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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa

El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.

Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.

Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.

Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.

Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.

A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.

Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.

Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.


Basurero ilegal a un lado del río Chinautla en Guatemala

Comunidad maya en Guatemala exige en tribunales un alto a la contaminación que viola su derecho a un ambiente sano

La comunidad poqomam presentó una petición de amparo contra el gobierno municipal de Chinautla por no atender la contaminación de ríos y suelos causada por desechos sólidos y vertederos ilegales, problemática que alcanza al Motagua, el río más grande de Guatemala, y que afecta incluso al mar Caribe. Hoy, en audiencia pública, representantes de la comunidad dieron sus alegatos finales en espera del fallo.Ciudad de Guatemala. La comunidad del pueblo maya poqomam de Santa Cruz Chinautla presentó hoy sus alegatos finales en el litigio iniciado contra la municipalidad de Chinautla por la falta de medidas para atender la contaminación de sus ríos y suelos causada por el manejo inadecuado de desechos sólidos y la existencia de vertederos ilegales, problemática que vulnera sus derechos a la salud y a un ambiente sano.Santa Cruz Chinautla, una de las 9 aldeas del municipio de Chinautla —ubicado a tan solo 12 kilómetros de la Ciudad de Guatemala—, atraviesa una grave crisis ambiental que impacta las condiciones de vida, la salud, el ambiente, las fuentes de agua, la economía y la cultura de los más de 114 mil habitantes del municipio. Además de los basureros ilegales de desechos domésticos, la aldea enfrenta la llegada diaria de decenas de camiones que descargan desechos de construcción sin ningún control."Cuando era niño, nos bañábamos, pescábamos y jugábamos con las ranas en los ríos de Santa Cruz Chinautla. Hoy, todo eso quedó en el recuerdo. Ahora vivimos entre la basura y aguas negras que llegan desde la ciudad y de vertederos ilegales. Pedimos a las autoridades municipales que cierren los basureros clandestinos en nuestra comunidad y que establezcan acuerdos con las municipalidades aledañas para detener la contaminación y restaurar los ríos, como eran antes", dijo Efraín Martínez, Autoridad Ancestral del Pueblo Maya Poqomam de Santa Cruz Chinautla, ante el Juzgado Quinto Pluripersonal de Primera Instancia Civil durante la audiencia pública realizada hoy y en la que se presentaron los alegatos finales del caso, paso previo al fallo del tribunal.Santa Cruz Chinautla se ubica en las riberas de los ríos Chinautla, Tzaljá y Las Vacas, este último un afluente directo del río Motagua, el más extenso de Guatemala. La acumulación de desechos en áreas no autorizadas ha afectado gravemente no solo a estos cuerpos de agua, sino también los suelos y la alfarería, una tradición que por generaciones ha sido una de las principales fuentes de sustento de la población.En octubre de 2024, ante la falta de respuesta de las autoridades locales, la comunidad poqomam de Santa Cruz Chinautla presentó, con apoyo del Bufete para Pueblos Indígenas, una petición de amparo contra el Concejo Municipal de Chinautla. En ella exigen:Una respuesta a la solicitud de cierre de los vertederos clandestinos.La elaboración de un plan de restauración de los ecosistemas dañados.La firma de acuerdos con el gobierno municipal de la Ciudad de Guatemala y de Mixco para el saneamiento de los ríos Chinautla, Tzaljá y Las Vacas, así como la protección de sus microcuencas y subcuencas.El cumplimiento de obligaciones y competencias relacionadas con la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos; la gestión de vertederos y residuos sólidos; y la vigilancia de la calidad ambiental, cuya omisión está causando graves violaciones de derechos humanos. "La municipalidad de Chinautla debe vigilar la calidad ambiental porque hasta ahora no cuenta con políticas, planes o programas que aseguren el debido tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos", indicó Carmela Curup, directora del Bufete para Pueblos Indígenas.En el litigio, con apoyo de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), la comunidad logró reunir información acerca de las fuentes de contaminación y la situación ambiental y social que enfrenta Santa Cruz Chinautla. Con ello evidenció el incumplimiento, por parte de las autoridades municipales, de sus obligaciones establecidas en la Constitución Política de la República de Guatemala, el Código Municipal y el Código de Salud. La situación en Santa Cruz Chinautla es parte de una problemática más grande y transfronteriza: las aguas contaminadas del río Las Vacas, cuyos desechos provienen principalmente de la Ciudad de Guatemala, afectan al río Motagua, el más extenso del país, cuyo caudal desemboca en el mar Caribe. Así, la contaminación afecta estas aguas, las costas hondureñas y al Arrecife Mesoamericano, el segundo más largo del mundo."El Arrecife Mesoamericano es un gran ecosistema compartido por cuatro países —México, Belice, Honduras y Guatemala— y su protección depende de una gestión integral que abarque toda la cuenca del río Motagua, lo que implica la protección de los ríos que lo alimentan, incluidos los que pasan por Santa Cruz Chinautla", señaló Bryslie Cifuentes, abogada de AIDA, organización que respaldó el litigio con un escrito legal (amicus curiae). "Nos sumamos a la petición por los derechos de la comunidad indígena poqomam porque un fallo favorable representaría un paso importante para el saneamiento del río Motagua y, con ello, la conservación del arrecife. Este caso puede sentar un precedente en el derecho ambiental que permita al Estado de Guatemala cumplir con sus obligaciones de prevención, garantía, vigilancia y restauración en favor del derecho a un ambiente sano", resaltó. Contactos de prensa:Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +52 5570522017Carmela Curup (Guatemala), Bufete para Pueblos Indígenas, [email protected], +502 2254 6241 

