valor ecosistémico.   Este martes 24 de enero, representantes de las organizaciones AIDA, FIMA y Greenpeace entregaron al director de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), Christian Little, el informe Incompatibilidad de la salmonicultura con la Reserva Nacional Kawésqar: Antecedentes y contribuciones para el proceso de elaboración del plan de manejo de la Reserva. El informe tiene como objetivo contribuir en el proceso de generación del Plan de Manejo de la reserva. El documento concluye que la posibilidad de desarrollar la actividad de salmonicultura dentro de la Reserva Nacional Kawésqar es incompatible desde un punto de vista ecosistémico y legal. Actualmente en la reserva existen 68 concesiones de salmonicultura aprobadas y 57 en trámite, las que ponen en riesgo el alto valor de las áreas a proteger, el interés en la conservación de las eco-regiones terrestres involucradas y el atractivo turístico de la zona. "Esperamos que este informe contribuya a que —de una vez por todas— se declare la incompatibilidad de la salmonicultura con la categoría de Reserva Nacional, conforme la ley de pesca y los tratados internacionales lo ordenan y, ahora último, las luces del tribunal ambiental”, dice Macarena Martinic, coordinadora de Acceso a la Justicia de ONG FIMA. La reserva presenta características únicas de sus ecosistemas, los fiordos presentes en ella absorben dióxido de carbono y contribuyen al enfriamiento global del océano, procesos claves para enfrentar el cambio climático.  “Los argumentos técnicos y jurídicos están, por lo que hacemos un llamado a cumplir con la ley y no permitir la aprobación e instalación de centros salmoneros en la Reserva Nacional Kawésqar, junto con poner un freno definitivo a la expansión de esta industria”, afirma Estefanía González, Coordinadora de campañas de Greenpeace. El informe también agrega que la industria, en particular la empresa Nova Austral, ha sido objeto de numerosos procedimientos sancionatorios por sus reiteradas infracciones cometidas dentro del Parque Nacional Alberto de Agostini. Estas infracciones transcurren entre sobreproducción, fraccionamiento, daño ambiental, así como la ocultación de información solicitada por el órgano fiscalizador y anaerobia, donde 14 de sus 19 concesiones ubicadas dentro del Parque Nacional se han presentado en estas condiciones. Las sanciones, que van desde multas a revocación de sus resoluciones de calificación ambiental, no han sido un disuasivo suficiente para que la empresa se ajuste a la ley. “Este informe da cuenta de la incompatibilidad ambiental y jurídica de permitir la salmonicultura en espacios de especial protección ambiental como la Reserva Kawésqar. Si la autoridad va a diseñar políticas, planes, programas y normas con la mejor ciencia disponible -y en línea con los compromisos de Chile-, debe prohibir sin excepciones la acuicultura marina de especies invasoras”, señala Cristina Lux, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Descarga el informe completo aquí. Contacto de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

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México: Organizaciones aportan insumos para una regulación adecuada de la generación limpia distribuida

