Colombia


Decisión judicial protege la democracia ambiental y previene la megaminería de oro en los páramos en Cajamarca

La consulta popular que prohibió la minería en Cajamarca está vigente y debe ser acatada. Así lo reconoció el Juzgado Décimo Administrativo de Ibagué, el cual estableció que el acuerdo municipal, que adoptó los resultados de la consulta popular de Cajamarca, sigue siendo de obligatorio cumplimiento. Hace unos meses, desde la Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca también celebramos otra decisión similar del Juzgado Segundo Administrativo de Ibagué, que determinó que dicho acuerdo debe seguir vigente. Estas dos decisiones en menos de seis meses son un respaldo a la democracia ambiental. La Coalición aportó argumentos adicionales para apoyar al municipio de Cajamarca en la defensa de la consulta popular, entendiendo la importancia de esta decisión para esta comunidad, para otros territorios y para la garantía de la democracia. La Coalición está integrada por el Colectivo Socioambiental Juvenil de Cajamarca (COSAJUCA), el Centro Sociojurídico para la Defensa Territorial SIEMBRA, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), el Semillero de  investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA),  la  Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Rosario (GAP) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana. Al respecto, el Comité Promotor de la Consulta Popular de Cajamarca señaló: “la decisión tomada por el juez garantiza que el mandato popular decidido en las urnas esté vigente y se convierte en un llamado claro a que las instituciones del orden nacional implementen sus resultados, tomando las decisiones que hacen falta en materia de permisos ambientales y concesiones mineras”. En la sentencia, el juez tuvo en cuenta los argumentos del municipio de Cajamarca y de las organizaciones de la Coalición -en calidad de coadyuvantes-. Las razones principales del juez son que no han desaparecido los fundamentos de derecho del acuerdo (Ley 1757 de 2015) y que esta norma no está desconociendo las leyes y jurisprudencia sobre la materia. Ambos juzgados reconocen que las sentencias de la Corte Constitucional que limitaron el alcance de las consultas populares (SU-095 de 2018 y C-053 de 2019) no afectan la vigencia ni los efectos del Acuerdo que implementó la consulta popular de Cajamarca, debido a que en estas no se estableció que afectaran situaciones pasadas. Por eso, no es posible desconocer un mecanismo de participación ciudadana que se adoptó bajo las normas vigentes, a pesar de que la Corte haya cambiado su postura. No cabe duda de que la consulta popular de Cajamarca sigue vigente y que su mandato de no autorizar actividades mineras en el territorio debe ser acatado e implementado por todas las autoridades competentes. Esto se evidencia con dos decisiones judiciales que confirman que las consultas populares se respetan. Con lo cual, gana la democracia y se garantiza el derecho fundamental a la participación, a pesar de los intereses particulares de quienes quieren desconocer este mandato popular.   Contactos de prensa: Robinson Mejía, COSAJUCA, 3002183641, [email protected] Sara Sofia Moreno, SIEMBRA, 3005683333

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Páramo de Santurbán, Colombia
Fuentes de Agua Dulce

Un llamado para proteger el bosque andino y los páramos tras los incendios en Colombia

La crisis climática y las graves consecuencias de El Niño desataron en las últimas semanas un panorama de colapso climático en la alta montaña y en los páramos colombianos. Los incendios ocurridos allí son una señal de auxilio para tomar conciencia y acción hacia la protección de estos sistemas de vida, que albergan frailejones, dantas, colibríes y osos paramunos, entre otras especies únicas. Los incendios forestales también se presentan hoy con alta intensidad en otros lugares del continente como Chile y la Amazonía. Según la Oficina Regional para las Américas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM), la interconexión entre la crisis climática, así como las altas temperaturas y sequías que genera El Niño, fueron las causas de incendios de mayores magnitudes y difíciles de controlar. Las especies invasoras como el pino, el eucalipto y el retamo espinoso —con las que lamentablemente han sido arborizadas algunas montañas del país— también agravaron la emergencia pues contienen material biótico altamente inflamable. La Unidad para la Gestión del Riesgo de Desastres señaló que, hasta el 3 de febrero de 2024, un total de 576 incendios destruyeron más de 37.742 hectáreas, afectando incluso Parques Nacionales Naturales que albergan diferentes tipos de ecosistemas. La situación fue especialmente preocupante en los páramos y nevados del país. Entre estos, los más afectados fueron la Sierra Nevada de Santa Marta —una reserva hidrográfica en el norte de Colombia— y los páramos de Santurbán-Berlín en Santander, parte de la Estrella Hidrográfica del Nororiente Colombiano. Desde el reporte del grave incendio en el Parque Nacional Natural Los Nevados que afectó gravemente la cobertura vegetal del área, este tipo de sucesos se han hecho más comunes. Los páramos son ecosistemas de montaña, únicos en el planeta. Cumplen un rol importante pues proveen el 70% del agua para la población de Colombia y son sumideros naturales de carbono, una función climática fundamental. Los frailejones son sus plantas más emblemáticas. Tienen la función de absorber y purificar el agua de la neblina y condensarla a través de sus hojas vellosas. Los flujos de agua que reciben se acumulan en humedales, contribuyendo a regular los flujos hídricos y sirviendo como reservorios importantes de agua dulce para el consumo humano. Sin embargo, crecen tan solo 1 cm por año, lo cual alerta desde ya que su regeneración tomará décadas. Las cifras de esta temporada de incendios son alarmantes. En el Páramo de Santurbán, más de 800 hectáreas de frailejones fueron destruidas, amenazando la conservación de la flora y la fauna local. También se registraron incendios en el Páramo de Berlín —parte esencial del sistema de páramos de Santurbán y fuente de abastecimiento de agua para 30 municipios de Santander y Norte de Santander— donde las llamas consumieron 300 hectáreas. En total, el sistema de páramos de Santurbán es la fuente hídrica de más de 2 millones de personas. Las valiosas funciones ecosistémicas de los páramos se vieron altamente afectadas. La pérdida de materia orgánica en la primera capa del suelo pudo afectar su capacidad de retener agua, por lo que su restauración deberá ser lenta y ajustarse a su estado de fragilidad agravada actual. Por su valioso rol ecosistémico, en Colombia existe un mandato legal y constitucional para proteger los páramos, el cual se traduce en la prohibición de realizar en ellos ciertas actividades como la minería, la extracción de hidrocarburos, las quemas y cualquier otra que degrade la cobertura vegetal nativa. La normativa internacional ha reforzado ese deber de conservación por tratarse de ecosistemas con gran biodiversidad (Convenio de Diversidad Biológica), que son sumideros de carbono esenciales para la mitigación de la crisis climática (Convención Marco de las Naciones Unidos sobre el Cambio Climático) y refugio de humedales fundamentales para la seguridad hídrica (Convención Ramsar).  El Instituto Humbolt viene alertando que el cambio climático causa en la alta montaña mayores temperaturas y menos precipitaciones y, por tanto, una tendencia a la aridización que conlleva el aumento del régimen de fuego. Pese a ello, el Estado no ha adoptado las medidas necesarias para garantizar la protección integral de los páramos, los bosques y el ciclo del agua, situación que resultó en una catástrofe ambiental sin precedente en el país. Desde la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán y el Colectivo Socio Ambiental Juvenil de Cajamarca (Cosajuca) expresamos nuestro más profundo apoyo y solidaridad a las comunidades afectadas, a las y los campesinos y montañeros, a los pueblos indígenas, a los cuerpos de bomberos, a las brigadas forestales comunitarias y a todas las personas que trabajaron incansablemente para controlar los incendios. Asimismo, nos sumamos al llamado urgente a la acción para proteger integralmente el agua, los bosques y páramos de Colombia. Esperamos que la terrible imagen de las llamas cubriendo con cenizas los bosques y la frágil vegetación paramuna lleve al gobierno de Colombia a: Tomar acción urgente para prevenir y contener futuros incendios. Avanzar hacia la restauración ecológica de áreas degradadas de forma integral y con un enfoque holístico, para que los esfuerzos de reforestación no sean aislados, sino que se concreten en acciones basadas en el conocimiento profundo de estos ecosistemas. Adoptar las medidas de protección integral del agua, los bosques y páramos frente a actividades extractivas como la minería que agravan la crisis climática y el desabastecimiento hídrico e incrementan la ocurrencia de incendios en la región andina.   Que estos días de calor y sequía nos recuerden la gran importancia de estos ecosistemas para la diversidad biológica, la soberanía y la seguridad hídrica, así como para la estabilidad climática. Que nos motiven a seguir defendiendo estos valiosos ecosistemas. Contactos de prensa: Juan Camilo Sarmiento, Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán, [email protected] Robinson Mejía, Cosajuca, [email protected] Yeny Rodríguez, AIDA, [email protected], +573107787601.  

