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Victoria: Corte Constitucional defiende el derecho a la consulta previa
El 23 de enero de 2008, la Corte Constitucional colombiana declaró inconstitucional la Ley Forestal, aprobada en 2006, por no haberse realizado la consulta previa que ordena el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual fue adoptado por la normatividad nacional y en consecuencia obliga al Estado colombiano a su aplicación y cumplimiento.
Esta decisión es muy importante por varias razones: reitera la obligación del Estado de consultar con las comunidades indígenas, afrocolombianas y tribales las decisiones administrativas y legislativas que puedan afectarlas; brinda herramientas de análisis e interpretación del derecho fundamental a la consulta previa; y crea un precedente que puede ser usado en casos similares a nivel internacional.
Es ya evidente que muchos megaproyectos y decisiones administrativas y normativas (como la Ley Forestal), que son estratégicas para el desarrollo económico del país, son vistas por las comunidades afrodescendientes e indígenas y por los pueblos tribales como una amenaza a su arraigo territorial, a su identidad cultural y a la protección ambiental.
Según la Corte Constitucional, la consulta previa debió realizarse porque la ley en cuestión regula el tema forestal en su conjunto, y contiene normas “susceptibles de afectar las áreas en las que de manera general se encuentran asentadas las comunidades, lo cual a su vez puede repercutir en sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque”.
Asimismo, la Corte reiteró que “No basta con adelantar procesos participativos en la elaboración de los proyectos de Ley sino que se debe realizar procesos de consulta que implican poner en conocimiento de las comunidades el proyecto de ley; ilustrarlas sobre su alcance y sobre la manera como podría afectarlas y darles oportunidades efectivas para que se pronunciaran sobre el mismo”.
A raíz de este pronunciamiento y del llamado por el respeto al derecho fundamental a la consulta previa, el Gobierno colombiano impulsó en 2009 un proyecto de Ley Estatutaria, que aún no se ha convertido en Ley de la República, para regular y garantizar este derecho. Paralelamente, el Ministerio de Agricultura inició la formulación de un nuevo proyecto de Ley Forestal que cumpla con el procedimiento de consulta previa.
Ambas acciones legales fueron presentadas por un grupo de estudiantes y profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, Bogotá, con el apoyo de AIDA y luego de un trabajo conjunto realizado entre 2006 y 2007. El grupo contó también con el apoyo de organizaciones sociales como el Proceso de Comunidades Negras, la Organización Nacional Indígena (ONIC) y CENSAT Agua Viva.
Este grupo presentó otra acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Forestal, por violar artículos de la Constitución que protegen el medio ambiente. Sin embargo, la Corte no se pronunció al respecto debido a que ya había determinado la declaración total de inconstitucionalidad (anulación) de la ley demandada por la falta de consulta a las comunidades indígenas y afro-colombianas.
