Derechos Humanos


La gran oportunidad del BID para apoyar la protección del ambiente y los derechos humanos

Texto publicado originalmente en Animal Político El Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (Grupo BID) se encuentra en una posición única no solo para apoyar los esfuerzos de recuperación de América Latina y el Caribe, región duramente golpeada por la pandemia, sino también para hacerlo respetado a las personas y al ambiente. El Grupo BID —compuesto por el BID, que trabaja con gobiernos; el BID Invest, que colabora con el sector privado, y el BID Lab o laboratorio de innovación del BID— es la entidad de financiamiento del desarrollo más importante del continente. En 2020, aprobó una cifra récord de 21.600 millones de dólares para sus 26 países miembros en la región. Además del reto de liderar la recuperación de las finanzas públicas, la actual crisis económica y social representa una oportunidad para que el Grupo BID afronte con éxito otro gran desafío, uno fundamental para el papel que desempeña en el continente y que adquiere mayor relevancia en el contexto actual: la adopción de políticas operativas que cumplan con estándares internacionales en materia ambiental y de derechos humanos, así como de mejores procesos de rendición de cuentas. Respecto a la rendición de cuentas y a la evaluación de sus políticas actuales, es importante considerar que cuatro proyectos hidroeléctricos financiados por el Grupo BID están o han estado bajo escrutinio ante el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI) de la entidad debido a los impactos ocasionados por su implementación en comunidades indígenas y rurales de Guatemala, Chile y Colombia. Estos proyectos, financiados por el BID Invest, han afectado los modos de vida de quienes viven a su sombra. Desde la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) —junto con la Plataforma Internacional contra la Impunidad y el Gobierno Plurinacional de la Nación Q’anjob’al, Chuj, Akateko, Popti y Mestiza— hemos apoyado a miembros de comunidades mayas de la microrregión de Ixquisis, en Guatemala, ante la destrucción causada por dos de estos proyectos: las represas San Mateo y San Andrés. En lo personal, he visto de primera mano los daños ocasionados a la población indígena. He escuchado el miedo y la incertidumbre en las voces de las mujeres de la zona mientras explicaban cómo sus ríos estaban contaminados, sus hijos enfermos y sus vidas afectadas gravemente. “Un día nos quedaremos sin agua y no podremos vivir”, me dijo una líder indígena de Ixquisis. “Nuestros hijos sufrirán”. Las mujeres de Ixquisis han tenido un rol central en la queja presentada por las comunidades afectadas ante el MICI, ya que una de las principales cuestiones en juego se centra en que el financiamiento de las represas vulneró la política operativa de la entidad en materia de género, que reconoce que los proyectos de desarrollo suelen tener impactos diferenciados en las mujeres. Para las mujeres, los ríos son un elemento vital pues posibilitan el acceso al agua y a la alimentación, siendo también un espacio de intercambio entre ellas. En la queja, las comunidades denuncian además el incumplimiento de las políticas operativas del Banco en materia de derechos indígenas y ambiente, así como los daños resultantes. Argumentan que la empresa a cargo de los proyectos hidroeléctricos actuó sin la debida diligencia y violó el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas afectados. De hecho, la implementación de los proyectos ignoró los resultados de una consulta de buena fe, llevada a cabo en 2009, en la que la mayoría de la población local decidió no dar su consentimiento a la construcción de las represas en su territorio. Lo que es evidente es que la capacidad del Grupo BID para supervisar los proyectos que financia es limitada y, a pesar de cumplir normas mínimas, sus políticas operativas son a menudo ineficaces. Además, los espacios en los que verifica el cumplimiento son reducidos y las consecuencias del incumplimiento, inciertas. A principios de 2020, el MICI publicó un informe sobre el proyecto hidroeléctrico Alto Maipo, en Chile, en el que constata que la represa vulneró varias políticas operativas del Banco, incluida la de género. Sin embargo, ese informe ha sido cuestionado por no ofrecer medidas de restitución por los daños que aún sufren las comunidades afectadas. En los próximos meses, este mecanismo publicará el informe final sobre el caso Ixquisis. Las comunidades afectadas esperan que las recomendaciones que contenga reflejen la realidad de su territorio y estén orientadas a la adopción de medidas de remediación, incluida la desinversión inmediata del financiamiento otorgado para las represas. Con este caso, el Banco tiene una oportunidad clave para demostrar su compromiso con la rendición de cuentas, así como su apertura para evaluar el cumplimiento de sus propias políticas operativas y remediar los daños que su incumplimiento ha causado a comunidades vulnerables. También es una oportunidad para que la entidad tome medidas preventivas y siente las bases para cambiar sus prácticas. Cuando fue electo presidente de la institución, Mauricio Claver-Carone prometió “actuar en los temas prioritarios de la región”. Esto incluye una evaluación de cualquier contexto global que afecte al propio desarrollo que el Grupo BID pretende promover. En estos días, esto tiene que ver no solo con la actual crisis sanitaria, sino también con la crisis climática mundial, la grave situación de riesgo por la que atraviesan las personas defensoras del ambiente y la resolución de una serie de deudas pendientes con la equidad de género y el respeto a los derechos de los pueblos indígenas. Las acciones que el Grupo BID emprenda a partir del caso de Ixquisis pueden ser el primer paso para el establecimiento de un precedente fundamental para la protección de los derechos humanos y el ambiente entre las instituciones financieras internacionales, una contribución sin duda tan o más valiosa que la económica.  