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Ejemplar de tiburón ballena recorre aguas de alta mar
Océanos

El tratado que protege la vida en alta mar: ¿Por qué los gobiernos deben ratificarlo?

El océano cubre dos tercios del planeta. Es tan inmenso e inabarcable que 64% de sus aguas están fuera de cualquier frontera, en un espacio conocido como alta mar.Es una zona que está fuera de las jurisdicciones nacionales y que representa el 40% de la superficie de la Tierra.Por la riqueza de vida marina que resguarda —incluyendo especies nuevas para la ciencia—, alta mar es una de las mayores reservas de biodiversidad del mundo. Es además fuente de alimento y oxígeno, regula el clima, amortigua los impactos de la crisis climática y sostiene los modos de vida de comunidades dedicadas a la pesca y al turismo.A pesar de su importancia, apenas 1,2 % de las aguas de alta mar tiene protección internacional.Para llenar este vacío, en junio de 2023, los países miembros de la ONU adoptaron formalmente un acuerdo para proteger la biodiversidad en alta mar, el cual necesita la ratificación de al menos 60 países para entrar en vigor.Consulta cuántos y qué países han ratificado el tratado Al ser un reservorio de bienes comunes globales, la protección y uso sostenible de alta mar es un derecho y una obligación de todos los gobiernos. ¿Qué establece el Tratado de Alta Mar?El Tratado de Alta Mar —nombre corto para el Acuerdo sobre Conservación y Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Áreas Fuera de la Jurisdicción Nacional (BBNJ, por sus siglas en inglés)— es universal y puede beneficiar a todos los países, incluso a los que no son parte de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), como Colombia, El Salvador, Perú y Venezuela.El tratado contiene los siguientes elementos clave:Herramientas de manejo por zonas. El tratado establece un marco jurídico y un proceso claro para crear redes de áreas marinas protegidas, que pueden brindar una protección integral a la biodiversidad en alta mar frente a múltiples actividades, manteniendo la salud y resiliencia de esta parte del océano.Evaluaciones de impacto ambiental. Bajo el tratado, cualquier actividad nueva en alta mar está sujeta a evaluaciones de impacto ambiental detalladas y modernas que incluyan los impactos acumulativos de múltiples actividades afectando un mismo ecosistema. Los países en desarrollo recibirán apoyo para ser parte de esta tarea.Reparto justo y equitativo de los beneficios por recursos genéticos marinos. El acuerdo establece obligaciones para compartir los beneficios monetarios y no monetarios del aprovechamiento de los recursos genéticos encontrados en alta mar (material genético de cualquier animal, planta o microbio) para desarrollar nuevas medicinas, por ejemplo.Creación de capacidades y transferencia tecnológica. El tratado dispone la provisión de financiamiento y la transferencia de tecnología en condiciones justas para que países en desarrollo aumenten su capacidad científica y tecnológica marina, incluyendo intercambio de datos, desarrollo y mejora de infraestructura y respeto de conocimientos tradicionales.¿Por qué los gobiernos deben ratificar el Tratado de Alta Mar?Tener un Tratado de Alta Mar tomó más de dos décadas, incluyendo cinco años de negociaciones en la ONU. Para garantizar este avance histórico, el acuerdo debe entrar en vigor —volverse ley bajo el derecho internacional—, lo cual ocurrirá 120 días después de que lo hayan ratificado 60 países. Al momento, 21 países han ratificado el tratado.La ratificación significa que los países, además de firmarlo, dan su consentimiento formal al tratado, lo que a menudo implica garantizar que sus leyes nacionales sean coherentes con este.Hay muchas razones por las que la ratificación del acuerdo beneficiará a los países en desarrollo, particularmente a los de América Latina y el Caribe. Algunas de ellas son:El tratado nos acerca a la justicia ambiental. Beneficiará a los países históricamente excluidos del acceso a los recursos de alta mar, brindándoles nuevas oportunidades de desarrollo tecnológico, científico y económico. Además, permitirá a todos los países ser actores activos de una plataforma global de toma de decisiones, coordinación y cooperación para la protección y uso sostenible de estos recursos.El tratado permite conservar ecosistemas clave. Bajo el tratado, todos los países podrán proponer áreas marinas protegidas en alta mar, incluyendo aquellos sin litoral (como Bolivia y Paraguay). Esto permitirá proteger zonas ricas en biodiversidad y especies endémicas en América Latina, como las cordilleras submarinas de Salas y Gómez & Nazca (Chile-Perú) o el Domo Térmico en el Pacífico centroamericano.El tratado beneficia modos de vida y economías locales. Al promover un alta mar saludable y resiliente, el tratado tendrá efectos positivos en las áreas costeras y en las actividades económicas que dependen de especies migratorias, como la observación de cetáceos y de tortugas, el buceo, el turismo, la pesca comercial y deportiva. Especies altamente migratorias como los calamares son vitales para las economías latinoamericanas.El tratado otorga voz en la toma de decisiones sobre alta mar. Los países que hayan firmado el tratado participarán en las reuniones de la Comisión Preparatoria y quienes lo ratifiquen podrán participar en la Conferencia de las Partes (COP) del acuerdo, cuya primera versión tendrá lugar un año después de su entrada en vigor, donde se decidirán aspectos clave para su implementación y para la puesta en marcha de sus beneficios. El llamado es entonces a que todos los países ratifiquen el Tratado de Alta Mar, protegiendo así el 64% de nuestro océano, que hoy carece de una protección efectiva.Es momento de actuar por la vida marina y por las futuras generaciones. 