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Paisaje de Cajamarca, departamento de Tolima, Colombia

Fallo judicial deja en firme la consulta popular y el “No” al proyecto La Colosa en Cajamarca

La Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca celebra la decisión que protege la democracia ambiental y previene la megaminería de oro en la despensa agrícola de Colombia.   En una sentencia de primera instancia del primero de noviembre de 2023, el Juzgado Segundo Administrativo de Ibagué reiteró la legalidad del Acuerdo No. 003 de 2017, que adoptó los resultados de la consulta popular de Cajamarca. En esta decisión, el juez negó las pretensiones del demandante, Guillermo Reyes en contra del Acuerdo y dejó en firme la consulta popular por medio de la cual las y los cajamarcunos le dijeron ‘NO’ al proyecto de megaminería de oro La Colosa, de la multinacional Anglogold Ashanti. Se trata de un triunfo para la democracia participativa y para la defensa de los territorios campesinos frente al extractivismo que se les ha querido imponer. La Coalición Jurídica para la defensa de Cajamarca —integrada por COSAJUCA, SIEMBRA, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), PODION, DeJusticia, la Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad del Rosario (GAP), la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana, la Clínica Jurídica de las Universidades de Antioquia y Libertadores— celebra la decisión por ser un hito que protege una participación democrática efectiva en asuntos ambientales, con capacidad de incidencia directa, como lo ordena el derecho internacional. Al respecto, el Comité Promotor de la Consulta Popular de Cajamarca señaló: "este fallo garantiza que la decisión tomada el 26 de marzo de 2017 en las urnas —que defendió los derechos colectivos al ambiente sano, la alimentación, la vida y el agua— sea respetada. También es un hecho de vital importancia debido a los múltiples procesos judiciales iniciados por la empresa minera Anglogold que tienen como objetivo reactivar La Colosa. Este fallo truncará varias de sus pretensiones". En la sentencia, el juez respaldó los argumentos presentados por el municipio de Cajamarca en su contestación y por la coalición, que presentó coadyuvancias en favor del Acuerdo 003/17. Las razones que soportan la decisión del juez son que el acuerdo fue expedido en debida forma, que sigue los requisitos legales y constitucionales, y que se ajusta a la normatividad vigente sobre la consulta popular. Además, contrario a lo que indicó el demandante, las Sentencias SU-095 de 2018, C-053 de 2019 y T-342 de 2019 de la Corte Constitucional no tenían la capacidad de afectar la legalidad del Acuerdo 003, pues no resultaban aplicables. Dichas sentencias, emitidas después del Acuerdo 003, señalan que las consultas populares no son un mecanismo para decidir sobre el subsuelo. En palabras del juez: "Al momento de expedir el acuerdo municipal 003 de 2017, no solo las normas constitucionales y legales daban la autonomía al municipio de Cajamarca para adelantar la consulta popular de iniciativa popular, sino que las sentencias dictadas en la materia, hasta entonces, constituían un precedente pacífico y reiterado frente a la protección del medio ambiente y las garantías de la descentralización territorial, así como de las competencias frente al uso del suelo y subsuelo, y las decisiones frente a la vocación extractivista de los territorios, como decisión propia dentro del ejercicio de la participación ciudadana". Sin duda alguna, este fallo resulta trascendental, no solo para el ejercicio democrático y la efectividad de los derechos de participación en Cajamarca, sino para las demás consultas populares que se promovieron y votaron en el país. También es un precedente fundamental para los demás países de América Latina en donde los municipios y departamentos reclaman su derecho a decir ‘NO’, a conservar su vocación agrícola y a no tener megaminería en sus territorios. #LasConsultasSeRespetan Contactos de prensa Robinson Mejía, COSAJUCA, 300 218 36 41,  [email protected]  Sara Sofia Moreno, SIEMBRA, 300 568 33 33, [email protected] Víctor Quintanilla, AIDA, +52 5570522107, [email protected]  

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Derechos Indígenas, Minería

Alto tribunal ordena al gobierno colombiano adoptar acciones concretas de mitigación y adaptación a la crisis climática