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Sesión 3 de la Serie Internacional de Seminarios Web del GCF Watch 2021

Involucramiento con el Fondo Verde del Clima (FVC) en diferentes regiones y países La supervisión efectiva del Fondo Verde del Clima (GCF por sus siglas en inglés) es vital para evitar daños y para que el tan necesario financiamiento climático sea usado de la mejor forma.El GCF Watch es una iniciativa de la sociedad civil, liderada desde el Sur Global, creada para mejorar el acceso a información sobre el Fondo y permitir un mejor seguimiento y supervisión de sus operaciones.En esta serie internacional de tres seminarios web, expertos y expertas de todo el mundo hablaron del involucramiento que la plataforma del GCF Watch permite. También se discutió la información más reciente en torno al Fondo, las reuniones de su Junta Directiva y los asuntos principales de este año, así como la forma en la que personas y comunidades pueden involucrarse con el FVC en sus países y regiones. En cada sesión hubo presentaciones seguidas de un espacio de debate abierto entre panelistas y personas asistentes. PanelistasBertha Argueta, Germanwatch: Participación de las OSC en los procesos del FVC a nivel nacional: Involucramiento con las Autoridades Nacionales Designadas (AND) y los Puntos Focales.Collins Otieno, PACJA: Experiencias del nodo regional de África.Tunga Rai, Nepal Federation of Indigenous Nationalities (NEFIN); y Titi Soentoro, Aksi! for gender, social and ecological justice: Experiencias del nodo regional de Asia.Florencia Ortúzar, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA): Experiencias del nodo regional de América Latina.Moderadora: Claire Miranda, defensora de la justicia climática. Grabación (en inglés) Presentaciones (en inglés)1. Bertha Argueta, Germanwatch: 2. Collins Otieno, PACJA: 3. Tunga Rai, Nepal Federation of Indigenous Nationalities (NEFIN): 4. Titi Soentoro, Aksi! for gender, social and ecological justice: 5. Florencia Ortúzar, AIDA: 

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Litigios para promover (y acelerar) la acción climática

En 1990, el Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC por sus siglas en inglés) de Naciones Unidas realizó su primer informe de evaluación. Fue la primera vez que la comunidad científica internacional evidenció oficialmente y de manera certera que las emisiones de gases de efecto invernadero, producidas por actividades humanas, implicarían un calentamiento adicional de la superficie del planeta con consecuencias globales. Tras más de dos décadas de negociaciones climáticas internacionales y acuerdos entre países para reducir drásticamente las emisiones, los avances han sido lentos. Ante ese rezago, los litigios climáticos se han convertido en una herramienta cada vez más usada por organizaciones y comunidades para que gobiernos y empresas asuman su responsabilidad por la crisis climática ante los tribunales y adopten medidas concretas y ambiciosas para frenar sus emisiones y mitigar los impactos de la crisis climática en los derechos humanos. La reciente sentencia histórica de un tribunal holandés, que ordena a la petrolera multinacional Shell reducir sus emisiones de CO2 en un 45% en menos de 10 años, marca un precedente y una victoria ambiental a nivel mundial. “Este juicio ha sido de gran trascendencia porque es en contra de una de las empresas que más contribuye al cambio climático”, dice Verónica Méndez, abogada del Programa de Cambio Climático de AIDA. El equipo legal y científico de AIDA apoya con escritos legales e información técnica a organizaciones y comunidades que inician litigios climáticos contra gobiernos y empresas en América Latina. Para sumar esfuerzos, AIDA trabajó en la construcción de una plataforma de litigio climático, la cual tiene información sistematizada y en español sobre todos los casos desarrollados en la región. El mapeo de datos se realiza de manera colaborativa con otras organizaciones y permitirá fortalecer las estrategias de litigio en forma conjunta. Un breve recuento Los litigios climáticos son casos que plantean cuestiones relacionadas con las obligaciones legales que los Estados y empresas tienen en relación con la crisis climática. Son presentados ante organismos judiciales para buscar —entre otras cosas— el cumplimiento de leyes climáticas existentes; la ampliación del alcance de otras leyes para que aborden el cambio climático, el reconocimiento de la relación entre los derechos humanos fundamentales y los impactos de la crisis climática, y la compensación por las pérdidas y los daños. Así lo establece un informe elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, en colaboración con el Sabine Center for Climate Change Law de la Universidad de Columbia (Nueva York), que evalúa la situación mundial de este tipo de litigios. Según el informe, al 1 de julio de 2020, se han registrado al menos 1.550 litigios climáticos en 38 países, casi el doble del número de casos registrados en 2017, que fueron 884 en 24 países. Estados Unidos lidera la lista donde más litigios se han presentado: 1.200. Le siguen Australia (97), Reino Unido (58) y la Unión Europea (55). Las demandas climáticas también están en auge en América Latina. Al momento, AIDA ha sistematizado alrededor de 50 casos que formarán parte de la plataforma de litigio climático de la región. Los países donde más demandas se han presentado son México, Brasil, Colombia y Chile. Estos datos evidencian el rápido crecimiento de los litigios climáticos a nivel mundial. Grandes desafíos y oportunidades Si bien los litigios climáticos buscan lograr justicia para las comunidades afectadas por los impactos de la crisis climática, uno de sus grandes desafíos es la implementación de los fallos. En 2018, en Colombia se produjo la sentencia de un litigio contra el Estado. En ese caso, 25 jóvenes colombianos demandaron al gobierno por la deforestación en la Amazonía y su vinculación directa con la vulneración del derecho al ambiente sano para las generaciones futuras. Esta demanda es considerada un litigio climático por el aumento de emisiones de gases de efecto invernadero asociado a la deforestación. La Corte Suprema de Justicia reconoció a la Amazonía colombiana  como entidad sujeta de derechos y ordenó  la  creación  de  un  plan  de  acción  para  reducir  la  deforestación  y la adopción de un pacto intergeneracional por la vida del Amazonas colombiano. Fue un logro histórico en la región. Sin embargo, las conclusiones de los informes de seguimiento al caso indican que a la fecha no ha  existido un cumplimiento cabal del fallo. “Un juicio no se acaba con la sentencia, hay que hacerle un seguimiento para que se cumpla”, explica Méndez. Demostrar que las corporaciones y gobiernos tienen una enorme responsabilidad en la lucha contra la crisis climática no solo requiere de contar con información científica que pruebe que las emisiones generadas o permitidas contribuyen al cambio climático. Es necesario relacionar los hechos con los derechos humanos para otorgar más razones para que las Cortes actúen y emitan un fallo favorable. “Un litigio de cambio climático meramente científico tiene menos posibilidades de éxito”, enfatiza Méndez. “Por eso se lo vincula con afectaciones directas a los derechos humanos de las personas que van a resentir desproporcionadamente todos los efectos”. Según un informe de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), el panorama para las demandas climáticas en América Latina es alentador porque los gobiernos están asumiendo más compromisos de acción climática y, además, la ciencia del clima está estableciendo vínculos directos entre los eventos climáticos extremos y el cambio climático. Más que nunca, la unión de comunidades y organizaciones ambientales se hace crucial para acelerar políticas y acciones contundentes que generen una transformación sostenible, justa y en favor de las personas y el ambiente. Visita la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe  