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Aguas turbias del río Motagua en Guatemala

Río Motagua: Una historia de contaminación y un grito por justicia

El río Motagua, el más extenso de Guatemala, está gravemente contaminado con aguas residuales, desechos sólidos y otro tipo de desperdicios.Su caudal desemboca en el mar Caribe, por lo que la contaminación alcanza esas aguas, así como el Sistema Arrecifal Mesoamericano —el arrecife transfronterizo más grande el mundo— y las costas hondureñas, causando daños sociales y ambientales incuantificables.Las actividades contaminantes ocurren en toda la cuenca del río, incluyendo subcuencas y microcuencas.En términos generales, la contaminación ha deteriorado la salud, además de vulnerado el derecho al agua, al desarrollo y al ambiente sano de todas las personas que viven en la cuenca.La contaminación del Motagua es un problema que lleva décadas y que requiere medidas urgentes de largo plazo que contribuyan al saneamiento y manejo integral de la cuenca del río. ¿Dónde está el río Motagua?El río Motagua es uno de los principales de Guatemala. Con una longitud de 486 km, atraviesa 96 municipios y 14 departamentos del país. Nace en Quiché, departamento ubicado al noroeste, y desemboca en el mar Caribe.Es en su desembocadura donde su caudal confluye con el Arrecife Mesoamericano, que se extiende por aproximadamente 1 000 km y abarca las aguas territoriales de Belice, Guatemala, Honduras y México. Así, la contaminación que arrastra el río deteriora la salud del sistema arrecifal, donde está el segundo arrecife de barrera más largo a nivel mundial.El Arrecife Mesoamericano protege miles de kilómetros de costas contra corrientes, olas y tormentas. Además de ser lugar de crianza y alimentación para una gran diversidad de especies, es un sumidero de dióxido de carbono y un desintoxicante del agua y el aire. De su conservación depende la salud ecológica y económica de toda la zona del Atlántico Sur.Además, la contaminación del río Motagua llega a las costas de Honduras y se esparce a la bahía de Amatique, situada a lo largo de la costa oriental de Guatemala y Belice. Se trata, sin duda, de una problemática transfronteriza. ¿De dónde viene la contaminación del río Motagua?El mayor volumen de contaminación del río Motagua proviene de la ciudad de Guatemala, capital del país, principalmente mediante las aguas del río Las Vacas, que recibe una gran cantidad de desechos sólidos del río Chinautla, además de aguas negras que son descargadas en su afluente diariamente.Los desechos sólidos del río Chinautla, que atraviesa el municipio del mismo nombre, provienen a su vez de un vertedero ubicado en la Zona 3 capitalina. Cualquier pequeño derrumbe en ese vertedero genera desechos que automáticamente son vertidos al río en cualquier época del año.La contaminación que el río Chinautla transporta consiste también en una gran cantidad de aguas negras, generadas por al menos 500 mil personas que viven en la parte norte de la ciudad de Guatemala y que no reciben ningún tratamiento previo de limpieza.En el municipio de Chinautla hay numerosos vertederos ilegales. Además, muchos vehículos particulares