El esquema de generación limpia distribuida es una solución eléctrica que contribuye a la mitigación de la crisis climática y a la transición energética justa en términos de disminución de la pobreza energética y descongestión de las redes de distribución y transmisión (1). Organizaciones de la sociedad civil presentaron ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) comentarios respecto de los avances y regresiones del anteproyecto de acuerdo que modifica la regulación de la generación limpia distribuida.   En el marco de la transición energética justa que el mundo requiere, organizaciones de la sociedad civil piden impulsar la generación limpia distribuida en México mediante una regulación adecuada. En ese sentido, enviaron insumos a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) acerca de los avances y retrocesos del anteproyecto de acuerdo que modifica la regulación del esquema de generación limpia distribuida en el país. En un contexto de crisis climática, generada principalmente por la producción de energía a base de combustibles fósiles (2), la transición energética justa es una necesidad cada vez más urgente. Esto implica no sólo un cambio de insumos, sino un cambio estructural del sistema. Lo anterior exige impulsar el uso de tecnologías más limpias y también promover mejoras en cómo opera todo el sector, bajo un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género. La generación limpia distribuida es uno de los principales mecanismos para lograr ambos objetivos. En ese esquema, los equipos de generación pueden ser instalados por el propio consumidor, por ejemplo, en casas y edificios (3). Este modelo requiere un marco regulatorio claro y certero, con buenos incentivos regulatorios que —al introducir mayores capacidades de generación de energía renovable, en particular energía solar— empoderen la posición de las y los consumidores como agentes activos del sistema eléctrico que apoyan la transición energética justa. Asimismo, las regulación debe estar alineada con las obligaciones del Estado mexicano en materia de desarrollo sustentable, cambio climático, energías limpias y renovables, así como con  el principio de progresividad en materia de derechos humanos (4). En ese sentido, los comentarios presentados ante la CONAMER respecto del "Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía emite las disposiciones administrativas de carácter general en materia de centrales eléctricas con capacidad instalada neta menor a 0.5 mw, generación distribuida y generación limpia distribuida" (Anteproyecto de Acuerdo), publicado el pasado 28 de octubre en el portal electrónico de CONAMER, refieren: La inclusión de contratos colectivos es un aspecto positivo que permite la entrega de energía a los Centros de Carga de uno o más Beneficiarios, si éstos comparten un Punto de Interconexión Común. Sin embargo, tal como se pretende regular con el Anteproyecto de Acuerdo, estos contratos no podrán ser utilizados por centrales que reciban energía a través de Contratos de Interconexión Legados. Además, se limitan a instancias donde exista un mismo punto de interconexión, lo que  restringe el tipo de agentes que puede beneficiarse. El Recurso Distribuido de Energía (RDE) para la inclusión tanto de Centrales Eléctricas como de sistemas de almacenamiento de energía capaces de exportar potencia activa a las red eléctrica es otro aspecto positivo del Anteproyecto de Acuerdo. No obstante, las limitaciones a corto y mediano plazo no están claras y la normatividad complementaria actualizada no ha sido publicada. Por tanto, en esta área se opera bajo el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en materia de Aportaciones de 1998, con instrumentos desactualizados como el Catálogo de Precios y los modelos de convenio de aportaciones, que datan de 2014. La eliminación del sistema de medición neta (también conocido como net metering) y su sustitución por el esquema de autoconsumo constituye una regresión del Anteproyecto de Acuerdo. Bajo la regulación actual para net metering, cuando la diferencia entre la energía entregada por el suministrador y la generada por la instalación sea negativa, se considerará como un crédito a favor del consumidor que se abonará a la medición de energía facturada en cada periodo posterior, hasta un máximo de 12 meses. Según el Anteproyecto de Acuerdo, a los generadores les será retirado el derecho a llevar a cabo esta compensación y en su lugar se les restringirá a que el total de la energía generada sea destinada a sólo las necesidades del centro de carga asociado, bajo un esquema denominado Autoconsumo. Aunque el Autoconsumo reduciría el consumo de energía del servicio eléctrico, la venta de energía excedente a la red será sólo una excepción y se compensará conforme a un menor valor. La disminución del valor de la energía entregada a la red es una regresión que afecta negativamente a todas las modalidades de generación distribuida, eliminando un valor de contraprestación alineado a los precios de mercado y sustituyéndolo con un valor fijo derivado del costo promedio de la energía adquirida por CFE a través de sus contratos de cobertura. Otros procesos y actividades del Anteproyecto de Acuerdo que generan costos e incertidumbre en su criterio de aplicación y resultados son aquellos relacionados con los considerables aumentos en requerimientos técnicos y de interconexión. Esto no es negativo per se en tanto que puede mejorar la calidad y la capacidad de monitoreo sobre el estado de este tipo de proyectos. No obstante, el incremento de costos económicos, de tiempo, mantenimiento, etc. —al ser cubiertos enteramente por el solicitante— reduce el atractivo de la generación distribuida, lo cual ralentiza su avance.   Derivado del análisis realizado, las organizaciones consideran importante mantener los avances alcanzados por el Estado mexicano para la generación de energía limpia distribuida. Esto es aún más imperante de cara a los compromisos climáticos del Estado mexicano, al principio de progresividad en materia de derechos y a la necesidad de mejoras que incentiven su aplicación. Por tanto, recomiendan mantener el modelo net metering para los generadores exentos que se interconectan en media tensión, así como el esquema actual de precios de compensación; expandir las modalidades para contratos colectivos; actualizar la normatividad secundaria para RDE; y establecer las metodologías, reglas y criterios claros para determinar los costos de los servicios, equipos, obras o refuerzos requeridos para la interconexión sin detrimentos mayores al solicitante, incluyendo los necesarios para ampliar los límites a la interconexión en sistemas aislados existentes en el país.   Firman Alianza Juvenil por la Sostenibilidad (AJUVES) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Centro de Energía Renovable y Calidad Ambiental (CERCA) Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA) Earthjustice Greenpeace México Nuestro Derecho al Futuro, A.C. (Nuestro Futuro, A.C.) Ombudsman Energía México (OEM)   (1) El-Saadany E.F. , et al., Distributed generation: Benefits and challenges, 2007, p. 116, disponible en https://www.researchgate.net/publication/229048458_DISTRIBUTED_GENERATION_BENEFITS_AND_CHALLENGES (2) Véase Hannah Ritchie, Max Roser and Pablo Rosado (2022) - "Energy". Published online at OurWorldInData.org. Retrieved from: 'https://ourworldindata.org/energy' [Online Resource] (3) El estado de California, U.S.A, que lidera en penetración solar ya cuenta con más de 13,000 MW en capacidad instalada por generación distribuida. Además, países como Brasil y Portugal han hecho progresos significativos en presentar modelos avanzados en esta materia. (4) https://cofemersimir.gob.mx/expediente/27618/recibido/99797/B000226500  

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Minería, Fuentes de Agua Dulce

Organizaciones defienden los límites del Páramo Los Nevados de la demanda de AngloGold Ashanti que busca reducirlos