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Resumen GCF BM_nubes

Resumen de la 29a Reunión de la Junta Directiva del Fondo Verde del Clima

Junio de 2021Del 28 de junio al 1 de julio de 2021, la Junta Directiva del Fondo Verde del Clima (FVC) celebró su 29ª reunión (B.29), nuevamente de forma virtual.La Junta aprobó cuatro propuestas de financiamiento por un total de 501,1 millones de dólares, una de las cuales se implementará en Costa Rica. Además, 10 nuevas entidades fueron acreditadas.Consulta y descarga el resumen 

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Reflexiones para una Bolivia libre de fracking

Texto escrito en el marco de la serie #TRANSFORMAR LA CRISIS, Tomo II. Crisis Ecológica, extractivismo y poblaciones vulnerables de la Friedrich-Ebert-Stiftung (FES) en Bolivia, que se publicará próximamente.   Todo comenzó con un estudio, publicado en 2011 por la Administración de Información Energética de Estados Unidos, que daba cuenta de la existencia de grandes cantidades de hidrocarburos no convencionales en Bolivia. El estudio generó gran expectativa y, dado que los yacimientos de petróleo y gas convencionales se están agotando gradualmente, el fracking se convirtió desde entonces en una amenaza latente para el país. El fracking es una técnica riesgosa, contaminante y costosa. En América Latina, existen cerca de 7.000 pozos de fracking. Su avance en la región —así como las políticas públicas, la normativa y la oposición social al respecto— presenta pocas diferencias y muchos rasgos comunes, siendo uno de ellos la afectación a poblaciones urbanas, rurales, indígenas e incluso áreas protegidas. Bolivia aún está libre de esta técnica. Sin embargo, sin una decisión política para evitarla y sin una población mejor informada sobre sus efectos, el fracking puede volverse una realidad en el país. Un riesgo potencial Bolivia es un país altamente dependiente de los combustibles fósiles. En este contexto, la implementación del fracking es una amenaza latente. En 2013, la empresa estatal YPFB suscribió un acuerdo de cooperación con YPF Argentina para estudiar la potencialidad de hidrocarburos no convencionales. Asimismo, solicitó a las empresas operadoras extraer muestras de la formación geológica Los Monos, en la región del Chaco, para realizar estudios posteriores. Ese mismo año, YPFB Chaco (subsidiaria de YPFB) realizó con el apoyo de Halliburton una “minifractura” en el pozo Ingre X-2, en la formación Tupambi, Chuquisaca. Esta operación habría permitido descubrir petróleo de arenas compactas. Con base en este descubrimiento, YPFB Chaco planteó realizar una fractura completa del reservorio en 2014. Se desconoce si ello ocurrió porque en los años siguientes YPFB dejó de generar información pública sobre el proyecto. En 2018, la empresa canadiense CanCambria Energy Corp. firmó con YPFB un convenio de estudio, la antesala a un contrato de exploración/explotación, para determinar el potencial de gas no convencional en Miraflores, también en Chuquisaca. Los datos preliminares de CanCambria señalan la posible existencia de un megayacimiento en la zona, cuyos recursos potenciales de gas serían comparables a los de Vaca Muerta en Argentina. La firma canadiense elaboró una propuesta para extraer gas mediante la perforación de 800 pozos sobre 202 km2 en el área de Miraflores, en el municipio Macharetí. Miraflores se encuentra en el Área Protegida Municipal Héroes del Chaco y es parte del Sistema Acuífero Yrenda Toba Tarijeño, que Bolivia comparte con Paraguay y Argentina. Además, la población que vive en Macharetí, incluidas las comunidades indígenas guaraní, recibieron con asombro la noticia del proyecto. La alarma despertada por la posibilidad de fracking en este territorio llevó a sus habitantes a informarse de las consecuencias de esta técnica; sobre todo con relación al uso y contaminación de inmensas cantidades de agua. Por ello, Macharetí incluyó en su estatuto autonómico la prohibición del fracking en su territorio, agudizando la controversia sobre el desarrollo de la técnica en el área. Entre la energía extrema y la transición energética Estamos así frente a dos caminos: el primero de profundización del modelo extractivista y de generación de una energía altamente contaminante, con impactos negativos graves e irreversibles en la Madre Tierra y en la población; el otro de una transición energética justa y democrática, que implica un cambio en la matriz energética, la desmercantilización de la energía y un cambio de paradigma de desarrollo. América Latina y Bolivia necesitan transformaciones profundas en materia energética, con una visión de largo plazo, respeto de los derechos humanos y resguardo de la naturaleza. El desarrollo del fracking, lejos de iniciar cualquier transición, va en contravía de esa tendencia porque sigue promoviendo un sistema energético contaminante, riesgoso y costoso; basado en la dependencia de fuentes no renovables de energía con impactos negativos en los territorios, inequidad y falta de participación ciudadana en la construcción de políticas energéticas. Bolivia debe apostar por una transición energética socialmente justa, económicamente viable y ecológicamente sustentable. “Bolivia no debe avanzar hacia la implementación del fracking en su territorio pues representa uno de los mayores riesgos para sus ecosistemas, recursos y poblaciones”, opina Jorge Campanini, investigador del Centro de Documentación e Información Bolivia (CEDIB). “Es urgente la generación de políticas sólidas que declaren una moratoria o prohibición indefinida a esta técnica a lo largo y ancho del país”. La experiencia de países latinoamericanos que han desarrollado el fracking demuestra claramente los riesgos e impactos económicos, ambientales y sociales de apostar por esta técnica. En este contexto, muchas organizaciones, comunidades y pueblos se han organizado para hacer frente a la amenaza. La pandemia obliga a reflexionar sobre el futuro de los combustibles fósiles y de la transición energética. En lugar de considerar al fracking como una salida fácil para generar empleos en tiempos difíciles, es necesario enfrentar en conjunto las crisis sanitaria, económica y climática. Necesitamos pensar en una recuperación resiliente y, por tanto, en un sistema energético que no esté basado en el fracking. Una idea usualmente asociada a la transición es el cambio de la matriz energética. Pero, aunque necesaria, la desfosilización rápida y eficaz de esa matriz no es suficiente. La transición energética debe ser integral e incorporar las dimensiones ambientales, económicas y sociales para apuntar a una transición que sea también justa y democrática. Es importante entonces abordar la cuestión con un enfoque sistémico.  