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Familias de La Oroya exigen al gobierno peruano cuatro acciones urgentes para el cumplimiento efectivo del fallo de la Corte Interamericana
Ante la falta de avances significativos, demandan al Estado definir las entidades responsables de cumplir cada medida ordenada por la Corte, brindar atención integral y especializada en salud, garantizar la mitigación de la contaminación del Complejo Metalúrgico de La Oroya y pagar de inmediato las indemnizaciones a las víctimas del caso.La Oroya, Perú. Ante los avances mínimos en el cumplimiento de la sentencia emitida hace dos años por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, familias afectadas por décadas de contaminación en La Oroya exigen al gobierno la adopción urgente de cuatro acciones necesarias para la implementación efectiva del fallo en el corto plazo.El 22 de marzo de 2024, el tribunal internacional dio a conocer el fallo en el que declaró al Estado peruano responsable por la violación de derechos humanos de un grupo de 80 residentes de La Oroya y le ordenó adoptar medidas de reparación integral.Sin embargo, la implementación del fallo continúa en una etapa inicial debido principalmente a la falta de voluntad política del Estado y a su cambio constante de argumentos para retrasar el proceso. Los avances al momento no han sido sustantivos y han estado relacionados con publicidad sobre la sentencia, el pago al Fondo de Víctimas instaurado por la Corte y el inicio de investigaciones penales por la estigmatización y persecución de las víctimas por su labor de defensa ambiental.Además, en los dos años transcurridos desde la emisión de la sentencia, el Complejo Metalúrgico de La Oroya, al haber reiniciado sus operaciones, ha generado nuevamente niveles de contaminación en la ciudad que superan los recomendados por la Organización Mundial de la Salud."La reactivación del Complejo Metalúrgico en marzo de 2024, sin cumplir con los actuales estándares ambientales, vuelve a poner en riesgo la salud de toda la población de La Oroya. Hoy, ni las víctimas del caso ni las demás personas que viven en la ciudad tienen garantizada una atención en salud frente a la contaminación. Además, no hay claridad sobre cuándo terminará esta situación, lo que genera mucha incertidumbre por la falta de acción del Estado", afirmó Rosa Peña, abogada sénior de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), organización que lleva el caso ante la Corte junto con la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) de Perú.Frente a la situación, el grupo de víctimas del caso exige al gobierno peruano avanzar en el cumplimento de la sentencia mediante cuatro acciones urgentes:Emitir la Resolución de Determinación de Competencias que defina con claridad qué entidad es responsable de cada orden de la Corte, estableciendo presupuesto y plazos concretos de ejecución.Aprobar e implementar un protocolo especializado de atención integral en salud, elaborado con participación efectiva de las víctimas y con una asignación suficiente de fondos.Suspender las operaciones del Complejo Metalúrgico hasta contar con un instrumento de gestión ambiental acorde con los estándares establecidos por la Corte; así como evaluar medidas de transición para personas propietarias y trabajadoras a fin de evitar nuevos impactos sociales.Pagar las indemnizaciones a las víctimas según lo estipulado por la Corte. Después de más de 20 años de lucha, la sentencia histórica del caso todavía no se refleja en mejores condiciones de vida para las víctimas ni en reparaciones a los daños sufridos."Genera profunda preocupación que, a dos años de emitida la sentencia, el Estado no haya definido cuáles serán las entidades que tendrán a cargo el cumplimiento de cada una de sus disposiciones. Esta situación imposibilita incluso tener un espacio de coordinación directa a favor de las víctimas, así como de la población general de La Oroya y del país ante actividades minero-metalúrgicas. No olvidemos que la Corte ordenó también políticas públicas a nivel nacional para proteger el ambiente y la salud en Perú", dijo Christian Huaylinos, del Área Legal de APRODEH.Aunque la inestabilidad política de Perú ha influido, el principal obstáculo para avanzar de manera firme en la implementación del fallo internacional, que es obligatoria, ha sido la falta de decisión del Estado en ese sentido.Contacto de prensaLorena Zárate | AIDA | [email protected] | +52 553902 7481
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Ni AngloGold Ashanti ni Mineros S.A. : Cajamarca es un municipio libre de gran minería