Tras evidenciar que el Ministerio de Ambiente incumplió obligaciones climáticas contenidas en la legislación nacional, el Consejo de Estado ordenó que la entidad adopte, en el plazo de un año, medidas específicas para honrarlas. Es la decisión final de la acción judicial presentada por diversos actores para que el Estado incluya los impactos climáticos del sector carbón en su gestión de la crisis climática.   El Consejo de Estado emitió una sentencia en la que ordena al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible adoptar, en el plazo de un año, medidas concretas de mitigación y adaptación a la crisis climática para cumplir así parte de los compromisos climáticos del país. Con este fallo, el alto tribunal resolvió la acción de cumplimiento que una coalición de organizaciones de la sociedad civil, centros de pensamiento y universidades presentó el 4 de mayo para que el Estado incorpore los impactos de la cadena productiva del carbón en la política climática. En la sentencia, el Consejo de Estado reconoce el incumplimiento del ministerio de normas referidas a la inclusión de impactos climáticos en los proyectos que cuentan con instrumentos de gestión y control ambiental, la falta de regulaciones referidas a las emisiones del sector carbón y la ausencia de un reporte y evaluación de impacto de la implementación de programas y proyectos de Soluciones Basadas en la Naturaleza. Si bien la decisión pudo ser más ambiciosa al reconocer otros incumplimientos alegados y demostrados en la acción judicial, el alto tribunal dictó cuatro órdenes fundamentales que deben ser cumplidas por el Ministerio de Ambiente: Incluir en los instrumentos de manejo y control ambiental de proyectos consideraciones de adaptación y mitigación del cambio climático, con énfasis en la cuantificación de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y los aportes de las medidas de compensación ambiental a la Contribución Determinada a Nivel Nacional, presentada por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Adoptar una guía nacional para la formulación, desarrollo, monitoreo, reporte y evaluación de impacto de la implementación de programas y proyectos de Soluciones Basadas en la Naturaleza. Esta debe incorporar la gestión de cambio climático, la integración con el enfoque en ecosistemas, así como los aportes a la economía, los beneficios a la biodiversidad y a las comunidades humanas. Determinar las metodologías para el cálculo de las emisiones directas e indirectas que deberán ser reportadas; los métodos, instrumentos, procesos y periodicidad del reporte de las emisiones de GEl y la información y documentación para la elaboración de inventarios de GEI. Regular las condiciones que establezcan los requerimientos para la verificación, certificación y registro de las emisiones, reducciones de emisiones y remociones de GEI; así como determinar los procedimientos de seguimiento y control previstos.    Con base en el resultado, este litigio se constituye en el primer caso exitoso de litigio estratégico y climático para el continente al haber evidenciado que el Estado incumplió compromisos climáticos específicos, y haber logrado que se ordenará a una de las autoridades competentes la adopción de acciones concretas para la adecuada gestión climática. La estrategia empleada y el precedente alcanzado bien pueden ser replicados en otros países de la región. La acción de cumplimiento fue presentada ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Colectivo de Abogados y Abogadas “José Alvear Restrepo” (CAJAR), Censat Agua Viva, el de Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), POLEN Transiciones Justas, la Universidad de Magdalena y la investigadora Paola Yanguas. En julio, ese tribunal emitió la sentencia de primera instancia en el caso. En ella, generó ocho órdenes dirigidas no solo al Ministerio de Ambiente, sino también al Ministerio de Minas y Energía, para que cumplan las leyes 1931 de 2018 y 2165 de 2021, normas que establecen las acciones mínimas que el país debe realizar para honrar sus compromisos climáticos a nivel internacional. La acción judicial demostró que, en los últimos seis años, el gobierno ha omitido las obligaciones recogidas en esas leyes, particularmente en relación con los impactos en el clima generados por el sector carbón. El caso pasó luego al Consejo de Estado, cuya decisión final reitera parte de lo dictaminado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Colombia, al ser el mayor exportador de carbón en Latinoamérica, tiene la obligación de incorporar en sus compromisos climáticos la dimensión real de los impactos de dicho sector. Así lo han pedido comunidades de La Guajira, quienes por décadas han sido afectadas directamente. Estas comunidades, si bien no firmaron la acción judicial, sí la apadrinaron, además de acompañar su presentación con baile y música tradicional. Contacto de prensa: Víctor Quintanilla-Sangueza (México), AIDA, [email protected], +521 5570522107  

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Paisaje desértico en La Guajira, Colombia.

Ampliar la minería de carbón en Colombia contradice una transición energética justa