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Sesión 2 de la Serie Internacional de Seminarios Web del GCF Watch 2021

Género, pueblos indígenas y REDD+ en el Fondo Verde del Clima (FVC) La supervisión efectiva del Fondo Verde del Clima (GCF por sus siglas en inglés) es vital para evitar daños y para que el tan necesario financiamiento climático sea usado de la mejor forma.El GCF Watch es una iniciativa de la sociedad civil, liderada desde el Sur Global, creada para mejorar el acceso a información sobre el Fondo y permitir un mejor seguimiento y supervisión de sus operaciones.En esta serie internacional de tres seminarios web, expertos y expertas de todo el mundo hablaron del involucramiento que la plataforma del GCF Watch permite. También se discutió la información más reciente en torno al Fondo, las reuniones de su Junta Directiva y los asuntos principales de este año, así como la forma en la que personas y comunidades pueden involucrarse con el FVC en sus países y regiones. En cada sesión hubo presentaciones seguidas de un espacio de debate abierto entre panelistas y personas asistentes. PanelistasLiane Schalatek, Heinrich Böll Stiftung: Conclusiones de la 29ª reunión de la Junta Directiva del FVC.Tara Daniel, Organización de Mujeres para el Medio Ambiente y el Desarrollo (WEDO): Género en el FVC.Helen Magata, Tebtebba: Pueblos indígenas en el FVC.Souparna Lahiri, Global Forest Coalition: REDD + en el FVC.Moderó: Salina Sanou, PACJA.  Grabación  Presentaciones1. Liane Schalatek, Heinrich Böll Stiftung: 2. Tara Daniel, Organización de Mujeres para el Medio Ambiente y el Desarrollo (WEDO):Presentación en francés 3. Helen Magata, Tebtebba:  

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Derechos Humanos

Organizações internacionais pedem ao estado colombiano que proteja e garanta os direitos humanos e o meio ambiente saudável