Aunque cambien las empresas, la decisión de la ciudadanía de Cajamarca sigue siendo la misma: defender su territorio frente a la gran minería.Bogotá / Cajamarca. Tras el anuncio de la empresa Mineros S.A. sobre la firma de un acuerdo para adquirir el 100% de las acciones de AngloGold Ashanti Colombia S.A.S del proyecto minero La Colosa en Cajamarca, desde la Coalición Jurídica para la Defensa de Cajamarca (1) reiteramos un mensaje claro: Cajamarca ya decidió y su territorio debe permanecer libre de gran minería.Durante más de una década, hemos adelantado procesos de movilización, defensa jurídica e incidencia para proteger a Cajamarca frente al proyecto minero La Colosa, promovido por AngloGold Ashanti. Gracias a esa defensa colectiva del territorio y a la normatividad ambiental, hoy las actividades de exploración en este proyecto se encuentran suspendidas.Desde 2017 la ciudadanía de Cajamarca se pronunció de manera contundente a través de la consulta popular, en la que el 98 % de las personas votantes rechazó el desarrollo de actividades mineras en el municipio. Este resultado tiene plenos efectos legales, como lo han confirmado dos jueces colombianos, y representó un hito de participación y democracia ambiental en Colombia, además de una clara expresión de la voluntad del territorio de proteger el agua, la vocación agrícola del municipio y los ecosistemas estratégicos de la región. En este contexto, el cambio de titularidad del proyecto de AngloGold Ashanti a Mineros S.A. no cambia la realidad del territorio ni la posición de las comunidades. Aunque cambien las empresas, la decisión de Cajamarca sigue siendo la misma: defender su territorio frente a la gran minería. Además, ninguna de estas dos empresas cuenta con los permisos ambientales necesarios para reactivar el proyecto La Colosa, y aún así, insisten en desconocer las decisiones autónomas y legítimas de la comunidad. El anuncio de esta transacción se produce, además, pocos días después de que el Concejo Municipal de Cajamarca aprobara un acuerdo municipal de iniciativa ciudadana que declaró 33 predios pertenecientes a AngloGold Ashanti como áreas de utilidad pública e interés social. Esta decisión reafirma el compromiso institucional del municipio con la protección del territorio.Las organizaciones que suscribimos este comunicado reiteramos que Cajamarca no es ni será un territorio minero. Sea AngloGold, Mineros S.A. o cualquier otra empresa, la gran minería no tiene lugar en el municipio. Continuaremos ejerciendo todas las acciones sociales, jurídicas y políticas necesarias para defender el territorio y hacer respetar la decisión de Cajamarca.#LaConsultaSeRespeta (1) La Coalición está integrada por el Colectivo Socio-ambiental Juvenil de Cajamarca (COSAJUCA), el Centro Sociojurídico SIEMBRA, el Semillero de investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), la Clínica Jurídica Grupo de Acciones Públicas (GAP) de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) y Sibelys Mejía Rodríguez (investigadora independiente).Contactos de prensaRobinson Mejía | COSAJUCA | [email protected] | 300 218 36 41 Sara Sofia Moreno | SIEMBRA | [email protected] | 300 568 33 33 | Lorena Zárate | AIDA | [email protected] | +52 553902 7481Laura Becerra | CCJ | [email protected] | 313 475 5815
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Organizaciones y comunidades solicitan acciones de la CIDH ante violaciones de derechos humanos por proyectos de combustibles fósiles
En una audiencia pública, evidenciaron los impactos y riesgos para comunidades de América Latina por décadas de extracción, comercialización y uso de carbón, petróleo y gas; así como por procesos de cierre y salida irresponsable de proyectos del sector en el marco de la transición energética.Ciudad de Guatemala. Representantes de organizaciones y comunidades de América Latina pidieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) atender las violaciones de derechos humanos derivadas de la operación y cierre de proyectos de combustibles fósiles (carbón, gas y petróleo) en la región.Lo hicieron en una audiencia pública en la que —a partir de casos emblemáticos en Colombia, Chile, Ecuador y República Dominicana— evidenciaron ante la Comisión las violaciones y riesgos de violaciones de derechos humanos por décadas de extracción, comercialización y uso de combustibles fósiles sin cumplir con estándares socioambientales. También alertaron sobre vulneraciones que ya están ocurriendo en procesos de cierre y salida irresponsable de proyectos del sector en el marco de políticas de transición energética.Los casos expuestos incluyeron el proyecto Carbones de Cerrejón en La Guajira, al norte de Colombia, que es la mina de carbón a cielo abierto más grande de América Latina; la Central Termoeléctrica Punta Catalina, ubicada en la región sur de República Dominicana y alimentada con carbón colombiano; el Complejo