Colombia enfrenta hoy numerosos desafíos relacionados con la necesaria transición energética justa. Al ser el principal exportador de carbón térmico de América Latina, uno de sus retos prioritarios es definir el futuro del mineral en las matrices económicas y energéticas del país, así como la manera de alinear ese sector con sus obligaciones en materia de gestión de la crisis climática global. Sin duda, las medidas que se adopten para avanzar hacia la transición energética justa y el cumplimiento de los compromisos climáticos deben respetar y garantizar los derechos humanos. El Estado debe hacerlo con una perspectiva diferenciada respecto a los grupos más vulnerables de la sociedad, los mayormente afectados por los efectos de la crisis climática y por los procesos de transición. El gobierno actual, como parte de su plan para modificar la estrategia de transición energética, ha propuesto la construcción de una hoja de ruta enfocada en promover proyectos de energías renovables de fuentes no convencionales, entre otras iniciativas. La propuesta tiene cuatro principios: equidad, participación social y vinculante, gradualidad soberana con confiabilidad y un principio de conocimiento. Aunque la estrategia planteada puede considerarse un avance hacia la transición energética y al cumplimiento de compromisos y estándares internacionales, tiene vacíos preocupantes: no se enfoca lo suficiente en la sustitución de combustibles fósiles y evade el rol e impactos generados por el sector carbón en todas sus fases. Dejar fuera las causas estructurales de la crisis climática obstaculiza la consolidación de un proceso de transición energética que es hoy un escenario en disputa con diversas reivindicaciones e intereses en juego. Un claro ejemplo es lo que ocurre en el departamento de La Guajira, al norte del país, donde confluyen un alto potencial para las energías renovables y la extracción del 35% del carbón que se exporta, actividad que profundiza la crisis climática. Ello ha incrementado la de por sí alta vulnerabilidad climática de la región y agravado la vulneración de derechos humanos en ese territorio. El impacto ha sido tal —sobre todo en términos de estrés hídrico, desertificación y disminución de precipitaciones—  que el gobierno decretó Estado de Emergencia Económica, Social y Ambiental en La Guajira, donde se prevé la llegada del fenómeno de El Niño con una intensidad y duración más altas que en años anteriores.   El rol del sector carbón en el proceso de transición Combatir y gestionar la crisis climática implica mínimamente avanzar en el proceso de sustitución de los combustibles fósiles, además de frenar la expansión de su extracción y explotación, con la consecuencia evidente de restringir al máximo su uso. Los impactos en derechos humanos y en el clima global del sector carbón, así como los conflictos socioambientales que ha generado, han hecho que el mundo replantee el uso y comercialización del mineral.   Así, en los países del sur global con alta dependencia de la extracción y comercialización de combustibles fósiles, se han iniciado discusiones acerca de si avanzar y de qué manera en el proceso de sustitución. En el caso colombiano, si el país quiere avanzar en el cumplimiento de sus obligaciones climáticas y en el proceso de transición energética justa, es necesario dejar de autorizar nuevos proyectos de minería de carbón térmico, evitar la ampliación de los ya existentes y empezar procesos de salida responsable para un cierre minero progresivo y donde se garanticen derechos. La hoja de ruta del proceso de transición energética debe centrarse en evitar al máximo los impactos en los derechos humanos (territoriales, de subsistencia y ambientales) de las comunidades más vulnerables a los efectos de la crisis climática. De lo que se trata es de evitar nuevas violaciones de derechos humanos y una desprotección de los territorios atravesados por la cadena productiva del sector carbón. El debate en torno a la transición energética y los conflictos socioambientales asociados al carbón se ejemplifica plenamente en el caso del arroyo Bruno, en La Guajira, con un proceso jurídico vigente. Está en manos de la Corte Constitucional decidir entre la protección de un arroyo vital para una zona de alto estrés hídrico y la explotación de su cauce para expandir la mina de la empresa Carbones del Cerrejón (propiedad de la multinacional Glencore). Lo que está en juego es la garantía de los derechos de acceso al agua, a la salud y a la vida de las comunidades Wayúu.   Lo que la transición justa sí necesita Tras analizar el rol del carbón en el proceso de la transición energética justa en Colombia, es posible concluir que el país no está cumpliendo sus compromisos climáticos porque no ha establecido medidas y acciones específicas para el sector carbón en su política de cambio climático. Si Colombia quiere avanzar en la sustitución de combustibles fósiles, la política de cambio climático y el proceso de transición energética no pueden desligarse del seguimiento y toma de decisiones que las autoridades competentes adopten respecto de proyectos específicos del sector carbón. La gestión del cambio climático y el proceso de transición energética deben reconocer las reivindicaciones de justicia, reparación y no repetición, exigidas por las comunidades afectadas por años de extracción de carbón, como las ubicadas en el departamento de La Guajira. En un escenario de transición energética justa deben garantizarse —junto con las comunidades afectadas—procesos de cierre minero progresivos, participativos e inclusivos, encaminados a generar escenarios de diversificación y reconversión en las regiones con alta dependencia del sector carbón. Actuar bajo ese marco es deseable y posible.  

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Cúpula da Amazônia: 6 propostas para preservar a floresta por meio da cooperação regional