As organizações internacionais que firmam este documento – dedicadas à defesa ambiental, climática e dos direitos humanos - expressam sua profunda preocupação com a grave crise humanitária e de direitos humanos na Colômbia, no contexto das manifestações sociais que vêm ocorrendo desde 28 de abril. Também rejeitam todas as formas de violência e reiteram a importância de respeitar os direitos humanos, a Constituição e o Estado de direito. De acordo com informações coletadas pela Comissão Interamericana de Direitos Humanos, desde o início dos protestos mais de 50 pessoas perderam suas vidas, 132 pessoas foram dadas como desaparecidas, e pelo menos 87 casos de violência sexual foram relatados. Organizações nacionais e internacionais de direitos humanos e a mídia registraram graves atos de abuso policial no contexto dos protestos, bem como a participação de civis em atos de repressão e ataques com armas de fogo contra manifestantes, com a anuência ou tolerância de alguns membros das forças de segurança pública. Tal como reconheceu a CIDH, "muitas das demandas dos protestos sociais estão intimamente relacionadas com os desafios estruturais subjacentes à profunda desigualdade social e à violência histórica no país, com efeitos especiais sobre as pessoas pertencentes a grupos étnico-raciais”. Portanto, destacamos a necessidade de reconhecer a justiça ambiental, a relação entre um meio ambiente saudável e os direitos humanos, a garantia dos direitos de acesso e o fortalecimento do Estado social de direito como elementos essenciais e necessários para superar a injustiça ambiental e climática. Nos solidarizamos com as exigências do movimento ambiental colombiano que reiterou pacificamente a urgência, entre outras coisas, de proteger a vida e a integridade dos defensores do meio ambiente; de parar o desmatamento, especialmente na Amazônia; de controlar os impactos da mineração; evitar o avanço da extração de combustíveis fósseis através de métodos que prejudicam as pessoas e os recursos hídricos; respeitar a consulta livre, prévia e informada e as consultas populares como mecanismos legais e legítimos de participação; e garantir a proteção integral das bacias hidrográficas e dos ecossistemas estratégicos como bens comuns. Exortamos o Estado da Colômbia a garantir o marco internacional ambiental e de direitos humanos destinada a promover a governança e a justiça climática e ambiental. Instamos, especialmente, o Estado colombiano a: Reconhecer a relação interdependente e indivisível entre proteção ambiental, desenvolvimento sustentável e direitos humanos, conforme destacado pela Corte Interamericana de Direitos Humanos. Garantir e respeitar os direitos humanos consagrados no direito internacional, especialmente o direito ao protesto social como manifestação do direito à liberdade de expressão e de reunião pacífica, como insiste a ONU.  Promover canais eficazes de diálogo para que os membros do movimento ambiental colombiano, em sua qualidade de defensores do meio ambiente, possam levantar seus pontos de discussão no âmbito de protestos sociais pacíficos. Tudo isso deve ocorrer respeitando e garantindo os mecanismos de participação ambiental. Reforçar os direitos de acesso em matéria ambiental como elemento essencial para evitar conflitos ambientais. Neste sentido, enfatizamos a urgência de que o Estado colombiano ratifique o Acordo de Escazú como um mecanismo para garantir a implementação dos direitos de acesso à informação ambiental, participação pública nas decisões ambientais e acesso à justiça em matéria ambiental. Proteger a vida e a integridade dos defensores do meio ambiente, que são ameaçados, atacados e assassinados no exercício de suas funções. Garantir a devida diligência ambiental e o cumprimento dos princípios de prevenção e precaução em projetos que possam gerar impactos ambientais. Fortalecer as estruturas nacionais destinadas a alinhar as indústrias extrativas com os Objetivos de Desenvolvimento Sustentável, a Convenção sobre Diversidade Biológica, a Convenção de Minamata e o Acordo de Paris. Implementar as ações necessárias para cumprir o Acordo de Paris, alinhando os compromissos climáticos nacionais com o acordo e estabelecendo um caminho claro para a descarbonização e redução do uso de outros combustíveis fósseis, como parte de uma transição energética baseada na justiça climática. Finalmente, instamos o Estado colombiano a promover espaços reais de diálogo para avançar no reconhecimento dos pontos mencionados acima, promovendo uma agenda que reconheça os problemas socioambientais do país, a relação entre a satisfação dos direitos humanos e a garantia de viver em um ambiente saudável com justiça ambiental e climática, e a urgência de incorporar uma análise ambiental, climática e territorial nas soluções para superar a crise.   Assinam: 350.org América Latina ABColombia Acceso a la Justicia Arbeitsgruppe Schweiz Kolumbien ask! Asociación de pescadores artesanales del golfo de Fonseca Honduras APAGOLF Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente Asociación Movimiento SER Asociación Pro Derechos Humanos Bicitekas ac CAFOD Campaña Latinoamericana por el Derecho a la Educación Centro de Capacitacion Social Centro de Documentación en Derechos Humanos "Segundo Montes Mozo S.J." (CSMM) Centro de Información sobre Empresas y Derechos humanos, CIEDH Clima21 - Ambiente y Derechos Humanos Comisión de Derechos Humanos de El Salvador Comisión de Derechos Humanos, COMISEDH Comisión Ecuménica de Derechos Humanos Confederación Unitaria de Comerciantes Minoristas y Trabajadores Autónomos del Ecuador CUCOMITAE DKA Austria Earthrights International Federación Agrominera del sur de Bolívar Foundation for the Conservation of the Earth Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) Fundación para la Promoción de los Derechos Humanos y Justicia de Paz Fundación Tláloc, México Fuscamina Colombia Germanwatch Global Initiative for Economic, Social and Cultural Rights Grupo de Financiamiento Climático para Latinoamérica y el Caribe (GFLAC) Instituto de Estudios Ecuatorianos Instituto Socioambiental –ISA International Women's Rights Action Watch Asia Pacific (IWRAW Asia Pacific) Justiça nos Trilhos Laboratorio de Cambio Social, Chile Lok Shakti A bhiysn OCA Observatorio Conflictos Ambientales ONG Defensoría Ambiental Oxfam Parents For Future Argentina Sinestesia ONG SOCIEDADE PARAENSE DE DEFESA DOS DIREITOS HUMANOS - SDDH TANDARI Asamblea de Jóvenes por la Sostenibilidad (Ecuador)  