Este jueves 17 de noviembre, organizaciones ambientalistas, sociales y defensoras de derechos humanos radicarán coadyuvancias (1) en defensa del Complejo Páramo Los Nevados, como parte del proceso en el que se discute su delimitación y para afrontar las pretensiones de la multinacional AngloGold Ashanti de cambiar los límites del páramo para favorecer al proyecto minero La Colosa (Cajamarca, Tolima), cuestionado por comunidades y especialistas por los impactos ambientales que implica. La multinacional demandó el acto administrativo que delimitó el complejo de páramos, expedido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. AngloGold Ashanti pretende modificar la delimitación en una zona que coincide con la influencia del proyecto minero. La demanda, presentada el 12 de junio de 2017, afirma que las áreas que se pide excluir de la delimitación no integran el ecosistema de páramo y que el rechazo de su petición configuraría un daño especial que deberá ser reparado con el pago de un monto millonario. Según las organizaciones, las pretensiones de la multinacional son una amenaza para la vida pues suponen la reducción de los límites de Los Nevados, un ecosistema fundamental para la provisión y regulación de agua. Las coadyuvancias para apoyar al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible surgen de la articulación de varios actores para la defensa de Cajamarca: el Centro Sociojurídico para la Defensa Territorial  Siembra, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Colectivo Socio-ambiental Juvenil de Cajamarca (Cosajuca), el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), el Semillero en Estudios sobre Minería de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia, entre otros. Para la CCJ, "existen en Colombia múltiples disposiciones jurídicas que contradicen y dejan sin piso las pretensiones de AngloGold Ashanti de excluir al Complejo de Páramos Los Nevados de la zona de influencia del proyecto minero La Colosa. Estas pretensiones desconocen que el bioma paramuno se compone de varias franjas que deben ser protegidas en su conjunto para asegurar íntegramente su riqueza natural. Acoger estas prestensiones representaría un retroceso en la protección, conservación y preservación de estos ecosistemas, además de una violación flagrante de la normatividad vigente y de los estándares nacionales e internacionales en la materia". Por su parte, Sara Sofía Moreno, abogada del Centro Sociojurídico para la Defensa Territorial Siembra, indicó que la demanda de AngloGold Ashanti "no solo desconoce la importancia de los ecosistemas de páramo y la conectividad entre las áreas de importancia ambiental, sino que, una vez más, ataca la decisión del pueblo de Cajamarca de prohibir la minería en su territorio. Además, la empresa reclama una cuantiosa indemnización por no poder continuar con el proyecto minero La Colosa, en contravía de la prevalencia de la protección del ambiente frente a los intereses económicos de particulares". Yenny Rodríguez, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), enfatizó: "Los páramos son la fuente del 70% del agua dulce del país. También capturan dióxido de carbono (CO2), elemento que contribuye al efecto invernadero y calienta el planeta, por eso son cruciales para mitigar la crisis climática. Abrir la puerta a la minería de oro a cielo abierto en el páramo Los Nevados puede generar impactos a perpetuidad en el ecosistema, afectar la vocación agrícola de Cajamarca, el agua dulce y la biodiversidad del país". Para integrantes del Semillero en Estudios Sobre Minería de la Universidad de Antioquia, "la demanda no debe prosperar no solo porque está errada en términos técnicos sobre qué es un páramo y cómo debe delimitarse, sino porque es clara la pretensión de esquivar los límites constitucionales y legales establecidos para proteger los páramos de actividades mineras, como uno de los deberes de respeto y protección que tiene el Estado respecto del derecho fundamental al medio ambiente sano". Para el grupo de coadyuvantes, es fundamental contribuir a la defensa de los derechos humanos y ambientales de las comunidades desde la protección de ecosistemas tan sensibles, complejos y fundamentales como los páramos. Con esa convicción, las organizaciones desarrollarán esta y otras acciones conjuntas para garantizar la protección del páramo como ecosistema estratégico y para defender la decisión del pueblo de Cajamarca. Intervención de terceros interesados en un proceso judicial, con el fin de apoyar los argumentos de una de las partes a lo largo del proceso. (1) Intervención de terceros interesados en un proceso judicial, con el fin de apoyar los argumentos de una de las partes a lo largo del proceso. Contactos de prensa Sara Sofía Moreno Gallo, SIEMBRA, [email protected], +57 300 5683 333 Yeny Rodríguez Junco, AIDA, [email protected], +57 310 7787 601 Paola Sánchez Cepeda, CCJ, [email protected], +57 321 8749523 Adriana Sanin, Semillero Estudios sobre Minería U. Antioquia, [email protected], +57 301 7855 033  

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Organizaciones, coaliciones, academia y especialistas respaldan demanda de víctimas de contaminación tóxica de La Oroya

Presentaron ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos 15 escritos legales que apoyan el argumento central del caso: que el Estado peruano es responsable de violar los derechos humanos de residentes de La Oroya por la falta de acciones urgentes y eficaces para abordar la contaminación de un complejo metalúrgico, así como sus graves daños.   San José, Costa Rica. Organizaciones, coaliciones, academia y especialistas presentaron 15 escritos legales (Amicus curiae) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para respaldar la demanda de residentes de La Oroya contra el Estado de Perú por la grave violación de derechos humanos derivada de la contaminación tóxica proveniente de una metalúrgica que ha operado en la ciudad andina por casi 90 años. Los escritos contienen evidencias sólidas que apoyan el argumento central del caso: que el Estado peruano —al no realizar acciones urgentes y eficaces para abordar la contaminación y sus impactos— es responsable de violar los derechos a la vida, la salud, la integridad personal, la niñez y a un ambiente sano de habitantes de La Oroya. Dicho argumento fue expuesto en audiencia pública el 12 y 13 de octubre, ocasión en la que el tribunal internacional escuchó a testigos, peritos, víctimas y a representantes del Estado. Los escritos —enviados a la Corte entre el 11 y el 28 de octubre por actores de diferentes sectores y niveles— demuestran que la importancia del caso supera el contexto peruano y representa una oportunidad histórica para establecer un precedente clave en América Latina y en el mundo para fortalecer la protección del derecho a un ambiente sano y la adecuada supervisión de las actividades empresariales por parte de los Estados. Uno de los escritos fue presentado en conjunto por la Red Universitaria para los Derechos Humanos y por un grupo importante de personas expertas: cinco exautoridades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Tracy Robinson, James Cavallaro, Paulo de Tarso Vannuchi, Flávia Piovesan y Paulo Abrão) y tres ex Relatores Especiales de la ONU (John Knox, James Anaya y Juan Méndez). Presentaron escritos organizaciones de Perú —las agrupadas en la Mesa Técnica de Salud Ambiental y Humana, y en la Plataforma de la Sociedad Civil sobre Empresas y Derechos Humanos—; de otros países de la región —el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (México), Defensoría Ambiental (Chile), Justicia para la Naturaleza (Costa Rica)—; así como organizaciones internacionales: Earthjustice y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional. También desde el ámbito internacional, presentaron escritos el Grupo de Trabajo sobre Litigio Estratégico de la Red-DESC y el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas. De parte del sector académico, el respaldo llegó de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa (Canadá), de la Clínica de Derechos Humanos del Programa de Postgrado en Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Paraná (Brasil) y de la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (Colombia). Lo otros escritos fueron presentados por personas expertas en los asuntos que el caso aborda: David R. Boyd, Relator Especial de la ONU sobre derechos humanos y medio ambiente; la antropóloga médica Susana Ramírez; las abogadas Carla Luzuriaga-Salinas, Macarena Martinic Cristensen y el abogado Ezio Costa Cordella. Tras la audiencia, queda la presentación por escrito de los alegatos finales y una potencial visita de las y los magistrados de la corte a La Oroya. Se prevé que la sentencia, de carácter inapelable, sea dictada en el lapso de seis meses. Contacto de prensa Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