A Amazônia é a maior floresta tropical do mundo, um ecossistema megadiverso e um estabilizador climático global que desempenha um papel fundamental no ciclo da água na América do Sul. Além disso, a região abriga centenas de povos indígenas, ribeirinhos e comunidades locais. Apesar de sua riqueza e importância cultural, a Amazônia está ameaçada pela colonização e apropriação de terras, desmatamento, incêndios e atividades extrativistas, entre outras coisas. Como a região é compartilhada por oito países - Bolívia, Brasil, Colômbia, Equador, Guiana, Peru, Suriname e Venezuela - e pela Guiana Francesa (território ultramarino francês), sua preservação exige esforços regionais. O Tratado de Cooperação Amazônica (TCA), assinado em 1978 pelos oito países amazônicos, promove o desenvolvimento sustentável dos territórios amazônicos com foco na cooperação e na pesquisa científica. Em 1998, com uma emenda ao tratado, os países criaram a Organização do Tratado de Cooperação Amazônica (OTCA) para fortalecer e aprimorar o processo de cooperação. A OTCA é hoje o único bloco socioambiental da América Latina e a arena mais importante para estabelecer uma forte coordenação regional para preservar o bioma amazônico. Entretanto, essa organização intergovernamental ainda não atingiu seu potencial. Ela tem enfrentado obstáculos de financiamento, dependendo de fontes internacionais em várias ocasiões. Por outro lado, não permitiu a participação efetiva da sociedade civil.                     Nos dias 8 e 9 de agosto, a cidade de Belém do Pará, no Brasil, sedia a Cúpula da Amazônia 2023 - a quarta reunião dos presidentes dos Estados que compõem o TCA. Diante da oportunidade que essa reunião representa para revitalizar a OTCA em prol dos territórios amazônicos, apresentamos 6 propostas para preservar esse ecossistema por meio da cooperação regional.   1. Reformar os órgãos da OTCA para permitir a participação pública É urgente atualizar o TCA e restaurar a OTCA para garantir a ampla participação da sociedade civil, incluindo as reuniões dos órgãos de governança da OTCA e a criação de sua Agenda Estratégica para a Cooperação Amazônica. As atas dessas reuniões devem ser tornadas públicas. Essas e outras medidas são essenciais para que os estados amazônicos cumpram suas obrigações nos termos do Acordo de Escazú, um tratado regional que reconhece o direito do público de acessar informações sobre questões ambientais.   2. Promover a inclusão, o diálogo e a coordenação com os habitantes da região Os povos indígenas, as comunidades ribeirinhas e as comunidades locais que vivem na Amazônia têm desempenhado um papel fundamental na sua proteção. Ao longo dos séculos, seus conhecimentos têm possibilitado a conservação da floresta. Portanto, os esforços para preservar esse ecossistema devem começar pelo reconhecimento, valorização e proteção dessa rede de conhecimento ancestral, promovendo sua participação na tomada de decisões e garantindo seus direitos, de acordo com os tratados internacionais para a proteção dos direitos humanos.   3. Proteção dos defensores ambientais Quatro dos países amazônicos - Brasil, Colômbia, Equador e Peru - estão entre os países com os maiores riscos para os defensores ambientais e territoriais, especialmente os defensores indígenas e ribeirinhos. Apesar disso, a OTCA não tem uma estratégia para lidar com essa grave situação. A Organização deve garantir aos defensores ambientais um ambiente seguro e favorável para seu trabalho, tarefa que também deve incluir um programa para a proteção das mulheres defensoras na Amazônia.   4. Combate efetivo ao uso de mercúrio na mineração de ouro O uso de mercúrio na mineração de ouro em pequena escala é devastador para as comunidades e os ecossistemas da Amazônia. Em nível regional, a OTCA deve adotar uma resolução ou um programa para tratar diretamente dessa questão. E, em nível internacional, os Estados membros devem agir como um bloco para pressionar por emendas à Convenção de Minamata sobre Mercúrio, de modo que o tratado proíba a comercialização do metal pesado e seu uso na mineração de ouro em pequena escala.   5. Providenciar a execução dos acordos ambientais internacionais Com base em uma estratégia regional de reconhecimento do direito ambiental internacional para a proteção da Amazônia e de seus habitantes, a OTCA deve assessorar os Estados Partes para o cumprimento de tratados ambientais, como a Convenção sobre Diversidade Biológica. Também deve apoiar os Estados na inclusão de localidades, sistemas de conhecimento, tradições e expressões culturais de comunidades ribeirinhas e povos indígenas que estejam ameaçados e em listas de atenção e apoio internacional prioritário, como as Reservas da Biosfera e o Patrimônio Cultural Imaterial da UNESCO, bem como as Zonas Úmidas de Importância Internacional da Convenção de Ramsar.   6. Promover uma visão diferente de desenvolvimento para a região amazônica A OTCA deve promover uma visão de desenvolvimento que leve em conta as comunidades e inclua os problemas de desmatamento, queimadas e a expansão da fronteira extrativista por meio da integração internacional. Também é necessário articular esforços regionais para deter a expansão da fronteira petrolífera e defender o estabelecimento de uma moratória para a extração de combustíveis fósseis na Amazônia. Além disso, deve promover reformas legais que desencorajem a expansão da mineração ilegal e seus impactos.   Olhando para o futuro A floresta amazônica e o potencial de cooperação regional para preservá-la estão em um momento crítico. O ponto de não retorno para a Amazônia - o ponto em que os níveis de desmatamento superam sua capacidade de regeneração - não é mais um cenário futuro. Entretanto, após vários anos de pouca ação dentro da OTCA, a Cúpula Amazônica deste ano e a reativação do Parlamento Amazônico em 2022 renovam a esperança de cooperação regional para preservar a floresta. Na mesma linha, os presidentes do Brasil e da Colômbia anunciaram recentemente suas metas para conter o desmatamento ilegal nos territórios amazônicos até 2030. Considerando as ameaças atuais à Amazônia e a obrigação da OTCA de promover a cooperação regional, seus Estados membros deveriam aproveitar esse momento para providenciar à organização um financiamento mais regular e permanente. Isso é necessário para implementar programas eficazes de longo prazo e, especialmente, para implementar essas seis propostas. A sociedade civil também deve aproveitar ao máximo as oportunidades de advocacy com a OTCA e seus órgãos, incluindo a participação nos Diálogos Amazônicos, que serão realizados de 4 a 6 de agosto como um prelúdio da Cúpula. Os esforços conjuntos regionais e transfronteiriços são suficientemente poderosos para salvar um ecossistema vital para a região e para o mundo. VERSÃO EM ESPANHOL  