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Derechos Humanos

Organizaciones internacionales llaman al estado colombiano a proteger y garantizar los derechos humanos y el ambiente sano

Versión en portugués Las organizaciones internacionales abajo firmantes —dedicadas a la defensa del ambiente, el clima y los derechos humanos— expresamos nuestra profunda preocupación ante la grave crisis humanitaria y de derechos humanos que se vive en Colombia en el marco de las protestas sociales que han tenido lugar desde el pasado 28 de abril. Asimismo, rechazamos toda forma de violencia y reiteramos la importancia de respetar los derechos humanos, la Constitución y El Estado de Derecho. Según información recabada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, desde el inicio de las protestas, más de 50 personas habrían perdido la vida, 132 personas fueron reportadas como desaparecidas y se denunciaron al menos 87 casos de violencia sexual. Organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales y medios de comunicación han registrado graves hechos de abuso policial en el marco de las protestas, así como la participación de civiles en actos de represión y en ataques con armas de fuego en contra de las personas manifestantes, actuación que tendría la aquiescencia o tolerancia de algunos miembros de la fuerza pública. Tal como lo reconoció la CIDH, “muchas de las demandas de las protestas sociales guardan estrecha relación con los desafíos estructurales que subyacen a la profunda desigualdad social y la violencia histórica en el país, con especial afectación en las personas pertenecientes a los grupos étnico-raciales”. Por ello, resaltamos la necesidad de reconocer la justicia ambiental, la relación entre el ambiente sano y los derechos humanos, la garantía de los derechos de acceso y el fortalecimiento del Estado social de derecho como elementos esenciales y necesarios para superar la injusticia ambiental y climática. Adicionalmente, nos solidarizamos con las reivindicaciones del movimiento ambiental colombiano que ha reiterado pacíficamente la urgencia, entre otras cosas, de proteger la vida e integridad de los defensores y defensoras ambientales; detener la deforestación, especialmente en la Amazonía; controlar los impactos de la minería; evitar de avance de la extracción de combustibles fósiles a través de métodos que dañan a las personas y los recursos hídricos; respetar la consulta previa, libre e informada y las consultas populares como mecanismos legales y legítimos de participación; y de garantizar la protección integral de las cuencas hidrográficas y ecosistemas estratégicos como bienes comunes. Instamos al Estado de Colombia a garantizar el marco ambiental internacional y de derechos humanos dirigido a promover la gobernanza y la justicia climática y ambiental. Urgimos especialmente a que el Estado colombiano: Reconozca la relación de interdependencia e indivisibilidad entre la protección del ambiente, el desarrollo sostenible y los derechos humanos, tal como lo resaltó la Corte IDH. Garantice y respete los derechos humanos consagrados en el derecho internacional, especialmente el derecho a la protesta social como una una expresión del derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica como ha insistido la ONU. Promueva los canales de diálogo efectivos para que, quienes hacen parte del movimiento ambiental colombiano, en su calidad de defensores y defensoras ambientales, puedan dirigir sus puntos de discusión en el marco de las protestas sociales pacíficas. Todo ello, en respeto y garantía a los mecanismos de participación ambiental. Fortalezca los derechos de acceso en materia ambiental como elementos esenciales para evitar conflictos ambientales. En este sentido, enfatizamos la urgencia de que el Estado colombiano ratifique el Acuerdo de Escazú como mecanismo para garantizar la implementación de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en las decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales. Proteja la vida e integridad de las personas defensoras ambientales, quienes son  amenazadas, atacadas y asesinadas en el ejercicio de sus acciones. Garantice la debida diligencia ambiental y el cumplimiento de los principios de prevención y precaución en proyectos que puedan generar impactos ambientales. Fortalezca los marcos nacionales orientados a que las industrias extractivas estén alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Convenio de Minamata y el Acuerdo de París. Implemente las acciones necesarias para dar cumplimiento al Acuerdo de París, alineando los compromisos climáticos nacionales a lo dispuesto por el acuerdo y fijando un camino claro hacia la descarbonización y la reducción del uso de otros combustibles fósiles, en el marco de una transición energética que tenga como base a la justicia climática. Finalmente, instamos al Estado colombiano a que promueva espacios de diálogo reales para avanzar en el reconocimiento de los puntos señalados; propiciando una agenda donde se reconozca la problemática socioambiental del país, la relación entre la satisfacción de los derechos humanos y la garantía de vivir en un ambiente sano con justicia ambiental y climática, y la urgencia de incorporar un análisis ambiental, climático y territorial a las soluciones para superar la crisis.   Suscriben: 350.org América Latina ABColombia Acceso a la Justicia Arbeitsgruppe Schweiz Kolumbien ask! Asociación de pescadores artesanales del golfo de Fonseca Honduras APAGOLF Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente Asociación Movimiento SER Asociación Pro Derechos Humanos Bicitekas ac CAFOD Campaña Latinoamericana por el Derecho a la Educación Centro de Capacitación Social Centro de Documentación en Derechos Humanos "Segundo Montes Mozo S.J." (CSMM) Centro de Información sobre Empresas y Derechos humanos, CIEDH Clima21 - Ambiente y Derechos Humanos Comisión de Derechos Humanos de El Salvador Comisión de Derechos Humanos, COMISEDH Comisión Ecuménica de Derechos Humanos Confederación Unitaria de Comerciantes Minoristas y Trabajadores Autónomos del Ecuador CUCOMITAE DKA Austria Earthrights International Federación Agrominera del sur de Bolívar Foundation for the Conservation of the Earth Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) Fundación para la Promoción de los Derechos Humanos y Justicia de Paz Fundación Tláloc, México Fuscamina Colombia Germanwatch Global Initiative for Economic, Social and Cultural Rights Grupo de Financiamiento Climático para Latinoamérica y el Caribe (GFLAC) Instituto de Estudios Ecuatorianos Instituto Socioambiental –ISA International Women's Rights Action Watch Asia Pacific (IWRAW Asia Pacific) Justiça nos Trilhos Laboratorio de Cambio Social, Chile Lok Shakti A bhiysn OCA Observatorio Conflictos Ambientales ONG Defensoría Ambiental Oxfam Parents For Future Argentina Sinestesia ONG SOCIEDADE PARAENSE DE DEFESA DOS DIREITOS HUMANOS - SDDH TANDARI Asamblea de Jóvenes por la Sostenibilidad (Ecuador)  