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Cambio Climático

Posible, fortalecer la política climática en México

A días de que inicie la cumbre mundial de cambio climático, es necesario alinear y fortalecer dos instrumentos de política climática fundamentales: el Programa Especial de Cambio Climático (PECC) y la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC). Organizaciones de la sociedad civil presentan el resultado de una serie de mesas de trabajo donde participaron más de 60 personas de organizaciones especialistas y académicos con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de la política climática en el país.   A pocos días de que se lleve a cabo la Conferencia de las Partes (COP27) de cambio climático en Egipto, organizaciones de la sociedad civil presentan una serie de propuestas para fortalecer las acciones que México puede llevar a cabo para contribuir de forma más ambiciosa y decidida a combatir la emergencia climática global, las cuales están plasmadas en el marco legal vigente: la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), el Programa Especial de Cambio Climático (PECC) y la Contribución Nacionalmente Determinada (NDC). Como se ha reiterado en diversas ocasiones, México es un país altamente vulnerable al cambio climático, 68% de la población es vulnerable y alrededor del 71% del producto interno bruto (PIB) está expuesto a sus efectos (INECC, 2021). Al mismo tiempo, es el doceavo emisor a nivel mundial de los gases de efecto invernadero (GEI) que provocan el cambio climático (WRI, 2021). Es por esto que contar con políticas climáticas ambiciosas es más que necesario.  Resultado de una serie de mesas de trabajo donde participaron más de 60 personas de  organizaciones especialistas y académicos, se elaboró un documento que contiene propuestas encaminadas a fortalecer la política climática nacional en cuatro ámbitos: adaptación, mitigación, financiamiento y medios de implementación, el cual se presenta a unos días de que inicie la Conferencia de las Partes (COP27) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Como parte de los compromisos que ha adquirido ante la comunidad internacional, México tiene el mandato legal de contar con instrumentos de política pública que contribuyan a que la temperatura del planeta no se eleve por encima de los 1.5ºC. Dichos instrumentos deben respetar el principio de progresividad establecido en el Acuerdo de París, por lo que las metas climáticas deben ser más ambiciosas e incrementarse cada cinco años, pero respaldadas por acciones que puedan implementarse rápidamente para atender el llamado de urgencia.  Para cerrar la brecha entre lo que México emite y su justa contribución a la reducción de emisiones global, se deben reducir las emisiones de GEI desde la fuente, priorizando en igual medida, la atención a los espacios de mejora en el desarrollo de mecanismos para hacer frente a los impactos climáticos presentes y futuros. Es a través de una política climática robusta que México puede hacer frente a la profunda inequidad e injusticia climática.  Las recomendaciones destacan la necesidad de reducir las emisiones de metano del sector hidrocarburos; diseñar e implementar políticas transversales y multisectoriales, con enfoque de justicia climática y especial inclusión de los grupos históricamente excluidos como las mujeres, y pueblos y comunidades indígenas así como priorizar la transparencia en la implementación y evaluación de la política climática.  Consulta el documento presentado por la sociedad civil: Del PECC a la NDC: elementos para robustecer los compromisos climáticos de México   Referencias INECC, 2021. Tercer Informe Bienal de Actualización ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. WRI, 2021. Global greenhouse gas emissions 2016 excluding land-use change and forestry (LUCF) from Climate Watch. Contacto de prensa: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], +525570522107  

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Cambio Climático

México tiene la oportunidad de presentar una Contribución Nacionalmente Determinada progresiva en la COP27