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Río en la Amazonía

Cumbre Amazónica: 6 propuestas para preservar la Amazonía desde la cooperación regional

La Amazonía es el mayor bosque tropical del mundo, un ecosistema megadiverso y un estabilizador climático global, que tiene un rol clave para el ciclo del agua en Sudamérica. Además, la región alberga cientos de pueblos indígenas, comunidades campesinas y comunidades locales. Pese a su riqueza e importancia cultural, la Amazonía está en peligro, entre otras cosas, por la colonización y acaparamiento de tierras, la deforestación, los incendios y las actividades extractivas. Dado que la región amazónica es compartida por ocho países —Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela— y por Guayana Francesa, un departamento francés de ultramar, su preservación requiere esfuerzos regionales. A ello responde el Tratado de Cooperación Amazónica (TCA), firmado en 1978 por los ocho países amazónicos, que promueve el desarrollo sostenible de los territorios amazónicos con un enfoque en la cooperación y la investigación científica. En 1998, con una enmienda al tratado, los países crearon la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA) para fortalecer y mejorar el proceso de cooperación. La OTCA es hoy el único bloque socioambiental de América Latina y el escenario más importante para establecer una coordinación regional sólida para preservar el bioma amazónico. Sin embargo, esta organización intergubernamental aún no ha logrado alcanzar su potencial. Ha encontrado obstáculos para generar financiamiento, dependiendo en varias ocasiones de fuentes internacionales. Por otro lado, no ha permitido la participación efectiva de la sociedad civil.                     El 8 y 9 de agosto, la ciudad de Belém do Pará en Brasil será la sede de la Cumbre de la Amazonía 2023, la cuarta reunión de presidentes de los Estados parte del TCA. Ante la oportunidad que esta cita representa para revitalizar la OTCA en favor de los territorios amazónicos, presentamos a continuación seis propuestas para preservar este ecosistema desde la cooperación regional.   1. Reformar las instancias de la OTCA para permitir la participación pública Es urgente actualizar el TCA y restaurar la OTCA para garantizar la participación amplia de la sociedad civil, incluyendo las reuniones de los organismos de gobernanza de la OTCA y la creación de su Agenda Estratégica de Cooperación Amazónica. Las actas de dichas reuniones deben ser públicas. Estas y otras medidas son esenciales para que los Estados amazónicos cumplan sus obligaciones bajo el Acuerdo de Escazú, tratado regional que reconoce el derecho del público de acceder a información en asuntos ambientales.   2. Avanzar en la inclusión, diálogo y coordinación con quienes habitan la Amazonía Los pueblos indígenas, comunidades campesinas y comunidades locales que habitan la Amazonía han tenido un rol fundamental en su resguardo. Durante milenios, sus saberes han permitido su conservación. Por lo tanto, los esfuerzos para preservar este ecosistema deben partir por reconocer, valorar y proteger estos sistemas de conocimiento ancestrales, promover su participación en la toma de decisiones y garantizar sus derechos conforme al marco internacional de protección de los derechos humanos.   3. Proteger a las personas defensoras del ambiente en la Amazonía Cuatro de los países amazónicos —Brasil, Colombia, Ecuador y Perú— están entre los países con mayores riesgos para las personas defensoras del ambiente y el territorio, en especial para las defensoras mujeres indígenas y campesinas. Pese a esto, la OTCA no cuenta actualmente con una estrategia que aborde esta grave situación. La organización debe garantizar a las y los defensores ambientales un entorno seguro y propicio para su labor, tarea que debe incluir un programa para la protección de defensoras de la Amazonía.   4. Combatir efectivamente el uso del mercurio en la minería de oro El uso del mercurio en la extracción de oro en pequeña escala es devastador para las comunidades y ecosistemas de la Amazonía. A nivel regional, la OTCA debe adoptar una resolución o programa para abordar directamente esta problemática. Y, a nivel internacional, los Estados miembro deben actuar en bloque para impulsar enmiendas al Convenio Minamata sobre el Mercurio para que el tratado prohíba la comercialización del metal pesado y su uso en la pequeña minería de oro.   5. Impulsar el cumplimiento de convenios ambientales internacionales A partir de una estrategia regional de reconocimiento del derecho internacional ambiental para la protección de la Amazonía y de quienes la habitan, la OTCA debe asesorar a los Estados parte en el cumplimiento de tratados ambientales como el Convenio sobre la Diversidad Biológica. Asimismo, debe respaldar a los Estados en la inclusión de sitios, sistemas de conocimiento, tradiciones y expresiones culturales de comunidades campesinas y pueblos indígenas que estén bajo amenaza en listas de atención y apoyo prioritario internacional, tales como la de Reservas de la Biosfera y la de Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, así como la de  Humedales de Importancia Internacional de la Convención Ramsar sobre Humedales.   6. Promover una visión distinta del desarrollo para la Amazonía La OTCA debe promover una visión del desarrollo que tome en cuenta a las comunidades y aborde las problemáticas de la deforestación, los incendios, y de la expansión de la frontera extractiva desde la integración internacional. Es necesario también que articule esfuerzos regionales para frenar la expansión de la frontera petrolera y abogar por el establecimiento en el continente de una moratoria a la extracción de combustibles fósiles en la Amazonía. Además, debe promover reformas legales que desincentiven la expansión de la minería ilegal y sus impactos.   Mirando hacia el futuro La selva amazónica, así como el potencial de la cooperación regional para preservarla, están en una coyuntura crítica. El punto de no retorno de la Amazonía, aquel en el que los niveles de deforestación anulen su capacidad de regeneración, ya no es un escenario futuro. Pero, al mismo tiempo, después de varios años de poca acción dentro de la OTCA, la Cumbre Amazónica de este año y la reactivación del Parlamento Amazónico en 2022 están renovando la esperanza en la cooperación regional para preservar la Amazonía. En la misma línea, los presidentes de Brasil y Colombia anunciaron recientemente sus metas para frenar la deforestación ilegal en los territorios amazónicos en 2030. Dadas las amenazas que recaen actualmente sobre la Amazonía y el mandato de la OTCA para fomentar la cooperación regional, sus Estados miembros deben aprovechar este momento para proporcionar a la organización un financiamiento más regular y permanente. Esta medida es necesaria para implementar programas efectivos a largo plazo y especialmente para implementar las seis propuestas. Asimismo, la sociedad civil debe aprovechar al máximo las oportunidades de incidencia ante la OTCA y sus organismos, incluyendo la participación en los Diálogos Amazónicos que se realizarán entre el 4 y 6 de agosto como una antesala de la Cumbre. Los esfuerzos conjuntos, regionales y transfronterizos tienen la fuerza suficiente para salvar un ecosistema vital para la región y para el mundo. Versión en portugués  

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La sentencia que ordena mejorar la gestión climática en Colombia