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Guia para os Coordenadores do Fundo Verde para o Clima - GCF Watch

Uma publicação destinada aos coordenadores da GCF Watch, uma iniciativa da sociedade civil do Sul global destinada a melhorar o monitoramento das operações do Fundo Verde para o Clima, a principal entidade financeira multilateral líder mundial em clima.       Baixe o guia completo Aspectos básicos do Fundo Verde para o Clima O Fundo Verde para o Clima (GCF, na sua sigla inglês) é a entidade operacional do mecanismo financeiro da Convenção-Quadro das Nações Unidas sobre Mudança no Clima (UNFCCC, em inglês). Como tal, outorga financiamento aos países em desenvolvimento para projetos e programas de mitigação da mudança climática e adaptação a ela. Leia e baixe Autoridades nacionais designadas e pontos focais do Fundo Verde para o Clima As autoridades nacionais designadas (AND), instituições governamentais, e os pontos focais (PF), funcionários dessas entidades, são responsáveis por todos os temas relacionados com o GCF nos países em desenvolvimento. Representam o GCF e servem de vínculo ou ponto de contato entre este e os países. Leia e baixe Propostas de financiamento ante o Fundo Verde para o Clima As propostas de financiamento de projetos e programas podem ser classificadas segundo diversos critérios: Modalidade de acesso, públicas ou privadas, quantidade de fundos solicitados y categoria de risco. Leia e baixe Guia para avaliar uma proposta de financiamento ante o Fundo Verde para o Clima O GCF Watch somará os insumos obtidos às observações que a rede da SC entregará ao Conselho do GCF. Sua contribuição fará parte da mensagem que será entregue ao Conselho! Leia e baixe Entidades acreditadas ante o Fundo Verde para o Clima O financiamento cedido pelo GCF é canalizado por meio de EAs, as quais têm a responsabilidade de gerir os recursos e implementar os programas e os projetos. As EAs devem garantir que os projetos ou os programas cumpram com as salvaguardas do GCF e supervisionar esse cumprimento quando a implementação recaia sobre entidades executoras. Os fundos geridos pelas EAs podem incluir fundos provenientes de outros atores que cofinanciam o projeto. Leia e baixe Mecanismo de reparação independente O Mecanismo de reparação independente (IRM, na sigla em inglês) foi criado para atender as reclamações de pessoas, grupos ou comunidades que se sentirem afetadas negativamente por projetos ou programas financiados pelo GCF, ante o descumprimento de suas políticas e procedimentos operacionais, incluídas suas salvaguardas ambientais e sociais. Leia e baixe GCF Watch: uma plataforma da sociedade civil do Sul Global O objetivo da plataforma é melhorar o monitoramento das operações do GCF mediante a colaboração entre as organizações, trabalhando no âmbito do Conselho do GCF e das organizações e das comunidades da região que estão próximas dos territórios onde os projetos apoiados pela entidade são implementados. Leia e baixe Glossário de termos e expressões úteis para o seguimento do GCF Leia e baixe  

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Las personas contra Shell: Un paso adelante hacia la justicia climática