Las NDC (Contribuciones Nacionalmente Determinadas, por sus siglas en inglés) son compromisos voluntarios adquiridos por los países en el Acuerdo de París para reducir sus emisiones de gases efecto invernadero (GEI). México tiene la oportunidad de actualizar su compromiso. La NDC presentada en 2020 está actualmente suspendida por ser regresiva con respecto a la NDC de 2015 en el componente de mitigación. Sin embargo, no hay impedimento legal –ni de ningún tipo– para presentar un nuevo compromiso en la COP27 (Conferencia de las Partes).   México debe redoblar esfuerzos en sus acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, comenzando por presentar una Contribución Nacionalmente Determinada (NDC por sus siglas en inglés) más ambiciosa en la próxima Conferencia de las Partes de la Organización de las Naciones Unidas sobre cambio climático (COP27), a celebrarse el próximo mes de noviembre en Egipto. Lo anterior es apremiante frente al reto de limitar el aumento de la temperatura del planeta en 1.5ºC y, con ello, prevenir afectaciones irreparables al medio ambiente y a los seres humanos a nivel global. Celebramos que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) haya realizado un esfuerzo para la recolección de propuestas de acciones climáticas en materia de adaptación y mitigación de diversos actores a nivel nacional, regional y local desde los ámbitos de la academia, la sociedad civil organizada y el gobierno. Es momento de cristalizar los insumos en una política climática justa y, por lo tanto, ambiciosa. Estos contenidos pueden dar sustento a una NDC actualizada que se presente en la COP27. La NDC actualizada en 2020 está suspendida como parte de un proceso judicial. Sin embargo, no existe un impedimento legal para que México elabore y presente una nueva NDC que incorpore un mayor nivel de ambición, así como la voz y acción climática de todas aquellas iniciativas que la enriquecen. Tal como precisó el tribunal al otorgar la suspensión, México y los otros países que han asumido compromisos en el marco del Acuerdo de París están obligados a emitir NDC sucesivas que representen una progresión, aumentando el nivel de ambición y alentando la adopción de medidas de reducción de emisiones. Esta obligación no sólo deriva expresamente del artículo 4.3 del Acuerdo de París, sino también del derecho a un medio ambiente sano establecido en el Art. 4to de la Constitución y del principio de progresividad en materia de derechos humanos que debe orientar la actuación de todas las autoridades. En ese sentido, el Estado mexicano tiene la oportunidad de presentar en la próxima COP27, una NDC con compromisos de mitigación más ambiciosos, a fin de cumplir con lo que establecen tanto el Acuerdo de París como el Pacto de Glasgow. Hacemos un llamado conjunto para que el gobierno federal lidere el esfuerzo para que la Contribución Nacionalmente Determinada que México presente en la COP27 sea un compromiso que cierre la brecha entre lo que México emite y su justa contribución a la reducción global de emisiones. Solamente a través de una política climática robusta, encabezada por una NDC justa y progresiva, es que México podrá transformar la profunda inequidad e injusticia climática, que pone al 68% de su población en condición de vulnerabilidad, en particular a quienes se encuentran en situación de mayor pobreza. Contacto de prensa: Víctor Quintanilla, AIDA, [email protected], +525570522107  

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Envían alerta internacional sobre amenazas a reservas forestales y comunidades rurales en Colombia

La alerta fue enviada a las secretarías a cargo de tratados internacionales que se verían desconocidos por la aplicación de la Resolución 110 de 2022 del Ministerio de Ambiente. En ella se pide instar al gobierno a que revoque la norma y la reemplace con instrumentos que respondan a las obligaciones de Colombia en materia de ambiente, clima y derechos de comunidades rurales.   La Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y la Red por la Justicia Ambiental en Colombia (RJAC) mandaron una alerta internacional acerca de los riesgos que una regulación expedida por el gobierno colombiano implica para las reservas forestales y humedales del país, así como para los pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinos que allí habitan. La regulación a la que se hace referencia es la Resolución 110 de 2022, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia. "Esta regulación flexibiliza el control ambiental y los requisitos para desarrollar actividades como la exploración minera y petrolera en áreas de reserva forestal; cuya conservación es clave en la lucha contra la crisis climática y la deforestación", dijo Yeny Rodríguez, abogada de AIDA. "Pese a ello, la norma fue emitida en desconocimiento del derecho a la consulta previa, libre e informada y a la participación de los pueblos que habitan estos puntos críticos de biodiversidad". La alerta fue enviada a las autoridades a cargo de tratados internacionales adoptados por el Estado colombiano: la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Convención Ramsar sobre los Humedales, la Convención de las Naciones Unidas contra la Desertificación y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. En el documento se detalla la importancia ecológica y social de las reservas forestales, además de los potenciales impactos de realizar en ellas actividades extractivas. Con la Resolución 110 de 2022, el gobierno nacional modificó la regulación referida a la sustracción de territorio de una reserva forestal para la realización de actividades económicas en ella. Dicha norma "eximió a algunos sectores y actividades del trámite de sustracción de reserva forestal, permitiendo que puedan adelantarse algunas actividades contaminantes sin el control de la autoridad ambiental. Además, flexibilizó el trámite para la obtención de los permisos de sustracción de reservas forestales", se lee en la alerta. En ese sentido, en la alerta se demuestra que la norma: incentiva la extracción de hidrocarburos convencionales y no convencionales, así como la técnica del fracking; incentiva la actividad minera; desconoce los múltiples impactos ambientales que la exploración minera o petrolera pueden generar; impide la recuperación y reparación de territorios deforestados; ignora afectaciones socioambientales que pueden generarse por el traslape de las áreas de reserva forestal con pueblos étnicos y población campesina; suprime el control y seguimiento ambiental; y desconoce los fines de las reservas forestales. En la alerta, AIDA y la RJAC solicitan a las autoridades a cargo de los tratados internacionales instar al gobierno de Colombia a que: Revoque la Resolución 110 de 2022 en cumplimiento de sus obligaciones internacionales de mitigación del cambio climático, reducción de la deforestación, preservación de la diversidad biológica y protección de comunidades rurales. Garantice el cumplimiento de estándares constitucionales e internacionales respecto de la protección de las zonas de reserva forestal en Colombia. Reemplace la resolución con instrumentos que respondan a dichas obligaciones y que los mismos se construyan mediante procesos que garanticen los más altos estándares del derecho a la participación real y efectiva y a la consulta previa de las comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas del país. Contacto de prensa Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