Texto publicado originalmente en La Silla Vacía   El pasado 6 de julio, en lo que representa una victoria climática, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca dio el primer paso para que tanto el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como el Ministerio de Minas y Energía adopten —en un plazo de seis meses— las medidas necesarias para incluir los impactos del sector carbón, y de otros sectores, en la gestión de la crisis climática en Colombia. “[…] debido a la prioridad de las acciones climáticas en la agenda pública, nacional e internacional, su falta de implementación cinco años después de expedida la Ley 1931 de 1918 constituye una violación del plazo razonable […]”, se lee en el fallo del tribunal, dictado como respuesta en primera instancia a una acción de cumplimiento. Así, la sentencia constituye además un precedente importante para la justicia climática en América Latina pues es la primera vez en la región que un tribunal dispone que las autoridades encargadas de gestionar la crisis climática, así como de autorizar y hacer seguimiento a los proyectos mineros, tienen un plazo determinado para adoptar acciones climáticas específicas, establecidas en la ley y cuyo cumplimiento tiene años de retraso. A nivel nacional, el fallo es un precedente relevante porque apunta a que la política pública sea ajustada y complementada. Además, en el marco de su implementación, puede aportar a la garantía de derechos de las comunidades directamente afectadas por la minería de carbón, quienes por décadas han denunciado impactos climáticos (y otros) derivados de esta actividad. Es el caso de comunidades indígenas Wayuu y afrodescendientes en La Guajira, afectadas por el desvío del arroyo Bruno para la expansión de la mina El Cerrejón. Es en esa zona donde se registran los índices más elevados de vulnerabilidad climática del país. De ejecutarse las medidas establecidas en la sentencia, las entidades estatales deberán perfeccionar los instrumentos de seguimiento y control para evitar que los impactos climáticos asociados a grandes proyectos mineros afecten desproporcionadamente a las comunidades más vulnerables.   ¿Qué ordenó específicamente el tribunal? En virtud de la sentencia, los ministerios en cuestión deben: Exigir la identificación de impactos climáticos en los Estudios de Impacto Ambiental de los proyectos mineros; Generar y recopilar los insumos de información necesarios para la actualización de los inventarios de gases de efecto invernadero (GEI); Formular, implementar y hacer seguimiento a los Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Sectoriales y a su articulación con los demás instrumentos de planificación del territorio y del desarrollo; Regular y establecer procedimientos de control y seguimiento para la verificación, certificación y registro de las emisiones, para la reducción de emisiones y para la remoción de GEI; Incorporar en los instrumentos sectoriales de planificación existentes y futuros, acciones orientadas a alcanzar las metas nacionales en materia de mitigación; y Exigir el reporte obligatorio de emisiones de GEI a las personas jurídicas, públicas, privadas o mixtas en el marco del Reporte Obligatorio de Emisiones (ROE).   ¿Cómo se construyó la acción judicial que dio lugar al fallo? Colombia es el principal exportador de carbón térmico de América Latina y es el país con mayores reservas de este mineral en la región. El uso del carbón es una de las principales causas de la profundización de la crisis climática a nivel global pues el 44% de las emisiones generadas por los combustibles fósiles es atribuible a este mineral. Al tiempo, la minería de carbón en Colombia ha afectado los derechos de comunidades afrodescendientes, indígenas y campesinas. Con esa preocupación en mente, las organizaciones que lideraron la estrategia legal de la acción de cumplimiento —la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR)— se dieron a la tarea de evaluar la política pública de cambio climático de Colombia, su ejecución por parte de las entidades encargadas y el rol del carbón en ella. El trabajo de construcción de la estrategia jurídica tomó más de un año. Inició con la documentación y revisión de normas y políticas sectoriales y de cambio climático para identificar los mecanismos, medidas y acciones que el Estado había diseñado y estaba ejecutando. Posteriormente, en un trabajo de investigación apoyado en solicitudes de información, indagamos ante las autoridades competentes —el Ministerio de Ambiente, el Ministerio de Minas y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)— los avances y medidas concretas que se encontraban en ejecución. Del proceso anterior pudimos concluir que, si bien hay algunos avances en el cumplimiento de la política climática en el país, hay deficiencias estructurales en relación con la caracterización y manejo de impactos climáticos del sector carbón en el marco de la política pública general y en la obligación estatal de supervisión y fiscalización a los proyectos específicos del sector carbón. Los hallazgos de incumplimiento nos llevaron a solicitar a las autoridades, por medio de un escrito de constitución en renuencia (en el que se pide a las autoridades el cumplimiento de normas que están siendo incumplidas, dándoles un tiempo para que cumplan o prueben que han cumplido) la adopción de medidas para el cumplimiento de las normas identificadas. Ante la falta de respuesta efectiva a este requerimiento, quedamos habilitados para interponer, el 4 de mayo pasado, la acción de cumplimiento ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En la acción se identificaron los artículos específicos que estaban siendo incumplidas de cuatros instrumentos normativos de la política climática colombiana:  la Ley 1931 de 2018 (Ley de Cambio Climático), La Ley 2169 de 2021 (Ley de Carbono Neutralidad), la Resolución 408017 de 2021 del Ministerio de Minas y las Contribuciones Nacionales Determinadas 2020 de Colombia (con los compromisos asumidos por el país para la reducción de GEI y para la adaptación al cambio climático). Así, como respuesta a la estrategia descrita, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia de primera instancia, acogió una parte de los argumentos presentados en la acción de cumplimiento y ordenó a los ministerios la adopción de acciones concretas para mejorar la gestión de la crisis climática en el país en un plazo de seis meses.   ¿Por qué interponer una acción jurídica enfocada en el sector carbón? Dado el importante rol del carbón en la crisis climática, es evidente que la política y las metas climáticas de cualquier Estado —y más aun de uno en el cual el sector carbón es predominante— deben incluir la identificación, prevención y gestión de los impactos climáticos derivados de la extracción, transporte y quema del mismo. En el caso colombiano, pese a que el país exporta en promedio 75 millones de toneladas de carbón al año y genera el 9% de la energía a partir de este mineral, no existe en la normatividad nacional mecanismos o medidas para identificar, prevenir y gestionar los impactos climáticos de este sector. El carbón es el gran ausente de la política climática en el país. En tal escenario, y partiendo de las denuncias y la información generada por diversas organizaciones y comunidades a lo largo de los años, una coalición conformada por organizaciones de la sociedad civil, universidades y academia —AIDA, CAJAR, Censat Agua Viva, el Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), POLEN Transiciones Justas, la Universidad de Magdalena y la investigadora Paola Yanguas— decidió construir una estrategia jurídica que permitiera exigir al Estado colombiano la inclusión del sector carbón en las metas y políticas de cambio climático en el país a fin de alcanzar mejores escenarios de justicia climática en Colombia y generar al mismo tiempo un precedente replicable en la región.   ¿Qué sigue? El cumplimiento de las órdenes de la sentencia por parte de los ministerios requerirá un esfuerzo de creación de instrumentos y mecanismos de política pública de seguimiento y control, así como el fortalecimiento de sus capacidades internas. Sin embargo, dado que las órdenes del tribunal se refieren al cumplimiento de normas concretas que están vigentes, la ejecución de las mismas no demandará nuevos gastos presupuestales ni de procesos legislativos adicionales, por lo que su implementación dependerá en gran medida de la voluntad política del Estado. Debido a que el tribunal administrativo acogió solo parte de los argumentos descritos en la acción, presentamos una impugnación con el fin de que el Consejo de Estado se refiera a los argumentos que no fueron acogidos. Los ministerios también impugnaron la sentencia. Al ser una decisión tomada en la primera instancia del proceso, el Consejo de Estado está a cargo de emitir un fallo final, lo cual se espera que ocurra en agosto. El Alto Tribunal Administrativo tiene la oportunidad de aumentar la ambición climática de Colombia, al exigir a las entidades competentes la adopción de medidas urgentes, en un plazo determinado, para el cumplimiento de sus obligaciones climáticas vigentes.  

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Tribunal ordena al gobierno colombiano adoptar medidas concretas para cumplir los compromisos climáticos del país

La sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca es la respuesta en primera instancia a la acción de cumplimiento presentada por una coalición de organizaciones de la sociedad civil, centros de pensamiento y universidades para que el Estado incorpore los impactos de la cadena productiva del carbón en la política climática y adopte acciones concretas de mitigación y adaptación a la crisis climática.   El 10 de julio pasado, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca evidenció el incumplimiento de una serie de obligaciones climáticas contenidas en la legislación nacional y ordenó al gobierno —concretamente al Ministerio de Minas y Energía y al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible— la adopción de medidas para cumplir con dichos compromisos, particularmente en relación con los impactos en el clima generados por el sector minero energético. La sentencia es una respuesta —en primera instancia— a la acción de cumplimiento presentada el 4 de mayo por la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR), Censat Agua Viva, el de Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), POLEN Transiciones Justas, la Universidad de Magdalena y la investigadora Paola Yanguas. La finalidad de la acción judicial es que el Estado incorpore los impactos de toda la cadena productiva del carbón en la política pública climática y para que adopte medidas concretas de mitigación y adaptación a la crisis climática. En ese sentido, el fallo se convierte en uno de los primeros hitos a nivel nacional al cuestionar el papel que ha tenido Colombia en la actual crisis climática global y ordenar a los dos ministerios el cumplimiento de las leyes 1931 de 2018 y 2165 de 2021, normas que establecen las acciones mínimas que el país debe realizar para honrar sus compromisos climáticos a nivel internacional. La acción judicial demostró —mediante un trabajo de documentación, sistematización y análisis— que en los últimos seis años el gobierno ha omitido las obligaciones recogidas en esas normas. En total, la sentencia generó ocho órdenes dirigidas a los dos ministerios, entre ellas la de actualizar los estudios de impacto ambiental de la minería en Colombia para incluir los impactos climáticos. El tribunal ordenó también establecer regulaciones para hacer obligatorio que las empresas —especialmente las del sector carbón— establezcan registros obligatorios de emisiones de gases efecto invernadero (GEI). La acción de cumplimiento cuestionó los instrumentos de política pública que han subestimado la contribución de las actividades del sector carbón a la crisis climática. Evidenció además vacíos de información críticos en los inventarios de GEI a nivel nacional, así como la falta de atribución de responsabilidades del sector carbón como parte de las causas estructurales de la crisis climática. Colombia, al ser el mayor exportador de carbón en Latinoamérica, tiene la obligación de incorporar en sus compromisos climáticos la dimensión real de los impactos de dicho sector. Sin embargo, varias administraciones gubernamentales han obviado ese compromiso en los últimos seis años. Este litigio constituye uno de los primeros a nivel regional en el que se ataca la falta histórica de un Estado en la gestión de sus compromisos en la lucha mundial contra la crisis climática. Ante los primeros resultados, es claro que este proceso tiene el potencial de convertirse en un caso exitoso de litigio estratégico y climático para el continente.   Al ser una decisión tomada en la primera instancia del proceso, el Consejo de Estado está a cargo de emitir un fallo final. Si el alto tribunal ratifica la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el gobierno nacional deberá cumplir con las ocho órdenes en un plazo de seis meses, lo que implica la reformulación de puntos centrales de los instrumentos de gestión ambiental y de cambio climático en Colombia. Contacto de prensa: Víctor Quintanilla (México), [email protected], +521 5570522107    

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Una acción climática para descarbonizar la energía y la economía

Texto publicado originalmente en La Silla Vacía   Frente al incumplimiento de sus compromisos climáticos respecto al sector carbón, Colombia tiene hoy la oportunidad de ser un ejemplo para la región en materia de transición energética justa. Para ello, debe establecer políticas de corto, mediano y largo plazo encaminadas a la identificación, prevención y gestión de impactos climáticos generados por la cadena de este sector; así como a la salida responsable y al cierre progresivo de la minería de carbón con un enfoque de derechos humanos. La extracción, el transporte, la quema y la exportación de carbón para generar energía son una causa importante de la crisis climática y de violaciones sistemáticas a los derechos humanos. Siendo el quinto exportador mundial de carbón, el país no es ajeno a esta situación. Tras ser exportado, el carbón colombiano es empleado como fuente fósil de energía en otros rincones del mundo, pero esas emisiones no son tenidas en cuenta en ninguno de los inventarios o informes nacionales en materia de cambio climático. Esto evidencia la responsabilidad del Estado en el agravamiento de la crisis climática pues los impactos de la quema de carbón en cualquier parte del mundo son globales. Un primer paso es reconocer los impactos generados por toda la cadena del carbón, que en este caso han sido subestimados. Los compromisos climáticos del país en materia de mitigación y de adaptación no incluyen los impactos de la cadena del sector carbón. De manera paralela, en los últimos cinco años, Colombia propuso un modelo de expansión de la cadena de explotación del mineral sin considerar las consecuencias en el clima, las personas y los ecosistemas. Aunque actualmente se está discutiendo el rol del carbón, este modelo dejó instaurada una política de ampliación de este sector económico que podría agravar los problemas generados. Si bien el carbón es el mineral que más aporta a la economía nacional, los niveles de pobreza de los departamentos donde se realiza el 90% de la extracción mediante minería a gran escala —La Guajira y Cesar— superan el promedio nacional. Están entre los departamentos con mayor tasa de pobreza y muertes infantiles por desnutrición, siendo comunidades afrocampesinas e indígenas, principalmente del pueblo Wayúu, las más afectadas. Gran parte de la extracción ocurre en El Cerrejón, la mayor mina de carbón a cielo abierto de América Latina. Su operación y crecimiento desde hace casi 40 años han traído la destrucción de ríos, arroyos y ecosistemas endémicos como el bosque seco tropical; contaminación del aire con graves consecuencias para la salud; así como violaciones continuas a los derechos de poblaciones y pueblos en La Guajira. El panorama descrito exige mejorar los controles de los procesos de la cadena del carbón, así como planificar e implementar una estrategia razonable y progresiva que incorpore estándares internacionales para dejar el carbón bajo tierra y cumplir los compromisos climáticos del país. El momento no puede ser más oportuno. Existe un debate nacional acerca de la transición energética, de cómo hacerla justa y de cuál será el rol del carbón y de los combustibles fósiles. La respuesta de la ciencia es clara. En su más reciente informe, el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC) reiteró que el 80% de las reservas de carbón deben quedarse bajo tierra y que en 2050 el uso de carbón para la generación eléctrica debe reducirse en su totalidad para evitar una elevación catastrófica de la temperatura promedio del planeta. Ante la necesidad de favorecer las condiciones para generar una descarbonización progresiva de la economía y del sistema energético nacional, una coalición de organizaciones de la sociedad civil, centros de pensamiento y universidades presentó el 4 de mayo una acción de cumplimiento dirigida a que el Estado —concretamente el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales— incorpore los impactos generados por toda la cadena productiva del carbón en la política pública y medidas concretas orientadas a la mitigación y adaptación a la crisis climática. Las entidades en cuestión deben adoptar las medidas necesarias para reducir las vulnerabilidades sociales y climáticas dentro de sus estrategias de mitigación y adaptación. La acción judicial evidencia la relación del sector carbón con la crisis climática, el rol y la responsabilidad de Colombia como gran exportador de carbón; que la política climática nacional no incluye los impactos generados por dicho sector, sino únicamente los que el cambio climático podría generar en la operatividad normal de la cadena del carbón; y que los instrumentos de control y gestión ambiental del sector carbón no incorporan consideraciones climáticas. El papel del país en la extracción y uso de carbón, así como en sus afectaciones sociales y ambientales a nivel nacional y mundial, está claro. También lo es la responsabilidad del Estado colombiano en los esfuerzos mundiales para frenar la explotación y quema de carbón en favor de sistemas energéticos y sociales más sostenibles, respetuosos del ambiente y de las personas. Promover el debate en torno a este tema es más que urgente.  

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