El pasado 26 de mayo, el Tribunal del Distrito de La Haya, Países Bajos, emitió un fallo histórico. Ordenó que para 2030 la petrolera angloholandesa Shell —una de las principales productoras y proveedoras de combustibles fósiles a nivel mundial— reduzca sus emisiones de CO2 un 45%, en comparación con los niveles de 2019. La decisión es una respuesta a la demanda presentada en 2019 por Amigos de la Tierra, junto a otras seis organizaciones y más de 17.000 ciudadanos y ciudadanas de Holanda. Aunque en 2020 Shell se comprometió públicamente a la neutralidad de sus emisiones de gases de efecto invernadero para 2050, el tribunal holandés consideró que no era suficiente. Según el veredicto, la multinacional es responsable de sus propias emisiones de CO2 y de las de sus proveedores y clientes, que en conjunto amenazan el frágil equilibrio planetario y los derechos humanos. El fallo determina, por primera vez, que una empresa y sus subsidiarias deben alinear sus políticas con las metas globales de reducción de las emisiones de CO2. Fundamenta esta obligación en los objetivos de reducción de emisiones del Acuerdo de París, adoptado en 2015. Así, quienes litigaron contra Shell cumplieron su objetivo principal, que no era obtener compensación financiera por los daños causados, sino obligar a la petrolera a reducir sus emisiones en conformidad con la meta del Acuerdo de París de limitar el aumento de las temperaturas globales a 2°C en comparación con los niveles preindustriales y de continuar los esfuerzos para limitarlo a 1,5°C. El grupo Shell es consciente, desde hace unos 60 años, de los riesgos del cambio climático, como lo demuestra un documental producido por la misma empresa y filmado en los años noventa. Sin embargo, la multinacional responsable de nueve veces más emisiones que toda Holanda nunca frenó sus inversiones en combustibles fósiles, privilegiando intencionalmente sus intereses económicos a costa del ambiente, el clima y las personas. Revisa aquí la grabación del conversatorio que mantuvimos con Niels Hazekamp, Asesor Principal de Políticas en Both Ends, una de las organizaciones que demandó a Shell, donde nos cuenta detalles del litigio.   Un precedente mundial El fallo es un gran paso en el uso de los sistemas judiciales como herramientas para avanzar en la justicia climática y evidencia que la sociedad entera está más determinada que nunca a frenar los impactos negativos de las poderosas multinacionales en el ambiente, el clima y el goce de los derechos humanos fundamentales. Además, a pesar de haberse litigado en suelo europeo, el caso representa un paso significativo hacia la justicia climática global, ofreciendo una oportunidad interesante de réplica en América Latina y en el mundo. El caso no solo abrió la discusión sobre la responsabilidad climática de las empresas, sino que también fue pionero en incorporar en ella la utilización de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos y las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. El uso de estos instrumentos, que regulan a las empresas multinacionales exigiéndoles respetar los derechos humanos, muestra su fuerte potencial en favor de la justicia climática a nivel mundial. El lenguaje del veredicto se basa principalmente en el respeto de los derechos humanos, abriendo así la posibilidad de aplicar el mismo razonamiento contra otras empresas contaminadoras, de acuerdo con las obligaciones establecidas en los instrumentos mencionados. Más sobre la sentencia En virtud del fallo, Shell debe reducir las emisiones netas de tipo 1, es decir las generadas por sus actividades y las de sus subsidiarias, y hacer un esfuerzo significativo para reducir las emisiones netas de tipo 2 y 3, que son aquellas generadas por los usuarios del petróleo y gas producido por la multinacional. Para contabilizar la reducción neta de sus emisiones, la petrolera no puede recurrir a ninguna de las herramientas de captura o compensación de carbono establecidas bajo el Acuerdo de París, que consisten en capturar las emisiones de CO2 de las centrales eléctricas de carbón y gas, y de la industria pesada, para su almacenamiento subterráneo profundo o su reutilización. Cabe resaltar que, aunque no hay certeza sobre la naturaleza exacta de los impactos climáticos causados por Shell, las y los jueces resaltaron los riesgos universalmente reconocidos para comunidades y ecosistemas relacionados con la contaminación industrial y con las prioridades financieras de la empresa para fundamentar su sentencia. Las principales dudas y preocupaciones Las principales dudas tienen que ver con la implementación del fallo. Si bien el tribunal estableció que Shell no puede utilizar sistemas de compensación o de absorción de sus emisiones, no le obliga a terminar con la exploración, extracción y explotación de combustibles fósiles. Asimismo, la subjetividad de la sentencia no permite identificar exactamente el tipo de esfuerzo que podría considerarse significativo para la reducción de emisiones de los clientes de la petrolera. Tampoco existe claridad respecto de la responsabilidad del grupo Shell por la venta de sus refinerías a otras empresas públicas en el Sur Global, lo que permitiría a la multinacional cumplir con parte de la reducción de sus emisiones, mientras estas continúan en los sitios más vulnerables del planeta. Además de la utilización del Acuerdo de París, cuyos elementos asistieron a las y los jueces para fallar en favor del clima en este caso, se abre la puerta al uso de instrumentos existentes de soft law como los Principios Rectores de la ONU sobre empresas y Derechos Humanos u otros que se espera sean jurídicamente vinculantes para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales. Del mismo modo, considerando la dificultad y posible manipulación en el conteo de emisiones, se abren nuevos caminos para establecer obligaciones específicas a los actores que contaminan. Como recomendaron varias organizaciones de la sociedad civil, fundamentar la reducción de emisiones de las empresas en la medición de barriles de petróleo, metros cúbicos de gas y toneladas de carbono sería más fácil y útil para la implementación de sentencias exitosas como esta. Finalmente, preocupan los derechos de las y los trabajadores de Shell, que podrían verse negativamente afectados con la sentencia. La drástica reducción que tendrá que aplicar Shell a sus actividades basadas en petróleo y gas debe enmarcarse en un proceso de transición justo e inclusivo, que incluye respetar los derechos laborales y transformar sus actividades haciéndolas más sostenibles. El caso Las Personas vs. Shell deja valiosas herramientas para avanzar hacia la justicia climática y la rendición de cuentas de las empresas por sus daños al ambiente y a los derechos humanos. A quienes litigamos por el clima, el caso nos muestra la necesidad de fortalecer las capacidades de nuestros equipos, la importancia de la creatividad y del uso de la ciencia y de asegurar que contamos con el tiempo y con los recursos necesarios para llevar adelante casos emblemáticos y, por último, la relevancia de establecer alianzas que permitan aprovechar el momentum del que goza actualmente el movimiento mundial por la justicia climática.  

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