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Empresa irlandesa compradora de carbón colombiano será investigada por falta de debida diligencia en derechos humanos

La OCDE aceptó una queja interpuesta por la sociedad civil contra la estatal irlandesa ESB por faltar a una conducta empresarial responsable en la compra de carbón a Cerrejón.   El Punto Nacional de Contacto (PNC) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en Irlanda, aceptó evaluar la queja interpuesta contra la empresa estatal irlandesa The Electricity Supply Board (ESB) —compradora del carbón de la empresa Carbones del Cerrejón, operadora de la mina de carbón a cielo abierto más grande de Latinoamérica— por su falta de debida diligencia en materia de derechos humanos. La queja fue presentada en enero de 2021 por una coalición de organizaciones nacionales e internacionales —compuesta por el CAJAR, CINEP, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), GLAN, ABColombia, Ask y Christian Aid—, con el respaldo de varios liderazgos de comunidades indígenas Wayuu y afrocampesinas que han sido afectadas históricamente por este megaproyecto extractivo de explotación de carbón. Por años, ESB —considerada la empresa de energía más importante de Irlanda— ha comprado carbón de la mina de Cerrejón, ubicada en La Guajira, Colombia, para utilizarlo en su central eléctrica de Moneypoint en el Condado de Clare. El reclamo denuncia el incumplimiento por parte de la empresa, en su calidad de compradora, de los estándares de debida diligencia y conducta empresarial responsable en materia ambiental y de derechos humanos que la OCDE dicta. Además, en la queja se alega que ESB no ha tomado las acciones necesarias para incidir en la debida diligencia de Carbones de Cerrejón en cuanto a identificar, mitigar y prevenir los abusos a los derechos humanos vinculados a la mina, a pesar de la evidencia bien documentada de graves violaciones a comunidades indígenas Wayuu y afrocolombianas que incluyen afectaciones ambientales y amenazas a personas defensoras. Luego de una etapa de evaluación inicial de la queja, el pasado lunes 18 de julio, el PNC del gobierno irlandés hizo pública una declaración inicial en la que se señala que se encontraron motivos suficientes para que las cuestiones planteadas tengan un examen más profundo. ​ Para las organizaciones denunciantes, la compra del carbón colombiano por parte de ESB se ha realizado pese a que la compañía ha tenido conocimiento de que dicho carbón proviene de una mina con múltiples evidencias de graves violaciones a derechos humanos y afectaciones ambientales en el territorio de comunidades indígenas Wayuu y afrodescendientes. La misma empresa, en su página oficial, declaró: “ESB es muy consciente de la difícil historia de Colombia que ha tenido graves impactos en su población durante muchos años. También estamos al tanto de los temas reportados en los medios de comunicación en relación con la mina Cerrejón, muchos de los cuales están relacionados con la historia de Colombia. Estamos comprometidos a permanecer atentos a todos estos problemas y continuaremos colaborando con Bettercoal para ejercer influencia e impulsar mejoras. Traemos estos problemas a Bettercoal para su evaluación como algo habitual”. Aunque la empresa ESB había señalado que dejó de comprar carbón de Cerrejón en 2018 por las violaciones a derechos humanos, recientemente anunció que a raíz de la guerra entre Rusia y Ucrania reanudaba la compra de este carbón para los próximos meses: “hace seis años, Irlanda dejó de comprar carbón colombiano, aduciendo preocupaciones de derechos humanos, y recurrió a Rusia para obtener el combustible fósil. Ahora, la nación europea reanudó las compras a Colombia”. En su reciente visita a La Guajira, en abril de este año, el parlamentario irlandés Gary Gannon criticó a ESB por reiniciar las importaciones de carbón de Cerrejón. “Gary Gannon, quien viajó a Colombia en abril como parte de la delegación parlamentaria, dijo que había visto con sus propios ojos el devastador impacto ambiental de la mina y el dolor de las comunidades indígenas desplazadas de sus tierras para su expansión. “Hay un doble rasero preocupante en este regreso a Cerrejón”, dijo. “Con razón le decimos no al carbón ruso luego de la invasión de Ucrania, reconociendo el impacto que nuestras decisiones comerciales pueden tener en los derechos humanos. Pero ese estándar debe aplicarse en todas partes, incluso en Colombia”. En palabras de la lideresa Wayuu Jakeline Romero Epiayu: “Los países europeos, con total hipocresía, nos envían mensajes de descarbonización, de abandonar el uso de materiales fósiles, pero repentinamente vuelven a poner a Colombia y a La Guajira en su foco para comprar este carbón que siguen necesitando, este carbón que hemos dicho incansablemente va manchado de sangre, manchado de la vida de hombres, mujeres, niños y niñas Wayuu”. En la queja se solicitó entre otras recomendaciones que ESB ponga fin a su relación comercial con la compra del carbón colombiano; que emita una declaración pública reconociendo la necesidad de este cese; que pida a las empresas matrices de la mina que inicien el cierre progresivo de la misma y remedien sus impactos; que recopile y publique una política eficaz de derechos humanos y que emita una disculpa formal a las comunidades afectadas. Tras la emisión de esta evaluación inicial, el PNC irlandés preguntará formalmente a las partes si están dispuestas a participar en una mediación con el objetivo de alcanzar una resolución respecto de las cuestiones planteadas en el reclamo. La oferta de buenos oficios es voluntaria para ambas partes. Si no es posible una solución mediada, el PNC de Irlanda realizará un examen del reclamo y reflejará el resultado en una Declaración Final que puede incluir recomendaciones sobre la implementación de las directrices de la OCDE. El PNC de Irlanda señaló también que aún está tramitando otra de las quejas contra CMC Coal Marketing Company, empresa domiciliada en Dublín responsable de la comercialización y venta del carbón de la mina del Cerrejón. En el contexto actual de una demanda creciente de compradores del carbón de Cerrejón a raíz de la guerra entre Rusia y Ucrania, esta queja lanza un mensaje importante de cuestionamiento de las obligaciones de respeto de los derechos humanos y deberes de debida diligencia empresarial a los países y compañías que compran y consumen este carbón. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo Centro de Investigación y Educación Popular Asociación Interamericana para la Defensa del Medio Ambiente (AIDA) Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