y camiones recolectores descargan desechos a orillas de los ríos Chinautla y Las Vacas.Según datos del proyecto Gestión Ambiental Integral de la Cuenca del Río Motagua, financiado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), se estima que en Guatemala el 66% de los desechos sólidos urbanos no se recolectan y no hay garantía de que el 34% restante se elimine adecuadamente. Además, del total de vertederos del territorio nacional, el 88,32% son ilegales o no tienen autorización municipal.La mayoría de los desperdicios son vertidos en quebradas y/o superficies susceptibles al arrastre, terminando en su mayoría de una u otra forma en fuentes de agua, como la cuenca del Motagua.En otras palabras, la fuente principal de la contaminación del río Motagua es el mal manejo de desechos sólidos y de los recursos hídricos en el país; el incumplimiento de las regulaciones existentes sobre el vertimiento de aguas residuales, disposición y tratamiento de desechos y residuos sólidos; así como la falta de una ley de aguas.  ¿A quiénes afecta la contaminación del río Motagua?La contaminación del río Motagua afecta a toda la población de Guatemala. En la cuenca baja, afecta directamente a las personas dedicadas a la pesca, quienes han visto reducidas sus capturas.Y, al perjudicar el turismo en el Caribe, afecta también a las comunidades que tienen en ese rubro su modo de vida.Al ser un problema que abarca toda la cuenca, la contaminación del Motagua afecta a quienes viven en las principales subcuencas y microcuencas del río, incluidas las comunidades indígenas del pueblo maya poqomam de las ciudades de Chuarrancho y Chinautla.En Chinautla, la contaminación afecta las condiciones de vida, la salud, el ambiente, las fuentes de agua, la economía y la cultura de más de 18 mil personas.La restauración del río Motagua es determinante para mejorar la calidad de vida de al menos el 30% de la población guatemalteca, así como de las personas afectadas en los países vecinos. Acciones para rescatar al río Motagua de la contaminaciónFrente a la grave degradación de la cuenca hidrográfica más grande de Guatemala, los daños a ecosistemas clave como el Arrecife Mesoamericano y las violaciones de derechos humanos que la contaminación genera, se requieren medidas urgentes, entre ellas: Verificar el cumplimiento de la normativa ambiental y municipal, así como prevenir y frenar los daños ambientales desde las fuentes mediante regulación, monitoreo, supervisión y fiscalización de las actividades que afectan los derechos de quienes habitan la cuenca del río Motagua.Fortalecer la normativa relacionada con la disposición de aguas residuales y manejo de desechos sólidos para que se implementen de manera oportuna mediante sistemas de tratamiento completos en los municipios de la cuenca.Iniciar acciones que permitan la restauración socioambiental de los ecosistemas afectados en toda la cuenca, incluyendo medidas políticas, legislativas y administrativas que fortalezcan el ordenamiento jurídico y destinen los suficientes recursos financieros para garantizar la protección de las aguas y de los territorios. 

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