Termoeléctrico de Quintero y Puchuncaví, localizado en una bahía de Chile reconocida como zona de sacrificio ambiental y donde convergen 14 industrias contaminantes; la central termoeléctrica Norgener en Tocopilla, Chile, cuyo proceso de cierre incluyó la quema forzada y acelerada de 94 mil toneladas de carbón que estaban en acopio; y la explotación petrolera en la Amazonía, incluida la instalada en el Parque Nacional Yasuní, en Ecuador, declarado Reserva de la Biosfera por la UNESCO.La audiencia —realizada durante el 195° Período de Sesiones de la CIDH— fue otorgada a la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), la Nacionalidad Waorani (Ecuador), la Plataforma La Guajira le Habla al País (Colombia) (1), comunidades de Tocopilla y la asociación Mujeres de Zona de Sacrificio Quintero-Puchuncaví en Resistencia (Chile), y al Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (República Dominicana).En la sesión, las organizaciones y comunidades presentaron además información que demuestra que en América Latina no existen marcos regulatorios que aseguren un cierre y salida de proyectos fósiles con enfoque de derechos humanos. En ese contexto, y con base en los casos descritos y las tendencias identificadas, solicitaron a la Comisión que:Establezca lineamientos que orienten a los Estados en el cumplimiento de sus obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos en todo el ciclo de vida de los proyectos, asegurando la identificación temprana de impactos, la prevención de daños, la definición de responsabilidades y la reparación de afectaciones.Defina estándares y criterios que guíen a los Estados en la adopción de medidas preventivas, correctivas y de mitigación de impactos en derechos humanos; incluyendo planes de cierre integrales, el desmantelamiento seguro de infraestructuras, la remediación ambiental y el monitoreo de riesgos para la salud y los ecosistemas.Promueva marcos regulatorios que obliguen a las empresas a planificar el cierre de proyectos; lo que incluye establecer responsabilidades frente a pasivos ambientales y sociales, garantías financieras para el cierre y mecanismos que eviten el abandono de operaciones o la transferencia de activos sin cumplir las obligaciones de cierre.Incorpore enfoques diferenciados que atiendan las afectaciones desproporcionadas a pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes, comunidades rurales y otros grupos en situación de vulnerabilidad.Refuerce las garantías de acceso a la información, participación efectiva y acceso a la justicia ambiental en todo el ciclo de los proyectos; asegurando que las comunidades afectadas participen de manera informada en el diseño, implementación y supervisión de los procesos de cierre y transición.Oriente a los Estados en la creación de mecanismos de supervisión, seguimiento y rendición de cuentas para monitorear los procesos de operación, cierre y poscierre; delimitar responsabilidades empresariales y estatales; y evitar transferencias de activos u otras reconfiguraciones empresariales como forma de eludir responsabilidades.Inste a los Estados a prever y gestionar los riesgos sociales, económicos, culturales y ambientales de la sustitución progresiva de los fósiles; incluyendo medidas para abordar la dependencia económica de los territorios, proteger los medios de vida de las comunidades y evitar impactos de procesos de cierre abruptos o mal gestionados. Las organizaciones y comunidades argumentaron ante la CIDH un riesgo regional creciente de que los procesos de cierre y salida de los proyectos de combustibles fósiles se realicen de forma irresponsable. En varios casos, las empresas abandonan operaciones, ceden o transfieren activos, devuelven concesiones y cesan operaciones sin garantizar la gestión adecuada de los impactos socioambientales generados por años. Estas prácticas pueden dejar afectaciones sin atender o reparar, además de responsabilidades difusas de actores públicos y privados, profundizando los riesgos para los derechos humanos y los territorios.Subrayaron que los Estados amazónicos deben adoptar acciones de cooperación regional y garantizar la protección integral de la Amazonía —uno de los ecosistemas más importantes del planeta por su biodiversidad y su papel en la regulación climática— frente al cierre y salida de proyectos de extracción de hidrocarburos. (1) La plataforma está conformada por comunidades indígenas Wayuu y afrodescendientes de La Guajira, el Centro de Investigación y Educación Popular Programa Por la Paz (Cinep/PPP), Censat Agua Viva y el Colectivo de Abogadas y Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR).Contacto de prensaLorena Zárate | AIDA | [email protected] | +52 553902 7481
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