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Consejo de Estado avala reglamentación del fracking en un fallo regresivo que desconoce principios y compromisos ambientales y de derechos humanos

Bogotá, Colombia. Al resolver la demanda de nulidad interpuesta por la Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Norte —coadyuvada por la Corporación Podion, AIDA y las clínicas jurídicas de la Universidad Javeriana y la Universidad de los Andes—,  el Consejo de Estado ratificó la legalidad de la reglamentación —contenida en el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014— para la exploración y explotación de yacimientos no convencionales de hidrocarburos mediante fracking o fracturación hidráulica. En el marco del litigo, existía una moratoria judicial al fracking en Colombia desde 2018, cuando el alto tribunal suspendió preventivamente la reglamentación con base en el principio de precaución y por la falta de certeza sobre los riesgos de daños irreversibles que la técnica implica para el ambiente, el clima y las personas. La sentencia del Consejo de Estado deja viva la reglamentación del gobierno y levanta la moratoria, pero no exonera a las autoridades nacionales y locales de proteger el ambiente y respetar los derechos fundamentales de la población a tiempo de consolidar la política minero energética. “El Consejo de Estado ha emitido una decisión contraria a los hechos probados en el litigio; desconociendo el peritaje realizado por la Universidad Nacional de Colombia, el informe de la comisión de expertos, el concepto de la Procuraduría General de la Nación y el resto de pruebas documentales y textos científicos que evidenciaron la necesidad de prohibir esta técnica en virtud del principio de precaución”, señaló Juan Pablo Sarmiento, abogado demandante del caso. “Además del principio de precaución, el fallo desconoce los compromisos climáticos internacionales de Colombia y el principio de solidaridad intergeneracional pues ignora los derechos fundamentales de las generaciones futuras”. El fracking ha sido valorado por académicos y científicos nacionales e internacionales como una técnica experimental que amenaza el aire, el agua, la salud humana, la participación democrática, el tejido social y la cultura, los sistemas de conocimiento tradicionales, la biodiversidad y, en el largo plazo, la estabilidad económica, sismica y climática. Además, es una técnica que genera contaminación atmosférica debido a emisiones de metano (CH4); un gas potente cuyo potencial de calentamiento es entre 84 y 87 veces mayor que el dioxido de carbono (CO2) en una escala de 20 años. “En América Latina y en el mundo, muchos países han prohibido el fracking por sus impactos en el ambiente y para precautelar los derechos humanos”, afirmó Yeny Rodríguez, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), parte del equipo litigante. “La sentencia del Consejo de Estado en Colombia es regresiva y va en contra los avances internacionales en materia ambiental, climática y de derechos humanos”. Lizeth Gómez, abogada de la Corporación Podion, consideró que el levantamiento de la moratoria judicial al fracking “deja abierta la posibilidad de avanzar con este tipo de proyectos”, cuyos contratos estaban suspendidos. “Es necesario que el fracking cuente con licencia social porque varias regiones del país han sido consideradas como potencial para la implementación de esta técnica”. De su lado, Juan Felipe García, abogado de la Clínica en Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana dijo que el Consejo de Estado “perdió una gran oportunidad para robustecer, por la vía judicial, una regulación que múltiples expertos consideraron débil para proteger el ambiente y la salud pública”. Añadió que “está en manos del gobierno nacional y del Legislativo garantizar a la sociedad la protección del principio de precaución y la participación democrática en materia ambiental”. Silvia Quintero, asesora jurídica de la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de Los Andes, aclaró que la decisión del máximo tribunal administrativo del país “no es una carta abierta para realizar fracking en Colombia. “El gobierno debe garantizar integralmente el derecho a la participación y a la vocería de las comunidades en la toma de decisiones acerca de los proyectos que puedan generar impactos ambientales en sus territorios, así como la seguridad y protección de las y los líderes ambientales que defienden sus territorios”. Contactos de prensa: Juan Pablo Sarmiento, [email protected], +573005514583 Yeny Rodríguez, AIDA, [email protected], +573107787601 Juan Felipe García, Clínica en Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana, [email protected], +573125588889 Lizeth Gómez, PODION, [email protected], +573176430036  

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El Programa de Verificación Vehicular Obligatoria vigente de la ZMVM es insuficiente para garantizar una calidad del aire saludable

En lo que va de 2022, el número de contingencias ambientales se ha incrementado en comparación con 2021. Es necesario hacer más estrictos los criterios de verificación vehicular, principalmente en lo que se refiere a la eficiencia energética. El etiquetado de emisiones en automóviles es un elemento trascendental para reducir la contaminación y mitigar el cambio climático en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).   Ciudad de México. A diez días de la publicación del Programa de Verificación Vehicular para el segundo semestre de 2022 (PVVO) tanto en Ciudad de México (CDMX) como en el Estado de México (EDOMEX), el Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire (OCCA) hace un llamado y un recordatorio a ambas entidades para que desarrollen y publiquen medidas más estrictas a favor de la mejora de la calidad del aire y de la protección de los derechos humanos y de la salud de las personas de la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM). El OCCA recordó que, de acuerdo con comunicados publicados por la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), del 1 de enero al 8 de junio de 2022, se han presentado cinco contingencias ambientales por contaminación en el aire. Esa cifra, a medio año, supera ya las cuatro contingencias que hubo en 2021. Lo anterior ocurre pese a que en enero de 2020 fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el programa de verificación que estipula que los automóviles deben tener un límite máximo de emisiones igual o menor a los establecidos en la regulación Tier 2 Bin 5 americana para obtener por dos ocasiones seguidas el holograma "00" que permite la circulación diaria, así como que los automóviles deben de tener un rendimiento energético mayor o igual a 16 kilómetros recorridos por un litro de combustible consumido. Los mismos criterios fueron adoptados por el EDOMEX de manera paralela. Debido a que dichos parámetros no han sido suficientes, el 11 de mayo de 2022, el OCCA envió una carta a los titulares de la gestión de la calidad del aire tanto de la CDMX como del EDOMEX para solicitar la adopción de criterios más estrictos para la obtención del holograma "00" en la ZMVM. La petición se basa en que, con apego al Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los compromisos de la Agenda Global 2030, el Acuerdo de París y otros instrumentos y estándares internacionales en materia de derechos humanos, las emisiones dentro de las Zona Metropolitana del Valle de México se deben reducir 30% para 2024, mientras que los gases deben disminuir 10% para el mismo año. El OCCA solicitó a las entidades hacer más estrictos los criterios para la obtención del holograma "00" por dos ocasiones: que los vehículos tengan un rendimiento energético mayor o igual 18 kilómetros recorridos por un litro de combustibles y que cumplan con el estándar EPA Tier 2 Bin 5. En tanto para la obtención del holograma "00" por una ocasión, se deben cumplir las siguientes características: que los vehículos tengan un rendimiento mayor a 15.5 kilómetros por litro o menor a 18 kilómetros por litro. Sin embargo, la misiva fue respondida solo por el Estado de México, cuya Secretaría del Medio Ambiente indicó que considerará la viabilidad de la propuesta y que la turnó a la CAMe para las gestiones correspondientes. Por otro lado, dentro del PVVO del primer semestre del 2020 para el caso de la CDMX, el Transitorio CUARTO, inciso "a", dice a la letra: "A partir de enero de 2021, los vehículos deberán contar con una etiqueta en donde se muestre su nivel de emisión de dióxido de carbono y su rendimiento de combustible". No obstante, el OCCA señala que en la actualidad lo referente al etiquetado no ha ocurrido y recuerda que la implementación de una etiqueta en los vehículos es relevante porque: Permite a los consumidores tomar una decisión informada respecto a los vehículos que compran, en cuanto al rendimiento de combustible, eficiencia energética y reducción de emisiones. Facilita comparar un vehículo dentro de su propia categoría y elegir la opción más eficiente. Evidencia los gastos ocultos a futuro que afectan directamente al consumidor y de esta manera evita gastos no previstos. Promueve que los consumidores se informen acerca del deterioro ambiental y de la calidad del aire, de los riesgos a la salud y de la disminución en la calidad de vida que implica comprar un vehículo altamente contaminante y de baja eficiencia. Empodera a los consumidores para que puedan verificar si el auto que compraron está cumpliendo con el rendimiento indicado por los fabricantes y, de esta manera, incentiva la fiscalización de la información por parte de consumidores. Funciona como un incentivo para que la industria automotriz compita e innove por mejorar el rendimiento y desempeño ambiental de los vehículos que se comercializan en nuestro país. Contribuye a garantizar el derecho al ambiente sano y la salud de la población de la región a través de una buena calidad del aire y de la mitigación de emisiones de contaminantes climáticos de vida corta emitidos por vehículos automotores. La solicitud del OCCA refrenda su compromiso de contribuir e impulsar un medio ambiente más saludable y la mitigación del cambio climático a través de una mejor calidad del aire. Ello principalmente en un contexto de contingencia sanitaria en el que la contaminación ha sido una agravante y la COVID-19 sigue presente. En fechas recientes, el Instituto de Salud Pública de México halló en un estudio realizado durante 2020 que en 25 ciudades incremento en 3.5% la tasa de mortalidad por Covid-19 derivado del aumento de NO2. Por ello, se reitera el llamado a las autoridades de la Zona Metropolitana del Valle de México a que garanticen el derecho a un medio ambiente saludable a través de hacer más estrictos los criterios de verificación vehicular, que son la principal fuente de emisiones a nivel local, y de dar continuidad al etiquetado de rendimiento y emisiones en vehículos ligeros. *Organizaciones del OCCA que suscriben: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Bicitekas, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, CERCA, El Poder del Consumidor, Frente de Organizaciones de Transporte Colectivo y Alternativo, Fundación Tláloc, Iniciativa Climática de México, Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo capítulo México, Redspira, Transita Seguro, WWF México. Contactos de prensa Denise Rojas, El Poder del Consumidor, [email protected], 55-1298-9928 Ricardo Ruiz, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, [email protected], 5559644162 Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], +525570522107  

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